kiski escribió:Hola a todos. Pues esa es la pregunta, si me dejan o prestan un rifle o una escopeta, ¿puedo comprar munición para esa escopeta o ese rifle para la caza o el tiro estando dentro de los 15 días que dura la autorización?
Saludos
Lo lógico sería que sí siempre y cuando dicha guía no haya cubierto su cupo anual, al menos así lo interpreto yo y no he encontrado nada que sugiera lo contrario pero... la GC en su inmensa sabiduría y habilidad para interpretar el RA a su antojo entiende QUE NO
Al menos por mi experiencia personal puedo decir éso. Tengo un compañero de foro que por facilidad y proximidad a cierta armería me solía comprar la munición, yo le pasaba mis guías y él cuando podía se acercaba , me la compraba y al cabo de unos días que nos reuníamos junto a unas cervezas me la entregaba. Todo iba my bien hasta que cierto día en la armería le comunican que por orden de la GC no podían vender más munición a todo aquel que no fuera el titular de la guía

, les daba igual la legalidad sobre el préstamo de armas, tan solo se atenían a lo dictado por la GC.
¿¿¿Que la armería por evitarse líos con los de la IA "tragó"...??? Pues seguramente, porque la razón estaba de su (Mía también) parte pero ellos perdieron un cliente conmigo.
Saludos...