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Trasferencia de un arma inutilizada
Publicado: 24 Nov 2014 00:09
por arcabucero1828
He comprado un arma inutilizada en provincias, y me la mandan a la Intervención de armas de Madrid, yo tengo que hacer un viaje en estos días, vosotros sabeis, ¿Cuantos día hay de plazo para registrarla en el libro?, antes de que la devuelvan a su lugar de origen si no me ha dado tiempo de llegar a poder pasarla al libro. Muchas gracias.
Re: Trasferencia de un arma inutilizada
Publicado: 24 Nov 2014 09:41
por fraypistolas
consulta en tu IA te resolverán todas las dudas,devolverla no creo que la devuelvan yo tuve un arma 10 dias esperando que fuese a recojerla y fui a por ella cuando me avisarón desde la IA
Re: Trasferencia de un arma inutilizada
Publicado: 25 Nov 2014 00:15
por arcabucero1828
Gracias por la contestación, pero es que no puedo llamar, en casa hay oidos, y no me interesa que oigan lo que no tienen que oir, y tampoco me puedo acercar a Guzman el Bueno, porque estoy de viaje.
Re: Trasferencia de un arma inutilizada
Publicado: 27 Nov 2014 18:49
por Toneti2
Si no quieres que te escuchen en casa hablar de según que cosas existe una solución al alcance de cualquiera:
+
=Problema resuelto.
Re: Trasferencia de un arma inutilizada
Publicado: 28 Nov 2014 00:23
por arcabucero1828
Muchas gracias por tu idea, pero si tienes 70 años y estás jubilado, tanto como tu pareja, y la tienes pegada a la chepa las 24 horas del día, dime como c.... te escapas. saludos
Re: Trasferencia de un arma inutilizada
Publicado: 28 Nov 2014 00:49
por Buen_tirador
Las armas inutilizadas no se transfieren.
Un arma, cuando se inutiliza y tienes en tu poder el Certificado de Inutilización expedido por la Guardia Civil, deja de ser un arma. Tu tienes que cambiar el Certificado de Inutilización a tu nombre.
El Libro de Coleccionista no es para inscribir armas inutilizadas. Es para inscribir armas antiguas en estado de tiro, que pegan tiros, que disparan.
Un saludo al foro.
Re: Trasferencia de un arma inutilizada
Publicado: 28 Nov 2014 12:42
por abranchadell
Ésto no es exacto del todo, desde el RD. 976/2011, de 8 julio, que modificó el Reglamento de Armas, las armas inutilizadas con arreglo a la anterior normativa se pueden anotar en el libro de coleccionista sin necesidad de volver a destrozarlas conforme a lo previsto actualmente en el vigente reglamento:
"Disposición transitoria única. Cambio de titularidad de las armas inutilizadas con anterioridad a la entrada en vigor de este Real Decreto.
1. Las inutilizaciones de las armas que hayan sido efectuadas con anterioridad a la entrada en vigor de este Real Decreto, así como sus certificados acreditativos, conservarán su validez.
2. Las armas que dispongan de un certificado o documento en el que se haga constar la inutilización de un arma de fuego o un marcado distintivo de haberse llevado a efecto la misma, realizado en un Estado miembro de la Unión Europea, conservarán igualmente su validez.
3. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, si tras la entrada en vigor de este Real Decreto se transmitiera inter vivos la propiedad de un arma que fue inutilizada con anterioridad a dicha circunstancia, la inutilización de ésta habrá de adaptarse a lo previsto en este Real Decreto, salvo que la misma se inscriba en el libro de coleccionista previsto en el párrafo b) del artículo 107 del Reglamento de Armas. Asimismo, el adquirente deberá comunicar dicha circunstancia y remitir el certificado de inutilización a la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil correspondiente a su domicilio, al objeto de que ésta anote dicho cambio de titularidad".
Re: Trasferencia de un arma inutilizada
Publicado: 05 Dic 2014 18:16
por Branigan
arcabucero1828 escribió:Muchas gracias por tu idea, pero si tienes 70 años y estás jubilado, tanto como tu pareja, y la tienes pegada a la chepa las 24 horas del día, dime como c.... te escapas. saludos
De ese c.............no hay quien se escape, compañero. Ya somos mas.