Licencias F vigentes a la entrada en vigor de la reforma: ¿3 ó 5 años?

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jlppons
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Re: Licencias F vigentes a la entrada en vigor de la reforma: ¿3 ó 5 años?

Mensajepor jlppons » 05 Dic 2020 12:42

:D
manchego2010 escribió:
Klibre escribió:Yo, desafortunadamente lo veo claro. Yo adquirí una licencia de 3 años cuando se daban de 3 años. Cuando adquiera ( que no renueve aunque le llamemos asi) una nueva licencia, me la daran por el tiempo que toque en la normativa vigente.
Yo creo que la clave es que no renovamos, adquirimos licencias nuevas cada vez y tienen la duracion no prorrogable que tienen... Ciando las compras.
Ojalá no fuese así.


Bueno, en realidad, SÍ que las renovamos, por eso precisamente se da una licencia provisional de 3 meses cuando se renueva, que obviamente no se da cuando es licencia nueva. La tasa además es distinta para la renovación que para la nueva licencia. El reglamento con una total falta de técnica, habla de renovar la licencia E y la D y sin embargo de nuevas licencias en el caso de la F.

La cuestión es que el artículo 134 decía: "Las licencias F tendrán un plazo de validez de tres años" y ahora dice "Las licencias F tendrán un plazo de validez de cinco años". Si yo tengo mi licencia F vigente a día de hoy porque me la dieron hace un año y leo el reglamento vigente hoy, lo que pone es que la licencia tendrá un plazo de validez de 5 años, no de tres años. Así de claro. Y no hay ninguna razón para aplicar la norma derogada a una situación futura como es la pérdida de vigencia de la licencia.
Otra cosa es que la ICAE quiera sostener, desde luego, sin base alguna, lo contrario.

:D Creo que le estás pidiendo peras al olmo :wink:

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Klibre
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Re: Licencias F vigentes a la entrada en vigor de la reforma: ¿3 ó 5 años?

Mensajepor Klibre » 05 Dic 2020 15:50

Yo insisto en que no se renuevan. Se vonceden cada vez. Evidentemente si mo hay cambios desde la anterior concesion, el proceso es similar a una renovacion.
Y el hecho es que la licencia en si, se da por un plazo y expira en ese plazo y el plazo que te dan es el vigente cuando te la dan. Para que se pudiese hacer, el reglamento o una disposicion adicional deberian indicar una prorroga a las licencias vigentes previas.


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