¿Hasta donde llega la estupidez humana? Posible multa 30050€

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Re: ¿Hasta donde llega la estupidez humana? Posible multa 30

Mensajepor Cabo_Tito » 20 Nov 2014 15:18

La leche!, entonces: Gato, el hierro del gato, una cruz de esas para aflojar tornillos de las ruedas, el destornillador, la llave inglesa pequeñita (para bateria) .... ¿Para que coño me obligan a llevar rueda de repuesto si no puedo cambiarla "al vuelo" cuando haga falta?

O "la teorica" ha cambiado o "Arma" sigue siendo todo lo que puedes coger, arrojar, o usar para agredir o defenderte (cinturones de seguridad y cordones de zapatos/botas incluidos).
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Re: ¿Hasta donde llega la estupidez humana? Posible multa 30

Mensajepor PA_Willy » 20 Nov 2014 15:28

Hooke escribió:
Cabo_Tito escribió:Esto me ha hecho recordar que en mi guantera llevo un destornillador (creo que de estrella) y una llave inglesa de esas pequeñas ... para urgencias (cambio de bateria y chapuzas que se puedan presentar en mi coche en un momento determinado ...) y ahora tengo la duda... ¿sera legal o me pueden crujir por ser precavido? Porque ya no sabe uno a que atenerse.


Mi cabo......

Definición de "arma prohibida" en el Reglamento de Armas.

Epígrafe h)

"---------así como cualesquiera otros instrumentos especialmente peligrosos para la integridad física de las personas".


Es decir, que si la Autoridad considera que tu desornillador, o una llave de ruedas, o una barra anti-robo pueden ser "instrumentos especialmente peligrosos para la integridad física de las personas", (como evidentemente pueden serlo en malas manos), te pueden calzar una falta o delito o lo que sea de tenencia de arma prohibida.

A ésto es a lo que me refiero cuando hablo de la arbitrariedad del Reglamento.


No. Y no.

Especialmente peligrosos del art. 4 h) se refiere a asimilados a los anteriores del epígrafe h (llaves de pugilato, rompecabezas... ) Esos son "especialmente peligrosos" porque han sido diseñados con el fin de causar lesiones y no tienen otro uso.

Cuando se quiere intervenir otro tipo de instrumentos como destornilladores, llaves inglesas, etc, no podemos hacerlo por el 4. h) sino por el art. 18 de la LOPSC. Y aunque permite la incautación, no habilita a sancionar, al no ser armas prohibidas del art. 4 del RA.

No inventemos por favor. Que discrecionalidad habrá, pero no hasta ese punto.

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Re: ¿Hasta donde llega la estupidez humana? Posible multa 30

Mensajepor Hooke » 20 Nov 2014 15:34

Me alegra que la "costumbre" haga que las FCSE (a las que tengo en muy alta estima) interpreten los reglamentos de manera racional.

Pero el Reglamento dice lo que dice ("así como cualesquiera otros instrumentos...."). Seguro que hay jurisprudencia y "know how" dentro de las FCSE para interpretar dicho artículo como comenta el compañero. De lo que me alegro.

Pero, leches, que lo redacten bien y pongan ("así como cualesquiera otros instrumentos ASIMILADOS A LOS ANTERIORES....", así no estaremos al albur de una buena interpretación, sino de una lectura literal de la Ley.
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Re: ¿Hasta donde llega la estupidez humana? Posible multa 30

Mensajepor fonfua » 20 Nov 2014 15:38

:shock: pues si me paran a mi,... Que llevo a menudo el motosierra, la hoz y alguna azada me meten preso.
Cierto que cuando voy "equipao" no suelo ir por la ciudad pero algo de carretera si tengo que pisar.
Saludos

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Re: ¿Hasta donde llega la estupidez humana? Posible multa 30

Mensajepor PA_Willy » 20 Nov 2014 15:42

Hooke escribió:Pero el Reglamento dice lo que dice ("así como cualesquiera otros instrumentos...."). Seguro que hay jurisprudencia y "know how" dentro de las FCSE para interpretar dicho artículo como comenta el compañero. De lo que me alegro.

Pero, leches, que lo redacten bien y pongan ("así como cualesquiera otros instrumentos ASIMILADOS A LOS ANTERIORES....", así no estaremos al albur de una buena interpretación, sino de una lectura literal de la Ley.


Yo soy el primero que creo que el RA es lamentable.

Pero la inseguridad jurídica que aquí se defiende es en muchos casos puro mito.

Para empezar el Agente que interviene el material no sanciona. Sólo emite un acta de propuesta de posible sanción y de intervención del material. Ese acta va a la Delegación o Subdelegación del Gobierno, a la sección de Infracciones Administrativas. Y es allí donde se decide si abrir o no expediente sancionador, archivar la propuesta directamente o aplicarla en toda su extensión por el límite máximo legal (o todas las graduaciones intermedias).

Como digo, el Agente no decide. Sólo propone. Tanto la sanción como la resolución del recurso en su caso compete a la Delegación del Gobierno.

Así que, incluso si el Agente es un cazurro que no sabe lo que hace, siempre será un negociado de la Delegación del Gobierno quien tiene la penúltima palabra, contra la que incluso cabe recurso administrativo.

Y además, contra la desestimación del recurso cabe acudir a los tribunales de lo contencioso administrativo.

A veces describimos nuestro país como si fuera África o Venezuela. Pero a pesar de que alguno no quiera verlo, es un Estado de Derecho donde al menos, no hay indefensión. Y los agentes de las FCS no son dioses ni jueces.

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Re: ¿Hasta donde llega la estupidez humana? Posible multa 30

Mensajepor Cabo_Tito » 20 Nov 2014 15:44

fonfua escribió::shock: pues si me paran a mi,... Que llevo a menudo el motosierra, la hoz y alguna azada me meten preso.
Cierto que cuando voy "equipao" no suelo ir por la ciudad pero algo de carretera si tengo que pisar.
Saludos


Cuando te pillen avisa de a que presidio te han mandado, para ir a charlar y fumar algun tabaco .... de paso te dejamos algunas cajetillas, que dicen que se usa como dinero.¡Ufffff!, motosierra, hoz, si el que te detiene ha visto la noche anterior "La matanza de Texas" tas vendio!
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Re: ¿Hasta donde llega la estupidez humana? Posible multa 30

Mensajepor Hooke » 20 Nov 2014 15:58

PA_Willy escribió:
Hooke escribió:Pero el Reglamento dice lo que dice ("así como cualesquiera otros instrumentos...."). Seguro que hay jurisprudencia y "know how" dentro de las FCSE para interpretar dicho artículo como comenta el compañero. De lo que me alegro.

Pero, leches, que lo redacten bien y pongan ("así como cualesquiera otros instrumentos ASIMILADOS A LOS ANTERIORES....", así no estaremos al albur de una buena interpretación, sino de una lectura literal de la Ley.


Yo soy el primero que creo que el RA es lamentable.

Pero la inseguridad jurídica que aquí se defiende es en muchos casos puro mito.

Para empezar el Agente que interviene el material no sanciona. Sólo emite un acta de propuesta de posible sanción y de intervención del material. Ese acta va a la Delegación o Subdelegación del Gobierno, a la sección de Infracciones Administrativas. Y es allí donde se decide si abrir o no expediente sancionador, archivar la propuesta directamente o aplicarla en toda su extensión por el límite máximo legal (o todas las graduaciones intermedias).

Como digo, el Agente no decide. Sólo propone. Tanto la sanción como la resolución del recurso en su caso compete a la Delegación del Gobierno.

Así que, incluso si el Agente es un cazurro que no sabe lo que hace, siempre será un negociado de la Delegación del Gobierno quien tiene la penúltima palabra, contra la que incluso cabe recurso administrativo.

Y además, contra la desestimación del recurso cabe acudir a los tribunales de lo contencioso administrativo.

A veces describimos nuestro país como si fuera África o Venezuela. Pero a pesar de que alguno no quiera verlo, es un Estado de Derecho donde al menos, no hay indefensión. Y los agentes de las FCS no son dioses ni jueces.



Ya. De nuevo. Suscribo todo lo que dices De hecho me estoy pegando en otro hilo del foro defendiendo que éste es un país bastante serio, ante los que piensan que los proyectos industriales se deciden entre langostas y puti-clubs.

Pero no quita para que el fondo de la cuestión sea cierto. Que no debemos estar al albur de cómo pillemos al Delegado del Gobierno o si podemos permitirnos o nó un Contencioso-Administrativo. Que muchísimos Reglamentos (el de Armas es paradigmático, pero tengo mucha experiencia en Reglamentos Técnicos y hay cosas que son de traca) dejan amplísimos huecos abiertos a la interpretación y a pillar al juez con un buen día. Y eso no debe ser así.
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Re: ¿Hasta donde llega la estupidez humana? Posible multa 30

Mensajepor VBull » 20 Nov 2014 16:14

fonfua escribió::shock: pues si me paran a mi,... Que llevo a menudo el motosierra, la hoz y alguna azada me meten preso.
Cierto que cuando voy "equipao" no suelo ir por la ciudad pero algo de carretera si tengo que pisar.
Saludos

Ja ja, preso, acabarás preso sin duda alguna. Me voy un fin de semana de caza, me pide uno del pueblo que le acerque la motosierra a fulanito, y voy yo tonto de mí y se la acerco al monte ... pero antes de llegar a destino, en medio del monte me para el Seprona ¿ande va usted? ¿me abre el portón trasero? ¿es suya la motosierra? ¿qué va a cortar? ah! que no va a cortar nada, bueno pues alguien en algún sitio va a cortar algo así que multa. ¡Con dos cojones! les dije, ¡porque podemos! me respondieron.
Lo cierto es que ni firmé el boletín de denuncia ni nunca más supe del asunto, pero el chasco no me lo quita nadie.
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Re: ¿Hasta donde llega la estupidez humana? Posible multa 30

Mensajepor greyghost » 20 Nov 2014 16:51

Pues yo no me cachodearia mucho con el tema de las hoces y las moto-sierras, por esperpéntico que pueda parecer, mas de un conductor ha sido parado y sancionado por llevar herramientas agrícolas en el maletero del coche, cosa que podría ser sospechosa si se tratara de un lamborgini en Marbella, pero estamos hablando de vehículos populares en un entorno rural.
Como bien decís, la principal culpa de esto es el infecto reglamento, el cual deja a manos de los agentes su interpretación, y todos sabemos que en todas las profesiones hay hijos de su madre, los cuales por su carácter, o cuando tienen un día cruzado, emplean al prójimo para desahogarse.

En cuanto al caso de los tirachinas, la verdad es que al leer la segunda noticia da que pensar, es raro pero no imposible transportar dichos tiradores en un vehículo, pero si a eso le sumamos lo del grupo de extrema izquierda violento, el violento uso de los tiradores que estos grupos hacen, ojito que no es ninguna broma, el IRA utilizaba tirachinas y bolas de acero en sus enfrentamientos con la policía británica, pues sabían que era un instrumento que en manos habiles puede facilmente matar. Todo ello sumado al tonillo retador del propio conductor hacia los agentes (nada hay mas agradecido y barato que tratar a la gente con educación), seguramente discutiríamos la cantidad de la sanción pero no la sanción en si misma.

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Re: ¿Hasta donde llega la estupidez humana? Posible multa 30

Mensajepor furas » 20 Nov 2014 18:26

Pues mi vara de caza lleva un forcao.

A donde vamos a llegar.
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Re: ¿Hasta donde llega la estupidez humana? Posible multa 30

Mensajepor Nyati » 20 Nov 2014 19:04

Las herramientas en aconsejable llevarlas en una caja, en el maletero, y no en la guantera.

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Re: ¿Hasta donde llega la estupidez humana? Posible multa 30

Mensajepor piedrafita » 20 Nov 2014 19:58

Interesantes argumentos los que esgrimen algunos.O sea que por tener según que ideología política de mano quedas marcado y automáticamente eres culpable.Entonces se puede deducir que todos los afiliados del PP y del PSOE son ladrones y corruptos... O que todos los Guardias Civiles abusan de su autoridad y trafican con droga...O que todos los policías nacionales pasan información a ETA...O que todos los jueces prevarican...O que todos los curas son pederastas...y así un largo etc.Si el individuo en cuestión no colaboró con los agentes o en algún momento les faltó al respeto seguramente tengan mecanismos con los que poder denunciarle. A ver si en nuestra tan cacareada democracia no se va a poder pensar distinto a la mayoría..

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Re: ¿Hasta donde llega la estupidez humana? Posible multa 30

Mensajepor tsman » 20 Nov 2014 20:34

Hay que pelear hasta el final, solo asi se pondran las pilas.

Hace muchos años se me escapo un perrillo que tenia de unos 1.5kg. , lo cogió la perrera, lo recuperé y me llego una multa de 30.000 pelas de hace 20 años por 'perro peligroso suelto'.

Total que me toco las narices y me puse a pelear. Lo primero que llama la aatt es que me pusieran el tope de multa , de 500 a 30.000 ( creo recordar) , consideraban que mi caso era el mas grave, lo 2ª es quue me envíen la carta de un perro que no tenia microschip. Y que no constaba oficialmente a mi nombre.

Un circo, en definitiva que me enrollo, al final todo se quedo en agua de borrajas y un funcionario preocupado por una posible denuncia por prevaricación.

Hasta que no los llevemos a juicio y un juez no dictamine que es un tirachinas perfeccionado , que se considera un tirachinas de juguete y que un tirachinas de cacería estamos jodido.

Pero vamos, que esas 30K no las va a pagar eso lo tengo claro.
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Re: ¿Hasta donde llega la estupidez humana? Posible multa 30

Mensajepor VBull » 20 Nov 2014 21:07

piedrafita escribió:Interesantes argumentos los que esgrimen algunos.O sea que por tener según que ideología política de mano quedas marcado y automáticamente eres culpable.Entonces se puede deducir que todos los afiliados del PP y del PSOE son ladrones y corruptos... O que todos los Guardias Civiles abusan de su autoridad y trafican con droga...O que todos los policías nacionales pasan información a ETA...O que todos los jueces prevarican...O que todos los curas son pederastas...y así un largo etc.Si el individuo en cuestión no colaboró con los agentes o en algún momento les faltó al respeto seguramente tengan mecanismos con los que poder denunciarle. A ver si en nuestra tan cacareada democracia no se va a poder pensar distinto a la mayoría..

Ja ja, buena línea de argumentación, seguro que debe haber por ahí miles si no millones de hombres dignos, seguro que los hay, pero a que tu nos los conoces, a que no eres capaz de hacer una lista con tres nombres de cada gremio de los mencionados y que estén todos limpios de polvo y paja, tanto como para apostar todo tu patrimonio en el envite. Y no vale a toro pasado excusarse a lo Espe con un yo no sabía yo no podía imaginar.
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Re: ¿Hasta donde llega la estupidez humana? Posible multa 30

Mensajepor MasokoTanga » 20 Nov 2014 22:07

" Martínez asegura que en ningún momento les faltó al respecto a los agentes, pero parece que no les gustó demasiado que al preguntarle que si alguna vez había estado detenido o llevaba algo ilegal les contestara: "No sé, busque usted. Haga su trabajo". Fue cuando le levantaron un acta, que se negó a firmar, por llevar los dos gomeros, uno sin gomas."
Hombreeeeeeee, coñoooo, ejqueeeeeeeeee!!!
Debía haberles respondido que la fragotena era robada, que el cadáver de atrás era de un advenedizo gitano de la Cañada esa y que los tira-chinas eran para fomentar la Cámara oficial de Comercio en Changai... :mrgreen:
Ahora en serio: "cuando el Diablo de aburre..."
..."tiré una granada y me cargué 30 tí­os; después estalló la puta granada"...

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Re: ¿Hasta donde llega la estupidez humana? Posible multa 30

Mensajepor POPEGC » 20 Nov 2014 22:40

Como siempre solo conocemos una parte implicada.
Sin conocer a este individuo, pero conociendo la ley, si te clavan la máxima cantidad económica es que eres reincidente o como dice el yoyas, casi seguro que multireincidente ( esto se cumple el 90% de las veces).
Me hace gracia lo de la denuncia de estacionamiento, que lo estudiarán dice,claro como son 16 ( creo recordar) del grupo este, a ver si cuela. Si yo aparco mal la pago y punto.

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Re: ¿Hasta donde llega la estupidez humana? Posible multa 30

Mensajepor robertml » 20 Nov 2014 23:53

PA_Willy escribió:Cuando se quiere intervenir otro tipo de instrumentos como destornilladores, llaves inglesas, etc, no podemos hacerlo por el 4. h) sino por el art. 18 de la LOPSC. Y aunque permite la incautación, no habilita a sancionar, al no ser armas prohibidas del art. 4 del RA.


Hablo desde el desconocimiento... una navaja de menos de 11 cm no es un arma prohibida, en caso de que la encuentren en un vehículo durante un control que sería entonces, incautación sin sanción?

Lo que se incauta luego se puede recuperar?
--
Saludos.

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Re: ¿Hasta donde llega la estupidez humana? Posible multa 30

Mensajepor PA_Willy » 21 Nov 2014 00:12

robertml escribió:
PA_Willy escribió:Cuando se quiere intervenir otro tipo de instrumentos como destornilladores, llaves inglesas, etc, no podemos hacerlo por el 4. h) sino por el art. 18 de la LOPSC. Y aunque permite la incautación, no habilita a sancionar, al no ser armas prohibidas del art. 4 del RA.


Hablo desde el desconocimiento... una navaja de menos de 11 cm no es un arma prohibida, en caso de que la encuentren en un vehículo durante un control que sería entonces, incautación sin sanción?

Lo que se incauta luego se puede recuperar?


En principio, lo correcto y lo que pasa el 90% de las veces al menos en lo que yo conozco, es que esa navaja ni se propone para sanción ni se interviene, al ser inferior a 11cm. Prácticamente todo el mundo tiene una navajita para almuerzos, tareas de pela-cables, etc, etc. Normalmente no se intervienen salvo que haya alguna causa más que lo aconseje, por ejemplo haber participado en una pelea previa (aunque no la hayas mostrado), ester incurso en alguna denuncia de amenazas o violencia de género, estar en una manifestación con riesgo de altercados... Etc, etc.

En todo caso, al no ser arma prohibida se puede intervenir (por ejemplo por el art.18 de la LOPSC) pero no procede propuesta de sanción como arma prohibida al no serlo. La navaja se deposita en la Comisaría o Cuartel y no se remite a ningún sitio entre otras cosas porque ni ha participado en un delito/falta, ni se ha denunciado administrativamente. En el CNP, en los destinos que he conocido, se almacenan junto a la copia del acta de intervención.

Todas estas navajas legales, pueden ser recuperadas a posteriori por el propietario. Para ello tendrá que poder identificarse y se recomienda acudir con la copia del acta de intervención.

Ese es el procedimiento en el 90% de las ocasiones. A veces hay errores (de medida, por ejemplo) o fallos del Agente en cuanto al artículo que se hace constar o en la causa de la intervención. Se supone que en esos casos, la unidad administrativa de la Comisaría o Cuartel (en mi caso la Secretaría de Seguridad Ciudadana), que es la que tiene que realizar el oficio de remisión a la Delegación/Subdelegación del Gobierno, vuelve a comprobar si procede la remisión de la propuesta o no, o si hay algún defecto de forma en el boletín, como por ejemplo falta de datos de filiación o inconcreción en el artículo sancionado.

Como veis, es un procedimiento administrativo completo.

Cuando la propuesta llega a la Delegación del Gobierno, si estima que no procede a pesar de lo narrado por el Agente, también puede archivarse la denuncia o recalificarse. Y en caso de que proceda, la Delegación establece la cuantía entre la mínima y la máxima teniendo presente cosas como la reincidencia, algún incidente añadido con otro sujeto o con los Agentes, etc.

Contra la sanción de la Delegación cabe recurso administrativo. Y si no se estima (desestimación), aún cabe recurso contencioso administrativo.


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