ACABA DE SALIR - NUEVA NORMATIVA SOBRE DETONADORAS

Todo sobre licencias de armas, reglamentos, normativa...
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Re: ACABA DE SALIR - NUEVA NORMATIVA SOBRE DETONADORAS

Mensajepor annual » 26 Ene 2018 09:55

Nos la meten doblada y nos quieren convencer que estamos estreñidos y que eso es que estamos cagando duro. :ghost: :zombie2:
La paz siempre es posible.
Basta con rendirse.

Las Armas son necesarias, pero naide sabe cuando, por eso, si andás pasiándo y de noche sobre todo, debes llevarla de modo, que al salir, salga cortando....Martin Fierro.

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Re: ACABA DE SALIR - NUEVA NORMATIVA SOBRE DETONADORAS

Mensajepor Efialtes » 27 Ene 2018 11:56

Saludos a todos:
Ante la nueva normativa no queda sino cumplirla, intentando en lo posible adaptarse a ella. Se acabó la venta libre, si alguien tiene una o quiere comprarla, pues al libro de coleccionista, sin posibilidad de sacarlas del domicilio ni usarlas. Si se quieren usar, hay que entrar en alguno de los apartados:
Artículo 3. Finalidades.
Las pistolas y revólveres detonadores únicamente se podrán adquirir, tener y usar para actividades deportivas, adiestramiento canino profesional, espectáculos públicos, actividades recreativas, filmaciones cinematográficas y artes escénicas.
Asimismo, se podrán adquirir y tener exclusivamente en el propio domicilio con fines de coleccionismo.
La verdad es que leyendo la orden sólo hace referencia a pistolas y revólveres. Mis admirados recreadores podrían englobarse dentro de los espectáculos públicos y actividades recreativas. Pero, ¿y los que estamos en posesión de una licencia de armas F, D, E, AE o AER? ¿Podríamos alegar actividad deportiva? Analicemos la documentación necesaria...
Asimismo se deberá aportar la siguiente documentación:
a) En caso de que el arma vaya a emplearse en actividades deportivas, original y fotocopia del documento justificativo de dicho uso emitido por una federación deportiva, un club deportivo o una asociación o entidad con fines deportivos.
b) En caso de que el arma vaya a emplearse para el adiestramiento canino profesional, original y fotocopia del documento justificativo de dicha actividad emitido por la asociación nacional de adiestradores caninos, una federación de caza o una federación cinológica.
c) En caso de que el arma vaya a utilizarse en un espectáculo público o actividad recreativa, original y fotocopia de la autorización de su celebración por la autoridad respectiva.
d) En caso de que el arma vaya a utilizarse en filmaciones cinematográficas y artes escénicas, certificación emitida por el director o productor de la filmación u obra, acreditativa de su realización y del necesario uso de dichas armas en la misma.
e) En caso de que el arma vaya a tenerse con fines de coleccionismo, original y fotocopia de la autorización de coleccionista regulada en el artículo 8.
f) En caso de que el arma vaya a ser empleada en las actividades de los párrafos a), b), c) y d) y se disponga de licencia de armas de fuego, original de la misma.
Centrándonos en el apartado a) ¿No son las federacines de tiro y caza federaciones deportivas? ¿No es nuestro Club de tiro un club deportivo? ¿No se podría indicar en ese documento justificativo emitido por estas entidades, que se requiere el uso de armas detonadoras en los lugares habilitados para ello para, por ejemplo, mejorar la técnica de tiro, agarre, sensaciones, encaramiento, etc.? Se que el argumento está bastante cogido con alfileres, pero he visto en este mismo hilo un par de intervenciones que incidian en este aspecto. ¿Qué pensais vosotros?
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Re: ACABA DE SALIR - NUEVA NORMATIVA SOBRE DETONADORAS

Mensajepor topp » 28 Ene 2018 18:47

Actividad deportiva.... :lol: :lol: habra que empezar a pedir en las federaciones tiradas de fuego central y complementarias con detonadoras para demostrar actividad deportiva... Eso si los blancos que no me los cobren.... :D :lol:
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Re: ACABA DE SALIR - NUEVA NORMATIVA SOBRE DETONADORAS

Mensajepor Efialtes » 28 Ene 2018 19:56

Yo solo intento adaptarme a la normativa vigente para poder seguir teniendo mis detonadoras sin meterlas en el libro del coleccionista, con lo que eso conlleva. Si no es posible que la federación o el club al que pertenecemos emita un documento justificativo del uso de detonadoras en campo de tiro con fines deportivos, que no veo por que no va a poder ser. A ver que os parece este otro camino:
Copio de la nueva normativa:
"Artículo 5. Adquisición de pistolas y revólveres detonadores en establecimientos autorizados.
1. Las pistolas y revólveres detonadores solo se podrán adquirir por personas físicas o jurídicas que justifiquen la necesidad de su tenencia y uso para las finalidades recogidas en el artículo 3, así como por titulares de licencias de armas de fuego para su uso en las actividades a que se refieren los párrafos a), b), c) y d) del apartado 2.
Tal y como está redactado el artículo, ¿no os parece que quiere decir que el que esté en posesión d una licencia de armas de fuego puede adquirir armas detonadoras? Simplemente se presenta la licencia de armas a la hora de comprarlas y luego se va a la Intervención de Armas a registrarla a tu nombre o, para los que ya tenemos alguna, vamos con la factura de compra, o sin ella y la ponemos a nuestro nombre en la IA acreditando que tenemos licencia de armas en vigor.
Espero vuestras aportaciones.
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Re: ACABA DE SALIR - NUEVA NORMATIVA SOBRE DETONADORAS

Mensajepor manolosolo » 28 Ene 2018 20:08

Si, creo que ya han hecho una enmienda de esa Ley de marras, que el que tenga licencia de armas, solo tiene que inscribirla en su Intervención de Armas, sin necesidad de Libro.
De lo otro, practicar actividad deportiva con una detonadora, no se que clase de actividad seria esa....desenfunde rápido???, a ver quien hace mas ruido???? o malabarismos tipo lejano oeste, porque, poca mas actividad deportiva se puede hacer con ellas.....
Saludos.

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Re: ACABA DE SALIR - NUEVA NORMATIVA SOBRE DETONADORAS

Mensajepor RAFAELMIN » 28 Ene 2018 20:49

Bueno, quizás sea una tontería lo que voy a decir, pero alguien que entrene en una cancha vacía , por motivos de horario, etc y los días de competición tenga que tirar con veinte tíos más alrededor, pegando petardazos, quizás y solo quizás podría utilizar la detonadora para que alguien pueda disparar ese arma al mismo tiempo que entrena y habituarse al "ruido" de la competición.

Evidentemente yo para la ruina de puntos que consigo no lo haría, :D pero quizás alguien que busque la excelencia y entrene en una galería vacía............

Saludos.

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Re: ACABA DE SALIR - NUEVA NORMATIVA SOBRE DETONADORAS

Mensajepor jfmtda » 28 Ene 2018 20:50

Bueno, podemos decir que se usan para acostumbrarnos al ruido de los tiros y que luego no nos asusten los de verdad (como hacen con los animales) :lol: :lol:

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Re: ACABA DE SALIR - NUEVA NORMATIVA SOBRE DETONADORAS

Mensajepor wibols » 28 Ene 2018 22:06

huso de detonadoras en actividades deportivas, el mas comun y casi el unico, dar el pistoletazo de salida en carreras. a eso se refiere el reglamento.
 El arca de noe fue construido por aficionados, titanic por profesionales. No le temas al bricolage 

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Re: ACABA DE SALIR - NUEVA NORMATIVA SOBRE DETONADORAS

Mensajepor manolosolo » 28 Ene 2018 22:35

Pues, salia mas barato tirar un petardo.... :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:
Saludos.
:birra^:

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Re: ACABA DE SALIR - NUEVA NORMATIVA SOBRE DETONADORAS

Mensajepor Efialtes » 29 Ene 2018 00:04

manolosolo escribió:Si, creo que ya han hecho una enmienda de esa Ley de marras, que el que tenga licencia de armas, solo tiene que inscribirla en su Intervención de Armas, sin necesidad de Libro.
De lo otro, practicar actividad deportiva con una detonadora, no se que clase de actividad seria esa....desenfunde rápido???, a ver quien hace mas ruido???? o malabarismos tipo lejano oeste, porque, poca mas actividad deportiva se puede hacer con ellas.....
Saludos.

Con eso vale, ahora a encontrar la enmienda.
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Re: ACABA DE SALIR - NUEVA NORMATIVA SOBRE DETONADORAS

Mensajepor S5_1988 » 29 Ene 2018 00:14

El principal uso es el coleccionismo, y la gracia es tener una replica lo mas parecida a un arma de fuego pero sin serlo, que una vez te hagas una coleccion puedas tenerla siempre en tu casa sin tener que estar pendiente de que no te las quite la Intervención de armas porque el reglamento ha cambiado,has tenido una multa de trafico o te llegue una multa por haber comprado y vendido demasiadas el año anterior.
Si le quitas eso a una cosa que no es ni un arma, que no tiene ningun uso, le quitas todo el sentido.

Ya sé que a muchos que no coleccionan este tipo de objetos ven bien que restrinjan a los demas mientras no les restrinjan a ellos, pero por esa regla también hay mucha otra gente que veria bien que nadie pueda tener armas en absoluto, que si quieres practicar punteria lo hagas con una pistola de aire prestada en el club de tiro o si eres policia solo las fuerzas especiales puedan llevar armas de fuego, los demas defensas electricas o balas de goma.

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Re: ACABA DE SALIR - NUEVA NORMATIVA SOBRE DETONADORAS

Mensajepor VJS » 29 Ene 2018 12:43

Efialtes escribió:
manolosolo escribió:Si, creo que ya han hecho una enmienda de esa Ley de marras, que el que tenga licencia de armas, solo tiene que inscribirla en su Intervención de Armas, sin necesidad de Libro.
De lo otro, practicar actividad deportiva con una detonadora, no se que clase de actividad seria esa....desenfunde rápido???, a ver quien hace mas ruido???? o malabarismos tipo lejano oeste, porque, poca mas actividad deportiva se puede hacer con ellas.....
Saludos.

Con eso vale, ahora a encontrar la enmienda.

Una importante Armeria lo pone claramente, estar en posición de licencia de armas o los supuestos de la nueva OM.

CONDICIONES PARA LA COMPRA DE ARMAS DE FOGUEO / DETONADORAS:

Para efectuar la compra cualquier arma de fogueo el comprador deberá estar en posesión de licencia de armas en vigor o documentación en regla de su uso en actividades deportivas, adiestramiento canino profesional, espectáculos públicos y actividades recreativas, filmaciones cinematográficas y artes escénicas o coleccionismo (adjuntando libro de coleccionista).

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Re: ACABA DE SALIR - NUEVA NORMATIVA SOBRE DETONADORAS

Mensajepor fierabras » 29 Ene 2018 13:31

Estas serán las próximas:

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También son detonadoras y "fácilmente" modificables para tiro real, se corta el tapón, si no se tiene pólvora se pueden usar cabezas de cerilla en el tambor y con una canica en vez de bala ... un arma mortal.

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Re: ACABA DE SALIR - NUEVA NORMATIVA SOBRE DETONADORAS

Mensajepor manolosolo » 29 Ene 2018 13:33

Quita, quita!!!!! No des ideas............. :mrgreen:
Saludos.

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Re: ACABA DE SALIR - NUEVA NORMATIVA SOBRE DETONADORAS

Mensajepor S5_1988 » 29 Ene 2018 14:12

fierabras escribió:Estas serán las próximas:

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También son detonadoras y "fácilmente" modificables para tiro real, se corta el tapón, si no se tiene pólvora se pueden usar cabezas de cerilla en el tambor y con una canica en vez de bala ... un arma mortal.

tecnicamente es una detonadora, igual que para una pistola de bolitas de plastico necesitas tarjeta de armas. A estos extremos absurdos estamos llegando.

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Re: ACABA DE SALIR - NUEVA NORMATIVA SOBRE DETONADORAS

Mensajepor general cere » 29 Ene 2018 15:10

Pues poco lew faltara para limitar las de pistones.

Vamos a ver, esto no son mas que asquerosas maniobras para destruir la cultura del arma en España. Ellos lo ven así: ¿con que se inicia la gente al mundillo de las armas? Pues con replicas que ven en peliculas, videojuegos, aire comprimido, compran un dia una detonadora, otro dia airsfot y poco a poco les va picando el gusanillo hasta que compran armas de fuego, con estas maniobras se cargan muuuuuuucha gente (como muchos que conozco) que se iniciaron con una bruni hace 12 años y ahora estan con su F y compitiendo en nacional... otros cazando... Etc
Y al final, en unos años, lo conseguiran, una poblacion sumisa y desarmada a la que puedan mangonear y que no se levante en armas como hicieron en sitios como ucrsnia cusndo sr apreto a la poblacion al maximo.

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Re: ACABA DE SALIR - NUEVA NORMATIVA SOBRE DETONADORAS

Mensajepor Efialtes » 29 Ene 2018 15:31

VJS escribió:
Efialtes escribió:
manolosolo escribió:Si, creo que ya han hecho una enmienda de esa Ley de marras, que el que tenga licencia de armas, solo tiene que inscribirla en su Intervención de Armas, sin necesidad de Libro.
De lo otro, practicar actividad deportiva con una detonadora, no se que clase de actividad seria esa....desenfunde rápido???, a ver quien hace mas ruido???? o malabarismos tipo lejano oeste, porque, poca mas actividad deportiva se puede hacer con ellas.....
Saludos.

Con eso vale, ahora a encontrar la enmienda.

Una importante Armeria lo pone claramente, estar en posición de licencia de armas o los supuestos de la nueva OM.

CONDICIONES PARA LA COMPRA DE ARMAS DE FOGUEO / DETONADORAS:

Para efectuar la compra cualquier arma de fogueo el comprador deberá estar en posesión de licencia de armas en vigor o documentación en regla de su uso en actividades deportivas, adiestramiento canino profesional, espectáculos públicos y actividades recreativas, filmaciones cinematográficas y artes escénicas o coleccionismo (adjuntando libro de coleccionista).


Entonces, para legalizar una detonadora que compré hace unos años, simplemente voy a la I.A. con la factura y mi licencia de armas, la registro a mi nombre y ya está acorde a la normativa. Si no se conserva la factura o se compró a un particular se podría presentar un contrato de conpraventa entre particulares, ¿Y si fue un trato verbal?
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Re: ACABA DE SALIR - NUEVA NORMATIVA SOBRE DETONADORAS

Mensajepor RAFAELMIN » 29 Ene 2018 15:45

Efialtes escribió:
VJS escribió:
Efialtes escribió:Con eso vale, ahora a encontrar la enmienda.

Una importante Armeria lo pone claramente, estar en posición de licencia de armas o los supuestos de la nueva OM.

CONDICIONES PARA LA COMPRA DE ARMAS DE FOGUEO / DETONADORAS:

Para efectuar la compra cualquier arma de fogueo el comprador deberá estar en posesión de licencia de armas en vigor o documentación en regla de su uso en actividades deportivas, adiestramiento canino profesional, espectáculos públicos y actividades recreativas, filmaciones cinematográficas y artes escénicas o coleccionismo (adjuntando libro de coleccionista).


Entonces, para legalizar una detonadora que compré hace unos años, simplemente voy a la I.A. con la factura y mi licencia de armas, la registro a mi nombre y ya está acorde a la normativa. Si no se conserva la factura o se compró a un particular se podría presentar un contrato de conpraventa entre particulares, ¿Y si fue un trato verbal?


Efialtes, acude con tu detonadora, probablemente sí tu interventor es lógico, te lo anotara sin ningún requisito más, si te complica la vida , sería muy fácil que "recuerdes" que fué tu mujer , otro familiar o un amigo quien te vendió esa detonadora.

Saludos.


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