Página 1 de 4

Portar arma con licencia F

Publicado: 20 Sep 2016 14:42
por luis32
Todos los usuarios de armas responsables y legales que residimos en España, sabemos que no esta autorizado portar armas guiadas con licencia F :

""Portar armas de fuego o de cualquier otra clase en establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, salvo en los lugares habilitados para su uso, con multas de 300,52 € a 450,76 €, incautación de las armas y, en su caso, retirada de las licencias o permisos correspondientes."""2

La duda es la siguiente, cuanto tiempo durara la retirada de las licencias o permisos correspondientes ??? es de por vida ???
que alguien cometa un error no significa que deba pagarlo eternamente no ?? no se habla de un modelo de reinserción social ??? alguien puede aclararme esta duda ?


gracias ! :police-smiley:

Re: Portar arma con licencia F

Publicado: 20 Sep 2016 15:53
por Manueles
No se el caso en concreto para opinar.
Saludos

Re: Portar arma con licencia F

Publicado: 20 Sep 2016 16:54
por luis32
No es ninguna caso en concreto, solo saber cuanto tiempo se le priva de la licencia a quien se le retira...


solo eso, pues el reglamento no lo pone

Re: Portar arma con licencia F

Publicado: 21 Sep 2016 13:58
por abranchadell
En España, además de la multa correspondiente, conlleva la revocación inmediata de la licencia F al infractor, con lo que el arma queda depositada en la I.A. de turno, al menos durante un año, hasta la siguiente subasta, siempre y cuando no se haya transferido a otra persona con licencia anteriormente.
Como quiera que el dueño queda ya marcado en los archivos de la G.C. por antecedentes administrativos en tema de armas, es inútil que vuelva a pedir la concesión de la F nuevamente, porque se la van a denegar (salvo que se busque un buen abogado y lo recurra), ya que el preceptivo informe de conducta será negativo.
Ésto no me lo invento yo, es la operativa de funcionamiento en estos casos, en los que la Administración actúa de forma absolutamente restrictiva con el infractor (haciendo prevalecer el criterio de seguridad pública), que sólo puede intentar mitigar sus efectos, a base de gastarse un buen dinero con letrados competentes que le defiendan.

Re: Portar arma con licencia F

Publicado: 21 Sep 2016 16:13
por fersie
abranchadell escribió:En España, además de la multa correspondiente, conlleva la revocación inmediata de la licencia F al infractor, con lo que el arma queda depositada en la I.A. de turno, al menos durante un año, hasta la siguiente subasta, siempre y cuando no se haya transferido a otra persona con licencia anteriormente.
Como quiera que el dueño queda ya marcado en los archivos de la G.C. por antecedentes administrativos en tema de armas, es inútil que vuelva a pedir la concesión de la F nuevamente, porque se la van a denegar (salvo que se busque un buen abogado y lo recurra), ya que el preceptivo informe de conducta será negativo.
Ésto no me lo invento yo, es la operativa de funcionamiento en estos casos, en los que la Administración actúa de forma absolutamente restrictiva con el infractor (haciendo prevalecer el criterio de seguridad pública), que sólo puede intentar mitigar sus efectos, a base de gastarse un buen dinero con letrados competentes que le defiendan.


Hola: O sea, que dando pie para que obtenga otro arma de forma ilegal.. .Si tiene el gusanillo de las armas al menos lo pensará. Que listos nuestros Fhürers. :saluting-soldier:

Salu2

Re: Portar arma con licencia F

Publicado: 21 Sep 2016 16:50
por Kerwin
fersie escribió:
Hola: O sea, que dando pie para que obtenga otro arma de forma ilegal.. .Si tiene el gusanillo de las armas al menos lo pensará. Que listos nuestros Fhürers. :saluting-soldier:

Salu2


O te he entendido mal, o estoy flipando...

Según tu criterio si se me encojona comprarme un arma sin tener la licencia pertienente para ello, es mejor que no me lo prohiban porque con ello dan pie a que la consiga ilegalmente???

repito que o te he entendido mal (quiero pensar eso), o estoy flipando con tu respuesta.

Re: Portar arma con licencia F

Publicado: 21 Sep 2016 17:20
por CX4_STORM
¿Desde cuando la F autoriza a portar el arma?

Desde nunca. El arma en su funda/caja del armero al maletero de tu coche y del maletero al campo de tiro y viceversa.

Pero portarla como que no.

Re: Portar arma con licencia F

Publicado: 21 Sep 2016 20:20
por Manueles
Ancha es Castilla.

Re: Portar arma con licencia F

Publicado: 21 Sep 2016 21:41
por VENTURRENYO
Manueles escribió:
luis32 escribió:No es ninguna caso en concreto, solo saber cuanto tiempo se le priva de la licencia a quien se le retira...


solo eso, pues el reglamento no lo pone





Pues el tiempo de retirada depende de por que te la retiran, por ejemplo si te lías a tiros creo que no te la renuevan mas , lo mismo que si atracas un banco, que tampoco te la renuevan.

Explica el motivo de la retirada y a lo mejor te podemos ayudar- informar.

Por violencia de genero tambien, y si te condenan por ejemplo por un accidente dando positivo tambien mientras tengas antecedentes penales.
Un saludo

Re: Portar arma con licencia F

Publicado: 22 Sep 2016 01:32
por Strongresolve
CX4_STORM escribió:¿Desde cuando la F autoriza a portar el arma?

Desde nunca. El arma en su funda/caja del armero al maletero de tu coche y del maletero al campo de tiro y viceversa.

Pero portarla como que no.


Y si voy en autobús o en metro al campo de tiro o la armería?

Re: Portar arma con licencia F

Publicado: 22 Sep 2016 08:47
por joaquin308
Creo que no debes tener problema, siempre que el arma vaya guardada en su caja o maletín y descargada, es lo mismo que si llevas un arma larga al armero, mientras vaya enfundada y descargada no tiene que haber pegas, yo he ido con mi rifle por el centro de mi ciudad dentro de la funda, andando, para llevarlo a la armeria y sin problema ninguno.

Re: Portar arma con licencia F

Publicado: 22 Sep 2016 08:51
por Kyle
Me pareció entender en el reglamento que esta prohibido portarla en lugares publicos excepto en los habilitados para ello. Es decir... campos de tiro.

Yo me inclino mas bien en lo que dice Strongesolve.

Saludos.

Enviado desde el Zapatofono.

Re: Portar arma con licencia F

Publicado: 22 Sep 2016 14:54
por JordiAMX
Kyle escribió:Me pareció entender en el reglamento que esta prohibido portarla en lugares publicos excepto en los habilitados para ello. Es decir... campos de tiro.

Yo me inclino mas bien en lo que dice Strongesolve.

Saludos.

Enviado desde el Zapatofono.


Es que lo que no puedes es PORTARLA, pero sí TRANSPORTARLA.

Puedes transportarla en coche, en transporte público, o a pie, pero siempre dentro de su funda o maleta, descargada, y separada de la munición. Y directamente de tu domicilio al campo de tiro, coto de caza, armería, o Intervención de Armas.
Es decir, llevar tu pistola guiada en F, descargada y separada de la munición, en un maletín, mochila, etc....es legal.
Llevarla cargada en la sobaquera...es ilegal. :wink:

Re: Portar arma con licencia F

Publicado: 22 Sep 2016 17:06
por fersie
Kerwin escribió:
fersie escribió:
Hola: O sea, que dando pie para que obtenga otro arma de forma ilegal.. .Si tiene el gusanillo de las armas al menos lo pensará. Que listos nuestros Fhürers. :saluting-soldier:

Salu2


O te he entendido mal, o estoy flipando...

Según tu criterio si se me encojona comprarme un arma sin tener la licencia pertienente para ello, es mejor que no me lo prohiban porque con ello dan pie a que la consiga ilegalmente???

repito que o te he entendido mal (quiero pensar eso), o estoy flipando con tu respuesta.


Hola: ¡No! lo que quiero decir es que si me quiero drogar me drogo, sea legal o ilegal, si quiero beber alcohol lo bebo sea legal o ilegal, si quiero irme de putas me voy, sea legal o ilegal, si quiero tener armas las consigo sea legal o ilegal. Prohibir no significa erradicar lo que se prohibe, solo es poner fuera de la ley lo que se prohibe. Si soy adicto a las armas y las prohiben seguro que encuentro otros medios para tenerlas.

Eso es dar pié a la ilegalidad.

Salu2 :saluting-soldier:

Re: Portar arma con licencia F

Publicado: 22 Sep 2016 17:38
por boxer
Yo no tengo muy claro lo de porte/transporte

portar
Llevar [una persona] una cosa generalmente en la mano o ayudándose con alguna otra parte del cuerpo.
"portar el estandarte real; portar armas"

transportar, trasportar
Llevar o trasladar a una persona o una cosa de un lugar a otro, generalmente haciendo uso de un medio de transporte.

siempre se dice que no se puede PORTAR un arma guiada en F pero donde lo pone?

Artículo 133.
1. La licencia F sólo permitirá el uso de las armas en los campos, polígonos o galerías autorizados para la práctica del tiro y únicamente podrán PORTARSE con tal objeto.

aquí el propio reglamento lo permite

Artículo 149.
1. Solamente se podrán llevar armas reglamentarias por las vías y lugares públicos urbanos, y desmontadas o dentro de sus cajas o fundas, durante el trayecto desde los lugares en que habitualmente están guardadas o depositadas hasta los lugares donde se realicen las actividades de utilización debidamente autorizadas.

y aqui fijaos que pone "desmontadas O dentro de sus cajas o fundas"
ese "o dentro " no es lo mismo que si pusiese "y dentro"

No pone descargadas, en maletero, etc ni especifica tipo de funda(una sobaquera es una funda)
así que ciñéndonos a la ley, no dice nada de poder llevar el arma en la cintura, otra cosa es el sentido común de cada uno y por supuesto lo que dice el reglamento

Articulo 146
Queda al prudente criterio de las autoridades y sus agentes apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancia

Re: Portar arma con licencia F

Publicado: 23 Sep 2016 14:47
por JordiAMX
boxer escribió:Yo no tengo muy claro lo de porte/transporte

portar
Llevar [una persona] una cosa generalmente en la mano o ayudándose con alguna otra parte del cuerpo.
"portar el estandarte real; portar armas"

transportar, trasportar
Llevar o trasladar a una persona o una cosa de un lugar a otro, generalmente haciendo uso de un medio de transporte.

siempre se dice que no se puede PORTAR un arma guiada en F pero donde lo pone?

Artículo 133.
1. La licencia F sólo permitirá el uso de las armas en los campos, polígonos o galerías autorizados para la práctica del tiro y únicamente podrán PORTARSE con tal objeto.

aquí el propio reglamento lo permite

Artículo 149.
1. Solamente se podrán llevar armas reglamentarias por las vías y lugares públicos urbanos, y desmontadas o dentro de sus cajas o fundas, durante el trayecto desde los lugares en que habitualmente están guardadas o depositadas hasta los lugares donde se realicen las actividades de utilización debidamente autorizadas.

y aqui fijaos que pone "desmontadas O dentro de sus cajas o fundas"
ese "o dentro " no es lo mismo que si pusiese "y dentro"

No pone descargadas, en maletero, etc ni especifica tipo de funda(una sobaquera es una funda)
así que ciñéndonos a la ley, no dice nada de poder llevar el arma en la cintura, otra cosa es el sentido común de cada uno y por supuesto lo que dice el reglamento

Articulo 146
Queda al prudente criterio de las autoridades y sus agentes apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancia



Es ese artículo 146 el que hace recomendable no ponérselo demasiado fácil para crujirte. :clint:

Re: Portar arma con licencia F

Publicado: 23 Sep 2016 18:45
por boxer
Correcto, con ese articulo lo tienen todo arreglado, lo que se dice tener la sarten por el mango

Re: Portar arma con licencia F

Publicado: 25 Sep 2016 18:43
por luis32
Vamos a ver compañeros, mi consulta no es un motivo para acusar a otros compañeros, es simplemente que YA sabemos que no se puede portar un arma con licencia F, SOLO SE PUEDE TRANSPORTAR.

Centremos el motivo de mi consulta... la cual croe que la mejor respuesta obtenida es la que dice que la retirada del arma es la que indique el juez según el delito cometido... PERO ES QUE NO LEEMOS ... me refiero a que un listo, va por la calle lo para un policía para una revisión rutinaria y se encuentra un arma bajo la sobaquera, sin mas.. tenencia ilícita no es.. pero si es una falta administrativa, la pregunta es .. cuanto tiempo se le revoca la licencia a alguien así ?? es que acaso ya la tendría retirada de por vida ?? no presumimos de ser un país que enseña libertad y reinserción a los demas ??? no creo que se le pueda revocar eternamente una licencia a alguien que pague su multa y cumpla con la pena no ? o si ?