Acojonante.
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Acojonante.
Esto es pa mear y no echar gota.
Voy a la intervención de mi ciudad preguntando por el armero necesario para arma corta, y me dicen que en un armero grado I puedo meter sin problemas una pistola de concurso, siempre y cuando tenga espacio para meter la pistola, yo le digo que creo que está equivocado, que en un armero para armas alrgas grado I no puede ir una pistola, y el agente de malos modos me dice que la intervención son ellos y que sabrán mejor que nadie como va el tema.
La cosa es que me dan ganas de comprarme mi ansiada pistola y llegar con el certificado de mi armero para armas largas, que tiene su hueco arriba para munición y/o pistola, peeeero me da a mí que me tirarán para atrás cuando vaya a guiar el arma y me obligarán a comprar un grado III.
En definitiva, si las intervenciones no saben como va la ley, imaginemos que sabrán los que hacen dichas leyes.
Voy a la intervención de mi ciudad preguntando por el armero necesario para arma corta, y me dicen que en un armero grado I puedo meter sin problemas una pistola de concurso, siempre y cuando tenga espacio para meter la pistola, yo le digo que creo que está equivocado, que en un armero para armas alrgas grado I no puede ir una pistola, y el agente de malos modos me dice que la intervención son ellos y que sabrán mejor que nadie como va el tema.
La cosa es que me dan ganas de comprarme mi ansiada pistola y llegar con el certificado de mi armero para armas largas, que tiene su hueco arriba para munición y/o pistola, peeeero me da a mí que me tirarán para atrás cuando vaya a guiar el arma y me obligarán a comprar un grado III.
En definitiva, si las intervenciones no saben como va la ley, imaginemos que sabrán los que hacen dichas leyes.
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Re: Acojonante.
Saludos compañero, no te han dicho ninguna locura.
En algunas I.A de España lo hacen.
yo mismo he presenciado como un compañero del club ha guiado su primer arma con uno de grado C el de los de antes por 250€ el armero.
Me comento el Interventor que mientras puedan lo hacen, que tambien son tiradores y concientes de la crisis.
Por eso mismo manifiesto esto publicamente en defensa de algunos.
Un saludo.
En algunas I.A de España lo hacen.
yo mismo he presenciado como un compañero del club ha guiado su primer arma con uno de grado C el de los de antes por 250€ el armero.
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Re: Acojonante.
Sobre las homologaciones ya hemos debatido mucho,el problema real no es con lo que te dejen guiar el arma,y mucho menos que te vayan a ir a mirar lo que tienes en tu casa, nunca he oído ningún caso ni creo que lo pueden hacer,el problema de verdad es si tienes la mala suerte de que te roban y se llevan tus armas,entonces es cuando un Juez va a aplicar la ley y comprobar que no has tenido negligencia en la custodia de armas,y esto lo demuestras acreditando que tienes un armero con la homologación que exige la ley,lo demás,ganas de marear la perdiz y opiniones,que como al mía todos tenemos una....
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Re: Acojonante.
Coño, navamorquín!
Pués píllate ese armero de Grado I que es más BARATO y aprovecha la "bondad" de tu IA.
Si es que esto de las homologaciones es otro tema destinado únicamente "a pagar". Cartera por un lado, y ley en la mano por otro.
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Charlie
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Re: Acojonante.
Yo opino lo mismo que Wilcow.
Si tuviera los recursos no me arriesgaría, pero de no tenerlos...
Suerte.
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Re: Acojonante.
Lo de las cajas es una incongruencia con la que hay que acabar. De exigirse ha de ser solo grado I. Lo que no puede ser es que si yo tengo dos rifles idénticos uno guiado con la D y otro con la F, el guiado con la D lopueda guradar en una caja grado I y en el guiado con la F tenga que guardar una pieza fundamental en una caja grado III (que resulta que el grado III no solo es par arma corta sino par todas las arms guiadas con la F). Y aun peor carabina del 22 guiada en la E se guarda bajo la cama, la misma carabina en la F uan pieza fundamental en una caja grado III. No si estos de verde estan como cabras (me rio por no llorar)
Igual que no debía de ser obligatorio un armero si guardas una pieza fundamental en otra vivienda.
Saludos
Igual que no debía de ser obligatorio un armero si guardas una pieza fundamental en otra vivienda.
Saludos
- marchoso
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Re: Acojonante.
skiner escribió:Lo de las cajas es una incongruencia con la que hay que acabar. De exigirse ha de ser solo grado I. Lo que no puede ser es que si yo tengo dos rifles idénticos uno guiado con la D y otro con la F, el guiado con la D lopueda guradar en una caja grado I y en el guiado con la F tenga que guardar una pieza fundamental en una caja grado III (que resulta que el grado III no solo es par arma corta sino par todas las arms guiadas con la F). Y aun peor carabina del 22 guiada en la E se guarda bajo la cama, la misma carabina en la F uan pieza fundamental en una caja grado III. No si estos de verde estan como cabras (me rio por no llorar)
Saludos
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Re: Acojonante.
skiner escribió:Lo de las cajas es una incongruencia con la que hay que acabar. De exigirse ha de ser solo grado I. Lo que no puede ser es que si yo tengo dos rifles idénticos uno guiado con la D y otro con la F, el guiado con la D lopueda guradar en una caja grado I y en el guiado con la F tenga que guardar una pieza fundamental en una caja grado III (que resulta que el grado III no solo es par arma corta sino par todas las arms guiadas con la F). Y aun peor carabina del 22 guiada en la E se guarda bajo la cama, la misma carabina en la F uan pieza fundamental en una caja grado III. No si estos de verde estan como cabras (me rio por no llorar)
Igual que no debía de ser obligatorio un armero si guardas una pieza fundamental en otra vivienda.
Saludos
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- carses
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Re: Acojonante.
Amigo Wilcow, lo de ir a tu casa para comprobar lo del armero, no solamente pueden hacerlo, según el reglamento vigente, sino que además conozco casos de mi ciudad, que han ido a verlo, para comprobar que estaba realmente en la vivienda y clavado en el suelo o pared. Tambien lo hacen cuando te dan el permiso de recarga, se de al menos dos casos (no ha sido el mio), que han ido a su vivienda, y a parte de comprobar lo del armero, han comprobado las medidas de seguridad de la vivienda, pues para recargar, hay que tener la habitación donde se recargará unas medidas de seguridad, a parte del armero.
Se que no es lo habitual, pero en algunas IAs, lo hacen y ademas por ley pueden hacerlo, al igual que pueden hacer un control de las armas en los domicilios, si lo consideran necesario.
Se que no es lo habitual, pero en algunas IAs, lo hacen y ademas por ley pueden hacerlo, al igual que pueden hacer un control de las armas en los domicilios, si lo consideran necesario.
- guyweisz
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Re: Acojonante.
carses escribió:Amigo Wilcow, lo de ir a tu casa para comprobar lo del armero, no solamente pueden hacerlo, según el reglamento vigente, sino que además conozco casos de mi ciudad, que han ido a verlo, para comprobar que estaba realmente en la vivienda y clavado en el suelo o pared. Tambien lo hacen cuando te dan el permiso de recarga, se de al menos dos casos (no ha sido el mio), que han ido a su vivienda, y a parte de comprobar lo del armero, han comprobado las medidas de seguridad de la vivienda, pues para recargar, hay que tener la habitación donde se recargará unas medidas de seguridad, a parte del armero.
Se que no es lo habitual, pero en algunas IAs, lo hacen y ademas por ley pueden hacerlo, al igual que pueden hacer un control de las armas en los domicilios, si lo consideran necesario.
Y otras donde el interventor te mira como si le hubieras hablado en latín, y te dice "clarooo, ¿quizás también le traigo un café al señorito a casa?" Que las hay de todos los colores. Como se ha dicho antes, que se acabe con esta farsa de una vez, se decida el tipo de armero/cajafuerte que valga para todas las armas según tamaño, y el calibre a partir del cual será necesario tenerlo, y santas pascuas. Lo que no puede ser (bueno poder poder se puede, porque es lo que se lleva haciendo) es obligarte cuando ya tienes un armero con tres rifles y un estante donde cabe una pistola, comprar otra cajafuerte para la pistola. Que es muy fuerte, y sin caja.
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Re: Acojonante.
carses escribió:Amigo Wilcow, lo de ir a tu casa para comprobar lo del armero, no solamente pueden hacerlo, según el reglamento vigente, sino que además conozco casos de mi ciudad, que han ido a verlo, para comprobar que estaba realmente en la vivienda y clavado en el suelo o pared. Tambien lo hacen cuando te dan el permiso de recarga, se de al menos dos casos (no ha sido el mio), que han ido a su vivienda, y a parte de comprobar lo del armero, han comprobado las medidas de seguridad de la vivienda, pues para recargar, hay que tener la habitación donde se recargará unas medidas de seguridad, a parte del armero.
Se que no es lo habitual, pero en algunas IAs, lo hacen y ademas por ley pueden hacerlo, al igual que pueden hacer un control de las armas en los domicilios, si lo consideran necesario.
Tendría que verlo para creérmelo,dudo que sin orden judicial pueda entrar nadie en tu casa,y menos para un tramite administrativo como este...
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- carses
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Re: Acojonante.
Con respecto a los armeros, el vigente reglamento dice en su articulo 100, apartado 5 a), lo siguiente:
"a) En los propios domicilios de sus titulares, en cajas fuertes o armeros autorizados, con las medidas de seguridad necesarias, aprobadas por la Intervención de Armas de la Guardia Civil, que podrá comprobarlas en todo momento."
Además si no les dejas entrar te aplican el artículo 165 aparatado e), que dice:
"e) El impedimento o la omisión de la colaboración obligatoria para la realización de los controles o inspecciones prevenidos sobre la fabricación, reparación, almacenamiento, distribución, comercio, tenencia y utilización, con multa de cincuenta mil una a cinco millones de pesetas, conjunta o alternativamente con suspensión temporal de hasta seis meses de duración, si se trata de armas de defensa personal, de armas de vigilancia y guardería, de armas largas rayadas o de armas largas de ánima lisa."
Con respecto a la recarga, la Ley de explosivos en la Instrucción técnica complementaria número 14 Normas para la recarga de munición por particulares, en su punto 7 dice :
"7. Sin perjuicio de las revisiones esporádicas que pueda realizar la Intervención de Armas y Explosivos,
toda persona autorizada para la recarga de cartuchería metálica, en el momento de renovar la licencia de armas que le autoriza la tenencia y uso de armas que utilizan cartuchería que puede recargar, debe presentar ante la Intervención de Armas de su demarcación la autorización,
para revisión. El interventor de Armas y Explosivos a la vista de la solicitud y previa comprobación de la habilitación
correspondiente y de que las medidas de seguridad para la custodia de los elementos necesarios para la recarga
son suficientes, le concederá la correspondiente autorización."
Estos son algunos ejemplos, en otras normativas, tambien les dan derecho a entrar en tu casa para revisar las armas, elementos de racarga, armeros, medidas de seguridad, etc.
"a) En los propios domicilios de sus titulares, en cajas fuertes o armeros autorizados, con las medidas de seguridad necesarias, aprobadas por la Intervención de Armas de la Guardia Civil, que podrá comprobarlas en todo momento."
Además si no les dejas entrar te aplican el artículo 165 aparatado e), que dice:
"e) El impedimento o la omisión de la colaboración obligatoria para la realización de los controles o inspecciones prevenidos sobre la fabricación, reparación, almacenamiento, distribución, comercio, tenencia y utilización, con multa de cincuenta mil una a cinco millones de pesetas, conjunta o alternativamente con suspensión temporal de hasta seis meses de duración, si se trata de armas de defensa personal, de armas de vigilancia y guardería, de armas largas rayadas o de armas largas de ánima lisa."
Con respecto a la recarga, la Ley de explosivos en la Instrucción técnica complementaria número 14 Normas para la recarga de munición por particulares, en su punto 7 dice :
"7. Sin perjuicio de las revisiones esporádicas que pueda realizar la Intervención de Armas y Explosivos,
toda persona autorizada para la recarga de cartuchería metálica, en el momento de renovar la licencia de armas que le autoriza la tenencia y uso de armas que utilizan cartuchería que puede recargar, debe presentar ante la Intervención de Armas de su demarcación la autorización,
para revisión. El interventor de Armas y Explosivos a la vista de la solicitud y previa comprobación de la habilitación
correspondiente y de que las medidas de seguridad para la custodia de los elementos necesarios para la recarga
son suficientes, le concederá la correspondiente autorización."
Estos son algunos ejemplos, en otras normativas, tambien les dan derecho a entrar en tu casa para revisar las armas, elementos de racarga, armeros, medidas de seguridad, etc.
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Re: Acojonante.
Pues supongo que tienes razón,pero creo que es llevar la ley al extremo
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- carses
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Re: Acojonante.
En eso estoy de acuerdo contigo, pero como te digo, lo han hecho en la IA que me corresponde, y es mas, quisieron venir tambien a mi casa, pero una llamada de "alguien" les disuadio. Por eso se que lo hacen.
Un saludo a todos.
Un saludo a todos.
Re: Acojonante.
carses escribió:Con respecto a los armeros, el vigente reglamento dice en su articulo 100, apartado 5 a), lo siguiente:
"a) En los propios domicilios de sus titulares, en cajas fuertes o armeros autorizados, con las medidas de seguridad necesarias, aprobadas por la Intervención de Armas de la Guardia Civil, que podrá comprobarlas en todo momento."
Además si no les dejas entrar te aplican el artículo 156 aparatado e), que dice:
"e) El impedimento o la omisión de la colaboración obligatoria para la realización de los controles o inspecciones prevenidos sobre la fabricación, reparación, almacenamiento, distribución, comercio, tenencia y utilización, con multa de cincuenta mil una a cinco millones de pesetas, conjunta o alternativamente con suspensión temporal de hasta seis meses de duración, si se trata de armas de defensa personal, de armas de vigilancia y guardería, de armas largas rayadas o de armas largas de ánima lisa."
Con respecto a la recarga, la Ley de explosivos en la Instrucción técnica complementaria número 14 Normas para la recarga de munición por particulares, en su punto 7 dice :
"7. Sin perjuicio de las revisiones esporádicas que pueda realizar la Intervención de Armas y Explosivos,
toda persona autorizada para la recarga de cartuchería metálica, en el momento de renovar la licencia de armas que le autoriza la tenencia y uso de armas que utilizan cartuchería que puede recargar, debe presentar ante la Intervención de Armas de su demarcación la autorización,
para revisión. El interventor de Armas y Explosivos a la vista de la solicitud y previa comprobación de la habilitación
correspondiente y de que las medidas de seguridad para la custodia de los elementos necesarios para la recarga
son suficientes, le concederá la correspondiente autorización."
Estos son algunos ejemplos, en otras normativas, tambien les dan derecho a entrar en tu casa para revisar las armas, elementos de racarga, armeros, medidas de seguridad, etc.
Bueno, todo esto me parece muy bien, pero la norma jurídica fundamental del estado español es la constitución de 1978, y esta dice, en su título primero, capítulo segundo, sección 1ª, artículo 18.2 "El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en el sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito."
Me parece a mi que chungo lo lleva quien imponga una sanción aun ciudadano por no facilitar la inspección de algo autoirizado previamente por ellos y previa presentación de documentos acreditativos por parte del beneficiario de dicha autorización.
En mi casa, si yo no quiero, no entra ni el tato a no ser que lo ordene un juez, porque delitos no cometo, mucho menos dentro de casa.
Última edición por Erick el 19 Feb 2011 15:39, editado 1 vez en total.
Sólo cuando se haya talado el último árbol; sólo cuando se haya envenenado el último río; sólo cuando se haya pescado el último pez; sólo entonces, descubrirá el hombre blanco que el dinero no es comestible. (Profecía de los indios Cree)
Re: Acojonante.
Repetido.
Sólo cuando se haya talado el último árbol; sólo cuando se haya envenenado el último río; sólo cuando se haya pescado el último pez; sólo entonces, descubrirá el hombre blanco que el dinero no es comestible. (Profecía de los indios Cree)
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Re: Acojonante.
Os cuento mi caso: Yo vivo en Madrid capital y compré un armero ya ni me acuerdo de qué clase era,cuando salió lo de la obligatoriedad de tener las armas en el.Cuando se homologaron posteriormente, al ir a guiar un arma me pidieron el certificado de homologación y como, lógicamente, no lo tenía vino un guardia civil,de paisano,claro, para verlo.Me dió el visto bueno y hasta la fecha no he tenido ningún problema.
- guyweisz
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Re: Acojonante.
En este caso se deberá recurrir su inconstitucionalidad ante el TC. Lo que no se puede hacer es infrigir una normativa en vigor, siendo un reglamento aprobado por real decreto, y por tanto se debe cumplir a pie de letra, obedeciendo las órdenes del GC que persona en tu casa. Imagínate qué pasaría si no lo hicieras, ¿tenrías el valor de contestarle a un agente -con todo el mundo mirando- que no le abres la puerta? Como si fueras un delicuente. Apuesto a que volvería con una orden judicial, y encima te embargaría las armas, y a ver si te renuevan la licencia, que esto es antecedentes policiales y si la deniegan hasta por tener una simple multa de tráfico...
Estoy de acuerdo contigo con que esta normativa es contraria a la constitución, pero para argumentarlo hay que hacerlo ante el TC, no se puede vulnerar una normativa viegente.
Opinión de un servidor.
Un saludo.
Estoy de acuerdo contigo con que esta normativa es contraria a la constitución, pero para argumentarlo hay que hacerlo ante el TC, no se puede vulnerar una normativa viegente.
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