Bueno pues lanzo una pregunta a ver si alguien sabe responderme. El caso es que yo tengo licencia de armas desde 2011 y mi armero de arma larga, como no, es un Grado I pero es de los de norma antigua, osease la anterior a 2012.
Como no hay retroactividad y en mi momento era el que exigian entiendo pues que seguira (supongo) siendo valido hasta que me muera... Pero ahora viene la pregunta del millon.
En mi IA me exigen que me compre otro armero para la recarga, y tiene que ser grado I y ser distinto al que tengo los rifles, hasta ahi bien (aunque me parece una gilipollez) la pregunta es.
Puedo yo comprarme otro armero de grado I con normativa 2010 que salen algo mas economicos y "guiarlo" para los rifles, y dejar el que tengo ahora mismo registrado para los rifles, para la recarga?
Porque mi armero de ahora es de 4 armas y me empieza a quedar pequeño, asi que he pensado comprar otro de mas capacidad, y este evidentemente dejarlo para la recarga.
He visto que los armeros que venden para la recarga esos pequeños que inventaria el familiar de alguien importante para sacarnos las perras a los que queremos recargar, no tienen normativa 2012 de AENOR solo 2010, entonces el mio me valdria no?.
Y si me compro otro de mas capacidad con normativa 2010 para "registrarlo" como armero principal de mis armas, tampoco me pondran pegas porque al tener yo la licencia de antes de entrar en vigor la norma y tener armas guiadas anteriormente, la normativa que se me aplica es la 2010 no??
si alguien sabe algo al respecto que me comente, porque antes de gastarme los dineros, mejor preguntar.
Tema Armeros
- Senik
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Prefiero llevarla y no tener que usarla, a necesitarla y no llevarla.
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Re: Tema Armeros
Yo creo que no podrás, es más, si en algún momento te quedases sin ningun rifle ese armero ya no te valdría.
Mientras tengas un rifle ese armero seguirá siendo legal pero en el momento que no tengas ninguno no te dejarán volver a guiar ningun rifle en él.
Igualmente a ver si algun compañero qué esté más informado puede darte respuesta.
Un saludo.
Mientras tengas un rifle ese armero seguirá siendo legal pero en el momento que no tengas ninguno no te dejarán volver a guiar ningun rifle en él.
Igualmente a ver si algun compañero qué esté más informado puede darte respuesta.
Un saludo.
- Millán Astray
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Re: Tema Armeros
Yo entiendo que la normativa 1143:2012 solo afecta a las empresas de seguridad como reconoce el mismo certificado de homologación, no a cazadores o deportistas, pero claro, es más fácil, sacarse de la manga que sea para todos, total mejor para la GC. y para las armerías, había que luchar y hacer reclamaciones y no tragar y comprar armeros nuevos, una pena que Federaciones y Anarma no quieran saber nada de este atropello (está dedicada a solucionar los problemas de los aficionados portugueses y americanos)
Pasamos y pasaremos !
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Re: Tema Armeros
Hola recientemente e realizado una consulta formal a la icae preguntando si podía guardar conjuntamente en mi armero grado 3 2012 las armas y la pólvora y los pistones y la respuesta fue que si que en el reglamento no pone nada en contra
Re: Tema Armeros
Ernestobcn escribió:Yo creo que no podrás, es más, si en algún momento te quedases sin ningun rifle ese armero ya no te valdría.
Mientras tengas un rifle ese armero seguirá siendo legal pero en el momento que no tengas ninguno no te dejarán volver a guiar ningun rifle en él.
Igualmente a ver si algun compañero qué esté más informado puede darte respuesta.
Un saludo.
Sobre este tema,creo que no va a si ,como comentas,cuando tienes un armero,entregas la documentacion,en la intervencion que te corresponde,y cuando vendes,el arma para comprarte otro,en tu expediente,esta disponible que tienes ,armero homologado,cuando a ti se te solicito ese tramite.
Re: Tema Armeros
Hola compañeros,
A mi me pasó que tenía un par de carabinas y en su día compré un armero grado I, hace poco adquirí un rifle y me ha tocado comprar un armero con la nueva normativa de 2012, yo de tí compraría un armero conforme a la nueva normativa, aunque gastes un poco más te ahorrarás dolores de cabeza, un saludo.
A mi me pasó que tenía un par de carabinas y en su día compré un armero grado I, hace poco adquirí un rifle y me ha tocado comprar un armero con la nueva normativa de 2012, yo de tí compraría un armero conforme a la nueva normativa, aunque gastes un poco más te ahorrarás dolores de cabeza, un saludo.
Lo que diferencia la los niños de los hombrea es... el precio de sus juguetes.
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Re: Tema Armeros
Millán Astray escribió:Yo entiendo que la normativa 1143:2012 solo afecta a las empresas de seguridad como reconoce el mismo certificado de homologación, no a cazadores o deportistas, pero claro, es más fácil, sacarse de la manga que sea para todos, total mejor para la GC. y para las armerías, había que luchar y hacer reclamaciones y no tragar y comprar armeros nuevos, una pena que Federaciones y Anarma no quieran saber nada de este atropello (está dedicada a solucionar los problemas de los aficionados portugueses y americanos)
Totalmente de acuerdo con el tema federaciones. Ellas sí que pueden ejercer más presión que nosotros individualmente.
Re: Tema Armeros
Ya que habláis de armeros, un compañero me ha comentado una cosa que me ha dejao de piedra. Tiene un armero para 5 y homologado a la última normativa. El muy merluzo se despista y se compra un sexto rifle y sin pensar en más lo guía en su IA ¡y no le dicen nada!. Pero es que en la copia que se quedan de la homologación ciertamente no dice la capacidad "en armas" del armero, a no ser que los códigos o algo así lo manifiesten. El caso es que tiene guiado 6 rifles y un armero de 5. De momento le ha quitado el cerrojo y es lo único que ha podido meter en el armero porque no le cabía el rifle. ¿Cómo puede ser? Creo que me dijo que está al loro de comprar un 2ª de los grandes y quitarse de problemas.
Un saludo
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Re: Tema Armeros
No hay porqué guardarlos completos había por ahí una respuesta a una consulta en la que él ICAE así lo decía, por lo que en un armero en el que entran 5 armas completas puedes tener más armas guiadas guardando las piezas fundamentales, yo en un armero grado 3 que en la homologación dice que es para 3 armas cortas tengo guardados y guiados en el 5 armas cortas y un arma larga (Cetme) y está todo en orden, lo saben en mi IA. y no me han puesto ninguna pega.
Pasamos y pasaremos !
Re: Tema Armeros
Millán Astray escribió:No hay porqué guardarlos completos había por ahí una respuesta a una consulta en la que él ICAE así lo decía, por lo que en un armero en el que entran 5 armas completas puedes tener más armas guiadas guardando las piezas fundamentales, yo en un armero grado 3 que en la homologación dice que es para 3 armas cortas tengo guardados y guiados en el 5 armas cortas y un arma larga (Cetme) y está todo en orden, lo saben en mi IA. y no me han puesto ninguna pega.
Si las tienes guiadas con la F sí; eso que dices se refiere a las armas guiadas con la licencia F, ya que el reglamento dice de forma muy clara que lo que hay que guardar, son "los cierres..o...las piezas esenciales que impidan el mecanismo de disparo". Y esto es así, porque tal y como yo recuerdo cuando empecé con el tiro, hace décadas, se guardaban en las federaciones o bien el cierre o el cañón de las pistolas o bien el tambor de los revólveres en los locales de las federaciones. Después de modificó el reglamento sobre el viejo, y nos permitieron guardar "los cierres o piezas esenciales" en los domicilios. Por eso dice "cierres o piezas esenciales que impidan el mecanismo de disparo"; porque los revólveres no tienen "cierres", por un lado y por otro podíamos guardar el cañón de las pistolas o la corredera a nuestra elección, con tal de que el arma quedara...desactivada, tal y como lo indica el reglamento ("desactivadas en los domicilios de los particulares, siempre y cuando los cierres o las piezas esenciales que impidan el mecanismo de disparo, se guarden en los locales de las federeciones...". Pero el reglamento se ha ido modificando de una forma muy poco adecuada, copiando y pegando unos párrafos nuevos con los viejos, y este es el resultado, y de ahí es que surgen las confusiones a la hora de interpretar el sentido del reglamento. Pero cuando se trata de las "armas de la categoría segunda-segunda para caza mayor"(aquellas guiadas con la licencia D) tienen que ser las armas completas, pues el reglamento dice "las armas". De hecho en mi intervención me han dejado claro que es así.
Última edición por Rapaz351 el 21 Nov 2018 11:07, editado 12 veces en total.
- Millán Astray
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Re: Tema Armeros
Imaginad la situación que es la que nos tocó vivir a los tiradores de mi federación territorial en aquellos días:
Año 1980: Las únicas armas guiables con la licencia "T" (entonces se llamaba así), son pistolas o revólveres y si no recuerdo mal, las carabinas del 22 se guiaban con el llamado: "Permiso de Armas", que era para escopetas y "carabinas del 5,56 americano". No recuerdo bien si las carabinas del 22 se podían guiar con la licencia "T", pero nadie lo hacíamos.
Podíamos guardar el revólver o la pistola en casa, siempre que dejáramos la corredera o el tambor de revolver en la Federación. Y así lo hacíamos de hecho, por increíble que pueda parecer. El señor de avanzada edad que se encargaba de la custodia de los cierres, cañones o tambores, tenía muy mal genio y se enfadaba mucho cada vez que teníamos que molestarle en pedírselos. Un día se negó a hacerlo más, y tuvimos que guardar los cierres o las piezas esenciales en....¡la intervención de armas!!!! Pues resulta que teníamos que ir el sábado por la mañana, pasar por la intervención, guardar el cierre en casa y volver el lunes a la intervención para dejar de nuevo el cierre. Poco después salió la ley nos permitió por fin guardar los "cierres o piezas esenciales" de marras....en casa, allá por el año 1994.
Año 1980: Las únicas armas guiables con la licencia "T" (entonces se llamaba así), son pistolas o revólveres y si no recuerdo mal, las carabinas del 22 se guiaban con el llamado: "Permiso de Armas", que era para escopetas y "carabinas del 5,56 americano". No recuerdo bien si las carabinas del 22 se podían guiar con la licencia "T", pero nadie lo hacíamos.
Podíamos guardar el revólver o la pistola en casa, siempre que dejáramos la corredera o el tambor de revolver en la Federación. Y así lo hacíamos de hecho, por increíble que pueda parecer. El señor de avanzada edad que se encargaba de la custodia de los cierres, cañones o tambores, tenía muy mal genio y se enfadaba mucho cada vez que teníamos que molestarle en pedírselos. Un día se negó a hacerlo más, y tuvimos que guardar los cierres o las piezas esenciales en....¡la intervención de armas!!!! Pues resulta que teníamos que ir el sábado por la mañana, pasar por la intervención, guardar el cierre en casa y volver el lunes a la intervención para dejar de nuevo el cierre. Poco después salió la ley nos permitió por fin guardar los "cierres o piezas esenciales" de marras....en casa, allá por el año 1994.
Re: Tema Armeros
Gracias, Millán, ahora entiendo que en realidad es más una cuestión de "cubicaje" del armero que de si caben x o y. Tiene su lógica porque según qué armas tengas en uno de los que venden como 5 o 6 o lo que sea, en realidad no te van a caber ni en broma. Gracias por la aclaración.
Un saludo
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