Coleccionismo de Armas en España y en el resto de la Unión

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Coleccionismo de Armas en España y en el resto de la Unión

Mensajepor ANARMA » 16 Nov 2014 11:45

EL COLECCIONISMO DE ARMAS EN ESPAÑA Y EN EL RESTO DE LA UNIÓN EUROPEA

INTRODUCCIÓN

Como nuestro presidente Javier Arnaiz os anunció en el boletín extraordinario de septiembre, se han formado dentro de ANARMA varios grupos de trabajo. En la actualidad tenemos muy activos dos de ellos, COLECCIONISMO y RECARGA.

En el presente artículo os presentamos un estudio realizado por el grupo de trabajo de coleccionismo de ANARMA. Es un estudio original y propio de legislación comparada en materia de coleccionismo. Para la elaboración del mismo hemos contado con la inestimable ayuda de compañeros de FIREARMS UNITED y FESAC.

Las primeras legislaciones analizadas son de países de la Unión Europea (UE), en total se han analizado unos 14 países de los 28 actuales que pertenecen a la unión. Aunque de momento, sólo se han presentado en el estudio ONCE, ya que los restantes están todavía inacabados. Aunque creemos que es una muestra más que significativa, por los países estudiados, para ver el tratamiento que los países de nuestro entorno dan al coleccionismo.

El estudio lo podéis encontrar en nuestra WIKIANARMA:

[url]https://www.anarma.org/wikianarma/index.php?title=La_Licencia_del_Coleccionista_de_Armas_de_Fuego_en_diferentes_países_del_mundo[/url]


LA SITUACIÓN ACTUAL

El motivo de este estudio es que sirva como una herramienta de apoyo en el análisis de una solución al grave problema del coleccionismo en España. Recordad que en estos momentos se está trabajando en el ICAE para buscar una propuesta que encaje con nuestro “parcheado” reglamento de armas. Debemos tener presente, que a nivel legislativo este método de comparar legislaciones se usa habitualmente, lo emplearon los redactores de nuestra actual constitución y se sigue empleando para otras leyes de diferente calado.

La sensación que se le queda a uno después de leer el estudio es de primero sorpresa y después indignación. El resto de países de la UE consideran al coleccionismo de armas de fuego como un valor a cuidar, un patrimonio a preservar y una herencia a mantener. Por ello, como norma general, dentro de sus legislaciones sobre armas de fuego, el apartado relativo al coleccionismo, muestra las mayores cotas de libertad de todo su articulado (en casi todos los países se pueden coleccionar armas automáticas en estado de tiro). En nuestro país ocurre justo lo contrario, en la actualidad en España el coleccionismo de armas de fuego NO EXISTE.


DIFERENTES MODELOS


Queremos indicar que en TODOS estos países se habla de coleccionismo de armas de fuego, NO coleccionismo de armas históricas. El matiz es importante, tan valorable es la preservación de una Luger P08 de un general alemán de la WWII, como el de una HK P7M8 que marcó un hito en las armas de fuego. El coleccionismo es de TODO tipo de armas, sean históricas o no, o hayan pertenecido o no a un personaje histórico.

El coleccionismo en toda Europa es muy amplio y diverso, incluye muchos aspectos, y muy diversas características, desde armas con condición de bien cultural, a colecciones basadas en la evolución del armamento, de un periodo determinado, de un hecho concreto, de pertenencia a una unidad militar o policial, de algún modelo de arma o simplemente motivos sentimentales, gente que quiere quedarse con las armas de seres queridos fallecidos.

En el caso de España esto es completamente diferente, SOLO se considera arma coleccionable, a lo que define nuestro reglamento como “armas histórica”, aquella que “se signifique especialmente por su relación con un hecho o personaje histórico relevante”. Aunque ni si quiera esto se está cumpliendo, nos encontramos con asociados con que se les niega la colección de armas que participaron en la WWII, porque ICAE no lo considera un hecho histórico.

Por si esta restricción fuera ya poco, que se sigue para catalogar un arma como de colección, nuestra legislación se contradice con la protección, que da la vigente normativa sobre patrimonio histórico a los bienes muebles (incluidas las armas), que tienen la condición de bien cultural. Para empezar no solo todos los bienes muebles (incluidas las armas) con más de 100 años tienen condición de bien cultural, si no que si nos centramos en las armas, nos encontramos con normativa UE como el Reglamento (CE) 116/2009, del Consejo del 18 de diciembre de 2008 relativo a la Exportación de Bienes Culturales, que reduce ese plazo estableciendo en 50 años para las armas. Por lo tanto, de acuerdo a normativa europea, las armas con más de 50 años son bien cultural. La consecuencia de esto es que destruir o dañar armas de más de 50 años, no solo es infracción administrativa, si no que puede implicar un delito contra el patrimonio histórico.

Las fórmulas elegidas en Europa para la Licencia del Coleccionista son diversas, pero están directamente relacionadas con el modelo general de licencias de armas adoptado por cada país y por sus restricciones. Queremos advertir que algunos modelos de Licencia del Coleccionista NO podrían ser adoptados por nuestro país, o al menos de forma completa.

Por ejemplo la pertenencia obligatoria a un club de coleccionistas. Uno de los derechos fundamentales que establece nuestro sistema constitucional es el derecho a la libre asociación, y si hay algo que dejan bien claro tanto la la Ley Orgánica Reguladora del Derecho de Asociación, como la reiterada doctrina en la materia del Tribunal Constitucional, es que en España la asociación obligatoria no solo es ilegal sino que es inconstitucional. Por ello aunque el “club de coleccionistas” es una figura jurídica interesante, en España es totalmente inaplicable.

La compra obligatoria entendiendo como tal compras mínimas anuales de armas o tener un mínimo de armas chocaría con el derecho constitucional a la propiedad privada. Es cierto que en algunos países europeos la licencia de coleccionista implica un número mínimo de armas, pero no suele ser obligatoria la adquisición, si no que se concede a partir de la tenencia de un número mínimo de armas, ya que es simplemente una “extensión” del permiso de tenencia “standard”, para cuando alguien quiere poseer un elevado número de armas de fuego. Siendo simplemente una forma de forzar unas medidas mínimas de seguridad en el domicilio (hablamos de países donde las armas se guardan en armarios normales sin homologar). Estas suelen ser medidas simples: poner una alarma, que se guarden en una habitación cerrada sin ventanas, o si las tiene y son accesibles que en estas haya rejas, etc.


CONCLUSIONES


Las conclusiones que se extraen de este artículo y el estudio son:

    • Que tenemos uno de los reglamentos más liberticidas de toda la Unión europea.
    • Que urge por parte de las autoridades competentes el diseño de una solución alineada con nuestros socios europeos.
    • Que ANARMA ofrece su colaboración y recursos para la consecución de la misma.
    • Que los coleccionistas de armas no representan una amenaza a la seguridad pública, sino un valor cultural para los países donde están presentes

En ANARMA seguiremos trabajando por cambiar el actual reglamento de armas en todos aquellos aspectos que representan un recorte de libertades de nuestros asociados.

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Re: Coleccionismo de Armas en España y en el resto de la Uni

Mensajepor senecancan » 16 Nov 2014 17:51

Cuanto me alegra el que alguien se preocupe del Patrimonio Histórico Español pero, a la vista de algunas cosas que comentáis, creo que debéis echar un vistazo al Art. 1 de la Ley 16/1985 de 25 de junio (BOE del 29) para ver lo que integra este patrimonio (bienes inventariados o declarados de interés cultural). Por la via de su inclusión en el inventario de bienes o incluso de su declaración de interés cultural podrían salvaguardarse, por lo menos, las armas españolas.

Y, salvo mejor criterio, lo de la antigüedad mayor de 100 años, solo es una cautela a efectos de exportación, nada mas.

Comprobadlo a ver si por la via que os indico cabe alguna solución al problema (aunque, vuelvo a repetir, sea solo para lo referido al patrimonio español)

Saludos

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Re: Coleccionismo de Armas en España y en el resto de la Uni

Mensajepor Cabo_Tito » 17 Nov 2014 01:19

¿Fuera de España se pueden utilizar para tirar las armas de colección? ... es decir, tengo por ej. una Luger en mi colección junto con un Revolver Colt de 1859 y quiero ir al campo de tiro con la Luger ... ¿se puede en algun país o, como aquí , incluirlo en el "Libro de Coleccionista" implica su pase a "dique seco" a perpetuidad?
"LOS DELINCUENTES Y LOS TIRANOS PREFIEREN UNA SOCIEDAD DESARMADA. ASI SON LOS UNICOS ARMADOS."

Mis opiniones son mias y en nada relacionadas con ANARMA ni con alguna otra asociación.

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Re: Coleccionismo de Armas en España y en el resto de la Uni

Mensajepor kikeformad » 17 Nov 2014 07:31

Cabo_Tito escribió:¿Fuera de España se pueden utilizar para tirar las armas de colección? ... es decir, tengo por ej. una Luger en mi colección junto con un Revolver Colt de 1859 y quiero ir al campo de tiro con la Luger ... ¿se puede en algun país o, como aquí , incluirlo en el "Libro de Coleccionista" implica su pase a "dique seco" a perpetuidad?


En Alemania al menos que yo sepa, si la pasas por el BOPE alemán para su remarcado y prueba si. Pero si es para coleccionar solamente en estado original creo que no. De todas maneras yo soy de la opinión de no tirar con un arma que es coleccionable por si acaso las roturas de piezas que la dejen en valor cero.

Saludos,
Enrique
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Re: Coleccionismo de Armas en España y en el resto de la Uni

Mensajepor Cabo_Tito » 17 Nov 2014 14:22

Gracias, solo era curiosidad, pensaba que si esta en coleccion, lo ideal es que ademas este en perfecto estado de uso "comprobable", que "no todo lo que brilla es oro", es decir, si antes de llegar a tus manos un "gracioso" le cambia un muelle o un tornillo por uno igual pero de peor calidad (o sin calidad) y al hacer uso el arma queda inutilizada ... pues eso, tampoco vale lo de volver a marcarla por BOPE ... me parece que eso hace que pierda su valor, si no queda totalmente invalidada para coleccion permaneciendo como mera curiosidad sin mas valor economico que el personal.
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Re: Coleccionismo de Armas en España y en el resto de la Uni

Mensajepor kikeformad » 17 Nov 2014 19:03

Cabo_Tito escribió:Gracias, solo era curiosidad, pensaba que si esta en coleccion, lo ideal es que ademas este en perfecto estado de uso "comprobable", que "no todo lo que brilla es oro", es decir, si antes de llegar a tus manos un "gracioso" le cambia un muelle o un tornillo por uno igual pero de peor calidad (o sin calidad) y al hacer uso el arma queda inutilizada ... pues eso, tampoco vale lo de volver a marcarla por BOPE ... me parece que eso hace que pierda su valor, si no queda totalmente invalidada para coleccion permaneciendo como mera curiosidad sin mas valor economico que el personal.


Hola Cabo, la mayor parte de los coleccionistas no españoles que conozco no usan las armas coleccionables y entre los españoles yo no las uso y sé de algún otro que tampoco. Y las armas están perfectas, pero por si acaso mejor no probar, de armas centenarias no me fío y las quiero tener enteritas y con el valor intacto, es una inversión y con mis manos y con mi cara no juego....Tiré en Ribaroja en julio pasado con más miedo que vergüenza con una Ari por ese motivo.

En España creo que por cultura y reglamentación hay más tiradores que colecccionistas de históricas, muchos tienen una o varias para divertirse, pero nada más. No disfruto disparando un arma de medio kilo de las antigua pesetas que se me puede romper y valer luego menos de un duro.

Además que difiero del concepto de coleccionable que se suele dar por estos lares.

Saludos,
Enrique
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Re: Coleccionismo de Armas en España y en el resto de la Uni

Mensajepor Cabo_Tito » 17 Nov 2014 21:08

Pues tienes razon .... invertir un potosi en una Historica para que reviente ... como que no ... para eso compro petardos.
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Re: Coleccionismo de Armas en España y en el resto de la Uni

Mensajepor kikeformad » 17 Nov 2014 21:48

senecancan escribió:Cuanto me alegra el que alguien se preocupe del Patrimonio Histórico Español pero, a la vista de algunas cosas que comentáis, creo que debéis echar un vistazo al Art. 1 de la Ley 16/1985 de 25 de junio (BOE del 29) para ver lo que integra este patrimonio (bienes inventariados o declarados de interés cultural). Por la via de su inclusión en el inventario de bienes o incluso de su declaración de interés cultural podrían salvaguardarse, por lo menos, las armas españolas.

Y, salvo mejor criterio, lo de la antigüedad mayor de 100 años, solo es una cautela a efectos de exportación, nada mas.

Comprobadlo a ver si por la via que os indico cabe alguna solución al problema (aunque, vuelvo a repetir, sea solo para lo referido al patrimonio español)

Saludos


Hola, lo de la invocación a la Ley de Patrimonio ya se hizo en los contenciosos presentados a nivel personal por alguno de nosotros, y los jueces echaron todo atrás. Lo que hace falta es una reglamentación clara. Por mi parte.

1. Estoy de acuerdo en un Plan de Colección, abierto a cambios y justificado.

2. Aunque digáis de la libre asociación, pertenecer a una asociación o club de coleccionistas no es algo que debamos denostar. La misma pertenencia a Anarma sería un aval de que el coleccionista lo es por condición y no un intruso con un arma en tiro en casa. Mismo se puede crear un Club vinculado a Anarma, crear grupos de trabajo, presentar trabajos de investigación o promover exposiciones.

3. Sobre compras mínimas anuales, evidentemente es una tontería, sobre todo a ciertos niveles cuando las piezas cuestan varios miles de euros. Pero al menos el coleccionista debe tener movimiento relacionado con su colección. Una colección de una única pieza no es una colección...

4. Listado claro de modelos coleccionables o fecha de antigüedad mínima. Está claro que dentro de 40 años habrá modelos que luego serán historia viva de las armas, pero no creo que se deba dejar abierto el campo a cualquier modelo actual, aunque en algunos países sean más permisivos, no creo que los coleccionistas españoles vayan por ahí.

5. Medidas de seguridad como un armero no me parece tampoco descabellado, es preferible eso a que te exijan que tengas una réplica de Fort Knox en casa.

6. Permitir la participación en tiradas históricas de armas de colección inscritas en el dichoso Libro. A muchos les haría ilusión, seguro. (a mí no :D )

Abro el debate. Os toca.
Saludos,
Enrique
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Re: Coleccionismo de Armas en España y en el resto de la Uni

Mensajepor duran » 18 Nov 2014 10:33

Saludos,

Yo colecciono y las disparo...de hecho si no esta bien para disparar (y no solo tirar con seguridad, si no que ademas tenga precision) no quiero la pieza.

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Re: Coleccionismo de Armas en España y en el resto de la Uni

Mensajepor Cabo_Tito » 18 Nov 2014 11:32

kikeformad escribió:
senecancan escribió:Cuanto me alegra el que alguien se preocupe del Patrimonio Histórico Español pero, a la vista de algunas cosas que comentáis, creo que debéis echar un vistazo al Art. 1 de la Ley 16/1985 de 25 de junio (BOE del 29) para ver lo que integra este patrimonio (bienes inventariados o declarados de interés cultural). Por la via de su inclusión en el inventario de bienes o incluso de su declaración de interés cultural podrían salvaguardarse, por lo menos, las armas españolas.

Y, salvo mejor criterio, lo de la antigüedad mayor de 100 años, solo es una cautela a efectos de exportación, nada mas.

Comprobadlo a ver si por la via que os indico cabe alguna solución al problema (aunque, vuelvo a repetir, sea solo para lo referido al patrimonio español)

Saludos


Hola, lo de la invocación a la Ley de Patrimonio ya se hizo en los contenciosos presentados a nivel personal por alguno de nosotros, y los jueces echaron todo atrás. Lo que hace falta es una reglamentación clara. Por mi parte.

1. Estoy de acuerdo en un Plan de Colección, abierto a cambios y justificado.

2. Aunque digáis de la libre asociación, pertenecer a una asociación o club de coleccionistas no es algo que debamos denostar. La misma pertenencia a Anarma sería un aval de que el coleccionista lo es por condición y no un intruso con un arma en tiro en casa. Mismo se puede crear un Club vinculado a Anarma, crear grupos de trabajo, presentar trabajos de investigación o promover exposiciones.

3. Sobre compras mínimas anuales, evidentemente es una tontería, sobre todo a ciertos niveles cuando las piezas cuestan varios miles de euros. Pero al menos el coleccionista debe tener movimiento relacionado con su colección. Una colección de una única pieza no es una colección...

4. Listado claro de modelos coleccionables o fecha de antigüedad mínima. Está claro que dentro de 40 años habrá modelos que luego serán historia viva de las armas, pero no creo que se deba dejar abierto el campo a cualquier modelo actual, aunque en algunos países sean más permisivos, no creo que los coleccionistas españoles vayan por ahí.

5. Medidas de seguridad como un armero no me parece tampoco descabellado, es preferible eso a que te exijan que tengas una réplica de Fort Knox en casa.

6. Permitir la participación en tiradas históricas de armas de colección inscritas en el dichoso Libro. A muchos les haría ilusión, seguro. (a mí no :D )

Abro el debate. Os toca.
Saludos,
Enrique


Con todo respeto: ¿Eres consejeros o algo asi de los antiarmas?
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Re: Coleccionismo de Armas en España y en el resto de la Uni

Mensajepor kikeformad » 18 Nov 2014 19:26

Hola Cabo, si queremos desatascar el tema del Libro de Coleccionista y reclamamos se asemeje a lo de nuestros vecinos europeos, las medidas vendrán por donde os digo, si no todas, la mayoría.

Como coleccionista serio que me tengo, no puedo usar, si quisiera probarlas, mis piezas. Me he tenido que federar, sacar la Licencia F y ascender a 1° para poder tener y ampliar la colección. Creo no soy la excepción. Ya estamos asociados a Anarma y guardamos las piezas en armeros. Tener un Plan de Colección sé que choca con el carácter imprevisor de los españoles, de algunos.

Como quiero ampliar mi colección, como quiero dejar de tener que entrenar para mantener mi categoría y quiero tener mis piezas a buen recaudo anotaditas en el Libro, debo sacrificar algo y ofrecerlo. Quid pro quo. El que se piense que no hay que negociar con la ICAE y hay que pegarse en los Tribunales, pues adelante, por experiencia no merece la pena, al contrario. Las medidas que digo yo las firmo si mañana puedo meter mis piezas en F al Libro junto al resto y dejan de ponerme trabas. Si invocamos a Europa, sepamos que en Europa se hacen cosas de éste estilo.

¿¿Ideas??

Saludos,
Enrique
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Re: Coleccionismo de Armas en España y en el resto de la Uni

Mensajepor Cabo_Tito » 18 Nov 2014 22:42

Tonces lei mal o mezcle hilos, pense que hablabas de AE y caja fuerte ....
Mis disculpas.

De todos modos es absurdo que solo puedan coleccionarse armas de ciertas caracteristicas, asi la de 9 corto o largo que tuvo mi abuelo, el Mauser de mi otro abuelo (de la I G.M.) y la Luger de mi padre, de haberlas tenido yo ya serian chatarra ... y eso que el Mauser de mi abuelo era original de la I GM. (Oficial prusiano, lancero, creo), la pistola de mi padre, aunque estuviera en la II GM no tenia certificado alguno de haber pertenecido mas que a un Militar del frente ruso, y la del 9 corto/largo de mi abuelo tampoco podria tenerla porque este, salvo la mili y la caza jamas tuvo que ver con armas (esta me la he inventado), las 2 primeras si existieron ... y les perdi la pista. Y si consiguiera pujar por la Star 9 mlm que lleve en mi "Mili", o mi Cetme, o mi Mortero del 60 ... idem. Tampoco podria tenerlas en el libro.

<ironic mode on>
¿Para cuando podremos guiar los de "avancarga" un mortero del 60 o del 81 y practicar? ¿Es avancarga o no?
<ironic mode off>
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