Markisdanielo escribió:Hola a todos.
Escribo en este apartado porque soy nuevo en esto y me van surgiendo dudas con respecto a la trayectoria que quiero seguir en este mundo tan apasionante.
La duda es la siguiente...
Solo se pueden tener 150 cartuchos metalicos para arma corta en casa. Que pasa si recargas tu mismo? Esta cantidad puede variar?
Muchas gracias.
Un saludo
chargu2 escribió:"Creo que con la autorización de recarga puedes tener 100 vainas con el pistón montado/cartucho terminado y 100 pistones sueltos."
No, nada de cartucho terminado.
Repito:
150 cartuchos, recargados o factory, da igual.
100 vainas con piston, solo piston y no cargadas completas.
100 pistones.
Un saludo.
Va a ser que no.
Se os olvida el artículo 8, del Reglamentos de Cartuchería y Artificios Pirotécnicos:
8. Cartuchería: todo tipo de cartuchos dotados de vaina con pistón, fuego anular y cargados de pólvora, lleven o no proyectiles incorporados. Los pistones y vainas con pistón, independientemente de que éstas se encuentren vacías o a media carga, tendrán la misma consideración, a efectos de este reglamento, que el tipo de cartucho que pueda fabricarse con ellosLuego, donde dice que puedes tener 150 cartuchos, se refiere a la suma de cargados, pistones y vainas empistonadas.
2. Los titulares de licencia para arma corta sólo podrán adquirir 100 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia y el Documento Nacional de Identidad (DNI), Número de Identificación de Extranjeros (NIE) o cualquier documento acreditativo de la identidad, debiendo el vendedor realizar las operaciones que se aluden en el apartado anterior. El número de cartuchos que pueden tenerse en depósito para arma corta no será superior a 150.Lo demás es interpretación libre.
Saludos,