[citando a: Xispa]
Vale, Los poseedores de la licencia F pueden comprar en el club y consumir en el club una cantidad ilimitada, hasta aquí lo entiendo.
Pero los 100 balas o 150 en deposito a quien va destinada y con que finalidad. ?
No nos confundamos y lo que es mas importante, no confundamos al que no sabe.
Con Licencia F, no se puede tener guardada en nuestra casa ninguna cantidad de municion. Ni 100, ni tampoco 150 cartuchos de municion de arma corta.
Por no poder, no podemos ni tener las armas. Que se tienen porque las Federaciones no disponen de sitio donde guardarlas.
Otra cosa es que podamos tener en deposito 150 cartuchos. Es lo mismo, pues no.
Con la guia del arma, podemos comprar en armerias 100 cartuchos al año. Esa municion la podemos tener en deposito, hasta que acudamos a la galeria de tiro a consumirla, pero ojo, no la podemos tener almacenada en nuestro domicilio indefinidamente.
Del mismo modo, podemos solicitar una autorizacion para aumento del cupo de municion a adquirir en armerias y con destino a ser consumida en las galerias de tiro, se pueden tener en deposito, desde la compra hasta que vamos a la galeria de tiro, pero no guardada en nuestro domicilio, indefinidamente.
Igualmente si tenemos autorizacion de recarga, cien pistones y 1 Kg de polvora. Maximo 100 vainas con piston o 150 cartuchos recargados en deposito, no almacenados en nuestra casa.
Sin embargo, como se ha dicho antes hasta 5.000 cartuchos de caza.
Del mismo modo, si disponemos de Licencia D, y guia de algun rifle, podemos tener hasta 200 cartuchos en deposito. Estos si pueden estar guardados en nuestra casa. Es decir, puedes tenerlos anotados en la guia del arma, en una fecha y estar guardados en nuestro armero, el tiempo que sea preciso.
Sin embargo la municion de arma corta, adquirida con Licencia F, no podemos almacenarla en nuestra casa. Solamente de la armeria al campo de tiro, y en deposito por el tiempo imprescindible.
Tenemos la ventaja, de que en la galeria de tiro podemos adquirir municion en una cantidad ilimitada.
Que en ningun caso podemos sacar de las instalaciones de la Galeria de Tiro y llevarnosla a nuestra casa, para guardarla y traerla el proximo dia que vayamos a entrenarnos. O guardarla, por si sube de precio.
Transportar en tu vehiculo, municion de arma corta, metalica, sin la correspondiente autorizacion de aumento de cupo o en su caso de recarga, conlleva la correspondiente sancion. Y por supuesto en caso de trasporte de municion, la municion en un maletin y las armas en otro y por supuesto, sin meter la municion en el cargador o tambor correspondiente, durante el viaje.
Esto es lo que se debe hacer y lo que se debe de aconsejar a todo aquella persona que pregunte.
Las barbaridades, que cada cual haga o hagamos, son cosecha propia. Que en ningun caso deberiamos de decir en un foro como este, que se supone que es de personas con un poco de sentido comun y respetuosas de las normas, aunque no estemos de acuerdo con ellas.
Un saludo al foro.