LESAKO escribió:Creo que el reglamento de fuego cetral fija limites inferior y superior al calibre de los proyectiles, corregidme si me equivoco, creo que 7'65mm inferior y 9'6mm superior. todo lo que hay en medio es legal.
El .357" es un 9'06mm si recalibras a .357" (9'11 si recalibras a .359" que sería el máximo), por tanto está incluido dentro del rango en cualquier caso.
Otra limitación es la de la munición magnum de algunas galerías, pero se refieren a la potencia magnum (que no es una definción legal sino comercial), pero los .357WC no van cargados a alta potencia, todo lo contrario, son muy suaves (algo menos que el 38WC pero apenas apreciable)
El reglamento de Fuego Central es internacional y, que yo sepa, no limita el uso de revolveres del 357Mg (corregidme si me equivoco, por favor)
Lamento corregirte, aunque sea absurdo que se haga, es así.
La realidad es que en la práctica, en cualquier competición oficial, el control de armas elimina directamente cualquier arma del .357 Mag. por la aplicación de las observaciones de la "tabla de fuego central" a que hace referencia el reglamento técnico.
Si bien es cierto que el calibre cumple, las observaciones citan textualmente: "La munición de alta potencia y tipo magnum no estará permitida"
Ese "tipo" se interpreta directamente como cartucho 357 pues, para comprobar ese cartucho que llevas, sea wc o no, necesitarían un equipo que no tienen, así que directamente se elimina o te descalifican si te pillan.
Esto viene siendo lo que hay, otra cosa es que a veces cuele o se haga la vista gorda pero, si hay control de armas, va a ser que no.
saludos,