PROHIBICIÓN DE COMPRAR MUNICIÓN.

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ToninoC
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PROHIBICIÓN DE COMPRAR MUNICIÓN.

Mensajepor ToninoC » 14 Feb 2016 10:40

Hola, pertenezco al Servicio de Vigilancia Aduanera, un cuerpo policial dependiente del Ministerio de Hacienda. Tenemos la consideración de Agentes de la Autoridad en el desempeño de nuestras funciones. Disponemos de licencia de armas tipo A y nuestro armamento de dotación comprende pistolas HK USP Compact, Subfusiles MP5 y ametralladoras MG42 y Browning cal 50.

Dado el escaso número de prácticas de tiro que realizamos, decidí adquirir una pistola Beretta 92 que guié con la licencia A. Además estoy federado en la correspondiente federación de tiro de mi comunidad, estoy apuntado en el equipo de tiro del Cuerpo Nacional de Policía de mi localidad y soy socio de un campo de tiro.

En el campo de tiro, nunca tuve ningún problema por comprar munición y dispararla con mi Beretta 92. Pero desde enero de este año, el Presidente del campo de tiro y, a todos los poseedores de licencia A (sólo para armas guiadas con licencia A), siguiendo indicaciones de la Intervención de Armas de nuestra zona, nos ha prohibido comprar munición. Según parce en virtud al Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería.

Artículo 136 https://www.boe.es/boe/dias/2015/11/07/ ... -12054.pdf

De modo que la única solución que nos dan, es guiar las armas en categoría F, en vez de en categoría A. Con las restricciones que ello supone. Digamos que hay compañeros que quieren la licencia A para lo que es.

Ojo, que estoy hablando siempre de armas adquiridas particularmente aunque guiadas con licencia A. Las armas de dotación son para el uso en jornada laboral y para las prácticas de tiro reglamentarias.

Por lo que se, al menos en mi localidad, esto le sucede a todos los miembros de FF.CC. de Seguridad del Estado, al resto de cuerpos policiales y a militares, es decir a todos los que podemos guiar en A.

Estoy interesado en saber si en este foro hay algún otro poseedor de arma guiada con licenca A al que también le estén prohibiendo la compra de munición en su localidad.

Resulta sorprendente, que con un nivel de alerta antiterrorista de 4 sobre 5. A los militares y cuerpos policiales, se nos prohíba la realización de prácticas de tiro, cuando es algo que debería fomentarse por parte del Gobierno. Más teniendo en cuenta que la pistola la he pagado de mi bolsillo, así como la cuota anual de la federación, la matrícula y cuota del campo de tiro y la munición que gasto. Saludos.

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Re: PROHIBICIÓN DE COMPRAR MUNICIÓN.

Mensajepor Jon_Garfio » 14 Feb 2016 10:50

Hasta donde yo sé, el simple hecho de estar federado y tener una guia del calibre que deseas comprar, te da derecho a comprar municion en tu club.


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Re: PROHIBICIÓN DE COMPRAR MUNICIÓN.

Mensajepor Parrish112 » 14 Feb 2016 17:15

Creo que se la respuesta, si es incorrecto que me corrijan.

Para armas de defensa amparadas en A, el limite son 100 cartuchos anuales. Si estas federado en tu comunidad, tienes armero III, y cumples las condiciones para la F, puedes guiar un arma como arma de concurso, pues la licencia A tiene "eficacia" en F.

Resumiendo:
-si lo que quieres es portar el arma, es arma de defensa: 100 cartuchos por guia al año.
-si lo que quieres es entrenar, guía tu arma como arma de concurso, y podrás pedir un aumento de cupo para la adquisicion de municion y en el campo de la federacion podrás comprar toda la municion que te permita tu cartera.

Si la tienes guiada como arma de concurso, no tienes porqué enseñar tu licencia para comprar, pues lo unico que necesitas es tener un arma que la guia diga que es de concurso y mostrar esa guia.

Un saludo!
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Re: PROHIBICIÓN DE COMPRAR MUNICIÓN.

Mensajepor ToninoC » 14 Feb 2016 18:11

Estimado Parrish112, el caso es que hasta ahora no teníamos ningún problema en comprar y, ojo, disparar en el mismo campo de tiro la munición que quisiésemos con nuestras armas guiadas en licencia A.

Lo cual para mi, tiene todo el sentido del mundo. El arma guiada en A es para lo que es, y muchos compañeros que tienen armas guiadas en A, no quieren pasarlas a F. Por otra parte, es deseable que se tenga toda la formación y práctica posible y mucho más.

Lo que sigue sin caberme en la cabeza, es la limitación del legislador, o en este caso, del interpretador de la norma. De modo que a los profesionales, nos dejan sin poder practicar. La verdad es que no le veo el sentido.

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Re: PROHIBICIÓN DE COMPRAR MUNICIÓN.

Mensajepor Escribiente » 14 Feb 2016 19:22

Absolutamente absurdo que a los profesionales de las F.C.S.E. o del Servicio de Vigilancia Aduanera, les limiten la cantidad de munición a 100 cartuchos al año, ¿cómo entonces van a estar preparados ante cualquier eventualidad si nuestros legisladores les "atan las manos?. Ahora sólo se me ocurre este calificativo "ABSURDO", pero seguro que se le puede añadir alguno más. ¡¡Manda Güevos!!

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Re: PROHIBICIÓN DE COMPRAR MUNICIÓN.

Mensajepor oteflo » 14 Feb 2016 20:13

ToninoC escribió:Hola, pertenezco al Servicio de Vigilancia Aduanera, un cuerpo policial dependiente del Ministerio de Hacienda. Tenemos la consideración de Agentes de la Autoridad en el desempeño de nuestras funciones. Disponemos de licencia de armas tipo A y nuestro armamento de dotación comprende pistolas HK USP Compact, Subfusiles MP5 y ametralladoras MG42 y Browning cal 50.

Dado el escaso número de prácticas de tiro que realizamos, decidí adquirir una pistola Beretta 92 que guié con la licencia A. Además estoy federado en la correspondiente federación de tiro de mi comunidad, estoy apuntado en el equipo de tiro del Cuerpo Nacional de Policía de mi localidad y soy socio de un campo de tiro.

En el campo de tiro, nunca tuve ningún problema por comprar munición y dispararla con mi Beretta 92. Pero desde enero de este año, el Presidente del campo de tiro y, a todos los poseedores de licencia A (sólo para armas guiadas con licencia A), siguiendo indicaciones de la Intervención de Armas de nuestra zona, nos ha prohibido comprar munición. Según parce en virtud al Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería.

Artículo 136 https://www.boe.es/boe/dias/2015/11/07/ ... -12054.pdf

De modo que la única solución que nos dan, es guiar las armas en categoría F, en vez de en categoría A. Con las restricciones que ello supone. Digamos que hay compañeros que quieren la licencia A para lo que es.

Ojo, que estoy hablando siempre de armas adquiridas particularmente aunque guiadas con licencia A. Las armas de dotación son para el uso en jornada laboral y para las prácticas de tiro reglamentarias.

Por lo que se, al menos en mi localidad, esto le sucede a todos los miembros de FF.CC. de Seguridad del Estado, al resto de cuerpos policiales y a militares, es decir a todos los que podemos guiar en A.

Estoy interesado en saber si en este foro hay algún otro poseedor de arma guiada con licenca A al que también le estén prohibiendo la compra de munición en su localidad.

Resulta sorprendente, que con un nivel de alerta antiterrorista de 4 sobre 5. A los militares y cuerpos policiales, se nos prohíba la realización de prácticas de tiro, cuando es algo que debería fomentarse por parte del Gobierno. Más teniendo en cuenta que la pistola la he pagado de mi bolsillo, así como la cuota anual de la federación, la matrícula y cuota del campo de tiro y la munición que gasto. Saludos.

Compañero ellos en parte tienen razón aunque imagino que la IA de la zona estará dirigida por el zoquete de turno que no sabe que tú puedes guiar un arma para tiro en licencia A por estar federado...yo tengo la A y no tengo F y soy tirador de segunda y tengo 6 armas guiadas en A (Tiro Olímpico lo llama mi Cuerpo)
La A implica tener TODAS las licencias para lo bueno y lo malo... Si se ponen tontos pide ampliación de cartuchería en la IA para tu Beretta y arreglado...y que no te digan que para la A no se puede...artículo 136 creo del Reglamento de cartuchería...
22lr -cal.12 - -9 Para --.38 Spl.

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Re: PROHIBICIÓN DE COMPRAR MUNICIÓN.

Mensajepor oteflo » 14 Feb 2016 20:16

Parrish112 escribió:Creo que se la respuesta, si es incorrecto que me corrijan.

Para armas de defensa amparadas en A, el limite son 100 cartuchos anuales. Si estas federado en tu comunidad, tienes armero III, y cumples las condiciones para la F, puedes guiar un arma como arma de concurso, pues la licencia A tiene "eficacia" en F.

Resumiendo:
-si lo que quieres es portar el arma, es arma de defensa: 100 cartuchos por guia al año.
-si lo que quieres es entrenar, guía tu arma como arma de concurso, y podrás pedir un aumento de cupo para la adquisicion de municion y en el campo de la federacion podrás comprar toda la municion que te permita tu cartera.

Si la tienes guiada como arma de concurso, no tienes porqué enseñar tu licencia para comprar, pues lo unico que necesitas es tener un arma que la guia diga que es de concurso y mostrar esa guia.

Un saludo!

Error ...la ampliación de adquisición es para licencias A también... No hace falta estar federado por mucho que más de un zoquete se empeñe en lo contrario...pero bueno la obtusidad es lo que tiene...
P.D no lo digo por ti...lo digo por quien "vela" por el RA y no tiene ni idea ni de lo que es una licencia A
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Re: PROHIBICIÓN DE COMPRAR MUNICIÓN.

Mensajepor robertito43 » 14 Feb 2016 20:25

yo tuve varias glock 17 guiadas en a, y competia con ellas (con licencia federativa por supuesto). Si la guias en f, luego no la puedes portar como defensa. Lo normal es que la guies en a si la quieres portar, y luego previa licencia federativa compitas con ella y compres la municion. Los 100 cartuchos entiendo que es para la tenencia, y porte como defensa al año. Para cmprar en el campo de tiro, no deberia haber restricciones pues estamos federados. La ampliacion de cartucheria, si no la tienes guiada en f no creo que te la den.
Osea que segun ellos no puedes competir con la misma arma que usas para defensa, cuando hay una modalidad (ipsc produccion) en la que se utilizan basicamente armas de calle, es absurdo. Seria estupido que quisieran que tuvieras dos armas iguales, una para portar, y la otra para competir...

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Re: PROHIBICIÓN DE COMPRAR MUNICIÓN.

Mensajepor Hoplon » 14 Feb 2016 20:33

Un revoltillo absurdo: hasta donde yo razono sobre el tema, si un profesional quiere entrenar más (y pagarlo de su bolsillo) se le debieran dar facilidades en lugar de ponerle pegas.

Aunque igual me equivoco, en estos asuntos yo ya no sé qué pensar, ni lo que está bien o mal.

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Re: PROHIBICIÓN DE COMPRAR MUNICIÓN.

Mensajepor ToninoC » 14 Feb 2016 20:37

Ahí estamos Robertito43, eso es exactamente lo que venía sucediendo hasta ahora. Armas guiadas en A, pero todos federados y socios de un campo de tiro, para poder practicar a parte de las escasas veces que se tira oficialmente. Y ese es el problema. Ahora nos dicen que nones. Que con licencia A no nos venden munición por orden de la Intervención de Armas. Que si queremos, que las guiemos en F. Pero precisamente es lo que no queremos, guiarlas en F.

A ver si alguien más está en la misma tesitura. Saludos.


Lo mismo resulta que es una mala interpretación de la IA de zona. En fin.....

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Re: PROHIBICIÓN DE COMPRAR MUNICIÓN.

Mensajepor cristosoft » 14 Feb 2016 21:22

No le veo la lógica,tampoco creo que sirva de ejemplo pero muchos compañeros del club de tiro y yo mismo competimos en BR-50 y tendido con carabinas del 22 lr guiadas con licencia tipo E y podemos comprar munición sin problema en el campo de tiro cuando se supone que esta licencia es para caza.
Que agusto se está cuando se está agusto.

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Re: PROHIBICIÓN DE COMPRAR MUNICIÓN.

Mensajepor Juan-Manuel » 14 Feb 2016 21:43

[quote="Parrish112"]Creo que se la respuesta, si es incorrecto que me corrijan.

Para armas de defensa amparadas en A, el limite son 100 cartuchos anuales. Si estas federado en tu comunidad, tienes armero III, y cumples las condiciones para la F, puedes guiar un arma como arma de concurso, pues la licencia A tiene "eficacia" en F.

Resumiendo:
-si lo que quieres es portar el arma, es arma de defensa: 100 cartuchos por guia al año.
-si lo que quieres es entrenar, guía tu arma como arma de concurso, y podrás pedir un aumento de cupo para la adquisicion de municion y en el campo de la federacion podrás comprar toda la municion que te permita tu cartera.

Si la tienes guiada como arma de concurso, no tienes porqué enseñar tu licencia para comprar, pues lo unico que necesitas es tener un arma que la guia diga que es de concurso y mostrar esa guia.

Un saludo![/quote


No hacen otra cosa que aplicar el R.A. de forma correcta. No busquemos tres pies al gato. Y como dice "Parrish12", en su resumen, esto es lo que hay, Pero lo has dicho claramente: NO Queremos...Vale! El que quieras o no, es irrelevante; Hay lo que hay y no hay otra cosa. O se pasa por el aro o no se adquiere munición. Son los inconvenientes que en relación al tema armas, tenemos todos los tiradores, por una u otra causa.Es mas, no te deberían dejar tirar en una galería de la Federación de Tiro Olímpico con un arma que no fuera de concurso, ya que pueden tener problemas con la homologación y/o el seguro de accidentes, y por supuesto con la Intervención de Armas.

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Re: PROHIBICIÓN DE COMPRAR MUNICIÓN.

Mensajepor Invitado » 14 Feb 2016 21:44

Hola tonino,, es verdad que con la tipo A solo te dan 100 cartuchos al año, aunque puedes solicitar una ampliación del cupo,, también puedes cuando estés en la galería pedirle a un tirador que compre una caja o varias de munición para poder usarla tu...


Saludos.
Última edición por Invitado el 16 Feb 2016 23:17, editado 1 vez en total.

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Re: PROHIBICIÓN DE COMPRAR MUNICIÓN.

Mensajepor Juan-Manuel » 14 Feb 2016 21:49

Invitado escribió:Hola tonino,, es verdad que con la tipo A solo te dan 100 cartuchos al año, aunque puedes solicitar una ampliación del cupo,, también puedes cuando estés en la galería pedirle a un tirador que compre una caja o varias de munición para poder usarla tu...


Oye si el que te ha dicho que no puedes comprar munición por tener la A es uno del tiro olímpico, es posible que se lo haya inventado por que hay mucha envidia y recelos ya que ALGUNOS de ellos sueñan con la licencia que tu tienes y no la podrán tener jamás.

Así que te lo digan en la intervención y no en la galería de tiro, que es la primera vez que oigo semejante paparrucha.

Dime en privado donde te encuentras, gracias.


Vaya, Invitado.....¿Te das cuenta de que estás recomendando que se inculque la ley en un foro público? ¡Demencial!

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Re: PROHIBICIÓN DE COMPRAR MUNICIÓN.

Mensajepor Invitado » 14 Feb 2016 21:51

No nada de incumplir la ley el otro día me regalaron en la galería una caja de 50 y la dispare muy a gusto en dicha galería.

además soy muy vieja para discutir tonterías. lo que es una demencia es decir que un agente de la autoridad que esta en primera línea en la lucha contra la droga solo se puede comprar 100 cartuchos al año.


saludos

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Re: PROHIBICIÓN DE COMPRAR MUNICIÓN.

Mensajepor boxer » 14 Feb 2016 22:01

Yo cada día flipo mas con este reglamento, solo falta que exijan numero de serie en cada cartucho para evitar que trapicheemos con la munición. Realmente no veo que problema puede tener un afiliado al Tiro Olímpico en comprar munición para un arma legalmente guiada ya sea A, F o Z
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Re: PROHIBICIÓN DE COMPRAR MUNICIÓN.

Mensajepor Juan-Manuel » 14 Feb 2016 22:09

Invitado escribió:No nada de incumplir la ley el otro día me regalaron en la galería una caja de 50 y la dispare muy a gusto en dicha galería.

además soy muy vieja para discutir tonterías. lo que es una demencia es decir que un agente de la autoridad que esta en primera línea en la lucha contra la droga solo se puede comprar 100 cartuchos al año.


saludos


Mira Invitado, en relación a la primera parte de tu post, eso es problema a solucionar entre tu y el delegado de campo de tu federación. A mi plim.
Y en cuanto a la segunda parte. Eso es un problema del cuerpo a que pertenece ese agente. Debe dar cuenta a sus superiores y explicar la carencia que tiene y allá ellos. Y a mi, también plim...

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Re: PROHIBICIÓN DE COMPRAR MUNICIÓN.

Mensajepor Invitado » 14 Feb 2016 22:15

Asi es bóxer.

Mira que licencia de armas mas bonita. :mrgreen:

https://www.boe.es/boe/dias/2008/08/12/ ... -34273.pdf


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