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duda sobre armas blancas

Publicado: 01 Dic 2007 21:22
por longa
hola a todostengo una pequeña duda que espero que alguien me pueda responder , si no no pasa nada.

mi duda es la siguiente que tipo de navaja se considearia "legal" para poder portar por la calle. muchas gracias a todos:-)

RE: duda sobre armas blancas

Publicado: 02 Dic 2007 17:21
por Paterson
Llevar una navaja es ilegal y esta penado con multa, aunque me parece que puedes llevar una mientras que la hoja sea de menos de 11 centímetros.
De esta manera me parece que si te paran te la pueden quitar pero no multar.

Eso si te voy a decir ,aunque la uses en defensa propia te puedes buscar problemas , es mejor que lleves un spray de defensa , los hay pequeñitos muy efectivos y legales.

Sobre lo que te e escrito de las navajas , seguro del todo no estoy , aunque creo que es como te he dicho , infórmate para confirmarlo.

RE: duda sobre armas blancas

Publicado: 02 Dic 2007 17:34
por longa
gracias por la ayda yo no la yevo con fin de autodefensa, la uso por cuestiones practicas nunca se sabe cuando bas a tener que cortar algo. EN autodefensa la usaria solo en caso de ultima necesidad ; si la cosa se pon emuy fea .

un saludo y garcias

RE: duda sobre armas blancas

Publicado: 02 Dic 2007 21:43
por Gus039
Según el Reglamento de Armas
Artículo 4.
f) Los bastones estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas, de hoja menor de 11 cm. de dos filos y puntiaguda.
Esto es lo que establece le RA, no obstante si portar algo que no esta desrito aqui, sería legal, pero hay que tener en cuenta ¿Donde y como?
Lo que sería legal un domingo por la mañana que te vas de caza no lo es un sábdo por la noche es una discoteca, lo que conlleva la retirada del arma y denuncia a Delegación del Gobierno, y este decidirá si te sanciona o no.
AU.

RE: duda sobre armas blancas

Publicado: 02 Dic 2007 21:51
por Gus039
Ley Orgánica de Protección del Seguridad Ciudadana (1/92)
Artículo 23. A los efectos de la presente Ley, constituyen infracciones graves:

a) La fabricación, reparación, almacenamiento, comercio, adquisición o enajenación, tenencia o utilización de armas prohibidas o explosivos no catalogados; de armas reglamentarias e explosivos catalogados careciendo de la documentación o autorización requeridos o excediéndose de los limites permitidos, cuando tales conductas no sean constitutivas de infracción penal.

La multa sería de 300 a 30.000 € y la retirada del arma.

Asi que mejor dejar la navajas en casa y si hay que cortar algo (citurón de seguridad, cuerdas, etc.) existen aparatos de rescate que van muy bien.
AU.

RE: duda sobre armas blancas

Publicado: 03 Dic 2007 00:29
por jrdc1
Buenas!

La conveniencia (o legalidad) de portar un arma blanca queda a discrección del funcionario. Es decir, que si llevas un arma de 5ª categoría encima, y se apercibe de ello un miembro de las fuerzas de seguridad del estado, deberá valorar si su portación o uso está justificada. En caso negativo, procederá a formular la correspondiente denuncia, y la cosa irá por lo penal o lo administrativo, dependiendo de las circunstancias.

Para que te hagas una idea, suelo llevar una navajilla Remington Sportsman de 65 mm de hoja, y en la intervención de armas de la GC la he enseñado, al pasar por el escàner, y no me han dicho nada.

Si no es arma prohibida, o llevas una katana atada a la espalda, es probable que no te digan nada. Si te pillan en una pelea de botellón con un cortauñas, al trullo. Las circunstancias, siempre las circunstancias.

Saludos

RE: duda sobre armas blancas

Publicado: 06 Dic 2007 22:09
por longa
gracias a todos por la ayuda; ahora ya estoi enterado jjeje del percal. un saludo :cw