Calibre 38 revolver 357 Magnum.
Publicado: 07 Nov 2014 20:10
Hola.
Hasta donde yo se, ultimamente están negando en alguna que otra intervención, tanto la compra como la recarga del 38 especial, a los que poseen un revolver 357 magnum. Argumentan nueva normativa o no se que circular al parecer desde septiembre, pero el caso es que no permiten la compra o la recarga de este calibre 38, a los que pretenden utilizar en un revolver 357 el calibre 38. En dicho escrito figura al parecer que un revolver del 357 magnum, soporta perfectamente las presiones y cargas del calibre 38, pero que como pone 357 en el arma y en la guía, pues ale….. que no se puede, por que cada arma es para el calibre que figura en su guía. Pues si la cosa no se soluciona, en cumplimiento del reglamento me temo que muuuuuchos vamos a tener un bonito y preciso revolver en el armero, con el que no podremos competir. A ver que tienen que hacer los tiradores que tengan la suerte (no es mi caso) de poseer un S&W del Performance Center o de otras costosisimas marcas, con sus revólveres de competición en 357 y mas que aptos para la munición del 38. No existen competiciones en 357 magnum y por ello muchos veníamos utilizando el 38 en estos revólveres para competir.
¿que hacemos ahora ? Por el momento no podemos competir con ellos.
Según la normativa y si no estoy equivocado.
Al solicitar la autorización de recarga, se tiene que especificar que calibres se van a recargar y aportar las guias de las armas donde figuran los calibres que se pretenda recargar y en arreglo a eso te conceden la autorización de recarga.
Es decir:
Tengo una 9mm y quiero recargar 9 mm………Ok sin problemas para obtener autorización.
Tengo un 32 y quiero recargar 32………ídem.
Tengo un 357 y quiero recargar 38………… No posible. Denegada la solicitud o ni siquiera hace falta que lo solicites, pues es que no.
Tengo un 357 y quiero recargar 357…….Ok.
Que tengo un 357 y un 38. Quiero solicitar con la guía del 38 la autorización de recarga para este revolver y la munición del 38 para su uso. No problemas. Ahora bien, creo que legalmente no podré utilizar la munición recargada en 38, en mi revolver del 357, según este comunicado, circular, norma o lo que sea.
Que cosas tiene este reglamento. Puedes recargar 357 magnum para tu revolver y no puedes recargar 38 para el mismo uso y tampoco te venden munición del 38 para un 357.
¿Es esto tal y como nos lo cuentan?
Si alguien sabe alguna cosa mas de este asunto, estaría bien que lo comentase.
Un saludo.
Hasta donde yo se, ultimamente están negando en alguna que otra intervención, tanto la compra como la recarga del 38 especial, a los que poseen un revolver 357 magnum. Argumentan nueva normativa o no se que circular al parecer desde septiembre, pero el caso es que no permiten la compra o la recarga de este calibre 38, a los que pretenden utilizar en un revolver 357 el calibre 38. En dicho escrito figura al parecer que un revolver del 357 magnum, soporta perfectamente las presiones y cargas del calibre 38, pero que como pone 357 en el arma y en la guía, pues ale….. que no se puede, por que cada arma es para el calibre que figura en su guía. Pues si la cosa no se soluciona, en cumplimiento del reglamento me temo que muuuuuchos vamos a tener un bonito y preciso revolver en el armero, con el que no podremos competir. A ver que tienen que hacer los tiradores que tengan la suerte (no es mi caso) de poseer un S&W del Performance Center o de otras costosisimas marcas, con sus revólveres de competición en 357 y mas que aptos para la munición del 38. No existen competiciones en 357 magnum y por ello muchos veníamos utilizando el 38 en estos revólveres para competir.
¿que hacemos ahora ? Por el momento no podemos competir con ellos.
Según la normativa y si no estoy equivocado.
Al solicitar la autorización de recarga, se tiene que especificar que calibres se van a recargar y aportar las guias de las armas donde figuran los calibres que se pretenda recargar y en arreglo a eso te conceden la autorización de recarga.
Es decir:
Tengo una 9mm y quiero recargar 9 mm………Ok sin problemas para obtener autorización.
Tengo un 32 y quiero recargar 32………ídem.
Tengo un 357 y quiero recargar 38………… No posible. Denegada la solicitud o ni siquiera hace falta que lo solicites, pues es que no.
Tengo un 357 y quiero recargar 357…….Ok.
Que tengo un 357 y un 38. Quiero solicitar con la guía del 38 la autorización de recarga para este revolver y la munición del 38 para su uso. No problemas. Ahora bien, creo que legalmente no podré utilizar la munición recargada en 38, en mi revolver del 357, según este comunicado, circular, norma o lo que sea.
Que cosas tiene este reglamento. Puedes recargar 357 magnum para tu revolver y no puedes recargar 38 para el mismo uso y tampoco te venden munición del 38 para un 357.


¿Es esto tal y como nos lo cuentan?
Si alguien sabe alguna cosa mas de este asunto, estaría bien que lo comentase.
Un saludo.