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Registrar vainas

Publicado: 28 Dic 2020 10:59
por chiss
Hola, hoy he recibido la autorización para recarga, y juro por lo más sagrado que solo me ha tardado 13 días, ni yo me lo creo.
Bueno el tema es que en el papel donde se debe anotar la pólvora y pistones también pone vainas, yo creía que solo había que registrar la pólvora y pistones, alguien sabe si las vainas también??.

Re: Registrar vainas

Publicado: 28 Dic 2020 14:43
por Uboat
Hasta ahora, no.

Re: Registrar vainas

Publicado: 28 Dic 2020 14:46
por Parachut
chiss escribió:Hola, hoy he recibido la autorización para recarga, y juro por lo más sagrado que solo me ha tardado 13 días, ni yo me lo creo.
Bueno el tema es que en el papel donde se debe anotar la pólvora y pistones también pone vainas, yo creía que solo había que registrar la pólvora y pistones, alguien sabe si las vainas también??.

28 de Diciembre. :apla:

Re: Registrar vainas

Publicado: 28 Dic 2020 14:58
por Uboat
En mi Autorización, expedida en 2010, figura la columna "Vainas".
En este caso, no hay 28 de Diciembre que valga.

Re: Registrar vainas

Publicado: 28 Dic 2020 18:33
por Parachut
Uboat escribió:En mi Autorización, expedida en 2010, figura la columna "Vainas".
En este caso, no hay 28 de Diciembre que valga.

Porque eso se parió así para las vainas cebadas.

Re: Registrar vainas

Publicado: 28 Dic 2020 20:51
por Uboat
Parachut escribió:
Uboat escribió:En mi Autorización, expedida en 2010, figura la columna "Vainas".
En este caso, no hay 28 de Diciembre que valga.

Porque eso se parió así para las vainas cebadas.


Nunca he visto (no digo que no se haga) que se vendan vainas cebadas, a menos que sean para los talleres de pirotecnia.


LAS AUTORIZACIONES CUYA CONCESION PROCEDA, SE OTORGARAN , CONSIGNANDO:
-PERSONA NATURAL O JURIDICA A CUYO FAVOR SE EXPIDEN
-EMPLAZAMIENTO DEL TALLER, CON INDICACION DE SUS INSTALACIONES Y DISTANCIAS QUE LO CONDICIONAN
-MODELOS DE LOS CARTUCHOS O ARTIFICIOS PIROTECNICOS CUYA PREPARACION SE AUTORICE Y SU VOLUMEN DE PRODUCCION ANUAL ASI COMO EL LIMITE DE EXISTENCIAS A ALMACENAR
-PROVISION DE POLVORA, PISTONES Y VAINAS, EN SU CASO, QUE PUEDEN TENER

Re: Registrar vainas

Publicado: 29 Dic 2020 11:59
por JohnWoolf
Tranquilos. Obama quería poner un identificativo en la base de las balas, para saber quien las había disparado, cuando las recuperase el forense para uso de la policía científica. No pudo ser, pero seguro que Biden recupera la idea.

En España todo se andará.

Saludos.

JW.

Re: Registrar vainas

Publicado: 29 Dic 2020 12:40
por JOTAJOTAJOTA
Hola

La Intervención Central de Armas y Explosivos, entregará a los solicitantes, simultáneamente a la expedición de la autorización de recarga, un anexo en el que el titular de la autorización reflejará las operaciones correspondientes a las cantidades de pólvora, vainas o pistones adquiridas, fecha de compra y establecimiento vendedor, el cual deberá visar cada asiento que se refleje en el referido anexo.

Sin perjuicio de las revisiones esporádicas que pueda realizar la Intervención de Armas y Explosivos Territorial, toda persona autorizada para la recarga de cartuchería metálica, en el momento de renovar la licencia de armas que le autoriza la tenencia y uso de armas que utilizan cartuchería que puede recargar, debe presentar ante la Intervención de Armas de su demarcación la autorización de recarga y el anexo, para revisión y control.


Y adios

Re: Registrar vainas

Publicado: 29 Dic 2020 12:58
por JohnWoolf
La sabemos, gracias.

Re: Registrar vainas

Publicado: 29 Dic 2020 13:00
por JohnWoolf
Lo sabemos, gracias. Pero nunca me han registrado las vainas.

Re: Registrar vainas

Publicado: 29 Dic 2020 13:23
por JOTAJOTAJOTA
JohnWoolf escribió:Lo sabemos, gracias. Pero nunca me han registrado las vainas.


No te tienen que registrar las vainas,TU tienes que pedir a la armeria que te la registren en la hoja y te la sellen,si te las envian por correo haces tu la anotacion y guardas la factura correspondiente al lote que compraste.

Un saludo

Ya sabemos mas

Re: Registrar vainas

Publicado: 29 Dic 2020 13:50
por JohnWoolf
Pues no. Como pensaba que era así se lo dije y me contestaron que no hacía falta.

Abandono el hilo.

Saludos.

JW.

Re: Registrar vainas

Publicado: 29 Dic 2020 14:00
por JohnWoolf
Puesto en contacto con una de las mejores armerías de España en tema de recarga, me confirma que no, que eso se puso por si alguna vez se traían vainas empistonadas.

Ahora sí.

Saludos.

JW.

Re: Registrar vainas

Publicado: 29 Dic 2020 14:05
por jrdc1
Buenas!

Y si eres pobre-pobre, y recoges las vainas del suelo? Quien te las apunta? El Jefe de Galería?

Ganas que tenemos de buscarle los tres pies al gato...

Saludos

Re: Registrar vainas

Publicado: 29 Dic 2020 14:48
por Yvan5
Y ahora sólo falta que "alguien" piense sobre el tema y... a la próxima modificación del Reglamento

Decía mi tía que "el que pregunta se queda de cuadra", y me da miedo que las cosas sean así. Y en este país no me extrañaría ya lo más mínimo.

Re: Registrar vainas

Publicado: 29 Dic 2020 15:12
por Klibre
Estamos siempre igual. No se regula para jorobarnos. Se regula por una razon que puede ser acertada o no. Lo que interesa controlar son los tiros, que tampoco tiene mucha utilidad pero al menos tendria cierta logica para saber cuantos tiros tienes en tu poder y cuanta actividad has desarrollado. Las vainas sirven para un numero indefinido de tiros, por lo que registrarlas no sirve para nada. Puedes incluso fabricar puntas con materiales varios pero no puedes pegar mas tiros que pistones tienes registrados (o cartuchos comerciales) sin hacer nada ilegal, asi que con controlar los pistones sobra.

Re: Registrar vainas

Publicado: 29 Dic 2020 15:16
por Chinchu
Sólo las vainas cebadas están sujetas a control, según el Reglamento de Cartuchería y Artículos Pirotécnicos, Art. 4.8, creo, claramente se refiere a esas o es un error, pues no pueden pedir control sobre algo no reglamentado.

Imaginaos qué pasaría entonces con las vainas que se quedan tiradas en el campo de tiro, tendrían que recogerlas y trasladarlas en furgón blindado con escolta al chatrarrero o destruirlas reglamentariamente.

Sin comentarios.

Saludos y Felices Fiestas.

Cartuchería: todo tipo de cartuchos dotados de vaina con pistón, fuego anular y cargados de pólvora, lleven o no proyectiles incorporados. Los pistones y vainas con pistón, independientemente de que éstas se encuentren vacías o a media carga, tendrán la misma consideración, a efectos de este reglamento, que el tipo de cartucho que pueda fabricarse con ellos.

Re: Registrar vainas

Publicado: 29 Dic 2020 15:30
por JJWinchester
Klibre escribió:Estamos siempre igual. No se regula para jorobarnos. Se regula por una razon que puede ser acertada o no. ...


¿Estás seguro de eso? Yo no lo estoy tanto... o eso, o las razones de la ICAE son tan inescrutables como los designios del Señor...