obligatoriedad de tener 2 armas
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Hola, he oído por ahí que al tener un revólver de retrocarga guiado en "F" (muy a mi pesar) me obligan a tener por lo mínimo otra arma más. ¿ Y si esa una más puede ser de avancarga guiada en "AE"? o tiene que ser en "F".
Para demostrar que tengo hecha alguna tirada para seguir en 2º ¿En qué tirada hago la tirada reglamentaria para conservar la licencia "F" si solo tengo armas de avancarga? ¿Fuego central? porque no veo otra.
Gracias por vuestra atención.
Saludos.
Para demostrar que tengo hecha alguna tirada para seguir en 2º ¿En qué tirada hago la tirada reglamentaria para conservar la licencia "F" si solo tengo armas de avancarga? ¿Fuego central? porque no veo otra.
Gracias por vuestra atención.
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Re: obligatoriedad de tener 2 armas
Tenerlo guiado en F, no te obliga a tener 2 eso solo es guiado en AE.
Estos son mis principios si no les gustan tengo otros...
A well regulated militia being necessary to the security of a free State, the right of the People to keep and bear arms shall not be infringed
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Re: obligatoriedad de tener 2 armas
vancargao escribió:Hola, he oído por ahí que al tener un revólver de retrocarga guiado en "F" (muy a mi pesar) me obligan a tener por lo mínimo otra arma más. ¿ Y si esa una más puede ser de avancarga guiada en "AE"? o tiene que ser en "F".
Para demostrar que tengo hecha alguna tirada para seguir en 2º ¿En qué tirada hago la tirada reglamentaria para conservar la licencia "F" si solo tengo armas de avancarga? ¿Fuego central? porque no veo otra.
Gracias por vuestra atención.
Saludos.
La licencia "F" segunda categoría te permite tener desde 0 a 6 armas. Lo único que tienes obligación
es de hacer una tirada open cada año. Entre tiradas no pueden pasar más de 365 días.
Tirada que puedes hacer perfectamente, con un arma prestada y llegar a los puntos que marca cada
disciplina. Fuego central, 9mm, standar etc. etc.
Saludos Manolo
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secretario del club tir olímpic d' ontinyent
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Re: obligatoriedad de tener 2 armas
Hola, entonces puedo hacer la tirada necesaria en una tirada de "fuego Central" con el Pietta del 44/4o, aunque el resultado sea un desastre, no importa (al no tener que hacer una determinada cantidad de puntos al ser veterano) y como el revólver está guiado en la "F" me valdría como una tirada con arma moderna.
¿No crees?
De todas formas es mejor no tentar a la suerte y en cualquier tirada oficial pedir prestada un arma y tirar con ella. Muchas gracias.
Saludos.
¿No crees?
De todas formas es mejor no tentar a la suerte y en cualquier tirada oficial pedir prestada un arma y tirar con ella. Muchas gracias.
Saludos.
Re: obligatoriedad de tener 2 armas
Hola, entonces puedo hacer la tirada necesaria en una tirada de "fuego Central" con el Pietta del 44/4o, aunque el resultado sea un desastre, no importa (al no tener que hacer una determinada cantidad de puntos al ser veterano) y como el revólver está guiado en la "F" me valdría como una tirada con arma moderna.
¿No crees?
De todas formas es mejor no tentar a la suerte y en cualquier tirada oficial pedir prestada un arma y tirar con ella. Muchas gracias.
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Re: obligatoriedad de tener 2 armas
vancargao escribió:Hola, entonces puedo hacer la tirada necesaria en una tirada de "fuego Central" con el Pietta del 44/4o, aunque el resultado sea un desastre, no importa (al no tener que hacer una determinada cantidad de puntos al ser veterano) y como el revólver está guiado en la "F" me valdría como una tirada con arma moderna.
¿No crees?
De todas formas es mejor no tentar a la suerte y en cualquier tirada oficial pedir prestada un arma y tirar con ella. Muchas gracias.
Saludos.
La única modalidad que podrías hacer con ese revólver es piñal de armas históricas, que no se si es valedera para renovar F.
Para fuego central el calibre máximo es .38" (9,6 mm).
Para mantener la licencia con terminar una tirada completa con un arma prestada es suficiente, no es necesario alcanzar puntos mínimos.
Saludos
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El óxido y los políticos.
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Re: obligatoriedad de tener 2 armas
Muchas gracias por tu atención y tus explicaciones.
Un cordial saludo.
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Re: obligatoriedad de tener 2 armas
marroyol escribió:vancargao escribió:Hola, entonces puedo hacer la tirada necesaria en una tirada de "fuego Central" con el Pietta del 44/4o, aunque el resultado sea un desastre, no importa (al no tener que hacer una determinada cantidad de puntos al ser veterano) y como el revólver está guiado en la "F" me valdría como una tirada con arma moderna.
¿No crees?
De todas formas es mejor no tentar a la suerte y en cualquier tirada oficial pedir prestada un arma y tirar con ella. Muchas gracias.
Saludos.
La única modalidad que podrías hacer con ese revólver es piñal de armas históricas, que no se si es valedera para renovar F.
Para fuego central el calibre máximo es .38" (9,6 mm).
Para mantener la licencia con terminar una tirada completa con un arma prestada es suficiente, no es necesario alcanzar puntos mínimos.
Saludos
Perdón, pero yo creo que en grueso calibre si se permite, ya que el máximo calibre es el 45.
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Re: obligatoriedad de tener 2 armas
arcabucero1828 escribió:marroyol escribió:La única modalidad que podrías hacer con ese revólver es piñal de armas históricas, que no se si es valedera para renovar F.
Para fuego central el calibre máximo es .38" (9,6 mm).
Para mantener la licencia con terminar una tirada completa con un arma prestada es suficiente, no es necesario alcanzar puntos mínimos.
Saludos
Perdón, pero yo creo que en grueso calibre si se permite, ya que el máximo calibre es el 45.
¿Que modalidad es esa de grueso calibre?
No la veo en las modalidades admitidas por la RFEDETO
Saludos
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Re: obligatoriedad de tener 2 armas
Solo encuentro esto y la modalidad de 9mm
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Re: obligatoriedad de tener 2 armas
Y en el cuadro de armas de concurso el calibre 45 solo se ve en IPSC que no es el caso y en Piñal
- Adjuntos
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- Armas de concurso.pdf
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Re: obligatoriedad de tener 2 armas
siendo f de 2ºa categoria, tienes que hacer al menos un campeonato al año siempre que no pasen mas de 365 desde el ultimo
que hiciste.ten cuidado si haces por ejemplo, una tirada dia 13 octubre del 2015 la siguiente ha de ser antes del 13 octubre 2016,si hacen 14 octubre 2016 te pueden quitar la licencia y obligarte a depositar las armas.
que hiciste.ten cuidado si haces por ejemplo, una tirada dia 13 octubre del 2015 la siguiente ha de ser antes del 13 octubre 2016,si hacen 14 octubre 2016 te pueden quitar la licencia y obligarte a depositar las armas.
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Re: obligatoriedad de tener 2 armas
Yo es la primera vez que oigo que el RA obliga a tener 2 armas, raro raro ....otra cosa es que el ABSURSO RA cuasi obliga a tener de todo para cumplir.
En mi experiencia lo mas sensato es que alguien te preste el arma y puntues en 1 tirada. Si estas a gusto con tu revolver y no quieres nada mas, hazlo
En mi experiencia lo mas sensato es que alguien te preste el arma y puntues en 1 tirada. Si estas a gusto con tu revolver y no quieres nada mas, hazlo
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Re: obligatoriedad de tener 2 armas
elsantoangel escribió:Yo es la primera vez que oigo que el RA obliga a tener 2 armas, raro raro ....otra cosa es que el ABSURSO RA cuasi obliga a tener de todo para cumplir.
En mi experiencia lo mas sensato es que alguien te preste el arma y puntues en 1 tirada. Si estas a gusto con tu revolver y no quieres nada mas, hazlo
Desde la primera respuesta de este hilo, está claro que solo se refiere a armas de cartucho metálico de diseño anterior a 1890 inscritas en libro de coleccionista (o con la AE2 como alguno la llama) y no a la F.
Saludos
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Re: obligatoriedad de tener 2 armas
Buenas!
Una precisión: tenemos la Autorización de coleccionista de réplicas de armas anteriores a 1890, donde si debes inscribir dos armas como mínimo en el plazo de un año (llamémosle ACR) y la autorización especial para su uso, que algunos damos en llamar AE2, para diferenciarla de la AE que todos conocíamos hasta el año pasado.
Saludos
Una precisión: tenemos la Autorización de coleccionista de réplicas de armas anteriores a 1890, donde si debes inscribir dos armas como mínimo en el plazo de un año (llamémosle ACR) y la autorización especial para su uso, que algunos damos en llamar AE2, para diferenciarla de la AE que todos conocíamos hasta el año pasado.
Saludos
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Re: obligatoriedad de tener 2 armas
marroyol escribió:arcabucero1828 escribió:marroyol escribió:La única modalidad que podrías hacer con ese revólver es piñal de armas históricas, que no se si es valedera para renovar F.
Para fuego central el calibre máximo es .38" (9,6 mm).
Para mantener la licencia con terminar una tirada completa con un arma prestada es suficiente, no es necesario alcanzar puntos mínimos.
Saludos
Perdón, pero yo creo que en grueso calibre si se permite, ya que el máximo calibre es el 45.
¿Que modalidad es esa de grueso calibre?
No la veo en las modalidades admitidas por la RFEDETO
Saludos
En Madrid, en las tiradas complementarias, existe una modalidad que se llama Grueso Calibre, y permite los calibres desde el 32 hasta el 45.
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Re: obligatoriedad de tener 2 armas
arcabucero1828 escribió:En Madrid, en las tiradas complementarias, existe una modalidad que se llama Grueso Calibre, y permite los calibres desde el 32 hasta el 45.
Pues esa modalidad no la tenemos en el resto del territorio. Lo único que si se permite hacer la tirada de fuego central con .22lr llamándole estandar nacional, pensado especialmente para los de tercera que sólo pueden tener un arma, y de esta manera puedan hacer otra modalidad distinta de las de estandar o pistola velocidad.
Saludos.
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Re: obligatoriedad de tener 2 armas
marroyol escribió:arcabucero1828 escribió:En Madrid, en las tiradas complementarias, existe una modalidad que se llama Grueso Calibre, y permite los calibres desde el 32 hasta el 45.
Pues esa modalidad no la tenemos en el resto del territorio. Lo único que si se permite hacer la tirada de fuego central con .22lr llamándole estandar nacional, pensado especialmente para los de tercera que sólo pueden tener un arma, y de esta manera puedan hacer otra modalidad distinta de las de estandar o pistola velocidad.
Saludos.
Quizas deberiais precisar al decir Madrid, ya que hay diferntes clubes y diferentes campos de tiro. Al decir Madrid, decís FMTO o REFEDETO?
La REFEDETO, actualmente, no tiene reglamentada el/la modalidad denominada GRUESO CALIBRE, por lo tanto el calibre 45 ¿donde está ubicada su utilización?
Saludos
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