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Escopetas por licencia

Publicado: 08 Ago 2020 20:12
por Fran621
Hola buenas tardes
Cuantas escopetas ampara una licencia del tipo E ?
:clint:

Re: Escopetas por licencia

Publicado: 09 Ago 2020 00:36
por AngelCalibre16
Artículo 101 del Reglamento de armas.
[...]”Su número no excederá de seis escopetas o de seis armas largas rayadas para tiro deportivo, ni de doce armas en total.“

Saludos.

Re: Escopetas por licencia

Publicado: 09 Ago 2020 00:56
por Pepillo87
A partir de octubre nos limitara mas el armero q la propia licencia

Re: Escopetas por licencia

Publicado: 09 Ago 2020 00:58
por Juabarlo2
Pepillo87 escribió:A partir de octubre nos limitara mas el armero q la propia licencia


¿A qué te refieres?

Re: Escopetas por licencia

Publicado: 09 Ago 2020 01:01
por Juabarlo2
AngelCalibre16 escribió:Artículo 101 del Reglamento de armas.
[...]”Su número no excederá de seis escopetas o de seis armas largas rayadas para tiro deportivo, ni de doce armas en total.“

Saludos.


No lo entiendo. Si la ley dice seis escopetas o seis armas largas rayadas nunca pueden ser un total de 12 porque te dice "o" no "y" creo yo.

Re: Escopetas por licencia

Publicado: 09 Ago 2020 01:27
por Pepillo87
Perdona si estoy confundio, el nuevo reglamento dice que hay que tenerlas bajo llave, segun el que lo lea podra decir que como es un arma en armero o en una taquilla con llave

Re: Escopetas por licencia

Publicado: 09 Ago 2020 02:50
por Chinchu
Juabarlo2 escribió:
AngelCalibre16 escribió:Artículo 101 del Reglamento de armas.
[...]”Su número no excederá de seis escopetas o de seis armas largas rayadas para tiro deportivo, ni de doce armas en total.“

Saludos.


No lo entiendo. Si la ley dice seis escopetas o seis armas largas rayadas nunca pueden ser un total de 12 porque te dice "o" no "y" creo yo.


Queda sobreentendido, "en cada caso".

La E ampara un máximo de 6 de cada.

Re: Escopetas por licencia

Publicado: 09 Ago 2020 03:48
por Chemi _Refogs
Juabarlo2 escribió:
AngelCalibre16 escribió:Artículo 101 del Reglamento de armas.
[...]”Su número no excederá de seis escopetas o de seis armas largas rayadas para tiro deportivo, ni de doce armas en total.“

Saludos.


No lo entiendo. Si la ley dice seis escopetas o seis armas largas rayadas nunca pueden ser un total de 12 porque te dice "o" no "y" creo yo.


Es que además de escopetas y fusiles, puedes tener armas de tipo 7-2 y 7-3.

Ejemplo, según entiendo yo: puedes tener 6 escopetas y 6 (Edito) carabinas en 22LR, por ejemplo. Ok hasta ahí. Pero no podrías tener, además, una ballesta, pues tendrías 13 armas amparadas en esa licencia. Podrías “jubilar” una escopeta y tendrías 6 rifles, 5 escopetas y una ballesta. Total armas en E: 12. Todo ok, pues.

También podrías tener 10 ballestas, un rifle y una escopeta. Total armas en E: 12. Todo ok, también.

EDITO: Pero no puedes tener 8 escopetas y un rifle. Hay menos de 12 armas en total, pero más de seis escopetas... ¿En qué pensaba el legislador? Sólo Dios sabe... :lol: :roll:

La redacción del artículo (y del Reglamento :mrgreen: ) es mejorable.

Espero que ayude.

Saludos cordiales. :birra^:

Re: Escopetas por licencia

Publicado: 09 Ago 2020 09:05
por caton-78
Buenos días compañero.

Vorgrimler escribió:Aquí como cada uno interpreta lo que quiere y cada intervención algo diferente del mismo Reglamento, pues Yo interpretó el bajo llave como dentro de casa con la llave de la puerta de la casa echada y punto.


El problema viene, que si tú no eres la persona encargada de tu intervención de armas, pues no te sirve.

Pues el que decide es el no tú.

Saludos cordiales.

Re: Escopetas por licencia

Publicado: 09 Ago 2020 09:07
por Mate88
Si fuera en armero debería ponerlo claro: ARMERO"X"
Y bajo llave, pues me parece normal.

Re: Escopetas por licencia

Publicado: 09 Ago 2020 10:17
por Chinchu
Chemi _Refogs escribió:
Juabarlo2 escribió:
AngelCalibre16 escribió:Artículo 101 del Reglamento de armas.
[...]”Su número no excederá de seis escopetas o de seis armas largas rayadas para tiro deportivo, ni de doce armas en total.“

Saludos.


No lo entiendo. Si la ley dice seis escopetas o seis armas largas rayadas nunca pueden ser un total de 12 porque te dice "o" no "y" creo yo.


Es que además de escopetas y fusiles, puedes tener armas de tipo 7-2 y 7-3.

Ejemplo, según entiendo yo: puedes tener 6 escopetas y 6 fusiles 308. Ok hasta ahí. Pero no podrías tener, además, una ballesta, pues tendrías 13 armas amparadas en esa licencia. Podrías “jubilar” una escopeta y tendrías 6 rifles, 5 escopetas y una ballesta. Total armas en E: 12. Todo ok, pues.

También podrías tener 10 ballestas, un rifle y una escopeta. Total armas en E: 12. Todo ok, también.

EDITO: Pero no puedes tener 8 escopetas y un rifle. Hay menos de 12 armas en total, pero más de seis escopetas... ¿En qué pensaba el legislador? Sólo Dios sabe... :lol: :roll:

La redacción del artículo (y del Reglamento :mrgreen: ) es mejorable.

Espero que ayude.

Saludos cordiales. :birra^:


Hola,

¿Qué tal aclarar conceptos?

Artículo 96.
d) Los poseedores de armas de las categorías 3.ª y 7.ª, 2 y 3, precisarán licencia de armas E.

Luego en la Licencia E sólo se pueden amparar:

3.ª categoría:

1. Armas de fuego largas rayadas para tipo deportivo, de calibre 5,6 milímetros (.22 americano), de percusión anular, bien sean de un disparo, bien de repetición o semiautomáticas.
2. Escopetas y demás armas de fuego largas de ánima lisa, o que tengan cañón con rayas para facilitar el plomeo, que los bancos de pruebas reconocidos hayan marcado con punzón de escopeta de caza, no incluidas entre las armas de guerra.
3. Armas accionadas por aire u otro gas comprimido, sean lisas o rayadas, siempre que la energía cinética del proyectil en boca exceda de 24,2 julios.

7.ª categoría:

2. Las ballestas.
3. Las armas para lanzar cabos.

Artículo 101.

1. Las armas de las categorías 3.ª y 7.ª, 2 y 3, precisarán una licencia E de armas, que autorizará para poseer, llevar y usar las armas de dichas categorías. Su número no excederá de seis escopetas o de seis armas largas rayadas para tiro deportivo, ni de doce armas en total.


Cuando el Art. 101 dice "Su número no excederá de seis escopetas o de seis armas largas rayadas para tiro deportivo, ni de doce armas en total", significa que del total de 12 armas, que es el máximo guiable con esa licencia en todas las combinaciones posibles que se pueden hacer con esos tipos de armas, no se pueden tener más de 6 escopetas (Cat 3ª,2), ni más de 6 carabinas del .22 (Cat. 3ª,1). (esta es la aplicación que se viene dando durante años, por lo que claramente esa "o" está mal, hubiese bastado una ","))

ejemplo:

6 escopetas + 6 carabinas .22 (12) SI
6 escopetas + 2 ballestas + 4 carabinas .22, (12) SI
5 escopetas + 1 ballesta + 6 carabinas .22, (12) SI
4 escopetas + 2 ballestas + 4 carabinas .22 + 2 carabinas de a.c. de más de 24,2 Julios de energía (12) SI
7 escopetas + 2 ballestas + 3 carabinas .22, (12) NO.
2 escopetas + 2 ballestas + 8 carabinas .22, (12) NO.
5 escopetas + 2 ballestas + 4 carabinas .22 + 2 carabinas de a.c. de más de 24,2 Julios de energía (13) NO

En mi caso, por ejemplo, tengo 6 escopetas y 6 carabinas del 22. Si vendiese una escopeta e intentase guiar una nueva carabina del 22, el sistema informático detectaría que ya tengo 6 carabinas y no lo permitiría; sin embargo sí me dejaría sustituir esa escopeta vendida por una ballesta.

Saludos,

Pd. Los rifles van en otra licencia, la D, y hoy por hoy no tienen limitación de cantidad.

Re: Escopetas por licencia

Publicado: 09 Ago 2020 11:06
por Berenjeno
Chemi _Refogs escribió:
Juabarlo2 escribió:
AngelCalibre16 escribió:Artículo 101 del Reglamento de armas.
[...]”Su número no excederá de seis escopetas o de seis armas largas rayadas para tiro deportivo, ni de doce armas en total.“

Saludos.


No lo entiendo. Si la ley dice seis escopetas o seis armas largas rayadas nunca pueden ser un total de 12 porque te dice "o" no "y" creo yo.


Es que además de escopetas y fusiles, puedes tener armas de tipo 7-2 y 7-3.

Ejemplo, según entiendo yo: puedes tener 6 escopetas y 6 fusiles 308. Ok hasta ahí. Pero no podrías tener, además, una ballesta, pues tendrías 13 armas amparadas en esa licencia. Podrías “jubilar” una escopeta y tendrías 6 rifles, 5 escopetas y una ballesta. Total armas en E: 12. Todo ok, pues.

También podrías tener 10 ballestas, un rifle y una escopeta. Total armas en E: 12. Todo ok, también.

EDITO: Pero no puedes tener 8 escopetas y un rifle. Hay menos de 12 armas en total, pero más de seis escopetas... ¿En qué pensaba el legislador? Sólo Dios sabe... :lol: :roll:

La redacción del artículo (y del Reglamento :mrgreen: ) es mejorable.

Espero que ayude.

Saludos cordiales. :birra^:


Pues has entendido mal. Los rifles en .308 (por citar el calibre que mencionas) se guían con la licencia D no con la E y de momento los únicos límites al número de ellos que puedes tener dependen de:

a) Tu capacidad económica
b) La capacidad de tu/s armero/s
c) Lo que te deje tu parienta.

Re: Escopetas por licencia

Publicado: 09 Ago 2020 12:05
por secretariodelc
Berenjeno escribió:
Chemi _Refogs escribió:
Juabarlo2 escribió:
No lo entiendo. Si la ley dice seis escopetas o seis armas largas rayadas nunca pueden ser un total de 12 porque te dice "o" no "y" creo yo.


Es que además de escopetas y fusiles, puedes tener armas de tipo 7-2 y 7-3.

Ejemplo, según entiendo yo: puedes tener 6 escopetas y 6 fusiles 308. Ok hasta ahí. Pero no podrías tener, además, una ballesta, pues tendrías 13 armas amparadas en esa licencia. Podrías “jubilar” una escopeta y tendrías 6 rifles, 5 escopetas y una ballesta. Total armas en E: 12. Todo ok, pues.

También podrías tener 10 ballestas, un rifle y una escopeta. Total armas en E: 12. Todo ok, también.

EDITO: Pero no puedes tener 8 escopetas y un rifle. Hay menos de 12 armas en total, pero más de seis escopetas... ¿En qué pensaba el legislador? Sólo Dios sabe... :lol: :roll:

La redacción del artículo (y del Reglamento :mrgreen: ) es mejorable.

Espero que ayude.

Saludos cordiales. :birra^:


Pues has entendido mal. Los rifles en .308 (por citar el calibre que mencionas) se guían con la licencia D no con la E y de momento los únicos límites al número de ellos que puedes tener dependen de:

a) Tu capacidad económica
b) La capacidad de tu/s armero/s
c) Lo que te deje tu parienta.


A todo esto, que está bien explicado, hay que añadir que sí eres poseedor de la "F", sí
puedes guiar tanto rifle como escopeta ô carabina .22 en dicha licencia, que no excederá de un
número determinado de armas (cortas o largas) según tú categoría.

10 armas 1ª categoría, 6 sí eres de segunda y solamente una sí eres de tercera.

Re: Escopetas por licencia

Publicado: 09 Ago 2020 13:08
por Chemi _Refogs
Berenjeno escribió:
Chemi _Refogs escribió:
Juabarlo2 escribió:
No lo entiendo. Si la ley dice seis escopetas o seis armas largas rayadas nunca pueden ser un total de 12 porque te dice "o" no "y" creo yo.


Es que además de escopetas y fusiles, puedes tener armas de tipo 7-2 y 7-3.

Ejemplo, según entiendo yo: puedes tener 6 escopetas y 6 fusiles 308. Ok hasta ahí. Pero no podrías tener, además, una ballesta, pues tendrías 13 armas amparadas en esa licencia. Podrías “jubilar” una escopeta y tendrías 6 rifles, 5 escopetas y una ballesta. Total armas en E: 12. Todo ok, pues.

También podrías tener 10 ballestas, un rifle y una escopeta. Total armas en E: 12. Todo ok, también.

EDITO: Pero no puedes tener 8 escopetas y un rifle. Hay menos de 12 armas en total, pero más de seis escopetas... ¿En qué pensaba el legislador? Sólo Dios sabe... :lol: :roll:

La redacción del artículo (y del Reglamento :mrgreen: ) es mejorable.

Espero que ayude.

Saludos cordiales. :birra^:


Pues has entendido mal. Los rifles en .308 (por citar el calibre que mencionas) se guían con la licencia D no con la E y de momento los únicos límites al número de ellos que puedes tener dependen de:

a) Tu capacidad económica
b) La capacidad de tu/s armero/s
c) Lo que te deje tu parienta.


Así es, metedura de pata.

Edito y pongo 22LR.

Por lo que decía “según entiendo “ es por lo de seis armas de cada tipo, que no queda claro por la conjunción disyuntiva “o”.

Gracias por el aviso.

Saludos cordiales.

Re: Escopetas por licencia

Publicado: 09 Ago 2020 13:25
por Chemi _Refogs
Chinchu escribió:
[...]
Cuando el Art. 101 dice "Su número no excederá de seis escopetas o de seis armas largas rayadas para tiro deportivo, ni de doce armas en total", significa que del total de 12 armas, que es el máximo guiable con esa licencia en todas las combinaciones posibles que se pueden hacer con esos tipos de armas, no se pueden tener más de 6 escopetas (Cat 3ª,2), ni más de 6 carabinas del .22 (Cat. 3ª,1). (esta es la aplicación que se viene dando durante años, por lo que claramente esa "o" está mal, hubiese bastado una “,” [...]



Exacto, ese es el problema que podría dar lugar a interpretaciones. Con una coma se arreglaba el asunto.

Y si la experiencia personal del compañero Chinchu lo avala, pues ya está definitivamente claro.

Re: Escopetas por licencia

Publicado: 09 Ago 2020 19:49
por Fran621
Muchas gracias por la rapidas respuestas, ya me ha quedado claro
:rambo:

Re: Escopetas por licencia

Publicado: 09 Ago 2020 20:08
por Juabarlo2
Yo añadiría una cosa sobre el tema de los rifles del cal.22 y es que es una pena que no nos dejen usarlos en el campo para derribar algún lepórido o zorros ya que para el jabalí o venados los veo poca cosa. Esos rifles sólo se pueden usar en campos de tiro para competición lo que hace que mucha gente (incluido yo mismo y me atraen mucho) no los compremos. Una pena.

Saludos :angel^:

Re: Escopetas por licencia

Publicado: 09 Ago 2020 20:45
por Axel-22
Juabarlo2 escribió:Yo añadiría una cosa sobre el tema de los rifles del cal.22 y es que es una pena que no nos dejen usarlos en el campo para derribar algún lepórido o zorros ya que para el jabalí o venados los veo poca cosa. Esos rifles sólo se pueden usar en campos de tiro para competición lo que hace que mucha gente (incluido yo mismo y me atraen mucho) no los compremos. Una pena.

Saludos :angel^:

El 22 tiene una potencia de 150 Julios y no se consideran aptos para cazar. Sería más acupuntura que caza.