DENEGACION AUT. RECARGA CARTUCHERIA LICENCIA B

Todo sobre licencias de armas, reglamentos, normativa...
ombuds
.44 Magnum
.44 Magnum
Mensajes: 145
Registrado: 06 Nov 2009 15:03
Contactar:
Estado: Desconectado

DENEGACION AUT. RECARGA CARTUCHERIA LICENCIA B

Mensajepor ombuds » 07 Mar 2018 09:15

Recientemente he recibido notificación denegatoria de autorizacion de recarga de cartuchería metálica para el calibre 9 parabellum, por tener amparada el arma bajo licencia B...supuestamente solo autorizan con licencia F o D.

Curiosamente el Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento
de artículos pirotécnicos y cartuchería, dice que: INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA NÚMERO 15
Normas para la recarga de cartuchería por particulares.
2. Requisitos para la recarga de cartuchería
2.1 Estar en posesión de la licencia que permita la tenencia y uso de las armas. (No se excluye ninguna licencia en concreto)

Pues la Adminstración alega que como en el Objeto y ámbito de aplicación de la ITC habla de la necesidad de optimizar la munición para adaptarla a las distintas modalidades deportivas..... y que la licencia B no es deportiva, pues que me lo deniegan.....y que si no estoy de acuerdo que haga un recurso y me gaste la pasta; que total a ellos les da igual y nos supone ni molestia ni coste económico alguno; interpretaren contra de lo legislado.....

Y así nos luce el pelo...... :homer: :homer: :homer:

judicaba
.44 Magnum
.44 Magnum
Mensajes: 167
Registrado: 22 Oct 2013 18:00
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: DENEGACION AUT. RECARGA CARTUCHERIA LICENCIA B

Mensajepor judicaba » 07 Mar 2018 10:50

La instrucción técnica a la que haces referencia es tremendamente clara:

"La tenencia y utilización de cartuchería, como materia reglamentada, exige por parte del Estado un control exhaustivo, a fin de preservar por un lado la Seguridad Ciudadana y por otro, evitar cualquier clase de accidente que ponga en peligro la vida o bienes de las personas. No obstante, la recarga de munición por particulares, para uso propio, es una actividad muy deseada por una diversidad de practicantes de deportes en los que se utilizan armas, pues permite que éstos puedan adaptar su propia munición a las particulares exigencias de cada actividad deportiva en concreto; atendiendo a esa demanda social, el artículo 120.3 del Reglamento de Explosivos recogió la posibilidad de autorizar dicha recarga, para propio consumo. sometiéndose al cumplimiento de los siguientes requisitos..."

Vamos que si no practica ningún deporte relacionado con las armas nada de nada. De hecho el permiso B no dice que a usted le gusten los deportes con armas, si no que necesita de un arma para evitar riesgos personales.
Todo esto es bien fácil de solucionar.
Obtiene la licencia D o F, con los correpondientes exámenes teóricos y prácticos, realiza el correspondiente curso de recarga, compra el armero para guardar la máquina yla susodicha máquina homologada, así como el arma, guiada en D o en F para la que pretende recargar, hace la solicitud y a recargar igual igual que hacemos muchos deportistas.
Lo dicho, es así de fácil.

jogoncu
.44 Magnum
.44 Magnum
Mensajes: 353
Registrado: 23 Abr 2011 12:37
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: DENEGACION AUT. RECARGA CARTUCHERIA LICENCIA B

Mensajepor jogoncu » 07 Mar 2018 11:11

Hola amigos, es mi simple opinión, creo que para la autodefensa no hace falta muchos cartuchos, ni para practicar el tiro deportivo hace falta un cañon de arma tan corto.Es decir y todos habéis deducido que si quieres tener licencia de autodefensa y muchos cartuchos, algo no me cuadra.
Creo que tienen razón quienes la deniegan, entre otras cosas, tienen la obligación de velar por estas contradicciones.

Avatar de Usuario
NachoOA
.44 Magnum
.44 Magnum
Mensajes: 471
Registrado: 15 Dic 2014 11:17
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: DENEGACION AUT. RECARGA CARTUCHERIA LICENCIA B

Mensajepor NachoOA » 07 Mar 2018 11:38

jogoncu escribió:Hola amigos, es mi simple opinión, creo que para la autodefensa no hace falta muchos cartuchos, ni para practicar el tiro deportivo hace falta un cañon de arma tan corto.Es decir y todos habéis deducido que si quieres tener licencia de autodefensa y muchos cartuchos, algo no me cuadra.
Creo que tienen razón quienes la deniegan, entre otras cosas, tienen la obligación de velar por estas contradicciones.


Mi opinión en ese sentido es diametralmente opuesta. Como transeunte me gustaría que aquellas personas con derecho a licencia B tuviesen la mayor destreza posible en el uso de su arma de defensa, pues si un día se ven en la necesidad de usarla en la vía pública, puede ser cualquiera el que reciba el fruto de un gatillazo, rebote, etc. La incongruencia la veo en los impedimentos para que las mencionadas personas puedan entrenar, y el limitado cupo anual de cartuchería está sin duda a la cabeza en esa lista.

Saludos,
Nacho

Fernoked
.30-06
.30-06
Mensajes: 829
Registrado: 10 May 2017 21:44
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: DENEGACION AUT. RECARGA CARTUCHERIA LICENCIA B

Mensajepor Fernoked » 07 Mar 2018 12:26

Con el "cacao maravillao" que hay en la normativa sobre armas resulta aventurado afirmar que algo es claro, y claro... esta cuestión no iba a ser distinta. Las Instrucciones Técnicas Complementarias son normas de jerarquía inferior al Reglamento que desarrolla cuestiones meramente técnicas (quizá de ahí su nombre), y aunque en el Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería se publiquen conjuntamente no dejan de tener un rango inferior debiendo ajustarse a lo dispuesto en el Reglamento.

Lo que dice nuestro reglamento en su art. 55.3 es que podrá autorizarse a particulares la recarga de munición para su propio consumo cumpliendo con los requisitos de la ITC 15, sin ninguna otra distinción; y luego en el 104.1 se expresa las cantidades máximas de pólvora y pistones que podrán almacenarse con las medidas de seguridad comprendidas en la ITC 15.

Hasta ahí el tema parece más o menos claro, cualquier titular de armas podrá obtener una autorización para la recarga, aunque se lía cuando vamos a la dichosa ITC que debiendo versar exclusivamente sobre temas técnicos viene a entrar en cuestiones jurídicas como el ámbito de aplicación sin que exista una norma que le habilite para ello, y lo hace regulando en contra de lo dispuesto en el Reglamento y saltándose la jerarquía normativa.

Para hacerlo aún más complicado, en el punto 1 sobre objeto y ámbito de aplicación de la norma, se detiene a realizar consideraciones que son más propias de un preámbulo que del contenido normativo, y es que menciona que la recarga es una actividad muy extendida en el ámbito deportivo pero no circunscribe o limita expresamente dicha actividad al entorno deportivo, lo que puede casar perfectamente con la habilitación que formula el reglamento para que la ITC 15 regule únicamente los requisitos para la recarga y las medidas de seguridad a adoptar.

endtrans
.44 Magnum
.44 Magnum
Mensajes: 455
Registrado: 07 Nov 2011 17:02
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: DENEGACION AUT. RECARGA CARTUCHERIA LICENCIA B

Mensajepor endtrans » 07 Mar 2018 12:59

NachoOA escribió:
jogoncu escribió:Hola amigos, es mi simple opinión, creo que para la autodefensa no hace falta muchos cartuchos, ni para practicar el tiro deportivo hace falta un cañon de arma tan corto.Es decir y todos habéis deducido que si quieres tener licencia de autodefensa y muchos cartuchos, algo no me cuadra.
Creo que tienen razón quienes la deniegan, entre otras cosas, tienen la obligación de velar por estas contradicciones.


Mi opinión en ese sentido es diametralmente opuesta. Como transeunte me gustaría que aquellas personas con derecho a licencia B tuviesen la mayor destreza posible en el uso de su arma de defensa, pues si un día se ven en la necesidad de usarla en la vía pública, puede ser cualquiera el que reciba el fruto de un gatillazo, rebote, etc. La incongruencia la veo en los impedimentos para que las mencionadas personas puedan entrenar, y el limitado cupo anual de cartuchería está sin duda a la cabeza en esa lista.

Saludos,
Nacho


Totalmente de acuerdo

Avatar de Usuario
Parrish112
.300 Win Mag
.300 Win Mag
Mensajes: 2331
Registrado: 24 Feb 2014 20:02
Ubicación: Madrid
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: DENEGACION AUT. RECARGA CARTUCHERIA LICENCIA B

Mensajepor Parrish112 » 07 Mar 2018 13:25

NachoOA escribió:
jogoncu escribió:Hola amigos, es mi simple opinión, creo que para la autodefensa no hace falta muchos cartuchos, ni para practicar el tiro deportivo hace falta un cañon de arma tan corto.Es decir y todos habéis deducido que si quieres tener licencia de autodefensa y muchos cartuchos, algo no me cuadra.
Creo que tienen razón quienes la deniegan, entre otras cosas, tienen la obligación de velar por estas contradicciones.


Mi opinión en ese sentido es diametralmente opuesta. Como transeunte me gustaría que aquellas personas con derecho a licencia B tuviesen la mayor destreza posible en el uso de su arma de defensa, pues si un día se ven en la necesidad de usarla en la vía pública, puede ser cualquiera el que reciba el fruto de un gatillazo, rebote, etc. La incongruencia la veo en los impedimentos para que las mencionadas personas puedan entrenar, y el limitado cupo anual de cartuchería está sin duda a la cabeza en esa lista.

Saludos,
Nacho


De hecho, lo increíble es, que alguien con licencia B, sino está federado, no pueda ir siquiera a una galería a coger destreza y gastar el cupo anual. De ahí el miedo a entregar este tipo de licencias a alguien que no haya tenido un pasado (o tenga un presente) ligado a las FFAA, CC y FF de Seguridad, etc.

Un saludo!
Novato hasta que un maestro diga lo contrario.

The worst days shooting are still better than the best days working

Avatar de Usuario
para_bellum
.44 Magnum
.44 Magnum
Mensajes: 246
Registrado: 02 Dic 2016 22:07
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: DENEGACION AUT. RECARGA CARTUCHERIA LICENCIA B

Mensajepor para_bellum » 07 Mar 2018 18:08

Parrish112 escribió:
NachoOA escribió:
jogoncu escribió:Hola amigos, es mi simple opinión, creo que para la autodefensa no hace falta muchos cartuchos, ni para practicar el tiro deportivo hace falta un cañon de arma tan corto.Es decir y todos habéis deducido que si quieres tener licencia de autodefensa y muchos cartuchos, algo no me cuadra.
Creo que tienen razón quienes la deniegan, entre otras cosas, tienen la obligación de velar por estas contradicciones.


Mi opinión en ese sentido es diametralmente opuesta. Como transeunte me gustaría que aquellas personas con derecho a licencia B tuviesen la mayor destreza posible en el uso de su arma de defensa, pues si un día se ven en la necesidad de usarla en la vía pública, puede ser cualquiera el que reciba el fruto de un gatillazo, rebote, etc. La incongruencia la veo en los impedimentos para que las mencionadas personas puedan entrenar, y el limitado cupo anual de cartuchería está sin duda a la cabeza en esa lista.

Saludos,
Nacho


De hecho, lo increíble es, que alguien con licencia B, sino está federado, no pueda ir siquiera a una galería a coger destreza y gastar el cupo anual. De ahí el miedo a entregar este tipo de licencias a alguien que no haya tenido un pasado (o tenga un presente) ligado a las FFAA, CC y FF de Seguridad, etc.

Un saludo!


Menos mal que uno no está solo...

No hay nada en el articulado normativo que prohiba recarga de munición para B. Nada. Lo que se ha puesto más arriba, está en el preámbulo de una instrucción, que no es instrucción, es justificación para la instrucción. Y recargar, consumir munición, y entrenar lo recomienda el más simple sentido común, especialmente para alguien que puede usar ese arma para defenderse.

Me encantaría ver a Anarma llevando ese tipo de casos a contencioso administrativo.

judicaba
.44 Magnum
.44 Magnum
Mensajes: 167
Registrado: 22 Oct 2013 18:00
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: DENEGACION AUT. RECARGA CARTUCHERIA LICENCIA B

Mensajepor judicaba » 07 Mar 2018 20:52

Yo también estoy muy interesado en que el que lleva un arma corta por la calle sepa manejarla, que no le quepa duda a nadie. Pero, al igual que otras muchas cosas en este nuestro mundillo, la concesión de la licencia B es un puro disparate. Deberían de examinarse del reglamento de armas, y pasar una prueba práctica tan exigente, al menos, como la que se pide a los novatos en la AER para armas de casquillo metálico. Que no se les permita practicar es una pura aberración. Es más debería ser obligatorio que practicasen, con su consiguiente apto/no apto, al menos una vez al año, como se les exige a los poseedores de licencia F.
Pero vamos, un par de cajas de cartuchos de 9 mm. valen bastante menos que un par de licencias de caza o que la cuota federativa, por no hablar de un coto o de un buen rececho. No creo que sea mucho desenvolso.
La munición que hay en el mercado para arma corta, y el fin que se persigue con su posible uso, es más que suficiente, y su precio es de risa comparada con otro tipo de munición.
Ahora si ya queremos poner unas puntas como las del arco de Rambo o rellenar las puntas huecas con curare eso ya es otra historia.

Fernoked
.30-06
.30-06
Mensajes: 829
Registrado: 10 May 2017 21:44
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: DENEGACION AUT. RECARGA CARTUCHERIA LICENCIA B

Mensajepor Fernoked » 07 Mar 2018 21:41

judicaba escribió:Ahora si ya queremos poner unas puntas como las del arco de Rambo o rellenar las puntas huecas con curare eso ya es otra historia.

No pueden evitarse las suspicacias sobre lo que pretende hacer cuando un titular de licencia B solicita una autorización de recarga, pero es que por otro lado querer impedir la recarga es otro ejemplo del sempiterno intento de la Administración de poner puertas al campo.

Si un titular de licencia, la que sea, quiere montar puntas... digamos estrafalarias, la norma no lo va a impedir, podrá hacerlo cuando quiera porque tiene todos los elementos necesarios a su disposición. Basta con desmontar una caja de cartuchos, separar sus componentes y ya tendrá pólvora y pistones para recargar, todo lo demás es de venta libre.

No puede ser que la Administración trate como potenciales delincuentes a ciudadanos que han demostrado un comportamiento correcto (o no se les habría concedido la licencia), y además trate como sustancias enormemente peligrosas a propelentes como la pólvora y los pistones cuando existen otras mercancías muchísimo más peligrosas sobre las que no se ejerce ningún control ¿Les suena bombonas de butano, terroristas, fabricación de explosivos con sustancias legales, etc?

Creo correcto que se nos controle la cantidad de pólvora y pistones que compramos, pero la regulación vigente es del todo absurda, se nos obliga a comprar una prensa homologada antes de concedernos las autorización, se exige una homologación de la prensa cuando cualquier fabricante de esos aparatos habrá testeado con mucha mayor rigurosidad la seguridad de sus productos (en EEUU una demanda por daños ocasionados por producto defectuoso no es una broma), se les exige una protección contra deflagraciones que ninguna prensa tiene y sin embargo pasan la homologación (La única protección es el uso de gafas y ropa), y se limita a 100 los pistones cuando eso te lo puedes gastar en una mañana un poco alegre en la galería.

Lo que se consigue con esto es que la gran mayoría de personas que se dedica a la recarga se compre una barata homologada para obtener la autorización y luego se compre la que le guste para recargar, ya sea homologada, o no, y eso no tiene ningún control porque en ese virtuosismo de lo absurdo obligan a comprar una prensa homologada para la recarga pero no se prohíbe la venta de prensas no homologadas. Lo dicho: Poner puertas al campo.

El problema es que somos un país en exceso burocratizado y se regula todo hasta la extenuación. Quizás debamos aprender de otros países y poner pocas normas pero claras y lógicas que sirvan de control pero que no frenen la actividad privada.

judicaba
.44 Magnum
.44 Magnum
Mensajes: 167
Registrado: 22 Oct 2013 18:00
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: DENEGACION AUT. RECARGA CARTUCHERIA LICENCIA B

Mensajepor judicaba » 07 Mar 2018 22:08

De acuerdo en que querer controlar la recarga de una manera adecuada y sencilla es una verdadera quimera, tal y como estan las cosas.
Pero también hay que reconocer que la formación y conocimientos de manejo de un arma corta, por parte del titular de una licencia B, está por demostrar, al menos legalmente.
Nadie piensa que sea lógico que cualquiera pueda comprarse un coche y salir a la carretera sin "carné". Lo normal es que demuestre unos conocimientos teóricos y prácticos de manejo del automóvil, pues por la carretera vamos muchos. Con la licencia B esto no sucede, y es algo igual de serio.

Avatar de Usuario
Parrish112
.300 Win Mag
.300 Win Mag
Mensajes: 2331
Registrado: 24 Feb 2014 20:02
Ubicación: Madrid
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: DENEGACION AUT. RECARGA CARTUCHERIA LICENCIA B

Mensajepor Parrish112 » 08 Mar 2018 00:28

judicaba escribió:Yo también estoy muy interesado en que el que lleva un arma corta por la calle sepa manejarla, que no le quepa duda a nadie. Pero, al igual que otras muchas cosas en este nuestro mundillo, la concesión de la licencia B es un puro disparate. Deberían de examinarse del reglamento de armas, y pasar una prueba práctica tan exigente, al menos, como la que se pide a los novatos en la AER para armas de casquillo metálico. Que no se les permita practicar es una pura aberración. Es más debería ser obligatorio que practicasen, con su consiguiente apto/no apto, al menos una vez al año, como se les exige a los poseedores de licencia F.
Pero vamos, un par de cajas de cartuchos de 9 mm. valen bastante menos que un par de licencias de caza o que la cuota federativa, por no hablar de un coto o de un buen rececho. No creo que sea mucho desenvolso.
La munición que hay en el mercado para arma corta, y el fin que se persigue con su posible uso, es más que suficiente, y su precio es de risa comparada con otro tipo de munición.
Ahora si ya queremos poner unas puntas como las del arco de Rambo o rellenar las puntas huecas con curare eso ya es otra historia.


Muy bien, compra usted 2 cajas por 32€. Donde las puede tirar? Conoce algún campo donde no le pidan la F (o la A+seguro) para acceder? Mejor contesté sin nombres, no sea que cierren el campo que conoce.

Un saludo!
Novato hasta que un maestro diga lo contrario.

The worst days shooting are still better than the best days working

judicaba
.44 Magnum
.44 Magnum
Mensajes: 167
Registrado: 22 Oct 2013 18:00
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: DENEGACION AUT. RECARGA CARTUCHERIA LICENCIA B

Mensajepor judicaba » 08 Mar 2018 08:10

Me parece que dejo bien claro el que es un tremendo error que no se les deje entrenar y que, es más, en casos como el de la licencia B el entrenamiento y demostrar destreza con el arma debería ser obligatorio y ciclico.
También he dicho que la concesión de la licencia B esta mal, a mi juicio, desde el principio.
Pero vamos, lo que es meridiano es que la autodefensa no es un deporte, y que el mercado cubre más que de sobra las necesidades de munición para este fin, sin necesidad de recarga, e incluso pudiendo entrenar.

ombuds
.44 Magnum
.44 Magnum
Mensajes: 145
Registrado: 06 Nov 2009 15:03
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: DENEGACION AUT. RECARGA CARTUCHERIA LICENCIA B

Mensajepor ombuds » 08 Mar 2018 16:10

La licencia B la tengo por ser titular de la A; es decir que todo lo dicho para justificar la carencia de destreza o conocimientos de uso de armas; se viene abajo...los años de Academia han sido varios....además de los diversos cursos de especialización impartidos por la propia Administración del Estado.....

La posibilidad de ponerle puntas estrafalarias a mis cartuchos es la misma; ya sea para mí arma particular como para mismas amparadas bajo licencia F o D....es cuestión de querer hacerlo.


La solución aportada por algunos foreros de federarse; curso recarga; máquina etc etc....ya lo cumplo; federado desde hace 28 años y curso de recarga desde el 97 o 98....de hecho YA ESTOY AUTORIZADO para recargar cartucheria metálica de varios calibres tanto de arma corta como larga...pero curiosamente no del 9 Parabellum....por no tener guiada arma de ese calibre bajo licencia F o D... que poseo bajo la eficacia de la A.

Si el ámbito y el espíritu de la norma habla del deporte...(no hace falta que lo pongamos en negrita y subrayado jajaja)....por qué en los requisitos no se limitan las licencias a esos tipos concretos? Si no se excluye la B de manera tácita en los requisitos es porque se podrá; o no?....pero ya vemos que NO!....una pena....

Un saludo.

ombuds
.44 Magnum
.44 Magnum
Mensajes: 145
Registrado: 06 Nov 2009 15:03
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: DENEGACION AUT. RECARGA CARTUCHERIA LICENCIA B

Mensajepor ombuds » 08 Mar 2018 16:15

Parrish112 escribió:
judicaba escribió:Yo también estoy muy interesado en que el que lleva un arma corta por la calle sepa manejarla, que no le quepa duda a nadie. Pero, al igual que otras muchas cosas en este nuestro mundillo, la concesión de la licencia B es un puro disparate. Deberían de examinarse del reglamento de armas, y pasar una prueba práctica tan exigente, al menos, como la que se pide a los novatos en la AER para armas de casquillo metálico. Que no se les permita practicar es una pura aberración. Es más debería ser obligatorio que practicasen, con su consiguiente apto/no apto, al menos una vez al año, como se les exige a los poseedores de licencia F.
Pero vamos, un par de cajas de cartuchos de 9 mm. valen bastante menos que un par de licencias de caza o que la cuota federativa, por no hablar de un coto o de un buen rececho. No creo que sea mucho desenvolso.
La munición que hay en el mercado para arma corta, y el fin que se persigue con su posible uso, es más que suficiente, y su precio es de risa comparada con otro tipo de munición.
Ahora si ya queremos poner unas puntas como las del arco de Rambo o rellenar las puntas huecas con curare eso ya es otra historia.


Muy bien, compra usted 2 cajas por 32€. Donde las puede tirar? Conoce algún campo donde no le pidan la F (o la A+seguro) para acceder? Mejor contesté sin nombres, no sea que cierren el campo que conoce.

Un saludo!


Conozco varias galerías privadas abiertas al público; no hablo de Federaciones de Tiro Olímpico; donde sin ningún problema te dejan entrenar con tu arma amparada bajo licencia B.....en Pamplona; en Cantabria; en Madrid; en Logroño....al menos que haya tirado yo; pagando la correspondiente cuota económica ya sea anual o diaria.

Vamos que entrenar se puede y además de manera legal.

Un saludo.

Fernoked
.30-06
.30-06
Mensajes: 829
Registrado: 10 May 2017 21:44
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: DENEGACION AUT. RECARGA CARTUCHERIA LICENCIA B

Mensajepor Fernoked » 08 Mar 2018 18:01

ombuds escribió:La licencia B la tengo por ser titular de la A; es decir que todo lo dicho para justificar la carencia de destreza o conocimientos de uso de armas; se viene abajo...los años de Academia han sido varios....además de los diversos cursos de especialización impartidos por la propia Administración del Estado.....


Me parece que cuando hablan de la carencia de conocimientos sobre armas se refieren en general, no a tu caso concreto, y lo cierto es que para conceder la licencia B no se exige ningún conocimiento ni demostrar destreza en el manejo. No se puede extrapolar el caso particular a lo general, viene a ser como decir que todos los conductores son expertos en mecánica porque conoces a un conductor que tiene un título de ingeniería mecánica.



ombuds escribió:YA ESTOY AUTORIZADO para recargar cartucheria metálica de varios calibres tanto de arma corta como larga...pero curiosamente no del 9 Parabellum...

Pues más absurda se revela la norma porque teniendo acceso a pólvora y pistones el pedir la autorización para otro calibre es una mera formalidad.

ombuds escribió:Si el ámbito y el espíritu de la norma habla del deporte...

Supongo que algunos para conocer el espíritu de la norma usarán una ouija porque son las normas de rango superior las que inspiran las inferiores y no al revés. Es curioso como los estamentos más jerarquizados son los que tienen más problemas para asumir el principio de jerarquía normativa.

Avatar de Usuario
Nyati
.300 Win Mag
.300 Win Mag
Mensajes: 1998
Registrado: 21 Jun 2010 20:05
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: DENEGACION AUT. RECARGA CARTUCHERIA LICENCIA B

Mensajepor Nyati » 08 Mar 2018 20:16

judicaba escribió:Me parece que dejo bien claro el que es un tremendo error que no se les deje entrenar y que, es más, en casos como el de la licencia B el entrenamiento y demostrar destreza con el arma debería ser obligatorio y ciclico.
También he dicho que la concesión de la licencia B esta mal, a mi juicio, desde el principio.
Pero vamos, lo que es meridiano es que la autodefensa no es un deporte, y que el mercado cubre más que de sobra las necesidades de munición para este fin, sin necesidad de recarga, e incluso pudiendo entrenar.


Con 50 cartuchos al año ?

nuko
.44 Magnum
.44 Magnum
Mensajes: 208
Registrado: 22 Mar 2015 00:26
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: DENEGACION AUT. RECARGA CARTUCHERIA LICENCIA B

Mensajepor nuko » 08 Mar 2018 23:59

El problema es q no te has explicado bien. Tu no tienes la B; tu tienes la A y solo la A.
Cuando tu guias el arma,la cual supongo que la tienes guiada en A (con eficacia de B, pero no deja de ser A.) te la guian en A "normal", pero si estas federado y la usas de concurso, la puedes guiar de concurso, ocupandote cupo segun categoria de tirador (sigue siendo A, no F.)
Una solucion puede ser q guies el arma como de concurso, para ello debes reunir todos los requisitos que para guiar en F(armero homologado, certificado de tu federacion....) y una vez guiada asi, no te pueden poner pegas.
PD: Soy poseedor de la A(desconozco tu organismo, pero en el mio no dejan guiar armas en otra licencia q no sea A), y tengo autorizacion de recarga, tengo armas guiadas en A, y otras en A de concurso, y me dieron la autorización sin tenerlas en A de concurso.
Saludos y espero haberte ayudado
:tanque^:


Volver a “Leyes y Normativa sobre armas”

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 108 invitados