Reglamento RD Armas 2019 (Oficial) - Periodo de alegaciones
Re: Reglamento RD Armas 2019 (Oficial) - Periodo de alegaciones
Totalmente de acuerdo...
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Re: Reglamento RD Armas 2019 (Oficial) - Periodo de alegaciones
kernelsuse escribió:waikinin escribió:Lo dicho, falta de legitimación para la presentación de la demanda.
De esas, en el ámbito de consumo, hay para dar patadas.
Pero sentencia, no es lo mismo.
Es decir, que NADIE de los que resultó afectado demandó en vía judicial.
Un saludo y muchas gracias.
Lo que nos lleva a lo que nos decía Javichin,
Hay que formar una plataforma de afectados y denunciar.
Pues ya tardamos, que se nos echa encima el plazo.
Prius flammis combusta quam arma Numantia victa.
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Re: Reglamento RD Armas 2019 (Oficial) - Periodo de alegaciones
Porfavor,pido que se ponga algo para las alegaciones ,ya!!!
Que se nos comen..............
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- custompro36
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Re: Reglamento RD Armas 2019 (Oficial) - Periodo de alegaciones
La remisión de aportaciones deberá hacerse exclusivamente a través de esta dirección de e-mail: dg-icae@guardiacivil.org
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- alegaciones (1).doc
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Re: Reglamento RD Armas 2019 (Oficial) - Periodo de alegaciones
Joder, de putísima madre. A firmar.
Lo envío hoy mismo, chicos, adelante. Hasta mi mujer va a mandar otro, que firme todo pepeleche adulto.
Muchas gracias
Lo envío hoy mismo, chicos, adelante. Hasta mi mujer va a mandar otro, que firme todo pepeleche adulto.
Muchas gracias
Re: Reglamento RD Armas 2019 (Oficial) - Periodo de alegaciones
Ahi estamos
Al asunto, haber si hacemos algo aunque sea dar por culo
Al asunto, haber si hacemos algo aunque sea dar por culo
Re: Reglamento RD Armas 2019 (Oficial) - Periodo de alegaciones
Propongo que nos dirijamos a los medios de comuniación, para hacernos eco de nuestras reivindicaciones.
Re: Reglamento RD Armas 2019 (Oficial) - Periodo de alegaciones
Mucho ojo, que en la web del ministerio indica que el correo electrónico es para aportaciones, no alegaciones, las cuales si no me equivoco deben tramitarse a través de otro cauce. Por favor, que alguien versado en derecho administrativo aclare bien esto, que nos vamos a llevar un susto si todos esos mails no sirven para nada.
Última edición por NachoOA el 21 Ene 2019 13:09, editado 1 vez en total.
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Re: Reglamento RD Armas 2019 (Oficial) - Periodo de alegaciones
Pero ¿seguro que las ALEGACIONES se mandan por corre electrónico? que pone en la propia web del ministerio que el correo es para APORTACIONES, no alegaciones. Yo me espero, algo así tiene que mandarse al Registro, bien en persona y que te sellen la copia, bien con certificado digital. El correo elecrónico vete a saber donde acaba.
Re: Reglamento RD Armas 2019 (Oficial) - Periodo de alegaciones
- Mensaje por custompro36 » 21 Ene 2019 11:18
La remisión de aportaciones deberá hacerse exclusivamente a través de esta dirección de e-mail: dg-icae@guardiacivil.org
Adjuntos
alegaciones (1).doc
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Re: Reglamento RD Armas 2019 (Oficial) - Periodo de alegaciones
NachoOA escribió:Mucho ojo, que en la web del ministerio indica que el correo electrónico es para aportaciones, no alegaciones, las cuales si no me equivoco deben tramitarse a través de otro cauce.
Exacto, que las aportaciones a nada obligan ...
Esto se tiene que presentar en un Registro oficial, de cualquier organismo, comunidad o ayuntamiento, que te sellen tu copia y ellos ya lo mandan al ministario del interior, a la secretaria técnica esa. Y al hacerlo así están obligados a tenerlo en cuenta.
El correo electrónico se lo lleva el viento ... está bien para una consulta puntual, pero como reciban 25.000 correos, ya te digo yo donde van.
Re: Reglamento RD Armas 2019 (Oficial) - Periodo de alegaciones
fierabras escribió:NachoOA escribió:Mucho ojo, que en la web del ministerio indica que el correo electrónico es para aportaciones, no alegaciones, las cuales si no me equivoco deben tramitarse a través de otro cauce.
Exacto, que las aportaciones a nada obligan ...
Esto se tiene que presentar en un Registro oficial, de cualquier organismo, comunidad o ayuntamiento, que te sellen tu copia y ellos ya lo mandan al ministario del interior, a la secretaria técnica esa. Y al hacerlo así están obligados a tenerlo en cuenta.
El correo electrónico se lo lleva el viento ... está bien para una consulta puntual, pero como reciban 25.000 correos, ya te digo yo donde van.
Pues por ventanilla única.
Re: Reglamento RD Armas 2019 (Oficial) - Periodo de alegaciones
La fase en la que nos encontramos no deja de ser un "trámite de audiencia pública", en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
Y por tanto, las alegaciones o aportaciones al proyecto de Real Decreto pueden presentarse por escrito en cualquier registro de las Administraciones Públicas. Teniendo además presente que, debe darse respuesta a las alegaciones presentadas, pudiendo ser común la respuesta a aquellas cuestiones que sean idénticas. Es decir, que si todo el mundo presenta las mismas alegaciones, preparan una respuesta y vale para todos.
Espero sirva de algo.
Y por tanto, las alegaciones o aportaciones al proyecto de Real Decreto pueden presentarse por escrito en cualquier registro de las Administraciones Públicas. Teniendo además presente que, debe darse respuesta a las alegaciones presentadas, pudiendo ser común la respuesta a aquellas cuestiones que sean idénticas. Es decir, que si todo el mundo presenta las mismas alegaciones, preparan una respuesta y vale para todos.
Espero sirva de algo.
- fierabras
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Re: Reglamento RD Armas 2019 (Oficial) - Periodo de alegaciones
Y según dicen es mejor presentar una alegacion a LA TOTALIDAD, que en puntos concretos.
Yo espero a ver las de la RFETO y las de ANARMA y la federación de caza ...
Pero básicamente habría que indicar:
EXPONGO:
Que el proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero tiene como objetivo lo indicado en el siguiente párrafo del mismo:
"Mediante este proyecto se traspone la Directiva (UE) 2017/853 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de mayo de 2017, por la que se modifica la Directiva 91/477/CEE del Consejo, de 18 de junio
de 1991, que asume una mejora de determinados aspectos de ésta, con el fin de combatir el uso indebido de
armas con fines delictivos y habida cuenta de los recientes atentados terroristas, e incorpora las decisiones
de la Agenda Europea de Seguridad adoptada en abril de 2015, de revisión de la citada Directiva y adopción
de un enfoque común sobre inutilización de armas de fuego con el fin de impedir su reactivación y uso por
parte de la delincuencia"
ALEGO:
El proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero va más allá del objetivo que debe de tener y que en su mismo texto se indica: trasposición de la la Directiva (UE) 2017/853 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, por la que se modifica la 91/477/CEE del Consejo, de 18 de junio de 1991, ya que incluye modificaciones que no están contempladas en la citada Directiva, además otras que sí lo están no se incluyen o lo hacen de forma distinta a como marca la Directiva.
Es por ello que solicito la retirada íntegra del citado proyecto de Real Decreto, por ser muy lesivo para los intereses de los poseedores actuales de licencias de armas y no cumplir el objetivo que lo justifica: la trasposición de la Directiva (UE) 2017/853 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, por la que se modifica la Directiva 91/477/CEE del Consejo, de 18 de junio de 1991.
Y aquí no se si habría que poner algún ejemplo de esos puntos que no están en la Directiva de la UE o los que si están pero no se ponen en el RD o se ponen alterados.
Yo espero a ver las de la RFETO y las de ANARMA y la federación de caza ...
Pero básicamente habría que indicar:
EXPONGO:
Que el proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero tiene como objetivo lo indicado en el siguiente párrafo del mismo:
"Mediante este proyecto se traspone la Directiva (UE) 2017/853 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de mayo de 2017, por la que se modifica la Directiva 91/477/CEE del Consejo, de 18 de junio
de 1991, que asume una mejora de determinados aspectos de ésta, con el fin de combatir el uso indebido de
armas con fines delictivos y habida cuenta de los recientes atentados terroristas, e incorpora las decisiones
de la Agenda Europea de Seguridad adoptada en abril de 2015, de revisión de la citada Directiva y adopción
de un enfoque común sobre inutilización de armas de fuego con el fin de impedir su reactivación y uso por
parte de la delincuencia"
ALEGO:
El proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero va más allá del objetivo que debe de tener y que en su mismo texto se indica: trasposición de la la Directiva (UE) 2017/853 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, por la que se modifica la 91/477/CEE del Consejo, de 18 de junio de 1991, ya que incluye modificaciones que no están contempladas en la citada Directiva, además otras que sí lo están no se incluyen o lo hacen de forma distinta a como marca la Directiva.
Es por ello que solicito la retirada íntegra del citado proyecto de Real Decreto, por ser muy lesivo para los intereses de los poseedores actuales de licencias de armas y no cumplir el objetivo que lo justifica: la trasposición de la Directiva (UE) 2017/853 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, por la que se modifica la Directiva 91/477/CEE del Consejo, de 18 de junio de 1991.
Y aquí no se si habría que poner algún ejemplo de esos puntos que no están en la Directiva de la UE o los que si están pero no se ponen en el RD o se ponen alterados.
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Re: Reglamento RD Armas 2019 (Oficial) - Periodo de alegaciones
custompro36 escribió:La remisión de aportaciones deberá hacerse exclusivamente a través de esta dirección de e-mail: dg-icae@guardiacivil.org
Este modelo no vale !
Pasamos y pasaremos !
Re: Reglamento RD Armas 2019 (Oficial) - Periodo de alegaciones
Joder, estamos por buen camino.
Necesitamos algp definitivo.
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Re: Reglamento RD Armas 2019 (Oficial) - Periodo de alegaciones
custompro36 escribió:La remisión de aportaciones deberá hacerse exclusivamente a través de esta dirección de e-mail: dg-icae@guardiacivil.org
Perdona, esa es la dirección para aportaciones.
Las alegaciones deben hacerse por los cauces legales: escrito a través de cualquier registro de una administración pública (local, provincial, autonómica o estatal), registros centrales o registro electrónico con certificado digital.
Lo que enviemos por correo electrónico, no sirve para nada? Eso sí, si te quedas más tranquilo, siempre puedes enviarlo por ambas vías
Novato hasta que un maestro diga lo contrario.
The worst days shooting are still better than the best days working
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Re: Reglamento RD Armas 2019 (Oficial) - Periodo de alegaciones
Gracias a todos los que ya estáis redactando y enviando alegaciones de vuestro puño y letra.
Por otro lado, ANARMA esta semana presentará un documento con dos formatos de alegaciones,uno simplificado y otro detallado, para aquellos que también las quieran enviar. También indicaremos las direcciones de envío y los procedimientos posibles para hacerlo.
Un saludo!!
Por otro lado, ANARMA esta semana presentará un documento con dos formatos de alegaciones,uno simplificado y otro detallado, para aquellos que también las quieran enviar. También indicaremos las direcciones de envío y los procedimientos posibles para hacerlo.
Un saludo!!
"When the government fears the people there is Liberty. When the people fear the government there is tyranny." - Thomas Jefferson
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