Modificación RA. por la puerta de atrás...

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Ixiul
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Re: Modificación RA. por la puerta de atrás...

Mensajepor Ixiul » 07 Ago 2020 00:09

Al contrario, los cetmes c vendidos como 307 en España salieron de un proyecto nuevo, no estuvieron antes en arsenales militares. Fijate que el color del fosfatado es distinto. Se les añadió un trozo de acero para que no entrase un grip militar, como mucho santa barbara aprovechó piezas sobrantes, pero su fabricacion fue para mercado civil.

Al igual qe los primeros cetme L qe se vendían en usa, fueron restos de piecerio y armazones qe se les vendieron a precio de chatarra, pero eran made in spain, el doblado de armazón y ensablaje fue en usa y les pasaba como así, la calidad dejaba mucho que desear


De hecho los primeros cetme c de mike custon guns fueron cetmes militares transformados a semi, por aquí en estos reinos de taifas aún he visto alguno, y tienen el mismo acabado en negro que los militares
Si se prohí­ben las armas de fuego ¿Podemos utilizar espadas?

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Re: Modificación RA. por la puerta de atrás...

Mensajepor enzo.408 » 07 Ago 2020 09:59

Zhunter-1 escribió:
enzo.408 escribió:Es lo que dice el sentido común en general, pero en el RA dice justo lo contrario. Corrijo, no contempla esta posibilidad, pero dice cargadores de arma larga, y técnicamente un cargador de Glock es un cargador de arma larga también. No dice nada de posible uso ni nada de eso, dice cargadores de arma larga de más de 10 prohibidos.

No vale lo de que no tengas armas donde puedas usarlo, yo puedo tener cargadores de 50 de Thompson y no tener una Thompson, y se supone que tendría que entregarlo.

Cosas de los caciques...


Bueno, el caso del cargador de la Thompson es diferente pq es un cargador de arma larga, por tanto no hay interpretación posible.

El problema/interpretación está en aquéllos cargadores que originariamente son de arma corta y se utilizan tambén en arma larga, caso de cargadores glock o beretta 92 por poner unos de ejemplo. Y quizás por aquí esté la salvación, pq si no se van a tener que entregar muchos cargadores de arma corta de +10 cartuchos que también se puedan emplear en armas largas, en mirar para que tipo de arma fueron originariamente concebidos, si para arma larga o arma corta.

Porque como bien menciona el compañero Fernoked, la carga de la prueba recae sobre la Administración (por extensión a quién acuse o denuncie), así que a ver como se prueba que un cargador diseñado originalmente para arma corta y que también puede utilizarse para arma larga, se considera exclusivamente como cargador de arma larga y no como cargador de arma corta y máxime cuándo no se tiene arma larga en el que utilizarlo (cómo es mi caso, porque al fin y al cabo yo los tengo para usarlos en la Glock, no como ornato o coleccionismo).

En fin, lástima que no me corresponda a mí interpretarlo, pero ni se me había pasado por la cabeza lo de entregar los cargadores de la Glock hasta que lo has comentado y la verdad, después de meditarlo concienzudamente, no creo que haya de entregarlos y tengo la conciencia bien tranquila de actuar así...y si me denuncian por ello, pues ya me defenderé legalmente lo mejor que pueda.


Siendo retorcidos, y estos caciques lo son a más no poder, el tema del cargador del Thompson es el mismo, yo no tengo arma en la que usarlo y aún así me piden que lo entregue.

Lo mismo para la gente que ni siquiera tenga armas o licencias, podían tener los cargadores que les de la gana, hasta que han llegados los salvapatrias a EXPROPIARLOS.

La Administración no tiene que justificar nada, te dice que los cargadores de arma larga de más de 10 cartuchos son ilegales, y los de Glock lo son. También son de arma corta, pero conociendo a estos "señores, ¿tú cómo crees que los van a considerar?

Y luego está el tema de que no sé cómo de legal sería que tú puedas tener un cargador de Glock y yo no sólo por el hecho de que yo tenga un arma que tú no tienes, si las licencias que tenemos tú y yo son las mismos. No sé si me explico...

Y como esto otro montón de cositas.

Un saludo

fjhc
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Re: Modificación RA. por la puerta de atrás...

Mensajepor fjhc » 07 Ago 2020 10:15

Ixiul escribió:Al contrario, los cetmes c vendidos como 307 en España salieron de un proyecto nuevo, no estuvieron antes en arsenales militares. Fijate que el color del fosfatado es distinto. Se les añadió un trozo de acero para que no entrase un grip militar, como mucho santa barbara aprovechó piezas sobrantes, pero su fabricacion fue para mercado civil.

Al igual qe los primeros cetme L qe se vendían en usa, fueron restos de piecerio y armazones qe se les vendieron a precio de chatarra, pero eran made in spain, el doblado de armazón y ensablaje fue en usa y les pasaba como así, la calidad dejaba mucho que desear


De hecho los primeros cetme c de mike custon guns fueron cetmes militares transformados a semi, por aquí en estos reinos de taifas aún he visto alguno, y tienen el mismo acabado en negro que los militares


Ixiul, tienes razón. Pero mejor recba esa documentación mientras puedas ya que cuando quieras hacer algo entre el desconocimiento general y el que llegará por parte (intencionada o no) de alguna intervención, muchos los meteran ene el saco de "armas militares transformadas".

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Re: Modificación RA. por la puerta de atrás...

Mensajepor JJWinchester » 07 Ago 2020 10:48

Estoy siguiendo el tema, y aunque no soy afectado directo por el tema de los automáticos pasados a semi, me solidarizo enteramente como compañero usuario de armas. Por otro lado, y lo hemos dicho muchas veces, esto es una carrera de fondo donde, en uno u otro momento, a todos nos tocarán las narices.

Dicho esto, creo que nadie debería entregar un arma de ningún tipo sin pelearlo en los tribunales: en primer lugar, dejémonos del concepto "diseño". Yo no lo he visto en la modificación del reglamento. Ahí sólo de habla de prohibir "d) Las armas de fuego automáticas que hayan sido transformadas en armas de fuego semiautomáticas." Es decir, armas físicas que nacieron automáticas, y se modificaron para pasarlas a semis. Nada de diseños, armas reales.

Y por otra parte, cada cual debe interpretar de buena fe el Reglamento y negarse a cualquier interpretación abusiva. Por ejemplo, en ningún lugar se dice que no habrá una compensación justa por todo lo que se obligue a entregar, material perfectamente legal antes de un cambio legislativo promovido por la Administración. En unos casos corresponderá llevar a los tribunales el hecho mismo de la confiscación; en otros, reclamar una compensación (armas realmente transformadas, cargadores, etc).

El hecho de que todos los afectados lleven al asunto a los tribunales es necesario para que la ICAE se vea obligada a destinar recursos y medios a sostener esa batalla legal, lo que quizá redunde (es un suponer, pero puestos a soñar) en que se ralentice la aplicación de esta abusiva modificación y que, quizá, alguien presione para impulsar una nueva modificación (hemos comprobado con el COVID que un RD se prepara y publica en horas) que aporte algo de la sensatez que falta a los responsables de la ICAE, que obviamente consideran a los ciudadanos a los que sirven y de los que cobran su sueldo como meros súbditos a reprimir como potenciales criminales. Es triste, pero sus hechos lo demuestran, traicionando el espíritu original de la Cartilla del Guardia Civil y, en mi opinión, ensuciando el buen nombre del Cuerpo.
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Re: Modificación RA. por la puerta de atrás...

Mensajepor Hoplon » 07 Ago 2020 11:06

Estoy con JJWinchester: no tengo ningún arma afectada por los cambios, pero me preocupa que muchos usuarios se vena atropellados en sus derechos: os animo a defenderos y desde mi posición haré lo que buenamente pueda.

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Re: Modificación RA. por la puerta de atrás...

Mensajepor fjhc » 07 Ago 2020 11:39

fjhc escribió:
Ixiul escribió:Al contrario, los cetmes c vendidos como 307 en España salieron de un proyecto nuevo, no estuvieron antes en arsenales militares. Fijate que el color del fosfatado es distinto. Se les añadió un trozo de acero para que no entrase un grip militar, como mucho santa barbara aprovechó piezas sobrantes, pero su fabricacion fue para mercado civil.

Al igual qe los primeros cetme L qe se vendían en usa, fueron restos de piecerio y armazones qe se les vendieron a precio de chatarra, pero eran made in spain, el doblado de armazón y ensablaje fue en usa y les pasaba como así, la calidad dejaba mucho que desear


De hecho los primeros cetme c de mike custon guns fueron cetmes militares transformados a semi, por aquí en estos reinos de taifas aún he visto alguno, y tienen el mismo acabado en negro que los militares


Ixiul, tienes razón. Pero mejor recaba esa documentación mientras puedas ya que cuando quieras hacer algo entre el desconocimiento general y el que llegará por parte (intencionada o no) de alguna intervención, muchos los meteran ene el saco de "armas militares transformadas".

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Re: Modificación RA. por la puerta de atrás...

Mensajepor custompro36 » 07 Ago 2020 11:55

Y dónde está ,,,,,,,,la legalización de los “calibres denominados Guerra” ???????
En el resto de países,de la Unión Europea,pueden hacer ,usos de ellos y con ello ampliando ,variedad y calidad.
Donde está ,se si a uno se le rompe un cañón o una “pieza fundamental “ ,pueda comprarse dicha pieza ,sin ningún tipo de problema y de diferentes marcas,COMO hacen el resto de Países ,de la Unión Europea.
Donde está la Legalización del Silenciador ,de una Puta vez y cómo lo tienen desde hace tiempo ,el resto de países,de la Unión Europea.
Donde ?
Donde ?
Y así ,diferentes cosas ,,,,,,,,
Donde ?
Es para irse de este país !!!!!!!!
Somos Europeos?
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Re: Modificación RA. por la puerta de atrás...

Mensajepor Juanma_leal » 07 Ago 2020 12:27

Me parece a mí que hasta que no entre en vigor el reglamento y veremos los primeros casos de renovaciones, confiscación, y dios no quiera... Sanciones... No vamos a saber por dónde van los vientos.....

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Re: Modificación RA. por la puerta de atrás...

Mensajepor VP70Z » 07 Ago 2020 12:28

custompro36 escribió:Y dónde está ,,,,,,,,la legalización de los “calibres denominados Guerra” ???????
En el resto de países,de la Unión Europea,pueden hacer ,usos de ellos y con ello ampliando ,variedad y calidad.
Donde está ,se si a uno se le rompe un cañón o una “pieza fundamental “ ,pueda comprarse dicha pieza ,sin ningún tipo de problema y de diferentes marcas,COMO hacen el resto de Países ,de la Unión Europea.
Donde está la Legalización del Silenciador ,de una Puta vez y cómo lo tienen desde hace tiempo ,el resto de países,de la Unión Europea.
Donde ?
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Y así ,diferentes cosas ,,,,,,,,
Donde ?
Es para irse de este país !!!!!!!!
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Pero hombre no se la edad que tiene Ud. pero a esa serie de preguntas la puede contestar Ud. solo con un poco de intuición personal, solo hace falta leer la prensa de un solo día y saber en que tipo de país vive. El mejorar en todos los aspectos nuestro país para que se asemeje un poco a uno de los países denominados "serios" es una utopía. Lo importante de todo es que hoy juega el Madrid y se juega la Champions. Resignación y tragaderas lo demás son cantos de sirena. Mucho ánimo. :birra^:

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Re: Modificación RA. por la puerta de atrás...

Mensajepor segeberg » 07 Ago 2020 12:32

Todo un autentico despropósito y una tomadura de pelo, somos europeos solo para pagar y mantener a sinverguenzas a cuanta de nuestro sudor, no somos un pueblo unido y ellos lo saben, movernos ahora es lo que nos queda todos juntos y hacerles saber nuestro cabreo y malestar y nos equiparen de una vez a nivel europeo no solo en obligaciones también en derechos

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Re: Modificación RA. por la puerta de atrás...

Mensajepor fjhc » 07 Ago 2020 12:59

Leete el artículo 3 de la Directiva Europea la Directiva 91/477

" Los Estados miembros [i]podrán introducir en su legislación disposiciones más estrictas que las previstas en la presente Directiva[/i]"

la Directiva (UE) 2017/853 (que se trasnpone en esta modificación) no deroga la anterior por lo que el estado puede perfectamente no permitir ni silenciadores ni calibres de guerra ya que está permitido poner esos limites.

En cuanto a la Directiva 2017/853 viene perfectamente limitado el tema de los cargadores y, ojo, hablan además de poder prohibir prohibir el uso civil de las armas de fuego semiautomáticas que tengan un cargador fijo con el que puedan dispararse un elevado número de cartuchos.

Esperaros que en una posterior no se prohiban las que de deposito,cargador fijo, etc

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Re: Modificación RA. por la puerta de atrás...

Mensajepor Fernoked » 07 Ago 2020 13:24

fjhc escribió:En cuanto a la Directiva 2017/853 viene perfectamente limitado el tema de los cargadores

Teniendo en cuenta que la directiva se hizo para amoldarse a todos los países de la Unión Europea creo que pocas cosas pueden decirse que están perfectamente delimitadas.

Sobre los cargadores hay que recordar que la directiva establece que pueda autorizar el uso de cargadores de superior capacidad a la prevista para coleccionistas y para tiradores deportivos.

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Re: Modificación RA. por la puerta de atrás...

Mensajepor kikeformad » 07 Ago 2020 13:27

Fernoked escribió:
fjhc escribió:En cuanto a la Directiva 2017/853 viene perfectamente limitado el tema de los cargadores

Teniendo en cuenta que la directiva se hizo para amoldarse a todos los países de la Unión Europea creo que pocas cosas pueden decirse que están perfectamente delimitadas.

Sobre los cargadores hay que recordar que la directiva establece que pueda autorizar el uso de cargadores de superior capacidad a la prevista para coleccionistas y para tiradores deportivos.

Para los que somos coleccionistas seguro, viene bien claro.


Prohibiciones:

e) Los cargadores aptos para su montaje en armas de fuego de percusión central semiautomáticas o de repetición, que en el caso de armas cortas puedan contener más de 20 cartuchos, o en el de armas largas más de 10 cartuchos, salvo los que se conserven por museos, organismos con finalidad cultural, histórica o artística en materia de armas o coleccionistas, con los requisitos y condiciones determinados en el artículo 107.
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Re: Modificación RA. por la puerta de atrás...

Mensajepor Paco41 » 07 Ago 2020 14:13

VP70Z escribió:
custompro36 escribió:Y dónde está ,,,,,,,,la legalización de los “calibres denominados Guerra” ???????
En el resto de países,de la Unión Europea,pueden hacer ,usos de ellos y con ello ampliando ,variedad y calidad.
Donde está ,se si a uno se le rompe un cañón o una “pieza fundamental “ ,pueda comprarse dicha pieza ,sin ningún tipo de problema y de diferentes marcas,COMO hacen el resto de Países ,de la Unión Europea.
Donde está la Legalización del Silenciador ,de una Puta vez y cómo lo tienen desde hace tiempo ,el resto de países,de la Unión Europea.
Donde ?
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Y así ,diferentes cosas ,,,,,,,,
Donde ?
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O que somos ?
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Pero hombre no se la edad que tiene Ud. pero a esa serie de preguntas la puede contestar Ud. solo con un poco de intuición personal, solo hace falta leer la prensa de un solo día y saber en que tipo de país vive. El mejorar en todos los aspectos nuestro país para que se asemeje un poco a uno de los países denominados "serios" es una utopía. Lo importante de todo es que hoy juega el Madrid y se juega la Champions. Resignación y tragaderas lo demás son cantos de sirena. Mucho ánimo. :birra^:

Cierto, simplemente este tipo de cosas es recoger lo sembrado. Un pais sin unidad, donde todo quisque esta enfrentado con todo quisque ya de por si, los politicos azuzando para que nos enfrentemos el doble mas. Un pais asi solo puede ir en direccion al avismo. Y es que los españoles somos asi, de donde no hay no se puede sacar.

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Re: Modificación RA. por la puerta de atrás...

Mensajepor fjhc » 07 Ago 2020 14:23

Paco41 escribió:
VP70Z escribió:
custompro36 escribió:Y dónde está ,,,,,,,,la legalización de los “calibres denominados Guerra” ???????
En el resto de países,de la Unión Europea,pueden hacer ,usos de ellos y con ello ampliando ,variedad y calidad.
Donde está ,se si a uno se le rompe un cañón o una “pieza fundamental “ ,pueda comprarse dicha pieza ,sin ningún tipo de problema y de diferentes marcas,COMO hacen el resto de Países ,de la Unión Europea.
Donde está la Legalización del Silenciador ,de una Puta vez y cómo lo tienen desde hace tiempo ,el resto de países,de la Unión Europea.
Donde ?
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Donde ?
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Pero hombre no se la edad que tiene Ud. pero a esa serie de preguntas la puede contestar Ud. solo con un poco de intuición personal, solo hace falta leer la prensa de un solo día y saber en que tipo de país vive. El mejorar en todos los aspectos nuestro país para que se asemeje un poco a uno de los países denominados "serios" es una utopía. Lo importante de todo es que hoy juega el Madrid y se juega la Champions. Resignación y tragaderas lo demás son cantos de sirena. Mucho ánimo. :birra^:

Cierto, simplemente este tipo de cosas es recoger lo sembrado. Un pais sin unidad, donde todo quisque esta enfrentado con todo quisque ya de por si, los politicos azuzando para que nos enfrentemos el doble mas. Un pais asi solo puede ir en direccion al avismo. Y es que los españoles somos asi, de donde no hay no se puede sacar.



Con todo el respeto os digo

Habñeis leido lo que he peusto antes del art.3 de la Directiva Europea la Directiva 91/477

" Los Estados miembros podrán introducir en su legislación disposiciones más estrictas que las previstas en la presente Directiva"

la Directiva (UE) 2017/853 (que se transpone en esta modificación) no deroga la anterior por lo que el estado puede perfectamente no permitir ni silenciadores ni calibres de guerra ya que está permitido poner esos limites.

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Re: Modificación RA. por la puerta de atrás...

Mensajepor Fernoked » 07 Ago 2020 14:26

kikeformad escribió:Para los que somos coleccionistas seguro, viene bien claro.

Pues tampoco es tan claro porque el libro de coleccionista es para armas no para accesorios, y cuando se habla de cargadores en relación con el coleccionismo se refiere a cargadores en armas inutilizadas que deben de tener los cargadores soldados al cajón de mecanismo.

Parece que para los que coleccionen los cargadores sin tener el arma pues no hay excepción.

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Re: Modificación RA. por la puerta de atrás...

Mensajepor kikeformad » 07 Ago 2020 14:46

Fernoked escribió:
kikeformad escribió:Para los que somos coleccionistas seguro, viene bien claro.

Pues tampoco es tan claro porque el libro de coleccionista es para armas no para accesorios, y cuando se habla de cargadores en relación con el coleccionismo se refiere a cargadores en armas inutilizadas que deben de tener los cargadores soldados al cajón de mecanismo.

Parece que para los que coleccionen los cargadores sin tener el arma pues no hay excepción.

Está clarísimo, si soy coleccionista de armas y tengo autorización, ya tengo la de coleccionista de munición y el permiso para tener cargadores. Y un cargador no es un accesorio, es un elemento esencial de un arma. Mis Langepistole 08 no son nada sin sus Trommelmagazine.Los coleccionistas coleccionamos hasta armas prohibidas. MERIDIANO, hasta hace referencia al artículo 107 que es con el que los coleccionistas tenemos armas en tiro y munición real.
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Re: Modificación RA. por la puerta de atrás...

Mensajepor Fernoked » 07 Ago 2020 15:17

kikeformad escribió:Y un cargador no es un accesorio, es un elemento esencial de un arma.

Podrá llamar a sus cargadores como desee pero el reglamento de armas no lo considera componente fundamental ni tampoco pieza pues no es algo indispensable para el funcionamiento del arma.


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