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legislacion armas blancas

Publicado: 21 Abr 2007 00:02
por flash
Hola vamos a ver si entre todos me sacais de dudas o dudamos todos. El tema es el siguiente, si segun el reglamento de armas en el Art 4.1.f armas prohibidas dice "Los bastones-estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiaguda." y en el Art 5.3 "También se prohíbe la comercialización, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las navajas no automáticas cuya hoja exceda de 11 centímetros, medidos desde el reborde o tope del mango hasta el extremo." he sacado esto solo pero me sirve para las preguntas.

¿Se pueden portar machetes que, segun la ley estan totalmente prohibidos por que exceden de 11 cms?
¿Es legal que en una caceria, espera, rececho, etc yo lleve un machete, no se vamos a poner que de 18 cms, cuando el reglamento dice que eso esta prohibido?
¿Si esta prohibido comerciar con armas de ese tipo por que las hay hasta en las gasolineras?
Aqui dejo esto para que entre todos intentemos ver la luz, pues a mi me gusta ir a esperas nocturnas al jabali y no quisiera que por llevar un machete me denunciara la Guardia Civil

RE: legislacion armas blancas

Publicado: 22 Abr 2007 20:49
por Puma1
Hola flash:

El porte de machete está permitido EXCLUSIVAMENTE para la caza Mayor. Tu solo has leido una parte de la ley y ya sabes que cuando se dicta algun artículo muchas veces luego te dice EXCEPTO...tal y tal...
Por lo tanto si tienes en regla la documentación preceptiva no deberias tener ningún problema. Repito, solo durante el ejercicio de la caza. No vale llevar el machete colgando hasta no estar in situ.

Un saludo.

RE: legislacion armas blancas

Publicado: 22 Abr 2007 21:05
por rodriguez
puma y en cuestion de navajas como esta la legislacion ?

RE: legislacion armas blancas

Publicado: 22 Abr 2007 23:30
por Puma1
Rodriguez:

No soy ningún experto en el tema, pero lo que hay que tener en cuenta es que no es lo mismo poseer que portar.
A falta de que nos lo confirme algún entendido, en mi opinión se puede poseer y portar navajas de un tamaño de hoja máximo de 11 centímetros. Sin embargo se puede poseer pero no portar ( excluyendo el transporte de la tienda a tu casa) un cuchillo jamonero de 25 centímetros de hoja. A no ser que hayan cambiado las leyes muy recientemente, así están las cosas.

Un saludo.

RE: legislacion armas blancas

Publicado: 23 Abr 2007 00:56
por flash
hola puma, gracias por contestar pero yo me me leido todo el reglamento de armas y no veo ninguna excepcion a no ser que venga en la ley de caza que tanpoco lo he leid, si la pregunta es simplemente por la curiosidad que me vino al leer el reglamento de armas y decir que no se pueden de mas de 11 cms y ese mismo dia habia estado en un restaurante que tenia una vitrina donde vendian todo tipo de navajas y machetes y me sorprendio pues en la ley tambien dice comerciar

RE: legislacion armas blancas

Publicado: 24 Abr 2007 17:48
por alvarocnp
Llevar un alicate multiusos cuando se va con la bici, te puede traer algun problema?? Es decir si te para la policia y llevas esto encima te pueden sancionar o siempre que la hoja no pase de 11 cm esta permitido??

P.d: a lo que me refiero: www.soldiers.es/index.php?main_page=pro ... 350184b4c8

RE: legislacion armas blancas

Publicado: 24 Abr 2007 23:46
por CURRO
Sois rebuscadillos ¿eh? coño, siempre que el uso sea el normal, (esta claro que para ir de caza mayor hace falta un buen cuchillo) no os va a pasar nada, la ley a lo que se refiere, es a todo uso anormal, por ejemplo, no es normal que bajemos al bar de la esquina con una siete muelles en el cinturon.