alectoris escribió:Tengo una escopeta paralela que heredé hace bastante años y no la he usado nunca, básicamente por las condiciones lamentables y por que tengo otras.
Quiero destruirla y darla de baja, no me atrevo ni a regalársela a nadie, por si acaso.
Se que tengo que llevarla a mi IA de la GC con la guia correspondiente para entregarla.
Mi duda es si se dará de baja automáticamente o habiéndola entregado seguirá siendo oficialmente mia hasta que se destruya y si tiene algún coste.
Se me ha pasado por la cabeza una "idea loca" para ahorrar trabajo y burocracia a la administración.
Coger el taladro con una broca mínimo de 10 mm y dejar los cañones hechos un colador (desde la recamara hasta la punta), incluso taladrar las pletinas de los percutores para inutilizar los mecanismos y aplastar o estrangular los cañones a golpes de maza.
Lógicamente respetando las marcas, números de serie, punzones....
Y luego entregarla con su guia a la IA en un estado de inutilización casera, pero creo que muy concienzuda.
Tengo clarisimo que no haré nada sin antes consultar a mi IA, pero me gustaría saber si es una posibilidad o si he dicho una barbaridad.
Saludos
Has dicho una BARBARIDAD.
Reglamento de armas 1993:
"Artículo 4.
1. Se prohíbe la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las siguientes armas o de sus imitaciones:
a) Las armas de fuego que sean resultado de modificar sustancialmente las características de fabricación u origen de otras armas, sin la reglamentaria autorización de modelo o prototipo."
Usted haciendo eso modificaría sustancialmente una parte fundamental del arma...
Página de la guardia civil:
"La inutilización de un arma de fuego, excepto la de las armas de guerra o las de dotación de las Fuerzas Armadas, Cuerpo Nacional de Policía y Cuerpo de la Guardia Civil, deberá contar con la aprobación previa de la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil o, en su caso, con la de la División de Personal del Cuerpo Nacional de Policía o Intervención del Ejército correspondiente.
La inutilización se llevará a cabo por el personal cualificado perteneciente a:
Un Banco Oficial de Pruebas
Servicios de Armamento
Centros del Ministerio de Defensa
Armero autorizado.
El Banco Oficial de Pruebas procederá a punzonar en el arma el cuño de inutilización, consistente en una “I” mayúscula enmarcada en un círculo, junto con el cuño propio indicativo del banco de pruebas.
Igualmente el banco oficial de pruebas emitirá un certificado de inutilización con los datos del arma y del propietario, el cual se remitirá junto con el arma a la Intervención de Armas de la Guardia Civil para su entrega al interesado, y otra copia del certificado se remitirá al Servicio del Cuerpo Nacional de Policía o Intervención del Ejército que, en su caso, aprobó la inutilización."
Te caería un multazo justificadísimo, y de mil pares de narices.