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normativa de tiro con 22 en menores

Publicado: 16 Dic 2007 23:20
por strike_34s
hola a todos me gustaria hacer una pregunta ya que he escuchado que los menores de 18 (como es mi caso que tengo 17) pueden sacarse el permiso de armas para tirar con 22 si tiene un tutor federado.lo he mirado en la pagina de la federacion de tiro lompico pero no he visto nada.os agradeceria k me aclaraseis esta duda k tengo.

RE: normativa de tiro con 22 en menores

Publicado: 16 Dic 2007 23:29
por strike_34s
perdon por poner el mensaje dos veces pero es que soi nuevo y no se como quitarlo jajajaja

RE: normativa de tiro con 22 en menores

Publicado: 17 Dic 2007 15:41
por meatonthetable
nada mejor que ver cómo está la ley, mejor dicho el Real Decreto que recoge el Reglamento de Armas vigente:

Artículo 109.

1. Los españoles y extranjeros, con residencia en España, que sean mayores de dieciséis años y menores de dieciocho, podrán utilizar exclusivamente para la caza o para competiciones deportivas en cuyos Reglamentos se halle reconocida la categoría junior, pero no poseer ni llevar dentro de las poblaciones, armas largas rayadas para caza mayor o, en su caso, de la categoría 3.1, siempre que se encuentren en posesión legal de una autorización especial de uso de armas para menores y vayan acompañados de personas mayores de edad, con licencia de armas D, E o F, que previamente se hayan comprometido a acompañarlos y vigilarlos en cada cacería o acto deportivo.

2. Con las mismas condiciones y requisitos, los mayores de catorce años y menores de dieciocho podrán utilizar las armas de la categoría 3.2, para la caza y las de la categoría 3.2 y 3, para competiciones deportivas en cuyos Reglamentos se halle reconocida la categoría junior, obteniendo una autorización especial de uso de armas para menores.

RE: normativa de tiro con 22 en menores

Publicado: 17 Dic 2007 15:45
por meatonthetable
también te pongo, por si lo desconoces, lo que son las armas de 3ª categoría:

Tercera categoría:

1-. Armas de fuego largas rayadas para tipo deportivo, de calibre 5,6 milímetros (22 americano), de percusión anular, bien sean de un disparo, bien de repetición o semiautomáticas.

2-. Escopetas y demás armas de fuego largas de ánima lisa, o que tengan cañón con rayas para facilitar el plomeo, que los bancos de pruebas reconocidos hayan marcado con punzón de escopeta de caza, no incluidas entre las armas de guerra.

3-. Armas accionadas por aire u otro gas comprimido, sean lisas o rayadas, siempre que la energía cinética del proyectil en boca exceda de 24,2 julios.


aunque la ley no lo ponga expresamente, si no estás emancipado judicialmente, sigues, hasta cumplir los 18, bajo la patria potestad de tus padres o tutores legales, con lo que si estos no muestran su conformidad, pues...a esperar hasta la mayoría de edad.

RE: normativa de tiro con 22 en menores

Publicado: 17 Dic 2007 17:48
por strike_34s
muchas gracias por responder me as aclarado mucho el asunto asi que ire al cuartel de la guardia civil a preguntar por k mi padre tiene la licencia de tiro f (la de tiro olimpico con 22 es que no estoi muy seguro)y le gustaria que empezara a tirar fuego ademas de aire.y yo tambien quiero empezar jajaja.

RE: normativa de tiro con 22 en menores

Publicado: 25 Dic 2007 18:25
por flipk12
Tienes que poder, seguro. Hay categoría junior en muchas modalidades.
las condiciones para ello ...... serán las que sean, pero poder se puede porque lo veo habitualmente.