ALEGACIONES AL NUEVO REGLAMENTO

Cuchillos y flechas: la base de la historia armera
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Juan_Moreira
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ALEGACIONES AL NUEVO REGLAMENTO

Mensajepor Juan_Moreira » 26 Dic 2010 19:41

Aprovechando que se ha alargado el plazo para presentar alegaciones al nuevo Reglamento de armas, reitero lo dicho en otros hilos; las navajas de "apertura fácil" estarán prohibidas, o eso parece. Y dentro del a confusa redacción del artículo, las que tienen agujero o tornillo de ayuda en la hoja también se considerarán "de apertura fácil" o "automáticas", o casi peor, quedarán en un terreno nebuloso donde el agente de la autoridad actuará a su gusto.

Creo que no debemos dejar de lado el tema, sino discutirlo y presentar alegaciones si hace falta. Casi todas las alegaciones se refieren a armas de fuego, pero habrá que hacer algo también para no tener que condenar las Spyderco ( y tantas otras) a cadena perpetua en la vitrina.

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Re: ALEGACIONES AL NUEVO REGLAMENTO

Mensajepor Juan_Moreira » 28 Dic 2010 15:47

Por lo que parece, el tema no tiene importancia, luego vendrán quejas y lágrimas. Haré una alegación por mi cuenta.

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Re: ALEGACIONES AL NUEVO REGLAMENTO

Mensajepor Cockey » 09 Ene 2011 11:48

Estimados colegas del foro.

En primer lugar quiero agradecer al compañero Juan Moreira su esfuerzo por conseguir una respuesta de todos respecto al proyecto del nuevo Reglamento de Armas en la parte que nos afecta más directamente a todos los usuarios de armas blancas.

Ruego disculpéis la tardanza en responder a este mensaje. Por motivos personales no me ha sido posible hacerlo antes tal y como pretendía, esto es, aportando mi colaboración para que todos los interesados puedan hacer uso de la misma.

Ésta es la redacción de mis alegaciones tal y como las he presentado ya. Espero que todos los habituales tengan en cuenta por lo menos la posibilidad de hacer llegar una copia literal o adaptada a sus propias circunstancias u opiniones, a las autoridades competentes para protestar por un tema que en este mismo foro ha sido extensamente tratado y considerado como injusto por todos.

A la atención de:

Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior
Calle Amador de los Ríos, 7,
28071 (Madrid)



Estimados señores:

Al objeto de dar cumplimiento a lo solicitado en la Resolución publicada en el BOE Núm. 289, de fecha 30 de noviembre de 2010,Sec. V-B., Pág. 135887, de la Subsecretaría del Ministerio del Interior por la que se acuerda la apertura del trámite de audiencia a los interesados en la elaboración del Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Armas, el interesado al final del documento consignado, expone las siguientes alegaciones:

Con respecto al siguiente texto del Proyecto de Reglamento de Armas:

“SECCIÓN 4ª. ARMAS PROHIBIDAS. Artículo 4. Armas prohibidas.
1. g) Los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. Se consideran puñales, a estos efectos, las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros de dos filos y puntiaguda, y navajas automáticas, aquéllas cuya hoja permanece oculta y están diseñadas o manipuladas para montarse de forma inmediata mediante un mecanismo, de inercia, mecánico o de gravedad.
1. j) Las armas de fabricación artesanal no autorizadas.”

Alegaciones:

-La redacción actual del apartado 1.g) induce a confusión, pues permitiría la consideración como pertenecientes a la categoría de armas prohibidas de todas las navajas de apertura mecánica diseñadas para ser abiertas con una sola mano, herramientas de uso extendido precisamente por la practicidad de esta posibilidad, navajas cuyas características en ningún modo guardan ninguna relación con la posibilidad de uso delictivo de las mismas, antes bien revelándose como herramientas insustituibles tanto en el uso profesional como recreativo o cotidiano.
-La implantación de dicha normativa afectaría enormemente la actividad económica del sector de fabricación y venta de cuchillería de todo tipo, pues tanto fabricantes como vendedores guardan, precisamente gracias a la popularidad de estas herramientas, un gran stock de las mismas que tras la aprobación de esta medida pasarían a tener que ser destruidas con el grave perjuicio que esto les ocasionaría.
-Los profesionales del sector de seguridad y emergencias (policías y otros miembros de las fuerzas de seguridad, bomberos, médicos, enfermeros y otros sanitarios, profesionales de protección civil y en general todo el personal susceptible de enfrentarse a accidentes de tráfico), en caso de aprobación de esta medida, pasarían a contar en su haber con una herramienta casi indispensable para su ejercicio profesional que quedaría clasificada como arma prohibida por el presente proyecto de reglamento (es decir, las navajas llamadas “de rescate” y que cuentan en su diseño, además de su hoja principal, de un cortador de cinturones de seguridad y un punzón rompedor de lunas de vehículos).
-La prohibición de todas las armas de fabricación artesanal en su redacción actual afecta también a todos los productos de la industria cuchillera artesanal española, sector que, en la actual situación económica, resultaría si cabe aún más perjudicado por las graves repercusiones de estas medidas, abocando al colectivo a su desaparición con la consecuente destrucción de empleo que ello conllevaría.

Por todo esto propongo:

- La modificación del apartado 1.g con la exclusión específica del listado de armas prohibidas de las navajas de apertura mecánica con una sola mano que no cuenten con un sistema específico de asistencia al montaje automático (de muelles, resortes o de gravedad).
- La modificación del apartado 1.j referente a las armas de fabricación artesanal con una cláusula que excluya de este apartado a los productos de la industria artesanal de armas blancas, tanto cuchillos como navajas, siempre que no contravengan las restantes medidas del reglamento.

Con la adecuación del futuro reglamento a estas alegaciones se podría evitar:

-El perjuicio económico al sector armero y cuchillero en general y especialmente a la industria tradicional y artesanal, especialmente en el presente contexto de crisis económica que conllevaría la práctica destrucción de los puestos de empleo de todos los profesionales del sector.
-Los posibles errores por parte de las fuerzas policiales en la aplicación del futuro reglamento a la hora de considerar como armas prohibidas las citadas navajas o cuchillos de elaboración artesanal así como las citadas navajas de apertura con una sola mano no asistida, entre las que, como digo, se encuentran las indispensables “navajas de rescate” cuyo uso tantas vidas ha salvado en las carreteras de este país.

Ruego pues, tengan en cuenta dichas alegaciones en la redacción definitiva del futuro reglamento.

Atentamente suyo,

Nombre y Apellidos:………………………....................................................…NIF…………………

Domicilio:.....………………………..................................................……… C.P……………………

Firma





En .................................., a .... de Enero de 2011.


El texto como véis está pensado como para poder ser copiado y pegado en cualquier procesador de texto en un formato que prácticamente podría ser impreso directamente y que solo ocupará dos páginas. Además adjunto el documento en formato Word al final del mensaje.

Os sugeriría que actuárais con la mayor brevedad, pues el plazo para la presentación de alegaciones está casi concluido (finaliza el próximo 22 de Enero, es decir que como máximo disponemos de esta semana para hacerlas llegar vía Correos).

Recomiendo que imprimáis dos copias del texto (esto es importante: una os la tenéis que quedar vosotros) cumplimentadas con vuestros datos y acudáis con un sobre sin franquear y el DNI a vuestra oficina de Correos más cercana y solicitéis el envío por correo administrativo a la siguiente dirección:

Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior
C/ Amador de los Ríos, 7
28071 Madrid


Otra opción pero que debería ser utilizada solo como último recurso es el envío via correo electrónico a la siguiente dirección:
secretaria.sgt@amador.mir.es
Aunque, como digo, debería ser tenida en cuenta solo como último recurso pues al no quedar constancia de recepción ni de contenido, podrían perfectamente no ser tenidas en cuenta las alegaciones presentadas por este medio.

No voy a repetir lo que tantas veces ya hemos dicho entre todos en este mismo foro: si estamos ante lo que consideramos una injusticia y no empleamos los medios que se nos ofrecen para reclamar, estamos colaborando a que esa injusticia se cometa. Si queremos protestar después, está clara cual debe ser nuestra acción.

Saludos. :D
Adjuntos
Alegacion armas blancas.doc
Texto en formato Word
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Última edición por Cockey el 09 Ene 2011 12:06, editado 1 vez en total.

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Re: ALEGACIONES AL NUEVO REGLAMENTO

Mensajepor zebgar » 09 Ene 2011 12:04

Mil gracias compañero, por facilitar las cosas.

:apla: :apla: :apla: :apla:

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Re: ALEGACIONES AL NUEVO REGLAMENTO

Mensajepor Juan_Moreira » 12 Ene 2011 19:01

Me alegro de la respuesta, yo creía que nadie se preocupaba por hacer alegaciones y todo iba a quedar en llantos y lamentaciones, pero he visto que hay varias personas que se preocupan activmente por el tema. Agradezco el interés de Cockey.

Yo he mandado una alegación elaborada por mí, no es muy diferente de la de Cockey, pero no he hecho referencia a las armas artesanales. Bueno, si puedo con el programa, os la mando por si es util. No nos vamos a resignar como borregos, por lo menos intentaremos que el legislador entre en razón y que aprenda a distinguir las cosas y a redactar.


al·legació1.doc
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