Supuesta infracción de art, 146 del RdA

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor huronescazan » 02 Nov 2018 16:23

Me alegro

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CHRISTOPHE
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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor CHRISTOPHE » 02 Nov 2018 16:24

furas escribió:De momento ya tengo el rifle en mi poder cuando llegue a casa lo miraré con detenimiento.


Buena noticia!! a ver como lo han conservado esta peña...
no abras pagado nada me imagino?

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor srek1980 » 02 Nov 2018 16:55

Enhorabuena furas, espero que el rifle esté en perfectas condiciones.

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor antares308 » 02 Nov 2018 18:29

furas escribió:De momento ya tengo el rifle en mi poder cuando llegue a casa lo miraré con detenimiento.




:apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: ........ me alegro un montón :clint: :birra^: . :saluting-soldier:
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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor huronescazan » 02 Nov 2018 19:52

Hombre en la intervención, no se van a poner a engrasar y cuidar el arma como lo haría su propietario (ojo la mayoria), que también se ve cada arma, como todo en la vida.
Unicamente, si lleva el visor, pues pensemos que lo han tratado medio bien y no ha recibido ningún golpe y si estaba en su funda, mejor, que mejor.
Como te digo antes, me alegro de que todo haya acabado de esta forma.

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor furas » 02 Nov 2018 23:25

huronescazan escribió:Hombre en la intervención, no se van a poner a engrasar y cuidar el arma como lo haría su propietario (ojo la mayoria), que también se ve cada arma, como todo en la vida.
Unicamente, si lleva el visor, pues pensemos que lo han tratado medio bien y no ha recibido ningún golpe y si estaba en su funda, mejor, que mejor.
Como te digo antes, me alegro de que todo haya acabado de esta forma.


El visor se lo quite, lo malo es que no me admitieron la funda, tienen más de mil armas y el cuarto no da para más.

Muchas Hurones :wink:
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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor furas » 02 Nov 2018 23:30

Gracias a todos por vuestro interés, ahora a esperar a que me llegue la denuncia, que puede tardar un año o más, según me han dicho en mi intervención de la guardia civil.

Paciencia.
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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor furas » 24 Nov 2018 00:25

Ya me ha llegado la denuncia.

Sanción grave por: sin justificación para llevarlo.(el rifle)

Multa de 601 a 30.000 €,

Si se pago antes de 15 días, reducción del 50% 300,5 €.

Posibles problemas para renovar el permiso de armas. Antecedentes policiales, o como se diga.

Ahora dedicaré el fin de semana para ver si recurro y en tal caso cómo hacerlo.

Buenas noches y buen fin de semana a todos.
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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor Chemi _Refogs » 24 Nov 2018 00:54

Me alegro de que tengas tu arma de vuelta.

(Edito y borro. Ya hablaré yo con los abogados recomendados de Anarma.)

Saludos.
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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor Extractor » 24 Nov 2018 08:40

Siento lo ocurrido, Furas. Y me imagino tu sensación de impotencia, pero así pueden ir las cosas a veces. La multilla de 300 pues a nadie le hace gracia, pero digamos que te ha salido lo más barato. Cuidado con los recursos a no ser que lo tengas superclaro que si te lo deniegan al final lo que tendrás que pagar serán los 600 sin rebaja. Lo de los antecedentes policiales, después de una consultilla, habitualmente no se "generan" porque te hayan retenido el arma o por la sanción. Fíjate que entonces cualquier infracción leve de tráfico podría derivar en "antecedente". Digamos que tiene que abrirse diligencia después de una detención e incluso ficha policial, aunque al final el Jugado de Primera Instancia diga que a casa sin más. Y aún así está sujeto a prescripción que si no realizan de oficio puedes solicitar y deben destruirlo porque la Ley te ampara en ello. Si fuera primera concesión del Permiso, cabría la posibilidad de que se pusieran a mirar con lupa. En renovación, salvo que les "salten" penales (por supuesto no es el caso), dudo mucho que te digan nada.

Te digo lo de los 600 porque a mí me robaron una vieja moto de mi garaje estando de vacaciones. El trasto viejo arrancó, se pasearon hasta que se acabó la gasofa y la abandonaron en medio de la vía. Obviamente la tenía sin seguro porque no la utilizaba y estaba en mi propiedad, pero después de recurrir las veces que fuera (no recuerdo) no quise ir por la vía judicial y tuve que pagar los 900 de la multa original sin posibilidad de rebaja. Igual la cosa ha cambiado. Hace ya unos años.

Ya sabes, guía del coto siempre encima cuando saques el arma.

Suerte y un saludo.

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor Rapiegu » 24 Nov 2018 10:32

Pues yo si haria el recurso , aparte de denunciar al agente ; el callar y pagar solo hace que se incentive mas si cave la perdida total de derechos a los poseedores de armas y cazadores de este pais . El agente por muy salvador de la cultura occidental que se creea , sabia de sobra que no estaba obrando bien , por muy amparado que este por la ley y por el cuerpo. Me da la sensacion que el compañero Furas no es el clasico " sospechoso habitual " ni siquiera su actitud o sutuacion cuando lo pararon. En cuanto a los otros fagocitadores , bueno esta claro que solo quieren dinero y de cualquier manera , porque regalarselo y facilitar les las cosas ? , que hacen ellos por nosotros a parte de sangrarnos ? . Lo dicho si puedes furas denuncia y recurre

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor Extractor » 24 Nov 2018 15:27

Conste que yo no aconsejo que no recurra. Primero porque no soy quién y segundo porque si alguien, habitualmente un abogado, ve muy claro el recurso, pues claro que te sobran las ganas de recurrir. Claro, si el abogado te lo paga el seguro o alguna asociación, pues de maravilla, pero si tienes que poner el dinero de tu faltriquera, creo que conviene hacer números porque en estos casos si te dan la razón en Sala de Vistas, te libras de sanción, costas y toda la mandanga, pero el abogado (no sé si aquí intervendría Procurador) te puede salir más caro que la sanción. No creo que procedan indemnizaciones y si tu abogado las consigue es que es un verdadero lince. En fin, cada cual sabe lo que tiene que hacer. Yo sólo expreso opinión.
Hablo, desde luego, en el caso de que te fueran denegando los recursos por la Vía Administrativa, claro.

Un saludo

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor BOTOGE » 24 Nov 2018 19:10

Rapiegu escribió:Pues yo si haria el recurso , aparte de denunciar al agente ; el callar y pagar solo hace que se incentive mas si cave la perdida total de derechos a los poseedores de armas y cazadores de este pais . El agente por muy salvador de la cultura occidental que se creea , sabia de sobra que no estaba obrando bien , por muy amparado que este por la ley y por el cuerpo. Me da la sensacion que el compañero Furas no es el clasico " sospechoso habitual " ni siquiera su actitud o sutuacion cuando lo pararon. En cuanto a los otros fagocitadores , bueno esta claro que solo quieren dinero y de cualquier manera , porque regalarselo y facilitar les las cosas ? , que hacen ellos por nosotros a parte de sangrarnos ? . Lo dicho si puedes furas denuncia y recurre

Perdona mi ignorancia, pero hay una cosa que no entiendo... aconsejas denunciar al agente (¿por?) y posteriormente dices "por muy amparado que esté por la Ley y el cuerpo". Si cumple la Ley, qué es lo que se tendría que denunciar?

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor Extractor » 24 Nov 2018 19:15

Hostia! Lo de denunciar a un Agente con pies de plomo, con los argumentos bien sólidos y con fundamentos de Derecho. No olvidemos que es una autoridad. No por ello intocable si ha hecho algo que no debía hacer. Errores, si ha sido el caso, se cometen por cierto en todas las profesiones. Quien mantiene la calma y la sangre fría suele salir mejor parado de cualquier situación.

Un saludo

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor sinoapuntoconfio » 24 Nov 2018 21:10

Extractor escribió:Siento lo ocurrido, Furas. Y me imagino tu sensación de impotencia, pero así pueden ir las cosas a veces. La multilla de 300 pues a nadie le hace gracia, pero digamos que te ha salido lo más barato. Cuidado con los recursos a no ser que lo tengas superclaro que si te lo deniegan al final lo que tendrás que pagar serán los 600 sin rebaja. Lo de los antecedentes policiales, después de una consultilla, habitualmente no se "generan" porque te hayan retenido el arma o por la sanción. Fíjate que entonces cualquier infracción leve de tráfico podría derivar en "antecedente". Digamos que tiene que abrirse diligencia después de una detención e incluso ficha policial, aunque al final el Jugado de Primera Instancia diga que a casa sin más. Y aún así está sujeto a prescripción que si no realizan de oficio puedes solicitar y deben destruirlo porque la Ley te ampara en ello. Si fuera primera concesión del Permiso, cabría la posibilidad de que se pusieran a mirar con lupa. En renovación, salvo que les "salten" penales (por supuesto no es el caso), dudo mucho que te digan nada.

Te digo lo de los 600 porque a mí me robaron una vieja moto de mi garaje estando de vacaciones. El trasto viejo arrancó, se pasearon hasta que se acabó la gasofa y la abandonaron en medio de la vía. Obviamente la tenía sin seguro porque no la utilizaba y estaba en mi propiedad, pero después de recurrir las veces que fuera (no recuerdo) no quise ir por la vía judicial y tuve que pagar los 900 de la multa original sin posibilidad de rebaja. Igual la cosa ha cambiado. Hace ya unos años.

Ya sabes, guía del coto siempre encima cuando saques el arma.

Suerte y un saludo.


amigo , no sabes lo que dices , los antecedentes policiales ya los tiene generados si o si desde el mismo momento que ha ocurrido la intervencion , y con antecedentes policiales ni primera ni segunda ni la venteava renovacion , de echo como le queden menos de 2 años para renovar al compañero ya lo tiene bien jodido pues va a ser dificil que en dos años consiga solucionar su problema y cancelar los antecedentes policiales que aunque en teoria son 3 meses no conozco ningun caso que haya tardado menos de 6 (aunque quizas los haya)
por otro lado si acepta pagar la sancion ¿que fuerza tiene despues para solicitar la cancelacion de antecedentes policiales? si ha pagado ha aceptado que cometio una falta GRAVE , si , si, GRAVE , es lo que le pone la sancion , date una vueltita por la normativa sobre armas y mira a ver cual es la consecuencias de una falta grave en el uso de las armas
la unica solucion que tiene es buscar un buen abogado que consiga demostrar que no existen motivos para esa sancion y una vez demostrado y con la setencia favorable en su poder adjuntarla y solicitar se cancelen los antecedentes policiales que en ningun caso se cancelan de oficio , ¿que todo esto es una mierda? si , pero es lo que ahi y tenemos que jugar con las cartas que tenemos , el aconsejar si saber solo puede llevar a que el compañero vea en el ultimo momento los problemas que tiene y sin tiempo para reacionar

lo dicho Furas , no le des mas vueltas , consulta con un abogado que tenga cierta experiencia en temas de armas (que no te creas que ahi muchos) antes de dar ningun paso que despues te cierre otras puertas , piensa que los antecedentes policiales ya de todas las maneras los tienes y que con antecedentes policiales te denegaran la renovacion de permisos , es mas , con antecedentes policiales ni siquiera se solicitan los penales , y apura la cosa basandote en el tiempo que tengas de margen para renovar , pero vete pensando en que los plazos son mucho mas largos de lo que se dice , entre la denuncia , tramitacion , adjudicacion de juzgado y todo ese tema te van a pasar mas de 6 meses , otros 6 minimo hasta la resolucion y otros 6 para cancelacion de policiales , saliendo todo muy muy muy bien vas a estar muy cercano a los 2 años y facilmente el plazo sea aun mayor , asi que ... tu sabras lo que te tienes que apurar , pero en tu lugar lo que nunca haria seria pagar y aceptar la sancion pues hablamos de una sancion grave que va a repercutir muy desfaroblamente en tus permisos de armas , o al menos no lo haria sin antes hablar con un tecnico en leyes y que tenga bien mamado el tema de la legislacion sobre armas
un saludo y espero que tengas tiempo e iluminacion para solucionarlo , aunque de verdad que en mi opinion te vas a ver en un follon bastante tocapelotas

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor Millán Astray » 24 Nov 2018 22:07

.
Última edición por Millán Astray el 25 Nov 2018 09:57, editado 1 vez en total.
Pasamos y pasaremos !

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor Rapiegu » 24 Nov 2018 22:47

BOTOGE escribió:
Rapiegu escribió:Pues yo si haria el recurso , aparte de denunciar al agente ; el callar y pagar solo hace que se incentive mas si cave la perdida total de derechos a los poseedores de armas y cazadores de este pais . El agente por muy salvador de la cultura occidental que se creea , sabia de sobra que no estaba obrando bien , por muy amparado que este por la ley y por el cuerpo. Me da la sensacion que el compañero Furas no es el clasico " sospechoso habitual " ni siquiera su actitud o sutuacion cuando lo pararon. En cuanto a los otros fagocitadores , bueno esta claro que solo quieren dinero y de cualquier manera , porque regalarselo y facilitar les las cosas ? , que hacen ellos por nosotros a parte de sangrarnos ? . Lo dicho si puedes furas denuncia y recurre

Perdona mi ignorancia, pero hay una cosa que no entiendo... aconsejas denunciar al agente (¿por?) y posteriormente dices "por muy amparado que esté por la Ley y el cuerpo". Si cumple la Ley, qué es lo que se tendría que denunciar?


Yo no soy muy ducho en la materia , como tu ; pero de momento escribiria con pelos y señales en ese libro de registro que deben de tener en el cuartel donde esta adscrito el agente y su modo particular de interpretar el art, 146 del RdA
Esto es sacado de la pagina web del Instituto armado:
En todos los Puestos y Unidades de la Guardia Civil habrá un Libro de Quejas y Sugerencias, indicado de forma bien visible, para que los ciudadanos puedan formular las quejas, reclamaciones, iniciativas o sugerencias que estimen convenientes sobre el funcionamiento de las unidades administrativas.
Los ciudadanos podrán formular sus quejas, sugerencias o felicitaciones en dicho Libro, indicando su nombre, apellidos y domicilio a efectos de comunicaciones. También podrán ser presentadas sin sujeción a impreso alguno en los registros de cualquier órgano administrativo, personalmente o remitidas por correo. En el plazo de veinte días, la unidad afectada informará al ciudadano de las actuaciones realizadas y de las medidas, en su caso, adoptadas. Existe un compromiso adquirido por la Guardia Civil en contestar en un plazo máximo de 18 días desde la entrada de la queja en la Unidad

Que empiece por esto y por supuesto con un abogado decente como comento algun compañero

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Re: Supuesta infracción de art, 146 del RdA

Mensajepor Extractor » 25 Nov 2018 08:41

sinoapuntoconfio escribió:
Extractor escribió:Siento lo ocurrido, Furas. Y me imagino tu sensación de impotencia, pero así pueden ir las cosas a veces. La multilla de 300 pues a nadie le hace gracia, pero digamos que te ha salido lo más barato. Cuidado con los recursos a no ser que lo tengas superclaro que si te lo deniegan al final lo que tendrás que pagar serán los 600 sin rebaja. Lo de los antecedentes policiales, después de una consultilla, habitualmente no se "generan" porque te hayan retenido el arma o por la sanción. Fíjate que entonces cualquier infracción leve de tráfico podría derivar en "antecedente". Digamos que tiene que abrirse diligencia después de una detención e incluso ficha policial, aunque al final el Jugado de Primera Instancia diga que a casa sin más. Y aún así está sujeto a prescripción que si no realizan de oficio puedes solicitar y deben destruirlo porque la Ley te ampara en ello. Si fuera primera concesión del Permiso, cabría la posibilidad de que se pusieran a mirar con lupa. En renovación, salvo que les "salten" penales (por supuesto no es el caso), dudo mucho que te digan nada.

Te digo lo de los 600 porque a mí me robaron una vieja moto de mi garaje estando de vacaciones. El trasto viejo arrancó, se pasearon hasta que se acabó la gasofa y la abandonaron en medio de la vía. Obviamente la tenía sin seguro porque no la utilizaba y estaba en mi propiedad, pero después de recurrir las veces que fuera (no recuerdo) no quise ir por la vía judicial y tuve que pagar los 900 de la multa original sin posibilidad de rebaja. Igual la cosa ha cambiado. Hace ya unos años.

Ya sabes, guía del coto siempre encima cuando saques el arma.

Suerte y un saludo.


amigo , no sabes lo que dices , los antecedentes policiales ya los tiene generados si o si desde el mismo momento que ha ocurrido la intervencion , y con antecedentes policiales ni primera ni segunda ni la venteava renovacion , de echo como le queden menos de 2 años para renovar al compañero ya lo tiene bien jodido pues va a ser dificil que en dos años consiga solucionar su problema y cancelar los antecedentes policiales que aunque en teoria son 3 meses no conozco ningun caso que haya tardado menos de 6 (aunque quizas los haya)
por otro lado si acepta pagar la sancion ¿que fuerza tiene despues para solicitar la cancelacion de antecedentes policiales? si ha pagado ha aceptado que cometio una falta GRAVE , si , si, GRAVE , es lo que le pone la sancion , date una vueltita por la normativa sobre armas y mira a ver cual es la consecuencias de una falta grave en el uso de las armas
la unica solucion que tiene es buscar un buen abogado que consiga demostrar que no existen motivos para esa sancion y una vez demostrado y con la setencia favorable en su poder adjuntarla y solicitar se cancelen los antecedentes policiales que en ningun caso se cancelan de oficio , ¿que todo esto es una mierda? si , pero es lo que ahi y tenemos que jugar con las cartas que tenemos , el aconsejar si saber solo puede llevar a que el compañero vea en el ultimo momento los problemas que tiene y sin tiempo para reacionar

lo dicho Furas , no le des mas vueltas , consulta con un abogado que tenga cierta experiencia en temas de armas (que no te creas que ahi muchos) antes de dar ningun paso que despues te cierre otras puertas , piensa que los antecedentes policiales ya de todas las maneras los tienes y que con antecedentes policiales te denegaran la renovacion de permisos , es mas , con antecedentes policiales ni siquiera se solicitan los penales , y apura la cosa basandote en el tiempo que tengas de margen para renovar , pero vete pensando en que los plazos son mucho mas largos de lo que se dice , entre la denuncia , tramitacion , adjudicacion de juzgado y todo ese tema te van a pasar mas de 6 meses , otros 6 minimo hasta la resolucion y otros 6 para cancelacion de policiales , saliendo todo muy muy muy bien vas a estar muy cercano a los 2 años y facilmente el plazo sea aun mayor , asi que ... tu sabras lo que te tienes que apurar , pero en tu lugar lo que nunca haria seria pagar y aceptar la sancion pues hablamos de una sancion grave que va a repercutir muy desfaroblamente en tus permisos de armas , o al menos no lo haria sin antes hablar con un tecnico en leyes y que tenga bien mamado el tema de la legislacion sobre armas
un saludo y espero que tengas tiempo e iluminacion para solucionarlo , aunque de verdad que en mi opinion te vas a ver en un follon bastante tocapelotas





i) Portar armas de fuego o de cualesquiera otra clase en establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, salvo en los lugares habilitados para su uso, con multas de 300,51 a 450,76 euros, incautación de las armas y, en su caso, retirada de las licencias o permisos correspondientes.

j) Utilizar armas de fuego o de cualesquiera otra clase, sin adoptar las medidas o precauciones necesarias para no causar peligro, daños, perjuicios o molestias a terceras personas o a sus bienes, o contraviniendo las prohibiciones establecidas en el artículo 146 de este Reglamento, con multas de 300,51 a 601,01 euros, incautación de las armas y, en su caso, retirada de las licencias o autorizaciones correspondientes.


Ahí tenemos la letra de los artículos, especialmente la última sanción, por la cual entiendo que dices que puede haber no concesión de Licencia por antecedentes policiales.

En primer lugar el tono del "no sabes lo que dices" no es el que se estila por aquí, aunque por supuesto todos podemos meter la pata, yo el primero. Una simple lectura de esa parte del artículo deja las cosas un poco claras. La retirada puede acompañar a la sanción, pero no es consecuencia de la sanción ni de la intervención policial. Si lo que le ha llegado es sólo la sanción sin mención a retirada, no hay retirada. Otra cosa es que se llegara a la Sala de Vistas y, con muy mala suerte, Su Señoría estimase procedente, además de la sanción, la retirada. Además, discutimos en vano. Hay un procedimiento administrativo bien simple para saber si "tienes" antecedentes policiales, pero seguramente no lo podrá consultar hasta que concluya el expediente. A entender de alguien que sabe qué son los antecedentes policiales, la intervención no los motivó. Es exactamente igual a las sanciones de tráfico que pueden ir acompañadas de retirada de permiso. Si no te lo comunican junto a la sanción y pagas, se cierra el expediente y conservas tu permiso con n puntos menos o lo que proceda. Para que genere esos antecedentes tiene que constar o en la Sección del Archivo General de la Dirección General de la Policía o en la Sección del Archivo General de la Dirección General de la Guardia Civil Aunque, si no recuerdo mal, la intención del Ministerio era unificarlo en el Fichero "Personas", pero creo que aún no lo han hecho. Si no está ahí, concluido el expediente, y como puedes imaginar no anotan hasta la última sanción porque entonces creo que ninguno tendríamos la Licencia, no tienes antecedentes policiales. Si tienes fuentes más fiables y expertas, me callo y corrijo.

Un saludo

PD. Por supuesto los diferentes Organismos guardan copia de las sanciones impuestas. Un ejemplo: de nuevo la DGT, para llevar el control necesario en la retirada o restitución de puntos, pero eso no son antecedentes policiales. También SEPRONA tiene copia de una sanción, no penal claro, por una quema improcedente de restos de poda, pero de nuevo, si es sólo eso, no genera antecedentes.


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