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Re: "DUDA" .. ¿RENOVACION LICENCIA MAYORES 67 AÑOS?. Modificación R.A.

Publicado: 14 Nov 2020 11:55
por jrdc1
Buenas!

Artículo 104.

1. Para mantener la vigencia de las licencias de armas con la duración determinada en los artículos anteriores, las expedidas a mayores de sesenta y siete años necesitarán ser visadas a los tres años desde la fecha de su expedición por la Intervención de Armas y Explosivos, previa presentación del informe de aptitud psicofísica favorable, expedido por un centro de reconocimiento autorizado o, en su caso, previa superación de las correspondientes pruebas complementarias de aptitud.


https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1993-6202

La última redacción del RA establece un visado a los 3 años para los mayores de 67 años, y desaparece la obligación específica a partir de los 70 años.

Saludos

Re: "DUDA" .. ¿RENOVACION LICENCIA MAYORES 67 AÑOS?. Modificación R.A.

Publicado: 14 Nov 2020 12:53
por Billcoe
jrdc1 escribió:Buenas!

Artículo 104.

1. Para mantener la vigencia de las licencias de armas con la duración determinada en los artículos anteriores, las expedidas a mayores de sesenta y siete años necesitarán ser visadas a los tres años desde la fecha de su expedición por la Intervención de Armas y Explosivos, previa presentación del informe de aptitud psicofísica favorable, expedido por un centro de reconocimiento autorizado o, en su caso, previa superación de las correspondientes pruebas complementarias de aptitud.


https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1993-6202

La última redacción del RA establece un visado a los 3 años para los mayores de 67 años, y desaparece la obligación específica a partir de los 70 años.

Saludos
El articulo 104 se refiere a visado cada tres años para la D/E ó también se incluye la F que ahora caducará a los 5 años?

Re: "DUDA" .. ¿RENOVACION LICENCIA MAYORES 67 AÑOS?. Modificación R.A.

Publicado: 14 Nov 2020 13:49
por ESMALTINO
jrdc1 escribió:Buenas!

Artículo 104.

1. Para mantener la vigencia de las licencias de armas con la duración determinada en los artículos anteriores, las expedidas a mayores de sesenta y siete años necesitarán ser visadas a los tres años desde la fecha de su expedición por la Intervención de Armas y Explosivos, previa presentación del informe de aptitud psicofísica favorable, expedido por un centro de reconocimiento autorizado o, en su caso, previa superación de las correspondientes pruebas complementarias de aptitud.


https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1993-6202

La última redacción del RA establece un visado a los 3 años para los mayores de 67 años, y desaparece la obligación específica a partir de los 70 años.

Saludos


Ahora SÍ ..
Gracias por la información, y AMABILIDAD.
Ésta, y hasta que no haya otra modificción en contra, dormiré más tranquilo.
Saludos.

Re: "DUDA" .. ¿RENOVACION LICENCIA MAYORES 67 AÑOS?. Modificación R.A.

Publicado: 15 Nov 2020 18:43
por jrdc1
Buenas!

Billcoe escribió:
jrdc1 escribió:Buenas!

Artículo 104.

1. Para mantener la vigencia de las licencias de armas con la duración determinada en los artículos anteriores, las expedidas a mayores de sesenta y siete años necesitarán ser visadas a los tres años desde la fecha de su expedición por la Intervención de Armas y Explosivos, previa presentación del informe de aptitud psicofísica favorable, expedido por un centro de reconocimiento autorizado o, en su caso, previa superación de las correspondientes pruebas complementarias de aptitud.


https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1993-6202

La última redacción del RA establece un visado a los 3 años para los mayores de 67 años, y desaparece la obligación específica a partir de los 70 años.

Saludos
El articulo 104 se refiere a visado cada tres años para la D/E ó también se incluye la F que ahora caducará a los 5 años?


No encuentro nada en el RA específico sobre las F.

Por otro lado, el Art. 102 dice:

Artículo 102.

1. Las licencias para armas de las categorías 1.ª, 2.ª y 3.ª solamente podrán ser expedidas a los españoles y extranjeros con residencia en España, que sean mayores de edad.


Y dado que las licencias para armas de 1.ª categoría son la A, la B, la C y la F, entiendo que es de aplicación para la F.

Por otro lado, la "necesidad" del visado consiste en acreditar que se mantienen las capacidades psicofísicas necesarias para el uso de las armas. Si estás en condiciones de usar un express del .600NE, por qué no vas a estarlo para una pistolilla del .22lr?

Saludos

Re: "DUDA" .. ¿RENOVACION LICENCIA MAYORES 67 AÑOS?. Modificación R.A.

Publicado: 15 Nov 2020 22:18
por Billcoe
jrdc1 escribió:Buenas!

Billcoe escribió:
jrdc1 escribió:Buenas!

Artículo 104.

1. Para mantener la vigencia de las licencias de armas con la duración determinada en los artículos anteriores, las expedidas a mayores de sesenta y siete años necesitarán ser visadas a los tres años desde la fecha de su expedición por la Intervención de Armas y Explosivos, previa presentación del informe de aptitud psicofísica favorable, expedido por un centro de reconocimiento autorizado o, en su caso, previa superación de las correspondientes pruebas complementarias de aptitud.


https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1993-6202

La última redacción del RA establece un visado a los 3 años para los mayores de 67 años, y desaparece la obligación específica a partir de los 70 años.

Saludos
El articulo 104 se refiere a visado cada tres años para la D/E ó también se incluye la F que ahora caducará a los 5 años?


No encuentro nada en el RA específico sobre las F.

Por otro lado, el Art. 102 dice:

Artículo 102.

1. Las licencias para armas de las categorías 1.ª, 2.ª y 3.ª solamente podrán ser expedidas a los españoles y extranjeros con residencia en España, que sean mayores de edad.


Y dado que las licencias para armas de 1.ª categoría son la A, la B, la C y la F, entiendo que es de aplicación para la F.

Por otro lado, la "necesidad" del visado consiste en acreditar que se mantienen las capacidades psicofísicas necesarias para el uso de las armas. Si estás en condiciones de usar un express del .600Nitro, por qué no vas a estarlo para una pistolilla del .22lr?

Saludos

Gracias....un saludo.

Re: "DUDA" .. ¿RENOVACION LICENCIA MAYORES 67 AÑOS?. Modificación R.A.

Publicado: 16 Nov 2020 08:51
por secretariodelc
jrdc1 escribió:Buenas!

Artículo 104.

1. Para mantener la vigencia de las licencias de armas con la duración determinada en los artículos anteriores, las expedidas a mayores de sesenta y siete años necesitarán ser visadas a los tres años desde la fecha de su expedición por la Intervención de Armas y Explosivos, previa presentación del informe de aptitud psicofísica favorable, expedido por un centro de reconocimiento autorizado o, en su caso, previa superación de las correspondientes pruebas complementarias de aptitud.


https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1993-6202

La última redacción del RA establece un visado a los 3 años para los mayores de 67 años, y desaparece la obligación específica a partir de los 70 años.

Saludos


Esto es lo que quise explicar anteriormente, pero la información me venía bajo manga, NO OFICIAL.
De todas formas creo que no está correctamente desarrollada. Me explico, a mi entender el visado
tendría que ser cada 2 años y medio. De está forma sería visado 2,5 años + renovación 2,5 años. Total
5 años que es la duración de las licencias. Un abrazo jrdc1. :birra^: :birra^:

Re: "DUDA" .. ¿RENOVACION LICENCIA MAYORES 67 AÑOS?. Modificación R.A.

Publicado: 16 Nov 2020 10:54
por jrdc1
Buenas!

secretariodelc escribió:
jrdc1 escribió:Buenas!

Artículo 104.

1. Para mantener la vigencia de las licencias de armas con la duración determinada en los artículos anteriores, las expedidas a mayores de sesenta y siete años necesitarán ser visadas a los tres años desde la fecha de su expedición por la Intervención de Armas y Explosivos, previa presentación del informe de aptitud psicofísica favorable, expedido por un centro de reconocimiento autorizado o, en su caso, previa superación de las correspondientes pruebas complementarias de aptitud.


https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1993-6202

La última redacción del RA establece un visado a los 3 años para los mayores de 67 años, y desaparece la obligación específica a partir de los 70 años.

Saludos


Esto es lo que quise explicar anteriormente, pero la información me venía bajo manga, NO OFICIAL.
De todas formas creo que no está correctamente desarrollada. Me explico, a mi entender el visado
tendría que ser cada 2 años y medio. De está forma sería visado 2,5 años + renovación 2,5 años. Total
5 años que es la duración de las licencias. Un abrazo jrdc1. :birra^: :birra^:


Visado a los 2.5 años, o antes de que se cumplan 3 de vigencia... tanto da, que da lo mismo, verdad? :D :D :D

Ahora bien, si alargamos las vigencias a los 6 años, coincidimos los dos, y todos salimos ganando. Se lo proponemos a la ICAE? 8)

Un abrazo, secre!

Saludos

Re: "DUDA" .. ¿RENOVACION LICENCIA MAYORES 67 AÑOS?. Modificación R.A.

Publicado: 16 Nov 2020 12:12
por Elderbi
Y esto de los tres años se aplica ya a las licencias en vigor?
Yo renové la E en el 2018. Vencimiento 2023
A los dos años (este años) he llevado el certificado del reconocimiento médico.
Tendría que volver al llevar otro reconocimiento médico en el 2022.
Ahora al ser a los tres años me imagino que no tendré que llevarlos en 2022 sino en el 2023 para renovar,
Es así?
Un saludo

Re: "DUDA" .. ¿RENOVACION LICENCIA MAYORES 67 AÑOS?. Modificación R.A.

Publicado: 16 Nov 2020 12:27
por ESMALTINO
Elderbi escribió:Y esto de los tres años se aplica ya a las licencias en vigor?
Yo renové la E en el 2018. Vencimiento 2023
A los dos años (este años) he llevado el certificado del reconocimiento médico.
Tendría que volver al llevar otro reconocimiento médico en el 2022.
Ahora al ser a los tres años me imagino que no tendré que llevarlos en 2022 sino en el 2023 para renovar,
Es así?
Un saludo


Hola.
Siempre cuando me ha exigido la Intervención de Armas presentar un visado (Certificado Médico), ellos mismos me lo han notificado mediante carta ordinaria por Correos, con dos meses de antelación.
No sé si a algún Compañero más, le han avisado igual.
Saludos.

Re: "DUDA" .. ¿RENOVACION LICENCIA MAYORES 67 AÑOS?. Modificación R.A.

Publicado: 16 Nov 2020 12:44
por Billcoe
A mi me avisan por carta y este año en octubre presenté visado para D/E y al preguntar al agente que si con la nueva normativa tendría que presentar el próximo año de nuevo visado (supero los 70 años) o a partir de ahora seria cada dos años y me contestó que se me comunicaría por carta y que posiblemente a partir de los 70 seria cada 2 ó 3 años....no habló nada de a los 67 años.Por cierto el agente en sus explicaciones fue muy amable.
Saludos.

Re: "DUDA" .. ¿RENOVACION LICENCIA MAYORES 67 AÑOS?. Modificación R.A.

Publicado: 16 Nov 2020 13:39
por Elderbi
Este año ha sido la primera vez que me han exigido por la edad el certificado médico.
Y sí, me lo notificaron por correo ordinario desde mi Intervención.
No sabia que era costumbre más extendida o solo deferencia de mi Intervención.

Re: "DUDA" .. ¿RENOVACION LICENCIA MAYORES 67 AÑOS?. Modificación R.A.

Publicado: 17 Nov 2020 10:21
por BOTOGE
Buenos días.
En mi intervención de armas, me dijeron que se pueden renovar todas las licencias a la vez, independientemente del tiempo que falte para renovar la más lejana en el tiempo para de esa forma, tener todas la renovación a los 5 años.
Por otra parte, los visados médicos pasan a ser para personal que tenga más de 67 años. Los que tengan menos de esa edad ya no tienen que presentarlo. Por lo visto se les dio el caso de que mandaron la carta en verano para recordar a la gente que fueran a llevar el médico y ahora en cambio ya no les sale en el ordenador esa obligación.
Un saludo.