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Culata con pistolete para corredera y I.A.

Publicado: 19 Mar 2016 14:56
por jjafl
¿Como lo veis o que se sabe del asunto?

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Re: Culata con pistolete para corredera y I.A.

Publicado: 19 Mar 2016 15:29
por MiguelZ
No es parte fundamental, asi que no creo que pongan pegas. De todos modos ante la duda, no creo que te cueste el alma ponerle la culata original.

Re: Culata con pistolete para corredera y I.A.

Publicado: 19 Mar 2016 15:33
por Lostau
No debe haber problema alguno, y no porque la culata no sea pieza fundamental -que no la es- sino porque el reglamento no se mete con ello.

Re: Culata con pistolete para corredera y I.A.

Publicado: 20 Mar 2016 15:46
por jjafl
:shoot-soldier:

Re: Culata con pistolete para corredera y I.A.

Publicado: 22 Mar 2016 09:38
por savage3323
No te van a decir nada o no deberían el reglamento de armas contempla poder poner culatas abatibles que en tu caso no lo es a escopetas de corredera y carabinas del .22
Si no lo tienes muy claro lleva impreso el
apartado del reglamento de armas donde viene eso y si te ponen pegas se lo enseñas al interventor.
Un saludo.

Re: Culata con pistolete para corredera y I.A.

Publicado: 22 Mar 2016 10:18
por Chinchu
jjafl escribió:Le he puesto a la Mossberg 500 una culata con pistolete blackhawk que además de amortiguar es regulable en recorrido, pero no pegable.
El asunto es que tengo que pasar la revisión próximamente y no se si dejarla tal como está o poner la culata original por si me ponen alguna pega.

¿Como lo veis o que se sabe del asunto?


No deberías tener ningún problema porque el reglamento no contempla restricción alguna para ese tipo de armas, sólo hay restricción para semiautomáticas y no para repetición y siempre que la culata sea plegable o eliminable, no extensible; si te ponen alguna pega ya sabes, que te digan por escrito en qué parte del reglemento pone que no puede ser.

Artículo 5.

1. Queda prohibida la publicidad, compraventa, tenencia y uso, salvo por funcionarios especialmente habilitados, y de acuerdo con lo que dispongan las respectivas normas reglamentarias de:

a) Las armas semiautomáticas de las categorías 2.ª, 2 y 3.ª, 2, cuya capacidad de carga sea superior a cinco cartuchos, incluido el alojado en la recámara, o cuya culata sea plegable o eliminable.


Saludos