Página 1 de 1

Cz scorpion en licencia D ?

Publicado: 16 May 2026 13:44
por DrakoWikyria
Buenas amigos

Es posible guiar una Cz scorpion en licencia D? Creo q podría haber problemas con el cargador de 10 q trae de serie y no se si habrá de 3 ...

Me podéis echar una mano ?

Gracias ! :birra^:

Re: Cz scorpion en licencia D ?

Publicado: 16 May 2026 15:16
por MamasBoy
para guiarla, tenerla en casa y disparar en galería ningún problema, el problema seria para ir de caza, que tiene que estar limitado a 2 (no a 3), dos en el cargador mas una en la recamara.
De todas formas, cualquier armero medio competente te limita uno de 10 para poder ir de caza con ella.

Re: Cz scorpion en licencia D ?

Publicado: 16 May 2026 17:02
por DrakoWikyria
MamasBoy escribió:para guiarla, tenerla en casa y disparar en galería ningún problema, el problema seria para ir de caza, que tiene que estar limitado a 2 (no a 3), dos en el cargador mas una en la recamara.
De todas formas, cualquier armero medio competente te limita uno de 10 para poder ir de caza con ella.


No la quiero para caza a priori , mi idea es ir al campo de tiro

Entonces puedo ir a la intervención a recogerla cuando la pida y guiarla allí sin cargador? Decirle a la armeria q no me envíe el cargador o me lo envíe limitado ?

Re: Cz scorpion en licencia D ?

Publicado: 16 May 2026 21:55
por MamasBoy
si te la envía con un cargador de 10, es completamente legal.

Re: Cz scorpion en licencia D ?

Publicado: 16 May 2026 23:09
por _DoNoVaN_
Buenas,

Yo tengo la Scorpion con sus 2 cargadores originales para campo de tiro y sin problema para guiarla en D.

Para campo es totalmente legal el cargador de 10.

Mi duda, y ya que estamos, con vuestro permiso la expongo.......¿Es posible comprar el cargador de 30 y limitarlo a 10? Estéticamente no tiene comparación......sin contar lo bien que iría en recorrido por su agarre al ser más largo....

Disfruta de ella, que es una gran compra!!!

Saludos.

Re: Cz scorpion en licencia D ?

Publicado: 16 May 2026 23:53
por DrakoWikyria
_DoNoVaN_ escribió:Buenas,

Yo tengo la Scorpion con sus 2 cargadores originales para campo de tiro y sin problema para guiarla en D.

Para campo es totalmente legal el cargador de 10.

Mi duda, y ya que estamos, con vuestro permiso la expongo.......¿Es posible comprar el cargador de 30 y limitarlo a 10? Estéticamente no tiene comparación......sin contar lo bien que iría en recorrido por su agarre al ser más largo....

Disfruta de ella, que es una gran compra!!!

Saludos.



Gracias x la info ! Ademas tu pregunta tb me interesa jeje

Re: Cz scorpion en licencia D ?

Publicado: 17 May 2026 00:08
por Chinchu
Sí, pero.

Puedes pedir a tu armería un cargador de 30 y que te lo limite a 10, siempre que tu armería te lo dé ya limitado.

Entiendo que lo que no puedes hacer es comprarlo tu de 30 directamente y llevarlo luego a limitar, según el reglamento:

1. Queda prohibida la publicidad, compraventa, tenencia y uso, salvo por funcionarios especialmente habilitados, y de acuerdo con lo que dispongan las respectivas normas reglamentarias de:

e) Los cargadores aptos para su montaje en armas de fuego de percusión central semiautomáticas o de repetición, que en el caso de armas cortas puedan contener más de 20 cartuchos, o en el de armas largas más de 10 cartuchos, salvo los que se conserven por museos, organismos con finalidad cultural, histórica o artística en materia de armas o coleccionistas, con los requisitos y condiciones determinados en el artículo 107.

Re: Cz scorpion en licencia D ?

Publicado: 17 May 2026 09:31
por DrakoWikyria
Chinchu escribió:Sí, pero.

Puedes pedir a tu armería un cargador de 30 y que te lo limite a 10, siempre que tu armería te lo dé ya limitado.

Entiendo que lo que no puedes hacer es comprarlo tu de 30 directamente y llevarlo luego a limitar, según el reglamento:

1. Queda prohibida la publicidad, compraventa, tenencia y uso, salvo por funcionarios especialmente habilitados, y de acuerdo con lo que dispongan las respectivas normas reglamentarias de:

e) Los cargadores aptos para su montaje en armas de fuego de percusión central semiautomáticas o de repetición, que en el caso de armas cortas puedan contener más de 20 cartuchos, o en el de armas largas más de 10 cartuchos, salvo los que se conserven por museos, organismos con finalidad cultural, histórica o artística en materia de armas o coleccionistas, con los requisitos y condiciones determinados en el artículo 107.


Gran aporte gracias :birra^:

Re: Cz scorpion en licencia D ?

Publicado: 17 May 2026 22:26
por MamasBoy
en mi intervención, como aparezcas con un cargador de más de 10, aunque lo lleves limitado a 10 de forma irreversible, te cae una denuncia, según ellos, la intervención central de armas y explosivos esta rebotada porque con el cambio de normativa solo se entregaron 15 cargadores para destruir en toda España y han pasado una circular interna diciendo que cualquier cargador que de fabrica fuese de más de 10 balas, se trata como cargador ilegal aunque este limitado.

Esto lo se porque compre de segunda mano un AKM del 9pb que utiliza cargadores de bereta 92, y en la foto de archivo se veía el rifle y dos cargadores con remache en el costado, y se encabronaron en que eran ilegales y me exigían a mi a ver donde estaban esos dos cargadores, yo lo compre con dos cargadores de beretta de 10 de fabrica y otros dos cargadores de 10 que simulan los de AK, al final pidiéndoselos al que me vendió el rifle aparecieron y resulto que eran cargadores de 10 limitados a 2 para caza.

Según mi intervención, los cargadores han de ser de 10 de fabrica, si son de mas son ilegales aunque estén capados a 10, pero los de 10 limitados a 2 para caza son legales.

Re: Cz scorpion en licencia D ?

Publicado: 17 May 2026 22:40
por Chinchu
MamasBoy escribió:en mi intervención, como aparezcas con un cargador de más de 10, aunque lo lleves limitado a 10 de forma irreversible, te cae una denuncia, según ellos, la intervención central de armas y explosivos esta rebotada porque con el cambio de normativa solo se entregaron 15 cargadores para destruir en toda España y han pasado una circular interna diciendo que cualquier cargador que de fabrica fuese de más de 10 balas, se trata como cargador ilegal aunque este limitado.

Esto lo se porque compre de segunda mano un AKM del 9pb que utiliza cargadores de bereta 92, y en la foto de archivo se veía el rifle y dos cargadores con remache en el costado, y se encabronaron en que eran ilegales y me exigían a mi a ver donde estaban esos dos cargadores, yo lo compre con dos cargadores de beretta de 10 de fabrica y otros dos cargadores de 10 que simulan los de AK, al final pidiéndoselos al que me vendió el rifle aparecieron y resulto que eran cargadores de 10 limitados a 2 para caza.

Según mi intervención, los cargadores han de ser de 10 de fabrica, si son de mas son ilegales aunque estén capados a 10, pero los de 10 limitados a 2 para caza son legales.


Igual lo que tiene que ocurrir es que algún juez les enseñe gramática.

La norma no habla del tamaño del cargador, sino de los cartuchos que pueda contener.

Por mucho que la carcasa sea mayor, si no caben, no caben.

Los cargadores aptos para su montaje en armas de fuego de percusión central semiautomáticas o de repetición, que en el caso de armas cortas puedan contener más de 20 cartuchos, o en el de armas largas más de 10 cartuchos.

Saludos,