fierabras escribió:Esto ya se vivió hace tres o cuatro años cuando se sacaron de la manga lo de la AER y las réplicas de armas del Oeste de cartucho metálico dejaron de estar amparadas en la AE. Cuando vas a renovar o te adaptas a las nuevas condiciones o se quedan depostidas las armas en la IA.No hay retroactividad que valga.
El texto lo dice muy claro:
Las armas automáticas transformadas en armas semiautomáticas autorizadas con anterioridad a
la entrada en vigor de este real decreto, continuarán amparadas mediante la licencia que fue concedida en su momento mientras no sean enajenadas a particulares, en cuyo caso se procederá a su previa inutilización. Finalizada la vigencia de la licencia del titular de las armas, éstas podrán ser enajenadas a museos u organismos con finalidad cultural histórica o artística en materia de armas autorizados, documentadas mediante el correspondiente certificado de inutilización o depositadas en la Intervención de Armas y Explosivos para su destrucción.
y si alguien duda sobre el término "vigencia", si se refiere a cuando caduca o si es de por vida, estos textos lo aclaran:
Cuarenta y seis. El apartado 6 y el nuevo apartado 7 al artículo 99 del Reglamento de Armas
quedan redactados del siguiente modo:
“6. Estas licencias tendrán cinco años de validez, al cabo de los cuales, para poder usar las armas
autorizadas con ellas, habrán de solicitarse nuevas licencias en la misma forma que las anteriores.
Cincuenta. El artículo 103 del Reglamento de Armas queda redactado del siguiente modo:
“Artículo 103.Cuando los titulares de licencias de armas próximas a caducar soliciten su nueva concesión, .....
Vamos, que cuando caduca la licencia deja de estar vigente y pides una nueva ...
Es lo que han hecho en Francia para retirar las armas que han pasado a A.
Las dejas tener hasta que caduque la licencia del interesado, luego hay que entregarlas porque no es renovable.