Fichero de Titularidades Financieras sin la previa autorización judicial o del Ministerio Fiscal.
Publicado: 11 Ago 2022 10:10
Hola.
Antes:
Fichero de Titularidades Financieras.
Con ocasión de la investigación de delitos relacionados con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, podrán acceder al FTF los órganos jurisdiccionales con competencias en la investigación de estos delitos y el Ministerio Fiscal. Previa autorización judicial o del Ministerio Fiscal, podrán acceder a los datos declarados en el FTF los organismos autorizados en la citada Ley.
https://www.sepblac.es/es/fichero-de-titularidades-financieras-ftf/definicion-y-normativa/
Ahora:
Organismo de recuperación de activos.
Acceso directo sin autorización judicial.
a) Los Jueces y Tribunales del orden jurisdiccional penal.
b) El Ministerio Fiscal.
c) La Fiscalía Europea en el ámbito de sus competencias.
d) Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
e) Las Policías Autonómicas con competencias estatutariamente asumidas para la
investigación de delitos graves.
f) La Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria.
g) La Oficina de Gestión y Recuperación de Activos del Ministerio de Justicia y las
oficinas de recuperación de activos designadas por España de conformidad con la Decisión
200/845/JAI, de 6 de diciembre de 2007.
https://www.boe.es/buscar/pdf/2022/BOE-A-2022-12644-consolidado.pdf
Los derechos y las libertades garantizados por las constituciones de las democracias liberales son variados, pero normalmente incluyen gran parte de los siguientes derechos: a un debido proceso, a la intimidad, a la propiedad privada y a la igualdad ante la ley, así como las libertades de expresión, asociación y culto. En las democracias liberales esos derechos (a veces conocidos como "derechos fundamentales") suelen estar regulados bien constitucionalmente o bien mediante la ley.
Antes:
Fichero de Titularidades Financieras.
Con ocasión de la investigación de delitos relacionados con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, podrán acceder al FTF los órganos jurisdiccionales con competencias en la investigación de estos delitos y el Ministerio Fiscal. Previa autorización judicial o del Ministerio Fiscal, podrán acceder a los datos declarados en el FTF los organismos autorizados en la citada Ley.
https://www.sepblac.es/es/fichero-de-titularidades-financieras-ftf/definicion-y-normativa/
Ahora:
Organismo de recuperación de activos.
Acceso directo sin autorización judicial.
a) Los Jueces y Tribunales del orden jurisdiccional penal.
b) El Ministerio Fiscal.
c) La Fiscalía Europea en el ámbito de sus competencias.
d) Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
e) Las Policías Autonómicas con competencias estatutariamente asumidas para la
investigación de delitos graves.
f) La Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria.
g) La Oficina de Gestión y Recuperación de Activos del Ministerio de Justicia y las
oficinas de recuperación de activos designadas por España de conformidad con la Decisión
200/845/JAI, de 6 de diciembre de 2007.
https://www.boe.es/buscar/pdf/2022/BOE-A-2022-12644-consolidado.pdf
Los derechos y las libertades garantizados por las constituciones de las democracias liberales son variados, pero normalmente incluyen gran parte de los siguientes derechos: a un debido proceso, a la intimidad, a la propiedad privada y a la igualdad ante la ley, así como las libertades de expresión, asociación y culto. En las democracias liberales esos derechos (a veces conocidos como "derechos fundamentales") suelen estar regulados bien constitucionalmente o bien mediante la ley.