Supuesta infracción de art, 146 del RdA

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furas
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Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor furas » 29 Jul 2018 05:32

Volviendo a casa de cazar me han quitado el rifle por no tener una autorización de un coto de caza.

Si alguien le ha pasado y me puede orientar con los pasos a seguir se lo agradeceria.

Muchas gracias.

https://www.policiacanaria.com/sites/def ... _armas.pdf
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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor cutis » 29 Jul 2018 07:31

Empieza por moverte ya ; federacion , abogado etc . Lo mismo le paso al compañero jano85 y estuvo meses con esta letania. Tenlo claro no vives en un pais que seas ciudadano de derechos ; que no sea nada compañero y suerte

Un saludo

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor sinoapuntoconfio » 29 Jul 2018 07:54

si estabas apuntado en el permiso de caza y el arma estaba en su funda descargada ,no creo que tengas ningun problema , solamente comprobaran con el puesto correspondiente que tu nombre esta en ese permiso y te lo devolveran , la verdad es que parecere bastante raro ese procedimiento , al menos no es lo habitual

saludos y suerte

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Millán Astray
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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor Millán Astray » 29 Jul 2018 08:52

Edito.
dejo el hilo.
Última edición por Millán Astray el 29 Jul 2018 20:41, editado 1 vez en total.
Pasamos y pasaremos !

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor coyote81 » 29 Jul 2018 09:31

furas escribió:Volviendo a casa de cazar me han quitado el rifle por no tener una autorización de un coto de caza.

Si alguien le ha pasado y me puede orientar con los pasos a seguir se lo agradeceria.

Muchas gracias.

https://www.policiacanaria.com/sites/def ... _armas.pdf


Lamento decirte que te topaste con el tonto de turno, como bien dicen en comentarios anteriores, si el arma va descargada y en su funda, no debería haber ningún problema, para portar un arma solo es necesario licencia correspondiente y guía de la misma o en su defecto, guía de circulación.
Si estás en acción de cazar o vas por carretera con piezas de caza, además de lo anterior, la licencia de caza, AUTORIZACIÓN del dueño del coto...
Dicho esto, sin saber con lujo de detalles lo ocurrido y a groso modo, dispones de varias opciones, si perteneces a una federación de caza puedes solicitar asesoramiento jurídico y recurrir las acciones llevadas a cabo por los agentes si éstas no se ajustan a derecho.
Si no estás federado pero tienes licencia de caza tienes seguro del cazador, en muchos seguros se suele incluir asesoramiento jurídico para este tipo de casos, échale un vistazo a tu póliza y si lo tienes cubierto, mientras antes lo comuniques mejor.
Espero que te sea de ayuda, se solucione todo pronto y te devuelvan el arma lo antes posible.
Saludos!!
Si quieres saber cómo es alguien no escuches lo que dice, observa lo que hace.

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor josilmar » 29 Jul 2018 09:53

No sera que le gustaba el maradono

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor sinoapuntoconfio » 29 Jul 2018 10:08

coyote81 escribió:
furas escribió:Volviendo a casa de cazar me han quitado el rifle por no tener una autorización de un coto de caza.

Si alguien le ha pasado y me puede orientar con los pasos a seguir se lo agradeceria.

Muchas gracias.

https://www.policiacanaria.com/sites/def ... _armas.pdf


Lamento decirte que te topaste con el tonto de turno, como bien dicen en comentarios anteriores, si el arma va descargada y en su funda, no debería haber ningún problema, para portar un arma solo es necesario licencia correspondiente y guía de la misma o en su defecto, guía de circulación.
Si estás en acción de cazar o vas por carretera con piezas de caza, además de lo anterior, la licencia de caza, AUTORIZACIÓN del dueño del coto...
Dicho esto, sin saber con lujo de detalles lo ocurrido y a groso modo, dispones de varias opciones, si perteneces a una federación de caza puedes solicitar asesoramiento jurídico y recurrir las acciones llevadas a cabo por los agentes si éstas no se ajustan a derecho.
Si no estás federado pero tienes licencia de caza tienes seguro del cazador, en muchos seguros se suele incluir asesoramiento jurídico para este tipo de casos, échale un vistazo a tu póliza y si lo tienes cubierto, mientras antes lo comuniques mejor.
Espero que te sea de ayuda, se solucione todo pronto y te devuelvan el arma lo antes posible.
Saludos!!


volvemos otra vez a la misma y es querer regular la ley a nuestro antojo , la legislacion sobre armas es una mierda , si , estamos de acuerdo , pero es la que tenemos , y segun esa ley cualquier agente de la autoridad te puede requisar un arma a su discreccion , y no podemos intentar quitarle la razon pues segun la ley la tiene
vamos por partes , en primer lugar no creo que el compañero haya dicho que sean los municipales quien se la requiso , aunque si asi fuera tampoco seria nada recurrible ya que en ese momento es agente de la autoridad , en segundo lugar el compañero pone el post a las 5 y media de la mañana , si optamos por suponer que lo puso cuando llego a casa despues de los echos podemos pensar (con todo el riesgo a equivocarnos ) que esto pudo haber pasado a las 4 o 4 y media de la mañana de un domingo , pues si es asi ya tenemos mas motivos para que el agente pudiera discrecionalmente decidir que no son horas para andar por ahi con un arma , y si como dice el compañero no tenia (o no portaba) ningun permiso de coto pues........ que quieres que te diga
no nos equivoquemos y critiquemos sin saber la realidad de lo courrido , la verdad me jode meterme en estos "fregaos" como en el tema de tirar al plato sin licencia federativa , pues siempre llegara el listo que quiere cambiar la ley a su gusto , pero es que tenemos que darnos cuenta de que buena o mala la ley es la que ahi y tenemos que ceñirnos a ella
si el compañero venia de una caceria donde estara debidamente registrado o hiba a una caceria que podra demostrar facilmente no va a tener ningun problema , simplemente que por prevencion va a estar un par de dias el arma retenida hasta que se aclara , si no puede demostrar que venia de una caceria y que desde el final de la caceria hasta la hora que le retuvieron el arma no habia pasado mas tiempo del prudencial para depositar el arma en el armero ............... pues...... le van a joder , porque no es cierto que puedas llevar tu arma en el coche por simple capricho , y no me salgais con la historia de si la llevaba a que la viera un amigo o cosas parecidas , la ley no es asi , repito que es mala, muy mala , pero mientras no la cambiemos es lo que ahi y un arma solo se puede portar con un motivo claro y especifico
yo siempre que voy a club de tiro me apunto en el ordenador del mismo , veo muchos compañeros que no lo hacen , error , si a la vuelta a casa les paran , ahi armas en el coche y no se han apuntado van a tener que romperse la cabeza para demostrar que venian del club de tiro , si , ya se que en el camino de ida no ahi ningun documento que acredite que se dirige a dicho club , pero ahi es donde entra la discrecionalidad del agente para ver si el punto en que se encuentra corresponde a una ruta logica entre el domicilio y el club de tiro , asi como la hora y el resto de condicionantes
para nada pongo en duda la veracidad de los datos del compañero , pero me imagino que todo se debera a una posible coincidencia desafortunada y que lo va a solucionar el lunes sin ningun problema , pero lo que esta claro es que la normativa es la normativa
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saludos

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor furas » 29 Jul 2018 11:28

Buenos días a todos. Ayer llegue un poco cansado.

El arma iba dentro del maletero en su funda, con las balas separadas del arma y con todos los requisitos que marca la ley, yo de vuelta a casa de un día en la finca que tienen arrendada unos amigos desde hace 19 años. Solo me dijeron que se pondrían en contacto con los dueños de la caza y que notificarían a subdelegacion del gobierno.

Mañana empezare a moverme.

Muchas gracias a todos por vuestros comentarios.
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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor coyote81 » 29 Jul 2018 11:43

sinoapuntoconfio escribió:
coyote81 escribió:
furas escribió:Volviendo a casa de cazar me han quitado el rifle por no tener una autorización de un coto de caza.

Si alguien le ha pasado y me puede orientar con los pasos a seguir se lo agradeceria.

Muchas gracias.

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Lamento decirte que te topaste con el tonto de turno, como bien dicen en comentarios anteriores, si el arma va descargada y en su funda, no debería haber ningún problema, para portar un arma solo es necesario licencia correspondiente y guía de la misma o en su defecto, guía de circulación.
Si estás en acción de cazar o vas por carretera con piezas de caza, además de lo anterior, la licencia de caza, AUTORIZACIÓN del dueño del coto...
Dicho esto, sin saber con lujo de detalles lo ocurrido y a groso modo, dispones de varias opciones, si perteneces a una federación de caza puedes solicitar asesoramiento jurídico y recurrir las acciones llevadas a cabo por los agentes si éstas no se ajustan a derecho.
Si no estás federado pero tienes licencia de caza tienes seguro del cazador, en muchos seguros se suele incluir asesoramiento jurídico para este tipo de casos, échale un vistazo a tu póliza y si lo tienes cubierto, mientras antes lo comuniques mejor.
Espero que te sea de ayuda, se solucione todo pronto y te devuelvan el arma lo antes posible.
Saludos!!


volvemos otra vez a la misma y es querer regular la ley a nuestro antojo , la legislacion sobre armas es una mierda , si , estamos de acuerdo , pero es la que tenemos , y segun esa ley cualquier agente de la autoridad te puede requisar un arma a su discreccion , y no podemos intentar quitarle la razon pues segun la ley la tiene
vamos por partes , en primer lugar no creo que el compañero haya dicho que sean los municipales quien se la requiso , aunque si asi fuera tampoco seria nada recurrible ya que en ese momento es agente de la autoridad , en segundo lugar el compañero pone el post a las 5 y media de la mañana , si optamos por suponer que lo puso cuando llego a casa despues de los echos podemos pensar (con todo el riesgo a equivocarnos ) que esto pudo haber pasado a las 4 o 4 y media de la mañana de un domingo , pues si es asi ya tenemos mas motivos para que el agente pudiera discrecionalmente decidir que no son horas para andar por ahi con un arma , y si como dice el compañero no tenia (o no portaba) ningun permiso de coto pues........ que quieres que te diga
no nos equivoquemos y critiquemos sin saber la realidad de lo courrido , la verdad me jode meterme en estos "fregaos" como en el tema de tirar al plato sin licencia federativa , pues siempre llegara el listo que quiere cambiar la ley a su gusto , pero es que tenemos que darnos cuenta de que buena o mala la ley es la que ahi y tenemos que ceñirnos a ella
si el compañero venia de una caceria donde estara debidamente registrado o hiba a una caceria que podra demostrar facilmente no va a tener ningun problema , simplemente que por prevencion va a estar un par de dias el arma retenida hasta que se aclara , si no puede demostrar que venia de una caceria y que desde el final de la caceria hasta la hora que le retuvieron el arma no habia pasado mas tiempo del prudencial para depositar el arma en el armero ............... pues...... le van a joder , porque no es cierto que puedas llevar tu arma en el coche por simple capricho , y no me salgais con la historia de si la llevaba a que la viera un amigo o cosas parecidas , la ley no es asi , repito que es mala, muy mala , pero mientras no la cambiemos es lo que ahi y un arma solo se puede portar con un motivo claro y especifico
yo siempre que voy a club de tiro me apunto en el ordenador del mismo , veo muchos compañeros que no lo hacen , error , si a la vuelta a casa les paran , ahi armas en el coche y no se han apuntado van a tener que romperse la cabeza para demostrar que venian del club de tiro , si , ya se que en el camino de ida no ahi ningun documento que acredite que se dirige a dicho club , pero ahi es donde entra la discrecionalidad del agente para ver si el punto en que se encuentra corresponde a una ruta logica entre el domicilio y el club de tiro , asi como la hora y el resto de condicionantes
para nada pongo en duda la veracidad de los datos del compañero , pero me imagino que todo se debera a una posible coincidencia desafortunada y que lo va a solucionar el lunes sin ningun problema , pero lo que esta claro es que la normativa es la normativa
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saludos


No voy a entrar en polémicas o discusiones que no llevan a ningún lado, el compañero furas expone un problema y yo basándome en experiencias propias o de gente cercana le doy un par de soluciones a lo expuesto; y en cuanto mi experiencia, he de decir que con esa misma ley hace unos años, me paró a mi un sábado a las 4:00 de la madrugada, cuando iba a entrar en la A66, una patrulla de la GC que se encontraba realizando un control rutinario,cuando me dirigía de mi casa en sevilla a badajoz a echar un día de caza, en el coche iba yo solo con mi escopeta y cartuchos, por supuesto con mi licencia de armas y la guía, nada más pararme les informé de lo que llevaba en el maletero, que iba a cazar a badajoz con unos compañeros de trabajo que viven allí y que la licencia de caza y la autorización del coto privado la tenían ellos, me instaron a desenfundarla para comprobar que no iba cargada y tras dar negativo en alcolemia me desearon buena jornada de caza y se acabó.
Con respecto a mi comentario que califico al agente como “tonto de turno”, rectifico (que es de sabios) pido disculpas y lo sustituyo por “agente con exceso de celo en el desempeño de sus funciones”.
Saludos!!
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Millán Astray
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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor Millán Astray » 29 Jul 2018 13:56

Edito.
Última edición por Millán Astray el 29 Jul 2018 20:48, editado 1 vez en total.
Pasamos y pasaremos !

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor sinoapuntoconfio » 29 Jul 2018 15:09

coyote81 escribió:
No voy a entrar en polémicas o discusiones que no llevan a ningún lado, el compañero furas expone un problema y yo basándome en experiencias propias o de gente cercana le doy un par de soluciones a lo expuesto; y en cuanto mi experiencia, he de decir que con esa misma ley hace unos años, me paró a mi un sábado a las 4:00 de la madrugada, cuando iba a entrar en la A66, una patrulla de la GC que se encontraba realizando un control rutinario,cuando me dirigía de mi casa en sevilla a badajoz a echar un día de caza, en el coche iba yo solo con mi escopeta y cartuchos, por supuesto con mi licencia de armas y la guía, nada más pararme les informé de lo que llevaba en el maletero, que iba a cazar a badajoz con unos compañeros de trabajo que viven allí y que la licencia de caza y la autorización del coto privado la tenían ellos, me instaron a desenfundarla para comprobar que no iba cargada y tras dar negativo en alcolemia me desearon buena jornada de caza y se acabó.
Con respecto a mi comentario que califico al agente como “tonto de turno”, rectifico (que es de sabios) pido disculpas y lo sustituyo por “agente con exceso de celo en el desempeño de sus funciones”.
Saludos!!


pues perfecto , es mas es lo logico , lo primero y aunque no obligatorio si aconsejable , avisas de que ahi armas en el coche (podra parecer una tonteria pero ya predispone al agente a una buena reaccion) lo segundo estas en la carretra en una ruta logica entre los dos puntos que mencionas y a una hora asumible para llegar a cazar al alba , el agente ve logico que las armas esten en el coche y te desea buenas noches y buen viaje , pero ahora suponte que estas en el mismo sitio y a la misma hora y dices que vienes de cazar , ya en primer lugar no va a coincidir que si la caceria pudo acabar a las 7 de la tarde y dices que fue a 50 kms pues como que no le parecera lo mas logico y no me digais que paraste a cenar poruqe con la ley que tenemos ni se puede introducir el arma en un lugar publico ni dejarla abandonada en el coche , asi que el agente en quizas si "un exceso de celo" puede decidir que hasta que no se aclare te retira el arma , ademas como todos sabemos que esta la cosa en este pais que coincida que le estas mintiendo y a las 2 horas cometas un delito con esas armas y salga a la luz que ese agente te detuvo con las armas en coche y te dejo ir , puffff entre podemistas y los de la 5 y la sexta mas le valdria suicidarse , y el fondo del asunto es que esta autorizado para hacerlo , y como dice otro compañero el se lleva las armas de la casa A a la B cuando le parece y si claro , ¿como no lo va a hacer? pero recordemos que si en ese trasiego un dia un agente por los motivos que estime oportunos decide retenerlas esta en su derecho , una cosa es que no se suela hacer y otra que creamos que estamos en el derecho de pasear las armas cuando nos plazca , que no es asi
por lo demas estoy de acuerdo contigo en todo , pero la ley no , sobre todo en eso que comantabais que en la funda y con la guia llevais el arma cuando querais , no , no es asi , las podemos llevar cuando vamos a usarlas en alguna actividad autorizada y que podamos demostrar , el resto del tiempo estamos obligados a tenerlas en el armero las que tienen que estar en el armero o en casa a buen recaudo las que no son obligatorias de permanecer en el armero

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor coyote81 » 29 Jul 2018 17:58

sinoapuntoconfio escribió:
coyote81 escribió:
No voy a entrar en polémicas o discusiones que no llevan a ningún lado, el compañero furas expone un problema y yo basándome en experiencias propias o de gente cercana le doy un par de soluciones a lo expuesto; y en cuanto mi experiencia, he de decir que con esa misma ley hace unos años, me paró a mi un sábado a las 4:00 de la madrugada, cuando iba a entrar en la A66, una patrulla de la GC que se encontraba realizando un control rutinario,cuando me dirigía de mi casa en sevilla a badajoz a echar un día de caza, en el coche iba yo solo con mi escopeta y cartuchos, por supuesto con mi licencia de armas y la guía, nada más pararme les informé de lo que llevaba en el maletero, que iba a cazar a badajoz con unos compañeros de trabajo que viven allí y que la licencia de caza y la autorización del coto privado la tenían ellos, me instaron a desenfundarla para comprobar que no iba cargada y tras dar negativo en alcolemia me desearon buena jornada de caza y se acabó.
Con respecto a mi comentario que califico al agente como “tonto de turno”, rectifico (que es de sabios) pido disculpas y lo sustituyo por “agente con exceso de celo en el desempeño de sus funciones”.
Saludos!!


pues perfecto , es mas es lo logico , lo primero y aunque no obligatorio si aconsejable , avisas de que ahi armas en el coche (podra parecer una tonteria pero ya predispone al agente a una buena reaccion) lo segundo estas en la carretra en una ruta logica entre los dos puntos que mencionas y a una hora asumible para llegar a cazar al alba , el agente ve logico que las armas esten en el coche y te desea buenas noches y buen viaje , pero ahora suponte que estas en el mismo sitio y a la misma hora y dices que vienes de cazar , ya en primer lugar no va a coincidir que si la caceria pudo acabar a las 7 de la tarde y dices que fue a 50 kms pues como que no le parecera lo mas logico y no me digais que paraste a cenar poruqe con la ley que tenemos ni se puede introducir el arma en un lugar publico ni dejarla abandonada en el coche , asi que el agente en quizas si "un exceso de celo" puede decidir que hasta que no se aclare te retira el arma , ademas como todos sabemos que esta la cosa en este pais que coincida que le estas mintiendo y a las 2 horas cometas un delito con esas armas y salga a la luz que ese agente te detuvo con las armas en coche y te dejo ir , puffff entre podemistas y los de la 5 y la sexta mas le valdria suicidarse , y el fondo del asunto es que esta autorizado para hacerlo , y como dice otro compañero el se lleva las armas de la casa A a la B cuando le parece y si claro , ¿como no lo va a hacer? pero recordemos que si en ese trasiego un dia un agente por los motivos que estime oportunos decide retenerlas esta en su derecho , una cosa es que no se suela hacer y otra que creamos que estamos en el derecho de pasear las armas cuando nos plazca , que no es asi
por lo demas estoy de acuerdo contigo en todo , pero la ley no , sobre todo en eso que comantabais que en la funda y con la guia llevais el arma cuando querais , no , no es asi , las podemos llevar cuando vamos a usarlas en alguna actividad autorizada y que podamos demostrar , el resto del tiempo estamos obligados a tenerlas en el armero las que tienen que estar en el armero o en casa a buen recaudo las que no son obligatorias de permanecer en el armero

saludos


Ahí te doy la razón, si un agente deja ir a alguien con un arma existiendo incongruencias entre lo que ve y lo que le cuentan y finalmente ese alguien realiza una fechoría....ese pobre agente mejor que se vaya con Puigde y valtonic, Pudimos gana un puñado más de votos y “telecirco” junto con “la secta” tendrían tertulias para una larga temporada. :mrgreen:
Saludos,!
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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor Komprasman » 29 Jul 2018 18:31

Hola furas, que no sea mas que un disgusto y se resuelva de manera favorable para tti.

Buena suerte y saludos cordiales.
No hay cosa más rica que rascar donde pica.-Refrán Español.

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor CHRISTOPHE » 29 Jul 2018 18:43

y digo yo, que pasa si me voy de cazaría en Andalucía, que cálculos
pueden hacer sobre el tiempo que este de viaje, y que me he parado
al Mc auto para comer en el coche, sin dejar el arma de vista,
parar a mear en el campo, y fumarme un habano de 15 cm..

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor CHRISTOPHE » 29 Jul 2018 18:49

Que no sea nada furas, suerte y creo que se va a solucionar rápido.
Saludos compañero.

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor srek1980 » 29 Jul 2018 19:25

Suerte y Ojalá pudiese ayudarte. La verdad ando muy desconectado de todo lo relacionado con armas y su legislación desde 2010 que dejé la Icae.
Lo difícil se logra, lo imposible se intenta.

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor para_bellum » 29 Jul 2018 19:34

Yo solo decirte que ese PDF que enlazas tiene una redacción del 146 de fantasía en el que se añade mágicamente la coletilla

"y en Vías Públicas por lo tanto idénticamente"

Eso no es así, si te la intervienen tiene que ser por la ley de seguridad ciudadana, que requiere otras circunstancias,, no por el reglamento de armas. Vamos, que lo han hecho fatal, desconocen por completo las normas porque es algo que no está en sus competencias.

Si tienes las ganas y un abogado les puedes dar un repaso legal muy importante.

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor sinoapuntoconfio » 29 Jul 2018 19:40

CHRISTOPHE escribió:y digo yo, que pasa si me voy de cazaría en Andalucía, que cálculos
pueden hacer sobre el tiempo que este de viaje, y que me he parado
al Mc auto para comer en el coche, sin dejar el arma de vista,
parar a mear en el campo, y fumarme un habano de 15 cm..


vamos a ver , no queramos rizar el rizo , si tu te vas a cazar a andalucia y te llevas el rifle en el coche y todo en regla tienes que pensar que ellos no son tontos y que cuando les cuentes que vas a andalucia a cazar ellos veran que eso va a ser asi , recordemos lo que te dije , tienen una formacion y tontos , tontos ... no son , pero si tu sales de casa pensando en ir al valle que tienes a 30 kms a furtivear y les cuentas que vas a cazar a andalucia casi con toda porbabilidad van a sospechar porque seguro habra varias cosas que te delaten

no se lo que le haya pasado al compañero Furas , pero casi con total seguridad que no le pararon en una autopista , lo mas probables es que le parasen en poblado o en carreteras comarcales , y seguro que tu a andalucia ni vas cruzando ciudades ni por carreteras comarcales

de todas las maneras tambien tenemos que saber que ellos a veces se equivocan y que ademas entre ellos ahi muchos hijos de mamas que hacen la esquina , al igual que los ahi en el gremio de albañiles , mineros , camioneros o empleados de banca y si tropiezas con ese que se equivoca o con el joputa de turno te la pude liar , pero ten claro que te la lia porque puede , entre sus atribuciones esta la de retener un arma si considera que no le cuadra que ese arma se vaya a usar para lo que esta guiada

de todas las maneras este comentario surgio a raiz de que comentaba alguno que con la guia y enfundada que puede llevar el arma cuando quiera y no , no es asi , todos firmamos posiblemente sin leer que conocemos las normas ,y las normas son que el arma va de armero o casa al destino corespondiente por la razon que este aprovada que la llevemos , no se puede decir que uno un dia esta aburrido y saca la escopeta a dar un paseo como si sacara el perro
lo del compañero Furas yo pienso que haya sido una situacion de esas anomalas que ocurren a veces , quizas concurrian circunstancias que hicieron al agente sospechar que su version no fuera cierta y se aseguro retirando el arma , o quizas tambien tuviera un esceso de celo en el cumplimiento de su deber , pero sea como sea esta autorizado para retener el arma y cuando el compañero demuestre que venia de una caceria seguro que no va a tener mas problemas que el incordio que le causaron en ese momento

saludos


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