Tarjeta de armas A/B para personas jurídicas
Publicado: 13 Oct 2022 12:35
Buenas.
Soy secretario de una asociación con personalidad jurídica cuya principal actividad es la práctica del airsoft.
Como ya sabemos, las armas de airsoft son de 4ª categoría y deben estar registradas en su pertinente tarjeta de armas que expide el ayuntamiento. Todos los socios contamos tenemos registradas nuestras marcadoras.
Nuestra situación es la siguiente, la asociación ha recibido una marcadora y queremos registrarla a nombre de la propia asociación.
Ello me genera las siguientes preguntas:
-¿Quién de la junta directiva puede presentarse para registrar las replicas en nombre de la asociación: el secretario, el presidente...?
-¿En caso de que haya que entregar un psicotécnico y certificado de antecedentes penales quién debería solicitarlo?
-¿El cupo de 6 armas de categoría 4.1 se aplica también para la asociación?
.¿Una vez registrada la marcadora, quién puede llevar el arma a las partidas sólo el presidente/secretario o, cualquier persona de la asociación puede llevar la marcadora con el permiso de la directiva y la correspondiente tarjeta de armas?
Espero que me podáis arrojar algo de luz, estoy un poco perdido.
Un saludo
Soy secretario de una asociación con personalidad jurídica cuya principal actividad es la práctica del airsoft.
Como ya sabemos, las armas de airsoft son de 4ª categoría y deben estar registradas en su pertinente tarjeta de armas que expide el ayuntamiento. Todos los socios contamos tenemos registradas nuestras marcadoras.
Nuestra situación es la siguiente, la asociación ha recibido una marcadora y queremos registrarla a nombre de la propia asociación.
Ello me genera las siguientes preguntas:
-¿Quién de la junta directiva puede presentarse para registrar las replicas en nombre de la asociación: el secretario, el presidente...?
-¿En caso de que haya que entregar un psicotécnico y certificado de antecedentes penales quién debería solicitarlo?
-¿El cupo de 6 armas de categoría 4.1 se aplica también para la asociación?
.¿Una vez registrada la marcadora, quién puede llevar el arma a las partidas sólo el presidente/secretario o, cualquier persona de la asociación puede llevar la marcadora con el permiso de la directiva y la correspondiente tarjeta de armas?
Espero que me podáis arrojar algo de luz, estoy un poco perdido.
Un saludo