ARMAS DE FOGUEO

Todo sobre licencias de armas, reglamentos, normativa...
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ARMAS DE FOGUEO

Mensajepor Elderbi » 28 Abr 2012 18:35

Me gustaría tratar la legislación y/o la interpretación de la ley que se pudiera dar a estas armas.
Según tengo entendido solo se pueden tener en el domicilio.
Ya esto nos lleva a la duda eterna para los que por motivos que no vienen al caso tenemos dos domicilios. En que domicilio?
Como todos sabemos estas armas disparan balas de fogueo. Donde se pueden usar? Y para qué?
No quiero entrar en la polémica del uso disuasorio de estas armas, que ya se ha tratado en varias ocasiones en este foro.
Gracias.
Un saludo

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Re: ARMAS DE FOGUEO

Mensajepor jrdc1 » 29 Abr 2012 00:54

Buenas!

Respuesta rápida: en el domicilio en el que estés empadronado. Respuesta compleja: en cualquiera de los dos, mientras no des motivos de queja.
Donde se pueden usar? En un club de tiro o espacio autorizado al efecto. Supongo que se podría usar dentro del domicilio, pero el problema lo tienes casi asegurado. Para qué? Para hacer ruido. En principio se puede usar para lanzar bengalas, pero no recuerdo que el RA lo autorizara alegremente.

Ah, y disparan cartuchos de fogueo. Balas de fogueo es un oxímoron, además de una ilegalidad.

Saludos

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Re: ARMAS DE FOGUEO

Mensajepor Buen_tirador » 29 Abr 2012 01:02

Las armas de fogueo las puedes tener en el domicilio que quieras estés empadronado o dejes de estarlo.
Las armas de fogueo no disparan nada. Solo hacen ruido.
No se pueden usar en ningún sitio y para nada.

Uso disuasorio=suicidio.


Un saludo al foro.
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Re: ARMAS DE FOGUEO

Mensajepor Elderbi » 29 Abr 2012 10:43

Sé que disparan cartuchos de fogueo, me expresé mal al decir balas de fogueo, y si estos cartuchos se venden, me imagino que libremente. serán para usarse en algún sitio.
Todavía puedo comprender que se venda una pistola de fogueo para coleccionismo ó para adornar tu casa. Pero que se vendan unos cartuchos que no puedes usar es difícil de comprender.
Desde luego no lo vas a usar en un piso para alarmar al vecino, ni en u campo de tiro porque es un contrasentido usar un arma que no dispara nada en un campo de tiro.
Mi pregunta concreta es si se pueden usar, legalmente, en el campo para ahuyentar perros asalvajados ó pájaros que se comen el fruto?
Un saludo

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Re: ARMAS DE FOGUEO

Mensajepor Buen_tirador » 29 Abr 2012 10:57

Estas en España.
Y tratando un tema de armas.

Hay muchas cosas "dificiles de comprender", muchisimas cosas.

Un saludo al foro.
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Re: ARMAS DE FOGUEO

Mensajepor Buen_tirador » 29 Abr 2012 11:00

Mira si hay cosas dificiles de comprender.

Que una caja de municion de fogueo del 9 PAK, te cueste 18€ y que una caja de municion del 9 Parabelum te cueste 15€.

Que valga mas la municion de fogueo que la real.

Dificil de comprender?

Un saludo al foro.
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Re: ARMAS DE FOGUEO

Mensajepor mmmmm » 29 Abr 2012 11:19

Hola Elderbi.
Yo creo que el articulo 146 del R.A deja bastante claro que puedes y que no puedes hacer con un arma de fogueo.
ARTICULO 146. 1. Queda prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de
trabajo, en su caso, o de las correspondientes actividades deportivas, cualquiera clase de armas
de fuego cortas y armas blancas, especialmente aquellas que tengan hoja puntiaguda, así como
en general armas de las categorías 5., 6. y 7. Queda al prudente criterio de las autoridades y sus
agentes apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la
ocasión, momento o circunstancia en especial si se trata de armas amparadas en licencias B,
por razones de seguridad.
2. Deberá en general estimarse ilícito el hecho de llevar o usar armas los concurrentes a
establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, así como
en todo caso los que hubieran sufrido condena por delito o falta contra las personas o la
propiedad o por uso indebido de armas o sanción por infracción de este Reglamento.
Saludos.

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Re: ARMAS DE FOGUEO

Mensajepor Elderbi » 29 Abr 2012 12:38

Según yo entiendo, de ese Artículo 146, las armas de fogueo la puedo usar dentro de mi domicilio y dentro de mi lugar de trabajo.
Por favor mmmmm corrígeme si lo he mal interpretado. Que para esto parece que soy un poco torpe.
Gracias.
Un saludo

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Re: ARMAS DE FOGUEO

Mensajepor mmmmm » 29 Abr 2012 13:01

Elderbi escribió:Según yo entiendo, de ese Artículo 146, las armas de fogueo la puedo usar dentro de mi domicilio y dentro de mi lugar de trabajo.
Por favor mmmmm corrígeme si lo he mal interpretado. Que para esto parece que soy un poco torpe.
Gracias.
Un saludo

Pues lo has entendido perfectamente....
Vamos...que si quieres pegar tres tiros en tu casa...pues no pasa nada....
Y en lo referente al trabajo...pues depende donde trabajes :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: .

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Re: ARMAS DE FOGUEO

Mensajepor Eugenia » 01 May 2012 18:08

No te recomiendo utilizar un arma detonadora para ahuyentar perros asilvestrados o salvajes. Al ver que no sufren daño alguno, su agresividad aumentará contra quien les ha castigado el oído. Insisto, las armas que sólo hacen ruido sirven exclusivamente para jugar.

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Re: ARMAS DE FOGUEO

Mensajepor Cabo_Tito » 01 May 2012 18:35

Pienso como Eugenia, en su dia , hace años , tuve un Rotweiller (aparte de otras razas en diferentes epocas), tanto el Rotweiller como el Dobermann, un Mastin extremeño, incluso un "chucho" que recogi de la calle atacaban literalmente y con muy mala milk si les apuntaba aunque fuera con un dedo .... si veian una detonadora, una pistola de aire ... mejor que no estuvieran cerca o podias quedarte sin mano o sin brazo y eso suponiendo que no se lance directamente a tu cuello o a la cara ... los de raza los criamos en casa y su reaccion iba con su caracter .. del Boxer mejor no hablo, ese se lanzaba si no te conocia ... y tuvimos que sacrificarlo por ser un peligro (con o sin bozal).

Por lo que he visto en documentales y hablando con algun entrenador serio ... las detonadoras se usan para que el can pierda el miedo a los sonidos de los disparos y al arma ... a la vez que sirve para sublevarlos.
"LOS DELINCUENTES Y LOS TIRANOS PREFIEREN UNA SOCIEDAD DESARMADA. ASI SON LOS UNICOS ARMADOS."

Mis opiniones son mias y en nada relacionadas con ANARMA ni con alguna otra asociación.

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Re: ARMAS DE FOGUEO

Mensajepor Elderbi » 02 May 2012 21:24

Eugenia escribió:No te recomiendo utilizar un arma detonadora para ahuyentar perros asilvestrados o salvajes. Al ver que no sufren daño alguno, su agresividad aumentará contra quien les ha castigado el oído. Insisto, las armas que sólo hacen ruido sirven exclusivamente para jugar.

Mi experiencia me dice que un perro asilvestrado huye, como todo animal salvaje, de la presencia del hombre ante cualquier amenaza. Se tienen que ver muy acorralado para atacar, tengas una pistola de fogueo ó una ametralladora en las manos.
Con referencia a que una pistola de fogueo sirve exclusivamente para jugar, te diré solo una cosa. Que no te la pongan en la cabeza para atracarte. Yo he sufrido dos atracos con pistola de fogueo y no estábamos jugando.
Sé que hay mucha gente en contra de estas pistolas, quizás yo el primero, y que quizás habría que prohibirlas, pero ya que existen vamos a intentar sacarle legalmente provecho sin ponernos en peligro ni a nosotros ni a terceros.
Gracias a todos por vuestras respuestas.
Un saludo

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Re: ARMAS DE FOGUEO

Mensajepor mmmmm » 02 May 2012 21:48

Elderbi escribió:
Eugenia escribió:No te recomiendo utilizar un arma detonadora para ahuyentar perros asilvestrados o salvajes. Al ver que no sufren daño alguno, su agresividad aumentará contra quien les ha castigado el oído. Insisto, las armas que sólo hacen ruido sirven exclusivamente para jugar.

Mi experiencia me dice que un perro asilvestrado huye, como todo animal salvaje, de la presencia del hombre ante cualquier amenaza. Se tienen que ver muy acorralado para atacar, tengas una pistola de fogueo ó una ametralladora en las manos.
Con referencia a que una pistola de fogueo sirve exclusivamente para jugar, te diré solo una cosa. Que no te la pongan en la cabeza para atracarte. Yo he sufrido dos atracos con pistola de fogueo y no estábamos jugando.
Sé que hay mucha gente en contra de estas pistolas, quizás yo el primero, y que quizás habría que prohibirlas, pero ya que existen vamos a intentar sacarle legalmente provecho sin ponernos en peligro ni a nosotros ni a terceros.
Gracias a todos por vuestras respuestas.
Un saludo

Prohibirlas?.....por?
Crees que es mejor que te atraquen con una real?
Saludos.

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Re: ARMAS DE FOGUEO

Mensajepor Buen_tirador » 03 May 2012 16:35

Pues claro que es mejor que te atraquen con una arma real.

Que te atraquen con una pistola de fogueo, se te tiene que quedar una cara de .... cuando te des cuenta.

Claro que si no te has dado cuenta, para los efectos, como si hubiera sido real.

Quien no conozca las armas, tampoco le vas a pedir que distinga una de fogueo de una real.

Un saludo al foro.
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Re: ARMAS DE FOGUEO

Mensajepor mmmmm » 03 May 2012 16:50

Buen_tirador escribió:Pues claro que es mejor que te atraquen con una arma real.

Que te atraquen con una pistola de fogueo, se te tiene que quedar una cara de .... cuando te des cuenta.

Claro que si no te has dado cuenta, para los efectos, como si hubiera sido real.

Quien no conozca las armas, tampoco le vas a pedir que distinga una de fogueo de una real.

Un saludo al foro.

Tu mismo..... 8)
Yo creo...que en la peor de las situaciones...las reales..."duelen" mas....
Pero..para gustos los colores.
Saludos.

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Re: ARMAS DE FOGUEO

Mensajepor Elderbi » 03 May 2012 22:50

He contado algún chiste?

Miguel59
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Re: ARMAS DE FOGUEO

Mensajepor Miguel59 » 04 May 2012 04:59

¿Prohibirlas?¿Por qué?. Quien no haga el uso adecuado de ellas que se le aplique la ley. Creo que en nuestra afición ya tenemos demasiadas prohibiciones, y regulaciones paternalistas que nos tratan como a personas no maduras e irresponsables. Claro que este el es pais de "vivan las caenas".
Un saludo.

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Re: ARMAS DE FOGUEO

Mensajepor josegun » 04 May 2012 12:50

Buenas,las cosas bien explicadas y bien entendidas las podemos comprender todos.Es una temeridad vender armas de fogueo solo con D.N.I.que facilmente se modifican para cometer delitos,con esto queda una puerta abierta a quien quiera comprarla para hacer negocios,o cometer delitos.Los que realmente utilizan estas armas para un uso ilegal,saben de sobra que la pena es menor,ya que se trata de un arma de fogueo simplemente con el cañon "limpio".Yo prefiero que no me atraquen ni con una de fogueo ni con una de verdad.Pero la facilidad con que se consigue una de fogueo,la de fuego real ya es mas complicado.Que queremos que se usen libremente porque como no disparan nada y solo hacen ruido,y un dia nos encontremos con que en el parque,o en el campo,o donde sea,le esten pegando unos cuantos tiros a alguien de "verdad" y nadie acuda pensando que son de fogueo?Es por la seguridad de todos,la prueba esta cuando llegan las navidades y se tiran petardos,acaso podriamos distinguir si le estuvieran pegando un tiro a alguien?Esta ley se hizo mal desde el principio,se deberia de tomar nota del numero del arma una vez te la venden y entrar en un registro a nivel nacional,digo yo que tecnologia hay suficiente.Recordemos que esta ley salio por el 93 que permitio,la venta en españa,y ya no nos conformamos con tenerlas,sino que queremos usarlas mas libremente.Lo mismo que hemos aprendido a no ir con una moto por encima de una acera,podiamos comprender el uso de estas pistolas,ojo,tengo una ehhh.Reconozco que es una contrariedad,comprar cartuchos para usarlos donde?Pero primero esta la seguridad.Saludos


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