REQUISITOS LEGALES PARA TIRAR CON ARMA CORTA DEL .22 LR

Rifles para Bench-Rest, tiro a larga distancia, carabinas...
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REQUISITOS LEGALES PARA TIRAR CON ARMA CORTA DEL .22 LR

Mensajepor MAGUNCIO » 07 Jul 2008 12:59

Quisiera información sobre la licencia necesaria, y modo de obtenerla, para tirar con arma corta del calibre .22 lr, por supuesto en galerías de tiro autorizadas.
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molino_paya
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RE: REQUISITOS LEGALES PARA TIRAR CON ARMA CORTA DEL .22 LR

Mensajepor molino_paya » 07 Jul 2008 13:09

Pués licencia F.

Los requisitos para obtenerla te aconsejo mirartelos en la web de la G.C., sección I.A. que viene todo muy claro, pero basicamente ya te digo que necesitarás: instancia, certificado de penales, certificado psicotecnico, federarte, licencia federativa y asociarte a un club de tiro, obtener certificado de puntuación, pagar tasas, etc...etc... Vamos, para tomarselo con calma.

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RE: REQUISITOS LEGALES PARA TIRAR CON ARMA CORTA DEL .22 LR

Mensajepor MAGUNCIO » 07 Jul 2008 13:17

[citando a: molino_paya]
Pués licencia F.

Los requisitos para obtenerla te aconsejo mirartelos en la web de la G.C., sección I.A. que viene todo muy claro, pero basicamente ya te digo que necesitarás: instancia, certificado de penales, certificado psicotecnico, federarte, licencia federativa y asociarte a un club de tiro, obtener certificado de puntuación, pagar tasas, etc...etc... Vamos, para tomarselo con calma.

suerte


Gracias compañero. Iremos poco a poco.
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RE: REQUISITOS LEGALES PARA TIRAR CON ARMA CORTA DEL .22 LR

Mensajepor el-castigador » 07 Jul 2008 14:08

Acércate aun club de tiro olímpico y ellos te informarán de todo, normalmente y en todos los que he visto con la misma cuota del club te hacen un cursillo para el examen y te dejan el arma así como practicas antes del examen, luego ellos tramitan todo lo necesario y presentan papeles, la verdad es que te ahorras tiempo y lo tienes todo junto.

Por cierto arma corta licencia F siempre que no sea de avancarga.
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RE: REQUISITOS LEGALES PARA TIRAR CON ARMA CORTA DEL .22 LR

Mensajepor MAGUNCIO » 07 Jul 2008 14:15

Gracias de nuevo.
Otra pregunta y perdón por mi ignorancia. Con la licencia F ¿Se puede guiar un arma corta de cualquier calibre? Una vez obtenida dicha licencia, si se compra un arma corta ¿Cómo debe custodiarse dicha arma? ¿En el domicilio, en un club de tiro...?
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RE: REQUISITOS LEGALES PARA TIRAR CON ARMA CORTA DEL .22 LR

Mensajepor el-castigador » 07 Jul 2008 14:40

Siempre que te la consideren para tiro olimpico...
La custodia en domicilio siempre en armero ( en esto lo tengo un poco liado ya que antes era grado C y ahora piden grado o nivel III ) la diferencia el blindaje de la caja y el precio.
En lo referente a la custodia en el club de tiro la verdad es que nunca lo he mirado.
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RE: REQUISITOS LEGALES PARA TIRAR CON ARMA CORTA DEL .22 LR

Mensajepor coyote_es » 07 Jul 2008 23:38

magnuci cuando compres el almero no te olvides de pedir que te hagan un certificado a tu nombre especificando las caracteristicas del armero
grado III UNE en 1143-1 para arma corta. que tendras que presentar o dar una copia en la A.I cuando vallas a recojer el arma por que si no lo tienes no te van a dejar llevarte el arma a tu casa. un saludo
  

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RE: REQUISITOS LEGALES PARA TIRAR CON ARMA CORTA DEL .22 LR

Mensajepor Gines360 » 29 Jul 2008 13:00

[citando a: MAGUNCIO]
Gracias de nuevo.
Otra pregunta y perdón por mi ignorancia. Con la licencia F ¿Se puede guiar un arma corta de cualquier calibre? Una vez obtenida dicha licencia, si se compra un arma corta ¿Cómo debe custodiarse dicha arma? ¿En el domicilio, en un club de tiro...?


-Puedes tener cualquier calibre en arma corta que sea legal aquí en españa.
-Debes custodiarla si és en domicilio en un armero de arma corta d ela categoria III y en algunas comunidades ( o no sé si vale para toda España ) está permitido guardarlas en armeros de la Clase C ( que son más baratos ).
-En los clubs de tiros hay sitios que te dejaran custodiarlas ayí y otros no, en el que yo voy no me dejan.:(

Un saludo
:sniper

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RE: REQUISITOS LEGALES PARA TIRAR CON ARMA CORTA DEL .22 LR

Mensajepor Antonio1955 » 06 Ago 2008 20:36

[citando a: MAGUNCIO]
Gracias de nuevo.
Otra pregunta y perdón por mi ignorancia. Con la licencia F ¿Se puede guiar un arma corta de cualquier calibre? Una vez obtenida dicha licencia, si se compra un arma corta ¿Cómo debe custodiarse dicha arma? ¿En el domicilio, en un club de tiro...?


Con la F puedes guiar cualquer calibre comprendido entre el .22 y el 9 m/m para precisión y hasta el calibre .45 para I.P.S.C. y siempre, en principio,que la distancia entre miras sean las reglamentarias (13 cm desde la tablilla del alza a la cuspide del punto de mira, y depende de la modalidad que practiques hay unas medidas máximas de armas.
La puedes guardar en el propio domicilio siempre que el armero este homologado con las normas en vigor.

Te pongo el enlace a la página de la RFEDETO donde tienes todos los reglamentos en pdf con las medidas, y demás normas.
Pincha en actividad deportiva, precisión, reglamentos.

http://www.tirolimpico.org

Un saludo.
La guerra es la continuación de la politica por otros medios 


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