Euribor

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Vicente
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Re: Euribor

Mensajepor Vicente » 27 Ago 2020 13:30

alvaro95 escribió:
Vicente escribió:Así es Hoplon, yo el último que compré casi contesto a un banco que con esas condiciones lo compraría al contado y no me hacían falta ellos (que no era el caso porque no podía), pero te piden tantas y tantas cosas.

Yo entiendo que están acojonados y no se la quieren jugar, pero de ahí a asegurar tanto... de cualquier forma que la gente se quite la venda de los ojos, que no es ninguna tontería alquilar, que parece que estar de alquiler es de pobre y no.

Por cierto, que unos policías hayan desahuciado a un okupa dentro de las 48h de la okupación sea noticia es de guasa. Pero algo es algo.

https://cronicaglobal.elespanol.com/vida/okupas-cuelan-casa-periodista-piden-1500-euros_378294_102.html

Saludos,

A verrr, no lo veo igual y lo digo como inquilino. Yo no me puedo permitir tener ahora mismo una hipoteca... Peero joe en una hipoteca vas pagando poquito tu casa. Quieras que no al cabo de unos años acabará siendo 100% tuya. Yo le pago a mi casero y al cabo de los años sigo igual, sin nada. Vamos, yo lo veo así


Esto no son opiniones, son números. Depende de la casa es más interesante o menos el comprar/alquilar. En términos generales en casas caras es más interesante el alquiler y en casas baratas la compra.

Hay que tener claro que en el precio del alquiler lo normal es que te incluyan los gastos de comunidad y el IBI y en muchas ocasiones el seguro del inmueble, son gastos deducibles pero gastos. Aparte de lo que el fisco se lleva cada vez que haces la declaración, tienes exenciones pero la media es que pagues.

Ya digo, tan sencillo como eso, hacer números; mira lo que pagas de alquiler, lo que incluye, y si con ese capital y quitándote liquidez te interesa. Por ejemplo: si pagas 800 y hay 180€ de gastos (80 comunidad, 60 del IBI prorrateado y 40 del seguro prorrateado), si con esos 620€ podrías pagar tu cuota de la hipoteca, teniendo en cuenta que si el piso vale 200.000 debes soltar unos 60.000 de golpe (no suelen dar más del 80% (160.000) más los gastos (10%ITP o IVA, más Notaría y Registro e Inmobiliaria si es el caso). Por todo esto, y más cosas que no me da tiempo explicar, vivir de alquiler no es ninguna tontería :wink: :wink: :wink: .

Saludos,

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Re: Euribor

Mensajepor Vicente » 27 Ago 2020 16:15

famas1979 escribió:Con estas mimbres, cualquiera con dos dedos de frente no se arriesga a poner un bien con tanto valor en manos del destino o el azar.


Hombre, dicho tal cual queda muy mal, yo replantearía tal afirmación, acabas de echar por tierra a todo inversor del ladrillo, incluidos algunos de este Foro, y no es así. La inversión en el ladrillo, obviando la crisis del 2007 (por el que comprara porque aún así ha sido rentable), siempre ha sido muy buena y rentable. Dos consideraciones; al igual que hacemos los números para alquilar se hacen para invertir, comprar un inmueble por 300.000 y alquilar por 1.000 es una mierda de inversión a no ser que pagues el sobreprecio porque quieras que en un futuro vivan tus hijos ahí o lo que sea. La otra consideración es que tienes muchas herramientas para alquilar con seguridad un inmueble (el 100% no existe como todo en esta vida) por lo que debes conocerlas o encargarle a un profesional que las utilice por tí.

¿Que otra inversión puedes recomendar?

Saludos,

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Re: Euribor

Mensajepor Vicente » 27 Ago 2020 16:19

alvaro95 escribió:
famas1979 escribió:El alquiler a dia de hoy no es un negocio seguro. Los politicos siempre andan con la rarra de que los propietarios tienen multitud de inmuebles que no alquilan por pura especulacion inmobiliaria y tal... Pero la verdad es que la inseguridad en este tipo de contratos es tal que muchos pequeños inversores no se atreven a dar el paso. A dia de hoy el que sale siempre perjudicado por un impago es el arrendador por la lentitud del proceso judicial. El desahucio esta muy mal visto y la legislacion va al amparo del inquilino, sea de la condicion que sea. Con estas mimbres, cualquiera con dos dedos de frente no se arriesga a poner un bien con tanto valor en manos del destino o el azar.

Si la ley se endureciese, los plazos se acortasen y se defendiese siempre la posicion del legal propietario del bien, habria meercado de vivenda de alquiler como para aburrir, y la gente se pensaria y mucho el tener una casa en propiedad. Pero eso en España no va a ocurrir, es un modus operandi demasiado aleman.

Estoy de acuerdo en todo menos en lo de que habría mercado de vivienda para aburrir. Yo sólo puedo hablar de mi experiencia en Madrid y lo cierto es que en los 2-3 años últimos los alquileres han subido una barbaridad. Creo que en gran parte porque es mucho más rentable alquilar un piso como piso turístico que para un inquilino que te pague todo el mes. Y eso sumado a los sueldazos que tenemos los recién titulados, jajaja un buen cocktail.
Saludos


Así es, pero desgraciadamente los precios los regula el mercado. No se puede limitar el precio a lo que quieras vender o alquilar un producto, si es caro no lo alquilarán o comprarán directamente, y si hay ese desfase tan brutal (vease Baleares) debería ser el Estado el que sacara las castañas del fuego sin entrar en la propiedad privada y garantizando una seguridad jurídica para los Administrados, ¿como? creando y promocionando vivienda Protegida o Social, pero de verdad, sin trampas como hacen los políticos.

Saludos,

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Re: Euribor

Mensajepor Vicente » 27 Ago 2020 16:28

Fernoked escribió:Ni tanto ni tan calvo. La realidad es que la normativa sobre arrendamientos urbanos se ha ido modificando para favorecer al propietario pero sobre todo para favorecer a los fondos que compran numerosas viviendas o a los especuladores.


¿Para favorecer al propietario? dime donde pone eso, porque yo la conozco y más bien es al revés de los que dices.
Duración: Ley anterior 3 años. Ley Actual 5 años (7 si el propietario es empresa)
Garantías: Ley anterior 1 mes más lo que quieras que pactes. Ley actual 1 mes pero no puedes pactar más del equivalente de 2 para garantías adicionales.
Honorarios gestión: Ley anterior es pacto. Ley actual, si el propietario es empresa el inquilino no paga nada.

Lo que tu dices del tanteo y retracto o adquisición preferente si no me equivoco no hay ninguna cosa a favor del propietario, es un pacto con una obligatoriedad de un mínimo.

Dime en que se perjudica al inquilino en la nueva Ley o en que favorece al propietario porque yo no lo he visto.

Saludos,

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Re: Euribor

Mensajepor famas1979 » 27 Ago 2020 17:14

Vicente escribió:
famas1979 escribió:Con estas mimbres, cualquiera con dos dedos de frente no se arriesga a poner un bien con tanto valor en manos del destino o el azar.


Hombre, dicho tal cual queda muy mal, yo replantearía tal afirmación, acabas de echar por tierra a todo inversor del ladrillo, incluidos algunos de este Foro, y no es así. La inversión en el ladrillo, obviando la crisis del 2007 (por el que comprara porque aún así ha sido rentable), siempre ha sido muy buena y rentable. Dos consideraciones; al igual que hacemos los números para alquilar se hacen para invertir, comprar un inmueble por 300.000 y alquilar por 1.000 es una mierda de inversión a no ser que pagues el sobreprecio porque quieras que en un futuro vivan tus hijos ahí o lo que sea. La otra consideración es que tienes muchas herramientas para alquilar con seguridad un inmueble (el 100% no existe como todo en esta vida) por lo que debes conocerlas o encargarle a un profesional que las utilice por tí.

¿Que otra inversión puedes recomendar?

Saludos,


Los inversores del ladrillo de 2007 no compraban inmuebles para alquilar sino para vender. Te recuerdo que en aquellos años de vino y rosas lo de alquilar era de idiotas, todo el mundo se metía en una hipoteca. Lo de "lo que pagas de alquiler lo pagas de hipoteca y al final el piso es tuyo" viene de esos felices años. Claro, cuando pegamos el batacazo los listos resultaron los que estaban de alquiler, que abandonaron como tantos la vivienda pero sin deber nada al banco.

Te hablo por experiencia propia: Una nave industrial, el inquilino paga dos meses y deja de pagar. 8 meses de litigios y sobre 6000 euros de deuda después, conseguí sacar a los inquilinos. Obviamente la deuda no la recuperaré jamas. Y estoy hablando de locales industriales arrendados a empresas, si llega a ser un piso con una familia numerosa dentro, vamos, no me quiero ni imaginar.

¿Que que otra inversión puedo recomendar? Pues ahora mismo ninguna. Tal y como esta el patio lo mejor es dejar el dinerito quieto y esperar acontecimientos. Pero lo de comprar inmuebles para alquilar, yo no lo haría. Entre los que no pagan y los que okupan, amparados por este gobierno que tenemos, yo no me atrevería. Otra cosa seria comprar solares urbanos. Es una inversion menor y el riesgo de okupacion es minimo. Se paga poco de IBI y simpre se puede vender tal cual a una promotora o construir una vez veas las cosas más claras.

Y lo de comprar casas para los hijos tampoco es tan buena idea. Tus hijos terminaran viviendo donde tengan el trabajo y a no ser que le pongas la vivienda a su nombre es posible que cuando fallezcas tengan que pagar por ella en el impuesto de sucesiones, así que más que una herencia le vas a dejar una losa. Mejor que eso guardas la pasta y cuando el nene tenga las cosas claras se la das y que él se compre el piso donde quiera. Y si el nene es varón, mejor no le das nada y que sea su parienta la que compre el piso, así si luego se divorcian ella se quedará con lo suyo y tu hijo volverá limpito a casa.
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Re: Euribor

Mensajepor Fernoked » 27 Ago 2020 18:16

Vicente escribió:¿Para favorecer al propietario? dime donde pone eso, porque yo la conozco y más bien es al revés de los que dices.
Duración: Ley anterior 3 años. Ley Actual 5 años (7 si el propietario es empresa)


¿Y qué más da la duración para el propietario si el inquilino paga religiosamente? Normalmente las personas necesitan una estabilidad en su vivienda.

Vicente escribió:Garantías: Ley anterior 1 mes más lo que quieras que pactes. Ley actual 1 mes pero no puedes pactar más del equivalente de 2 para garantías adicionales.

Algunos pueden entender que exigir como fianza más de eso puede resultar abusivo y que la mejor garantía es estudiar bien a quién le arriendas la vivienda.

Vicente escribió:Lo que tu dices del tanteo y retracto o adquisición preferente si no me equivoco no hay ninguna cosa a favor del propietario, es un pacto con una obligatoriedad de un mínimo.

Si, porque es obligatoria la inscripción del arrendamiento en el registro de la propiedad para que pueda exigirse el derecho de tanteo y retracto, e igualmente si no se encuentra inscrito el nuevo propietario puede echar a los inquilinos directamente cuando al único que ello beneficia es a los fondos especuladores. El particular que compra siempre conocerá si hay inquilinos porque querrá ver la vivienda antes de comprar.

Vicente escribió:Dime en que se perjudica al inquilino en la nueva Ley o en que favorece al propietario porque yo no lo he visto.

Precisamente perjudica al inquilino que lleve toda su vida en un vivienda alquilada y desee comprarla con prioridad a un nuevo comprador o, al menos, seguir manteniendo su alquiler sin que lo desahucien aunque hubiese pagado religiosamente durante más de una década.

La ley de arrendamientos urbanos favorece a los grandes compradores de vivienda eliminando las garantías de estabilidad y convirtiendo el contrato en papel mojado.

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Re: Euribor

Mensajepor Hoplon » 27 Ago 2020 18:18

La inversión en vivienda para alquilar tiene muchas ventajas:

La primera, tal vez, las reducciones fiscales de los rendimientos. Y el hecho de que para hacerlo no hace falta darse de alta como empresario, es muy buena sobre todo para compatibilizar con una jubilación.

La segunda, es sencilla de hacer y también de gestionar: casi cualquiera puede, sacando el precio del piso, los gastos corrientes y la renta, calcular si sale beneficio o no, y de cuánto. Y obtener un rendimiento del 3 % no es difícil.

La tercera: es sólida y estable: es un bien duradero, salvo en caso de terremoto (y en ese caso lo cubre el consorcio de seguros) y tanto la conservación como el cobro del arrendamiento y eventuales gastos judiciales son asegurables. Compárese, por ejemplo, con la situación actual de la bolsa.

Y, si me apuras, debería tener mejor consideración social ¿no dicen que falta oferta de alquileres? pues que no criminalicen a los que invierten en ello.

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Re: Euribor

Mensajepor Hoplon » 27 Ago 2020 18:24

Fernoked escribió:
La ley de arrendamientos urbanos favorece a los grandes compradores de vivienda eliminando las garantías de estabilidad y convirtiendo el contrato en papel mojado.


No estoy de acuerdo: pocas cosas hay en el mundo de la libre contratación privada tan protegidas y reguladas como los derechos del inquilino.

Lo del tanteo y retracto, es pactable, se puede poner o no: lo que no se puede es imponer a una persona que alquila si él no quiere, porque en España, al menos de momento, la libertad individual para contratar aún significa algo (en alquileres poco).

Mira, la LAU:

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1994-26003

Lee, si quieres, los derechos del inquilino, del art. 6 en adelante, si ese que empieza: -"Son nulas, y se tendrán por no puestas, las estipulaciones que modifiquen en perjuicio del arrendatario..."

En realidad, si fuera tanto "chollo" como parece lo haría mucha más gente, el problema es otro, que la gente tiene miedo a alquilar ¿no será por algo?

Nota: tengo dos naves en alquiler.

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Re: Euribor

Mensajepor Hoplon » 27 Ago 2020 18:26

Me he leído esos artículos, los plazos, las prórrogas forzosas, el desistimiento anticipado a favor del inquilino... y ahí lo he dejado, pero creo que se entiende lo que digo.

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Re: Euribor

Mensajepor Vicente » 27 Ago 2020 18:51

famas1979 escribió:
Vicente escribió:
famas1979 escribió:Con estas mimbres, cualquiera con dos dedos de frente no se arriesga a poner un bien con tanto valor en manos del destino o el azar.


Hombre, dicho tal cual queda muy mal, yo replantearía tal afirmación, acabas de echar por tierra a todo inversor del ladrillo, incluidos algunos de este Foro, y no es así. La inversión en el ladrillo, obviando la crisis del 2007 (por el que comprara porque aún así ha sido rentable), siempre ha sido muy buena y rentable. Dos consideraciones; al igual que hacemos los números para alquilar se hacen para invertir, comprar un inmueble por 300.000 y alquilar por 1.000 es una mierda de inversión a no ser que pagues el sobreprecio porque quieras que en un futuro vivan tus hijos ahí o lo que sea. La otra consideración es que tienes muchas herramientas para alquilar con seguridad un inmueble (el 100% no existe como todo en esta vida) por lo que debes conocerlas o encargarle a un profesional que las utilice por tí.

¿Que otra inversión puedes recomendar?

Saludos,


Los inversores del ladrillo de 2007 no compraban inmuebles para alquilar sino para vender. Te recuerdo que en aquellos años de vino y rosas lo de alquilar era de idiotas, todo el mundo se metía en una hipoteca. Lo de "lo que pagas de alquiler lo pagas de hipoteca y al final el piso es tuyo" viene de esos felices años. Claro, cuando pegamos el batacazo los listos resultaron los que estaban de alquiler, que abandonaron como tantos la vivienda pero sin deber nada al banco.

Te hablo por experiencia propia: Una nave industrial, el inquilino paga dos meses y deja de pagar. 8 meses de litigios y sobre 6000 euros de deuda después, conseguí sacar a los inquilinos. Obviamente la deuda no la recuperaré jamas. Y estoy hablando de locales industriales arrendados a empresas, si llega a ser un piso con una familia numerosa dentro, vamos, no me quiero ni imaginar.

¿Que que otra inversión puedo recomendar? Pues ahora mismo ninguna. Tal y como esta el patio lo mejor es dejar el dinerito quieto y esperar acontecimientos. Pero lo de comprar inmuebles para alquilar, yo no lo haría. Entre los que no pagan y los que okupan, amparados por este gobierno que tenemos, yo no me atrevería. Otra cosa seria comprar solares urbanos. Es una inversion menor y el riesgo de okupacion es minimo. Se paga poco de IBI y simpre se puede vender tal cual a una promotora o construir una vez veas las cosas más claras.

Y lo de comprar casas para los hijos tampoco es tan buena idea. Tus hijos terminaran viviendo donde tengan el trabajo y a no ser que le pongas la vivienda a su nombre es posible que cuando fallezcas tengan que pagar por ella en el impuesto de sucesiones, así que más que una herencia le vas a dejar una losa. Mejor que eso guardas la pasta y cuando el nene tenga las cosas claras se la das y que él se compre el piso donde quiera. Y si el nene es varón, mejor no le das nada y que sea su parienta la que compre el piso, así si luego se divorcian ella se quedará con lo suyo y tu hijo volverá limpito a casa.


Bueno, yo te hablo de mi experiencia y de la ajena, ya que profesionalmente toco ese campo. No de lo que me haya podido pasar en una ocasión o a mi primo el del pueblo.

En 2007 hubo gente que compró con la misma hipoteca metiendo el coche, hubo quien compro en lugar de alquilar, y hubo mucho inversor (recuerdo una promoción que las reservas por fax iban de 5 en 5, tremendo). Y te podría contar muchísimas cosas sobre compras-alquileres y sobre daciones de bancos e impagos. Al final ni los bancos eran tan malos, ni los desahuciados tan buenos, había de todo.

Sobre tu experiencia, como decía antes, la ley da muchas herramientas, si tu en su día no las utilizaste o tuviste simplemente mala suerte (para que te paguen solo 2 meses no solo fue mala suerte) no quiere decir que en los demás casos sea así. Si fuera como tu dices no habría gente, como tu dices sin dos dedos de frente (como yo) que invirtiéramos en el ladrillo, yo invierto en ladrillo porque NUNCA he tenido ningún problema (no tengo locales solo viviendas), y como yo muchísima gente que con sueldos normales tienen una ahorro (no tengo ni BMW ni conozco Mercedes ni nada de eso, prefiero los 200-300€ en una hipoteca). Lo que no es tener dos dedos de frente es no diversificar o jugarse los ahorros a una carta y dentro del inmobiliario hay muchas cosas y unas mejor que otras.

Que cada uno invierta en lo que crea, pero desde luego, ni fondos ni bolsa ni nada, lo único que te da un dinero hoy en día es el ladrillo, pero hay que saber lo que comprar y después como alquilar, así de fácil y el único "pero" es que necesitas unos ahorros mínimos, para que engañarnos.

Lo de las casas para los hijos es una forma de ahorrar, lo hace mucha gente, que después no se la deja a los hijos y se las quedan como un plan de pensiones (otra estafa...), pero dicen; meto 30.000€ y voy pagando una hipoteca de 300€, lo alquilo por 600 y la casa se paga sola, y así a groso modo es como funciona el maravilloso mundo de la inversión en el ladrillo :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: .

Seamos abiertos de miras!!! y no generalicemos tanto que nos pasamos, yo incluído.

Saludos,

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Re: Euribor

Mensajepor Vicente » 27 Ago 2020 18:59

Fernoked escribió:
Vicente escribió:¿Para favorecer al propietario? dime donde pone eso, porque yo la conozco y más bien es al revés de los que dices.
Duración: Ley anterior 3 años. Ley Actual 5 años (7 si el propietario es empresa)


¿Y qué más da la duración para el propietario si el inquilino paga religiosamente? Normalmente las personas necesitan una estabilidad en su vivienda.
[/quote]

Si me parece bien, lo que digo es que en este caso se le da más derecho al inquilino, no digo que sea injusto.

Fernoked escribió:
Vicente escribió:Garantías: Ley anterior 1 mes más lo que quieras que pactes. Ley actual 1 mes pero no puedes pactar más del equivalente de 2 para garantías adicionales.

Algunos pueden entender que exigir como fianza más de eso puede resultar abusivo y que la mejor garantía es estudiar bien a quién le arriendas la vivienda.
[/quote]

Lo que digo es que la Ley actual sea justo o no beneficia al inquilino.
¿Mi opinión? que sea libre pacto. ¿El estudiar al inquilino? con la Ley de Protección de datos hemos topado...

Fernoked escribió:
Vicente escribió:Lo que tu dices del tanteo y retracto o adquisición preferente si no me equivoco no hay ninguna cosa a favor del propietario, es un pacto con una obligatoriedad de un mínimo.

Si, porque es obligatoria la inscripción del arrendamiento en el registro de la propiedad para que pueda exigirse el derecho de tanteo y retracto, e igualmente si no se encuentra inscrito el nuevo propietario puede echar a los inquilinos directamente cuando al único que ello beneficia es a los fondos especuladores. El particular que compra siempre conocerá si hay inquilinos porque querrá ver la vivienda antes de comprar.
[/quote]

La inscripción en el Registro son 4 duros, eso no es un problema. Mi cuñado está alquilado en una casa de un fondo, y el fondo tiene que esperar a que termine el arrendamiento si o si, y después haya o no derecho, el fondo lo va a vender al mejor postor, ni que fueran tontos. Tiene el derecho si paga lo mismo.

Fernoked escribió:
Vicente escribió:Dime en que se perjudica al inquilino en la nueva Ley o en que favorece al propietario porque yo no lo he visto.

Precisamente perjudica al inquilino que lleve toda su vida en un vivienda alquilada y desee comprarla con prioridad a un nuevo comprador o, al menos, seguir manteniendo su alquiler sin que lo desahucien aunque hubiese pagado religiosamente durante más de una década.

La ley de arrendamientos urbanos favorece a los grandes compradores de vivienda eliminando las garantías de estabilidad y convirtiendo el contrato en papel mojado.
[/quote]

Que no!!! :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: , lo pintes como lo pintes, porque además la diferencia entre "grandes tenedores" y el inversor normal. Si es una Ley de Podemos y del PSOE!!! :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:

Saludos,

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Re: Euribor

Mensajepor Fernoked » 27 Ago 2020 19:02

Hoplon escribió:No estoy de acuerdo: pocas cosas hay en el mundo de la libre contratación privada tan protegidas y reguladas como los derechos del inquilino.

Lo del tanteo y retracto, es pactable, se puede poner o no: lo que no se puede es imponer a una persona que alquila si él no quiere, porque en España, al menos de momento, la libertad individual para contratar aún significa algo (en alquileres poco).

Lo pactable respecto al derecho de tanteo y retracto es su renuncia. Si no se expresa nada en el contrato es que se mantiene el derecho.

La vivienda no es un artículo como una PlayStation sino que en bien de primera necesidad y teniendo en cuenta que España es un Estado social es lógico que exista cierta protección.


Hoplon escribió:Lee, si quieres, los derechos del inquilino, del art. 6 en adelante, si ese que empieza: -"Son nulas, y se tendrán por no puestas, las estipulaciones que modifiquen en perjuicio del arrendatario..."

En realidad, si fuera tanto "chollo" como parece lo haría mucha más gente, el problema es otro, que la gente tiene miedo a alquilar ¿no será por algo?

El papel lo aguanta todo pero la realidad es que el propietario frente al inquilino honrado posee una posición de fuerza, y al igual que existen caraduras que dejan de pagar el alquiler también hay muchos propietarios que abusan de esa posición.

En general la mayoría de inquilinos no poseen conocimientos jurídicos para detectar las cláusulas abusivas o anulables, ni reciben asesoramiento, y en cuando lo hacen tampoco tienen ganas de meterse en pleitos que les puede suponer más gastos que beneficios.

Los derechos del arrendatario se lo pueden saltar de mil maneras. He visto contratos de alquiler vacacional por 1 año (buenas vacaciones) para saltarse la ley de arrendamientos urbanos, he visto propietarios que cobraban el alquiler en mano pero sin dar recibo y cuando mejoró el mercado el alquiler querían desahuciar a los inquilinos alegando falta de pago para luego buscar a otros que pagaran más, he visto a una anciana que cuando falleció su marido vino la propietaria a pedirle un incremento notable del alquiler y como no podía pagarle le dijo que se fuera y ella sin saber que hacer salió de su vivienda en medio del luto, bueno...

Eso de que los derechos del arrendatario están protegidos es como aquello de que todos somos iguales ante la ley.
Última edición por Fernoked el 27 Ago 2020 19:10, editado 1 vez en total.

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Re: Euribor

Mensajepor Fernoked » 27 Ago 2020 19:09

Vicente escribió:Lo que digo es que la Ley actual sea justo o no beneficia al inquilino.
¿Mi opinión? que sea libre pacto. ¿El estudiar al inquilino? con la Ley de Protección de datos hemos topado...

La ley de protección de datos se nombra hasta cuando pides la hora pero la verdad es que no tiene el alcance que se le quiere dar.

Como propietario uno es libre de pedir información al posible arrendatario, y este es libre de no proporcionarla si no quiere al igual que el propietario es libre de buscar a otro a quién alquilar.

Fernoked escribió:La inscripción en el Registro son 4 duros, eso no es un problema. Mi cuñado está alquilado en una casa de un fondo, y el fondo tiene que esperar a que termine el arrendamiento si o si, y después haya o no derecho, el fondo lo va a vender al mejor postor, ni que fueran tontos. Tiene el derecho si paga lo mismo.

Casi todos los inquilinos lo desconocen, incrementa los gastos, es una traba superflua, y muchos propietarios ponen pegas cuando el inquilino se pone exigente.

Lo de tu cuñado si no lo pueden echar hasta que acabe el contrato es porque el anterior dueño era una administración pública y pacto eso en el contrato, porque inscribió el contrato en el registro de la propiedad, o porque se le notificó al fondo de manera fehaciente la existencia del contrato antes o en el momento de la compra. De lo contrario nadie podría obligarle a mantener la vigencia del contrato.

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Re: Euribor

Mensajepor Hoplon » 27 Ago 2020 19:28

Fernoked escribió:El papel lo aguanta todo pero la realidad es que el propietario frente al inquilino honrado posee una posición de fuerza, y al igual que existen caraduras que dejan de pagar el alquiler también hay muchos propietarios que abusan de esa posición.


Y tanto que lo aguanta todo, incluso este foro, que no es de papel.

La desigualdad de arrendador y arrendatario solamente se palpa en contacto con la dura realidad, cuando un inquilino deja de pagar.

En fin, cada uno cuenta la feria según le va.

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Re: Euribor

Mensajepor Vicente » 28 Ago 2020 00:37

Fernoked escribió:
Hoplon escribió:Lee, si quieres, los derechos del inquilino, del art. 6 en adelante, si ese que empieza: -"Son nulas, y se tendrán por no puestas, las estipulaciones que modifiquen en perjuicio del arrendatario..."

En realidad, si fuera tanto "chollo" como parece lo haría mucha más gente, el problema es otro, que la gente tiene miedo a alquilar ¿no será por algo?

El papel lo aguanta todo pero la realidad es que el propietario frente al inquilino honrado posee una posición de fuerza, y al igual que existen caraduras que dejan de pagar el alquiler también hay muchos propietarios que abusan de esa posición.

En general la mayoría de inquilinos no poseen conocimientos jurídicos para detectar las cláusulas abusivas o anulables, ni reciben asesoramiento, y en cuando lo hacen tampoco tienen ganas de meterse en pleitos que les puede suponer más gastos que beneficios.

Los derechos del arrendatario se lo pueden saltar de mil maneras. He visto contratos de alquiler vacacional por 1 año (buenas vacaciones) para saltarse la ley de arrendamientos urbanos, he visto propietarios que cobraban el alquiler en mano pero sin dar recibo y cuando mejoró el mercado el alquiler querían desahuciar a los inquilinos alegando falta de pago para luego buscar a otros que pagaran más, he visto a una anciana que cuando falleció su marido vino la propietaria a pedirle un incremento notable del alquiler y como no podía pagarle le dijo que se fuera y ella sin saber que hacer salió de su vivienda en medio del luto, bueno...

Eso de que los derechos del arrendatario están protegidos es como aquello de que todos somos iguales ante la ley.


De verdad Fernoked, me dedico a esto y creo que soy bastante más objetivo y hablo con más conocimiento de causa, al igual que si tu dices que eres informático por mucho que crea entender (que no es el caso) se que tú vas a tener más experiencia. Pero bueno, que en este país todos somos los mejores entrenadores de la selección nacional y el que está no tiene ni idea :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: .

La mejor Ley, desde mi punto de vista era la antigua (revisando alguna cosita por supuesto, nada es perfecto), el PP le metió mano y la cagó, bajo de 5 a 3 años de duración y alguna cagada más, el PSOE lo ha intentado arreglar, lo de la duración y los preavisos lo ha hecho bien, pero patina en tema garantías y diferenciar entre personas físicas y jurídicas. Pero bueno, es mi opinión profesional que creo que es coincidente con muchos, pero habrá otros que piensen de otra forma, no me cabe la menor duda.

El papel no lo aguanta todo, hay unos derechos de los inquilinos que por mucho que quiera el propietario no los puede hacer prevalecer, otra cosa es la ignorancia que dices de los arrendatarios, pero eso pasa en igual medida con los arrendadores, si no fuera así no habría problemas de impago (a veces es mejor contratar un abogado o una inmobiliaria de confianza, para que no te tomen el pelo, y si lo hacen pedirle responsabilidades). Lo de la duración o lo de la obligación de unos tiempos mínimos, la gente confunde o quiere hacer confundir el uso de vivienda al uso distinto de vivienda por ejemplo (que no tienen nada que ver, una vivienda tiene las condiciones más rígidas y para un local o uso distinto de vivienda tienes libre pacto prácticamente para todo), muchos ejemplos como te digo te podría poner, es mi día a día.

Lo de la abuelita que cuentas conozco muchos casos, pero al revés, Señoras que tienen la pequeña inversión del piso, un complemento a su pensión y los arrendatarios que se aprovechan de su ignorancia, documentación falsa (he visto cuentas bancarias, contratos, nóminas y hasta DNIs falsificados, hay verdaderos profesionales) y demás, y una vez dentro échalos ¿donde tiene mayor poder aquí el arrendador?.

Hablando de documentación; ahora con el COVID se hace mucho movimiento de trasferencias y muchos incautos entregan la posesión antes de recibir el dinero, que esto ya es lo de menos, porque tampoco se han asegurado de quien es el arrendatario, pero han entregado una posesión y los muy gilipollas no han recibido ni un euro.

Hoy me ha llamado un cliente arrendador diciendo que tras un contrato de 5 años (Ley antigua) su prórroga tácita de 3 años y uno más, le ha dicho al arrendatario que su hija lo necesita (con el preaviso de 3 meses, que es 1 por Ley, para mí insuficiente, con la Ley actual son 2 sino me equivoco) y el "buen" inquilino le ha dicho que no le interesa irse ahora, que se alquile ella un piso. Pues ahora le toca padecer y estar pendiente si el hijo puta dejará el piso en la fecha convenida y haber que hace su hija etc... ¿que haces en ese caso?, ¿denunciarlo? ponte a la cola... ¿la fianza? es una mierda un mes (hablamos de un alquiler que no le ha subido en los 8-9 años de 650€) tu dices que no debería existir la fianza, que con informes bastaría, así es como se cargarían el mercado del alquiler... pa flipar.

La Ley se ve todos los días en prensa, protege más al inquilino de forma que si te plantean una negociación lo primero que hacen es no pagarte y juegan con eso, te acojonas y te toca ceder. Casos del COVID, he visto de todo, pero lo más frecuente es que el inquilino te pida una rebaja (por motivos justificados de ERTE y demás) y el propietario sin tener obligación han bajado la renta, otros no, pero hay quien baja sin tener obligación. Los años que ha subido más el nivel de vida que el IPC no conozco a NINGÚN inquilino que se haya dispuesto a pagar más de renta. Otra picaresca es decir que como todo va mal, que en lugar de 700 pago 600 y ya veremos el año que viene, no, ponemos que esto vale 700 y me pagas este año 600 y ya veremos el año que viene, es muy distinto.

TODOS los días te podría contar películas que pasan por ahí.

Abusos he visto por las dos partes, pero muchos más por los arrendatarios. Los "abusos" clásicos de un propietario son; exigir más tiempo de obligado cumplimiento (dos años por ejemplo), o lo que has dicho de 1 año y después vemos (eso me lo han planteado hoy y mi respuesta es que no, que es ilegal, además, si el inquilino es un sinvergüenza te da igual que esté 3 meses que 1 año que 10), otro conflicto es que no te quiera arreglar algo que le corresponda al arrendador (que hay que cambiar la caldera por su antigüedad por ejemplo; ojo, ahí también hay picaresca por el inquilino y quiere que el arrendador le tenga el piso impecable y revisado y eso tampoco es; cisternas de wáter o persianas cuando llevan 2-3 años por ejemplo, las pequeñas reparaciones son del inquilino) y poco más. Pero en estas cosas el inquilino es el que tiene la sartén por el mango; con el tiempo mínimo me voy y punto, que me reclame, o si me limita a un año que me saque después (son clausulas nulas, un juez nunca le va a dar la razón a un arrendador por mucho que haya firmado el inquilino), lo de los arreglos lo hago yo y se lo descuento de la renta y que me reclame.

La mejor fianza no es tener un mes de renta del arrendatario, es tener la posesión de una vivienda de 100-200.000€ del arrendador, esa es la mejor fianza :wink: :wink: :wink: que te la revientan y no hay fianza que valga.

Lo mejor es tener un buen profesional y consultarle antes de meter la pata :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: .

Saludos,

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Re: Euribor

Mensajepor Hoplon » 28 Ago 2020 10:03

Para ver quién tiene mejor posición en la relación arrendaticia, lo suyo es ver quién tiene mas que perder.

¿Qué pierde el inquilino? en el peor de los casos, que tiene que mudarse. Y si deja una deuda, lo cual no es en rigor "perder", pues son cantidades que se deben por el uso del piso, las leyes españolas, siempre protectoras del deudor, ya se cuidan de que no se embargue el salario mínimo, y de que si dobla dicho salario, solo se embargue el 15 %, que sube al 30 % cuando lo triplica.

¿Qué pierde el casero? si un desahucio dura un año, miles de euros: si tiene hipoteca y no la puede pagar, pues puede perder el piso entero.

Y eso si no hay daños, tengo una sentencia de la AP de Madrid, sala de lo penal, que dice que un inquilino que causó destrozos en un piso valorados en 50.000 € no ha cometido delito.

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Re: Euribor

Mensajepor Vicente » 28 Ago 2020 10:29

Insostenible, creo que vendría bien una gran Pandemia... ahí lo dejo :shock: :shock: :shock: pero seguimos mirando a otro lado.

El envejecimiento de la población bate récord: hay 125 jubilados por cada 100 menores de 16 años
En el último año se ha producido el mayor repunte del envejicimiento desde 2014, según la Fundación Adecco


https://www.idealista.com/news/finanzas/laboral/2020/08/27/786845-el-envejecimiento-de-la-poblacion-bate-record-hay-125-jubilados-por-cada-100-menores-de#xts=582065&xtor=EPR-1059-%5Bnews_daily_20200827%5D-20200827-%5Bm-03-titular-node_786845%5D-2776913@3

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Re: Euribor

Mensajepor alvaro95 » 28 Ago 2020 11:02

Vicente escribió:Insostenible, creo que vendría bien una gran Pandemia... ahí lo dejo :shock: :shock: :shock: pero seguimos mirando a otro lado.

El envejecimiento de la población bate récord: hay 125 jubilados por cada 100 menores de 16 años
En el último año se ha producido el mayor repunte del envejicimiento desde 2014, según la Fundación Adecco


https://www.idealista.com/news/finanzas/laboral/2020/08/27/786845-el-envejecimiento-de-la-poblacion-bate-record-hay-125-jubilados-por-cada-100-menores-de#xts=582065&xtor=EPR-1059-%5Bnews_daily_20200827%5D-20200827-%5Bm-03-titular-node_786845%5D-2776913@3

Por supuesto no es nada que esté en la agenda política de nadie. Y poco se dice que 2019 en España ha sido el año con menos nacimiento desde 1941 en plena posguerra dura. La idea es poco a poco sisitituir la población autóctona. No hay políticas natalistas en este país por parte de ningún partido y no se las espera. Pensiones? sostenidas por quién? Es para coger palomitas y esperar que empiece el espectáculo de los años que están por venir
si vis pacem para bellum
Socio de ANARMA


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