Dudas sobre cartuchería de colección
Publicado: 10 Feb 2015 01:52
Hola !
Tengo dudas sobre la interpretación del apartado 3 del art. 104.
- Cuando se refiere a cartucho metálico se refiere a una vaina con un fulminante activo correcto no?. Que pasa si tienes un cartucho metálico, sin pólvora y con el fulminante percutido?. Yo interpreto que son de libre tenencia sin necesidad de autorización alguna o voy mal?
- Es posible tener por ejemplo de un mismo calibre 5 cartuchos (activos) por año y tipo de munición (diferente punta), en mi caso podría llegar a tener 180 cartuchos de 8x57 incluyendo 3 tipos de munición por año (desde 1934 a 1945), sería legal?
Gracias de antemano
Tengo dudas sobre la interpretación del apartado 3 del art. 104.
- Cuando se refiere a cartucho metálico se refiere a una vaina con un fulminante activo correcto no?. Que pasa si tienes un cartucho metálico, sin pólvora y con el fulminante percutido?. Yo interpreto que son de libre tenencia sin necesidad de autorización alguna o voy mal?
- Es posible tener por ejemplo de un mismo calibre 5 cartuchos (activos) por año y tipo de munición (diferente punta), en mi caso podría llegar a tener 180 cartuchos de 8x57 incluyendo 3 tipos de munición por año (desde 1934 a 1945), sería legal?
Gracias de antemano