Tirador91 escribió:Exactamente aquí quería llegar, antes de presentar el examen para la F tienes que entrenar con un arma del club, el requisito para entrenar con esa arma es tener la licencia federativa y coger clases, con esa misma arma te examinas.
Normalmente con pistola olímpica .22 a 25m y carabina .22 a 50m.
Así funcionan todos los clubes.
Tienen armas para instrucción y tienen instructores.
Algunos aquí queréis ser más papistas que el Papa o vivís en otra España.
Saludos,
robertml escribió:
A ver, y cuando estás practicando para sacarte la F que disparas? con un tirachinas?? Porque a mí me dejaron armas del club para practicar, dudo que estuvieran cometiendo alguna irregularidad...
Es como si me dices que sin carnet de conducir no puedes tocar un coche... de alguna forma tendrás que aprender antes del examen, no? En este caso con coche de autoescuela, y en el de las armas pues con las que cede el club.
¿Conoces a alguien que, tras examinarse del carnet de conducir, se vaya a una autoescuela y alquile un coche y un profesor para salir a la carretera y practicar?
No, ¿verdad? Aunque alguien podría.
Del mismo modo dudo que alguien, en general, tras solicitar el permiso de armas tipo F, se vaya a un club y alquile armas e instructor para ir a tirar. Eso si existe ese instructor habilitado; Y eso sin olvidar que le figura del instructor está para los cursos, no para dedicarse a practicar el tiro porque te lo puedas pagar.
El Reglamento de Armas es claro pero hay quien lo desconoce a propósito:
Capítulo V
Licencias, autorizaciones especiales y tarjetas de armas
Sección 1. Licencias en general y tarjetas
Artículo 96.
1. Nadie podrá llevar ni poseer armas de fuego en territorio español sin disponer de la correspondiente autorización expedida por los órganos administrativos a quienes este Reglamento atribuye tal competencia. Si se tratara de personas residentes en un Estado miembro de la Unión Europea distinto de España, la concesión de la autorización deberá ser comunicada a la autoridad competente de dicho Estado.
2. La tenencia y el uso de las armas de las categorías 1.ª, 2.ª y 3.ª precisará de licencia de armas
Esto lo entiende cualquiera que quiera entender lo que pone textualmente, la figura del instructor es una excepción para poder dar los cursos y entrenamientos relacionados con el, no un coladero para que quien no tiene permiso de armas de concurso practique el tiro a su antojo.
Aquí nadie quiere ser más papista que el papa, más bien algunos pretendéis interpretar el reglamento de armas a vuestra conveniencia y sentar cátedra confundiendo a quien pregunta inocentemente, y encima afirmando cosas como lo siguiente, que son absolutamente falsas.
Tirador91 escribió:Por supuesto, para eso es la licencia federativa de tirador (RIDON) es una licencia que te permite tirar en clubes de tiro con armas del club o de un tercero, solo que no puedes guiar armas a tu nombre hasta que tengas la F.
Un saludo
En esa afirmación no hablas de pagar un instructor y las armas, dices claramente que la licencia federativa te habilita a tirar con armas ajenas, y va a ser que no.
Y otra vez el reglamento, seguro que tampoco lo conoces:
Sección 3. Cesión temporal de armas
Artículo 91.
1. Tanto los españoles como los extranjeros residentes en España podrán prestar sus armas de caza a quienes estén provistos de licencia de caza y de la licencia de arma larga rayada para caza mayor o escopeta correspondiente, según los casos, con una autorización escrita, fechada y firmada, para su uso durante quince días como máximo y precisamente para cazar. También se podrán prestar, con autorización escrita, pistolas, revólveres y armas de concurso, para la práctica de tiro deportivo, a quienes estén reglamentariamente habilitados para su uso. Las armas se prestarán siempre con sus guías de pertenencia.
2. Con igual autorización y a los mismos efectos, podrán prestarse las documentadas con tarjeta de armas, acompañadas de este documento.¿Alguien ve por algún artículo del R.A. que se hable de la figura del instructor y que se pueda alquilar a voluntad para tirar sin licencia de armas de concurso?
Saludos
Pd. Ser riguroso a la hora de contestar una consulta no es ser más papista que el papa, es contestar adecuadamente y sobre todo saber de lo que se habla.