CORRINCHA escribió:Benelly escribió:CORRINCHA escribió:
Eso mismo.
Yo aún no recargo porque estoy convaleciente de una lesión y no me he podido sacar el curso.
Tan pronto pueda me lo voy a sacar
entiendo que Sabes que no es solo sacarce el curso de Recarga ???
No se,yo dejando las cosas a medias de decir,entiendo poco
pues el curso de recarga es solo un tramite
aun que tu ya tienes mucha de las cosas que piden para sacarte la autorizacion de recarga de Municion
otras no las tienes
Requisitos para la recarga de cartuchería
Estar en posesión de la licencia que permita la tenencia y uso de las armas, de cuyos calibres se pretende realizar recargas de cartuchería.
Poseer legalmente documentadas armas del calibre del cartucho que se pretende recargar.
Acreditar la práctica deportiva autorizada por la licencia F, cuando se pretenda recargar cartuchería para armas de concurso.
Obtener un certificado de una entidad, autorizada por la Dirección General de la Guardia Civil, de que posee los conocimientos necesarios para realizar la recarga que se pretende.
Obtener de la Intervención Central de Armas y Explosivos la correspondiente autorización para recarga de cartuchería.
Mantener los límites de depósito y adquisición tanto de materiales componentes (hasta un kilogramo de pólvora, cien unidades de vainas con pistón y cien pistones), como de cartuchería terminada, que se determinan en el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería (Artículos 104 y 136).
Ser poseedor de una máquina homologada para la recarga de cartuchería no automática y que reúnan los requisitos necesarios para su puesta en el mercado.
Conservar la maquinaria junto con la cartuchería y sus componentes, en el domicilio, con las suficientes medidas de seguridad.
Las medidas de seguridad mínimas exigibles para el almacenamiento de la pólvora, vainas y pistones utilizadas para la recarga, es la posesión en el domicilio u otro lugar autorizado, de caja fuerte, nivel 1 o superior.