COMUNICACION DE CELEBRACION DE MONTERIA A COLINDANTES
Publicado: 23 Oct 2020 10:38
Buenos dias compañeros.
Abro este tema a ver si gente que haya tenido experiencias similares o los letrados, que algunos hay por aquí, me podeis ayudar en estas dos consultas:
PRIMERA: Segun dispone el Reglamento de Caza de Andalucía, cuando se celebra una monteria, el organizador de la misma tiene obligación de comunicarlo a los titulares de terrenos linderos con la mancha a batir, sean cinegeticos o no, con dos dias de antelación. Para eso hay un modelo con el recibi para firma incorporado.
Se nos ha dado en caso en nuestra sociedad de cazadores, que organizamos algunas monterias y batidas, que algun lindero se niega a firmar el documento. Entonces, s i hay algun problema, (lo mas usual, perros que saltan la linde y puedan atacar al ganado) no tenemos forma de demostrar que esta avisado.
Si, ya se que existe el burofax y hasta que nos acompañe un notario si queremos, pero muchas veces por la premura y otras por no andar con estos lios, la mayoría de las veces le hacemos una foto al documento y se la hacemos llegar por wasap, si lo tiene. En otros casos comunicamos verbalmente y ya esta. El resultado es el mismo, queda a la buena fe del vecino no meternos en un lio si pasa algo, pues en realidad no podemos demostrar fehacientemente que le hemos comunicado la celebración de la montería. A ver como solucionais vosotros este tema, que seguro se da en mas ocasiones de las que seria deseable.
SEGUNDA CONSULTA:
Caso opuesto. Es decir, soy propietario de una finca con ganado y un dia veo que se esta celebrando una monteria en el coto del lado y no me han avisado. ¿Que pasa entonces?. ¿Puedo parar la montería, justificando que hay ganado suelto y los perros pueden atacarle? ¿Llamo al Seprona? ¿corro a recoger el ganado y rezar para que ya no sea tarde? ¿Me aguanto y no hago nada, pensando que el año que viene a lo mejor ese coto lo tiene otra gente con mas luces?. En fin, lo mismo, a ver que os parece.
Saludos y gracias como siempre por vuestras aportaciones..
Abro este tema a ver si gente que haya tenido experiencias similares o los letrados, que algunos hay por aquí, me podeis ayudar en estas dos consultas:
PRIMERA: Segun dispone el Reglamento de Caza de Andalucía, cuando se celebra una monteria, el organizador de la misma tiene obligación de comunicarlo a los titulares de terrenos linderos con la mancha a batir, sean cinegeticos o no, con dos dias de antelación. Para eso hay un modelo con el recibi para firma incorporado.
Se nos ha dado en caso en nuestra sociedad de cazadores, que organizamos algunas monterias y batidas, que algun lindero se niega a firmar el documento. Entonces, s i hay algun problema, (lo mas usual, perros que saltan la linde y puedan atacar al ganado) no tenemos forma de demostrar que esta avisado.
Si, ya se que existe el burofax y hasta que nos acompañe un notario si queremos, pero muchas veces por la premura y otras por no andar con estos lios, la mayoría de las veces le hacemos una foto al documento y se la hacemos llegar por wasap, si lo tiene. En otros casos comunicamos verbalmente y ya esta. El resultado es el mismo, queda a la buena fe del vecino no meternos en un lio si pasa algo, pues en realidad no podemos demostrar fehacientemente que le hemos comunicado la celebración de la montería. A ver como solucionais vosotros este tema, que seguro se da en mas ocasiones de las que seria deseable.
SEGUNDA CONSULTA:
Caso opuesto. Es decir, soy propietario de una finca con ganado y un dia veo que se esta celebrando una monteria en el coto del lado y no me han avisado. ¿Que pasa entonces?. ¿Puedo parar la montería, justificando que hay ganado suelto y los perros pueden atacarle? ¿Llamo al Seprona? ¿corro a recoger el ganado y rezar para que ya no sea tarde? ¿Me aguanto y no hago nada, pensando que el año que viene a lo mejor ese coto lo tiene otra gente con mas luces?. En fin, lo mismo, a ver que os parece.
Saludos y gracias como siempre por vuestras aportaciones..