¿QUE MODIFICACIONES INTRODUCIRIAS AL REGLAMENTO DE ARMAS?

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gumersindo
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Re: ¿QUE MODIFICACIONES INTRODUCIRIAS AL REGLAMENTO DE ARMAS

Mensajepor gumersindo » 08 Oct 2014 16:15

agr66 escribió:Pues yo me conformaría con que refundieran los actuales reglamentos en uno y se dejen de pamplinas de derogaciones , modificaciones e historias, que se vuelve uno loco.
Me conformaría con que aclarasen varios temas que hay muy confusos , un ejemplo, la custodia de las armas en los armeros, aún podemos guardar solo la corredera o cierre del arma, o las piezas esenciales ? según se lee el reglamento sí , entonces para qué homologan los armeros para x armas y los interventores te obligan a comprarlo con x capacidad según las armas que tengas.
Por qué no homologan unas normas, de una puñetera vez , para IPSC , que se puedan instalar campos permanentes y no tengamos que estar a merced de el interventor de turno?
En fin seguiremos pidiendo peras al olmo.


interesantes ideas, serias capaz de reescribirlas en un formato que permitiera un "cortar-pegar" para incorporar en un alegato????

gracias

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agr66
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Re: ¿QUE MODIFICACIONES INTRODUCIRIAS AL REGLAMENTO DE ARMAS

Mensajepor agr66 » 08 Oct 2014 17:27

MODIFICACIONES REGLAMENTO DE ARMAS.doc
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MODIFICACIONES REGLAMENTO DE ARMAS.doc
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Re: ¿QUE MODIFICACIONES INTRODUCIRIAS AL REGLAMENTO DE ARMAS

Mensajepor sabater » 08 Oct 2014 17:46

Si es muuuuu facil, borrar el reglamento español y hacer una copia de los USA.
Un saludo compañeros.
CUANDO LUCHANDO CAIGAS, SOLO TIENES QUE LEVANTARTE Y SEGUIR LUCHANDO.

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Re: ¿QUE MODIFICACIONES INTRODUCIRIAS AL REGLAMENTO DE ARMAS

Mensajepor TiroLimpio » 08 Oct 2014 17:53

En las guias de pertenencia se puedan incluir todos los calibres que el arma pueda usar, ejemplo claro el de los Revolveres 357Mag.

.357Mag/.38

Saludos.
"Lo Importante es lo que Importa"

.22/Lr - .357/Mag - .38/Spl

Anarma nº 565

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Re: ¿QUE MODIFICACIONES INTRODUCIRIAS AL REGLAMENTO DE ARMAS

Mensajepor agr66 » 08 Oct 2014 18:33

MODIFICACIONES REGLAMENTO DE ARMAS.doc
(20 KiB) Descargado 70 veces

Que cada uno se descargue el archivo y apunte lo que piense de forma concisa.
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Re: ¿QUE MODIFICACIONES INTRODUCIRIAS AL REGLAMENTO DE ARMAS

Mensajepor annhilator » 09 Oct 2014 13:42

agr66 escribió:... la custodia de las armas en los armeros, aún podemos guardar solo la corredera o cierre del arma, o las piezas esenciales ? según se lee el reglamento sí , entonces para qué homologan los armeros para x armas y los interventores te obligan a comprarlo con x capacidad según las armas que tengas.


Si mal no recuerdo, el tema de la capacidad sólo es aplicable a las empresas de seguridad privada, el cubicaje no se aplica a los armeros Grado III en domicilios particulares, aunque vengan ya ellos con su volumen cuantificado por el fabricante. Consúltalo.


Un saludo.
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Re: ¿QUE MODIFICACIONES INTRODUCIRIAS AL REGLAMENTO DE ARMAS

Mensajepor agr66 » 09 Oct 2014 15:22

Ya , ya, así tendría que ser , diselo a mi intervención, que ha hecho comprarse a varios armeros de mas capacidad.
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Re: ¿QUE MODIFICACIONES INTRODUCIRIAS AL REGLAMENTO DE ARMAS

Mensajepor agr66 » 09 Oct 2014 15:23

Por eso precisamente pediría en las modificaciones, que aclaren este tema.
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Re: ¿QUE MODIFICACIONES INTRODUCIRIAS AL REGLAMENTO DE ARMAS

Mensajepor annhilator » 09 Oct 2014 15:47

No hay nada de aclarar, la normativa es precisa.

https://www.interior.gob.es/web/servicio ... e-la-direc

Si la ley dice una cosa, tu IA dice otra, pídele por favor y por escrito, que fundamente su decisión en base a qué normativa no te guía un arma nueva, por ejemplo. Si no lo quiere hacer, le pides una Hoja de Atención al Ciudadano y expones allí tu queja, reflejando la TIP del Interventor, haciendo ver que le has indicado que estaba en un error y que no se han querido atener a razones. Con esto estarás sacudiendo el avispero, te mirarán mal, pero no se reirá nadie de ti, y sobre todo, no tendrás que gastarte 400 o 500€ porque un Sr. no sepa hacer su trabajo...o peor, que no sepa leer o le de por aplicar el artículo 33 por sus reales c*******.


Un saludo.
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Re: ¿QUE MODIFICACIONES INTRODUCIRIAS AL REGLAMENTO DE ARMAS

Mensajepor agr66 » 09 Oct 2014 19:59

Si, si conozco bien el reglamento, en lo que se refiere a los armeros tambien dice:
Las cajas fuertes a que se refiere el artículo 133.2.b) del citado Reglamento de Armas para guardar los cierres o las piezas esenciales de las armas amparadas por licencia F, en domicilios particulares, deberán reunir, al menos, el grado de seguridad clase III establecido en la tabla 1 de la norma UNE EN 1143-1, o el grado de seguridad C que se establecía en el punto 5.1.2 de la UNE 108-110-87.
Pues vete a guiar un arma con un grado " C " a ver que te cuentan.
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Re: ¿QUE MODIFICACIONES INTRODUCIRIAS AL REGLAMENTO DE ARMAS

Mensajepor ignasi94 » 09 Oct 2014 20:24

Carames escribió:Muy simple:

Que el próximo reglamento de armas lo redacte alguien que entienda de armas.

Con eso me conformo



:apla:

Ding del hilo!

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Re: ¿QUE MODIFICACIONES INTRODUCIRIAS AL REGLAMENTO DE ARMAS

Mensajepor jrdc1 » 12 Oct 2014 00:05

Buenas!

agr66 escribió:Si, si conozco bien el reglamento, en lo que se refiere a los armeros tambien dice:
Las cajas fuertes a que se refiere el artículo 133.2.b) del citado Reglamento de Armas para guardar los cierres o las piezas esenciales de las armas amparadas por licencia F, en domicilios particulares, deberán reunir, al menos, el grado de seguridad clase III establecido en la tabla 1 de la norma UNE EN 1143-1, o el grado de seguridad C que se establecía en el punto 5.1.2 de la UNE 108-110-87.
Pues vete a guiar un arma con un grado " C " a ver que te cuentan.


Que:

Disposición transitoria.

Todas las empresas que hasta la fecha dispusieran de la correspondiente certificación expedida por una entidad autorizadas por el Ministerio de Industria y Energía, acreditativa del grado de seguridad de sus productos, relacionados con lo especificado en la presente Resolución, dispondrán del plazo de un año para adecuar dicha certificación a lo establecido en la norma UNE EN 1143-1.
Su no actualización en el plazo fijado, producirá la anulación del reconocimiento de adecuación que se posea.


Y si no te gusta, al contencioso-administrativo. Como es más barato un clase III que el abogado y el procurador, callamos y compramos.

Saludos

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Re: ¿QUE MODIFICACIONES INTRODUCIRIAS AL REGLAMENTO DE ARMAS

Mensajepor agr66 » 12 Oct 2014 08:13

Pues ese es el problema, que no queremos lios con las administraciones ya que se te pone en una pasta gansa.
Lo que quiere uno es salir de la intervención con su esperada arma, y si te piden un grado IV pues a comprarlo y plunto.
Así va España.
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Re: ¿QUE MODIFICACIONES INTRODUCIRIAS AL REGLAMENTO DE ARMAS

Mensajepor Flobert » 24 Oct 2014 01:01

Legalizar las armas de defensa tipo SAFEGOM como en Francia y otras de cartucho de goma calibre 9 mm pa rubber y 10x22T (Estas ultimas creo que son de energia 50 julios). Que las "metan" en la AE para tenencia en domicilio y que se pueda autorizar, en su caso debidamente justificado, el porte..


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