Seguro que no podemos tirar en campo abierto?

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GPW1944
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Seguro que no podemos tirar en campo abierto?

Mensajepor GPW1944 » 11 Dic 2008 20:39

Hola a todos, lo que viene a continuación es un gran tocho pero me gustaría de vuestra colaboración a ver si entre todos somos capaces de encontrar argumentos que nos amparen frente a las denuncias por uso de carabinas neumáticas en campo abierto. Me viene todo esto de lo leido en este foro y de la indignación que tengo con este país del TODO PROHIBIDO.

Si alguien conoce jurisprudencia de lo Contencioso sobre el particular sería de mucha ayuda porqué ahora que me he comprado la CFX, lo siento, pero yo me voy a tirar al campo. Y llamarme acrata, revolucionario o anarquista:ban . Yo que cuando era jovencito era perona de orden ahora que me hago grande me estoy volviendo opositor a todo lo que suene a administración publica.

Bien,vamoa al tema. Me gustaría que atacarais los razonamientos que os expongo a continuación.

Razonamiento:

Lo cierto es que soy de la opinión que es posible practicar el tiro neumático en el campo abierto, sin necesidad de autorización administrativa de ningún tipo. BUENA ENTRADA VERDAD :-)

Para ello únicamente debemos cumplir con la previa legalización del arma neumática (pues se tipifica expresamente como infracción el uso o porte sin tarjeta de armas); seguir unas normas de seguridad razonables (pues se tipifica como infracción el dispara sin prevenir la seguridad); y no hacerlo en forma de campeonato o colectividad con armas de más de 24,2 julios (pues exdpresamente se somete a autorización gubernativa previa).

Dejaremos de lado los requisitos de permiso de acceso a la propiedad privada, que nada tienen que ver con el reglamento de armas y nos centraremos en los requisitos públicos.

Si observamos el articulo 149.2, vemos que establece la IDONEIDAD de aquellas zonas destinadas a campos, polígonos, caza y pesca, así como zonas de actividades deportivas, y no establece ningún otro requisito. Idóneo es adecuado, según la RAE. La zona para actividades deportivas, el campo abierto lo es, ya es idoneo (adecuado) según el 149.2 :D

Estaremos todos de acuerdo que el campo abierto es un espacio idóneo (adecuado) para la practica de diversos deportes, como entre otro muchos, el cros country, el BTT, la escalada, el barranquismo, etc. Con ello quiero decir que el CAMPO ABIERTO entra directamente en la definición de zona idónea (adecuada) para actividades deportivas que se señala en la última parte del 149.2. El tiro es una actividad deportiva. :((2

El Art. 149.3 hace mención a requisitos de autorización administrativa, en especial de competencia gubernativa, pero del contenido de todo el artículo, se deduce que hace mención a actividades colectivas o de competición y con armas neumáticas de la categoría 3.3, es decir, con potencias superiores a 24,2 julios. :sn No es por tanto de aplicación a nuestra actividad común de tiro en categoría 4.

El 149.5, es cierto que hace mención a que los Alcaldes PODRAN habilitar zonas para el tiro de armas clase 4, pero no establece requisitos o condiciones específicas para dicha habilitación. En cualquier caso, habilitar significa adecuar, hacer apta, idónea, según la RAE. Lo que ya es idoneo no debe habilitarse. :M

No parece que la sola voluntad discrecional de la autoridad publica :(1 sin sujeción además a requisitos objetivos (no aparecen ninguno en la norma) pueda prohibir el derecho del ciudadano a practicar una modalidad deportiva. Dicha prohibición se produciría indirecatmente simplemente con la no habilitación de espacio alguno por la autoridad municipal.

Por ello, es posible interpretar que el 149.5, cuando habla de la habilitación (adecuación – idoneidad) Municipal, en realidad lo que está contemplando es la potestad para habilitar excepcionalmente espacios que NO SON IDONEOS (aptos – hábiles) para el tiro neumático, esto es, espacios no comprendidos en la lista que señala el149.2. Así, no siendo campos, polígonos, zonas de caza, pesca o zonas de actividad deportiva, por lo tanto no siendo idóneos, pueden ser excepcionalmente habilitados por los Alcaldes para dicha practica, de ahí la razón además, de establecer en ese mismo articulo, precisamente por que son espacios inicialmente no idóneos, que la habilitación deberá asimismo acompañarse de pautas de seguridad.

Asimismo, observar que no existe tipificación especifica de la infracción. Es decir, no existe mención sobre que el uso de carabina de aire, en zona idónea pero no habilitada. De hecho, ni siquiera existe mención expresa a que el uso de carabina de aire, en cualquier lugar, sea infracción, excepto que se acuda al latiguillo de " y cualquier otro incumplimiento de este reglamento" que no debería ser de aplicación al prohibir el derecho sancionador, incluso el administrativo, la analogía extensiva de la infracción.

Vega, a desmontar los argumentos!!! :-)

Un saludo

GPW

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RE: Seguro que no podemos tirar en campo abierto?

Mensajepor JAMAPO001 » 11 Dic 2008 20:53

uffff funcionario !! .....me lo he leido del tiron........me he quedados sin aire y casi sin neuronas, a ver quien es el guapo que dice algo ?
ozu:S
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domingo
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RE: Seguro que no podemos tirar en campo abierto?

Mensajepor domingo » 11 Dic 2008 20:59

:8supongamos que esta tu familia en el campo y un señor un poco yo estoy aqui empieza atirar en campo abierto y por casualidad te liquida a un familiar que pasa entonses las leyes estan para algo,por eso hay codigo civil,codigo de crculacion,codigo de caza,CODIGO DE ARMAS PARA EVITAR ESO.ESTO PIENSO,POR QUE SINO QUE H:-(ARIAMOS CON SEÑORES COMO USTED.

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RE: Seguro que no podemos tirar en campo abierto?

Mensajepor mico971 » 11 Dic 2008 21:06

Hola GPW1944.
Antes de que empiecen los fuegos artificiales, te recomiendo pasar el post al foro de aire comprimido. Estás en compra-venta.
Saludos.
   ... sopla el viento en la noche del cazador .. Â Â Â Â Â Â Â Â Â 

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andestoy
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RE: Seguro que no podemos tirar en campo abierto?

Mensajepor andestoy » 11 Dic 2008 21:15

:8 De entrada opino que este hilo no debería estar en el foro de compra-venta.
Mejor en el foro de AC general no?
Casi seguro que soy el peor tirador del foro pero.... siempre es bueno destacar en algo!!!

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andestoy
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RE: Seguro que no podemos tirar en campo abierto?

Mensajepor andestoy » 11 Dic 2008 21:17

:8 De entrada opino que este hilo no debería estar en el foro de compra-venta.
Mejor en el foro de AC general no?
Casi seguro que soy el peor tirador del foro pero.... siempre es bueno destacar en algo!!!

Gabi_tiro
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RE: Seguro que no podemos tirar en campo abierto?

Mensajepor Gabi_tiro » 11 Dic 2008 21:27

Hola GPW 1944.

Me ha parecido un trabajo excelente el que te has dado, se nota que tienes costumbre de moverte entre libros de leyes.

Yo desgraciadamente no tengo la capacidad de deduccion con la que tu cuentas pero creo que en algun momento he leido que hay una asociacion de armas o caza que cuenta con juristas para defender los intereses del colectivo de tiradores, podria ser interesante que partiendo de tu estudio se investigase la posibilidad de practica en campo libre previo seguro de resposabilidad civil.

Seguramente habra algun abogado dentro del colectivo del foro que si emplease tu estudio y dedicase algun tiempo se podria llegar a esta asociacion con una base para reivindicar el derecho a la practica del tiro en campo abierto con armas de la 4ª categoria.

Gracias por tu aportacion y tu tiempo.

Saludos.......................................G A B I
 

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RE: Seguro que no podemos tirar en campo abierto?

Mensajepor Oscar1975 » 11 Dic 2008 21:33

Todo esto se lo cuentas a la pareja de la Guardia Civil cuando te tome los datos para formalizar la correspondiente denuncia y te retire el arma.;)

Oscar.
ESPERANDO LA BAJA DE ARMAS.ES

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RE: Seguro que no podemos tirar en campo abierto?

Mensajepor Gabi_tiro » 11 Dic 2008 21:38

Hola Domingo.

Los señores de yo estoy aqui tambien estan en los cotos e caza portando armas realmente peligrosas, pra eso hay leyes.

Si sales el domingo con tus niños a dar una vuelta con vici por el campo puedes toparte con una caceria al javali o con una colla que va al conejo
no por eso este tipo de caza se hace a 500 Km de la civilizacion, se hace en los bosques del termino municipal donde tu tienes derecho a pasear con tus niños o coger setas.

Creo que todos tenemos derecho a disfrutar del campo manteniendo las medidas de seguridad apropiadas a la actividad que realicemos.

Saludos......................................G A B I
 

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RE: Seguro que no podemos tirar en campo abierto?

Mensajepor Jorgebilbao » 11 Dic 2008 21:38

Estoy de acuerdo contigo, pero desgraciadamente existen muchas lagunas en la ley de armas, desgraciadamente y afortunadamente, porque siempre nos quejamos de las pegas y nunca de los pros, que con la ley en la mano hasta una pistola de airsoft deberia estar guiada. A lo que voy es que se pueden desmontar facilmente todos los argumentos, a modo de ejemplo, es solo uno pero valido.
Articulo 67 Punto 1
El tránsito de ARMAS por territorio español deberá ser objeto de autorización previa y quedará sometido al condicionado que en la misma se fije.
El concepto "transito" no esta delimitado a ninguna distancia, asi que con que te vayas a tirar a 100 metros de tu casa y no hayas pedido la autorizacion pertinente ya te pueden requizar arma y denunciarte.
Asi de sencillo.
Saludosssssss
Desperta Ferro¡¡¡¡

Mi mail:
jorge.bilbao@hotmail.es , Es que los privados......

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RE: Seguro que no podemos tirar en campo abierto?

Mensajepor domingo » 11 Dic 2008 21:40

PARA GABI TIRO.no se como llevas el tema de las armas pero de leyes no se nose ,pues mira como se te ocurra tirar con un arma en campo abierto y te pille la G.C. DE ENTRADA TE DETIENE ESTAS COMETIENDO UN DELITO YA QUE LA LEY DICE QUE SOLO SE PUEDE DISPARAR CON ARMAS DE FUEGO EN CAMPOS DE TIRO O POLIGONOS ADECUADO PARA ELLO.si tiras en campo abierto y le das a una persona te vas a la carcel como un tiro,ni el seguro te cubre ni nada por el estilo asi que leete bien la ley de armas porque puedes perder mas de lo que te imajinas.
LA SUPOSICIONES SON LAS MADRES DE LOS METE PATAS
:(2

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RE: Seguro que no podemos tirar en campo abierto?

Mensajepor domingo » 11 Dic 2008 21:43

Por cierto no estamos hablando de cotos sino de tirar en espacios abiertos :P

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RE: Seguro que no podemos tirar en campo abierto?

Mensajepor kansas » 11 Dic 2008 21:45

:sn Domingo, creo que te has deslizado, el compañero se refiere, a tirar con armas de aire comprimido de 4ª categoria, no a sacar el 9 largo y liarse a disparar en el campo. Un saludo
 SIEMPRE FIEL A TU DESTINO                                

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RE: Seguro que no podemos tirar en campo abierto?

Mensajepor domingo » 11 Dic 2008 21:49

a coño lo siento me equivoque perdon muchas veces. pense que eran armas de fuego.por cierto la escopeta de aire comprimido yo la llevo al campo los lagartijas las diesmo,por cierto prohibir las escopetas de aire comprimido en el campo yo personalmente lo considero estupido

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RE: Seguro que no podemos tirar en campo abierto?

Mensajepor jose777 » 11 Dic 2008 21:53

:plas:plas:plas:plas para el autor de este hilo. Realmente creo que es un tema que se puede debatir muchísimo y por supuesto que yo tampoco soy de los que toma la postura de autoprohibirme. Es paradójico que puedan disparar con armas de fuego mucho más potentes en el monte en cualquier cacería y que para practicar con un arma de aire comprimido existan tantos problemas.
Y cuando una ley deja espacio para diferentes interpretaciones, no me parece lo más inteligente interpretarla siempre de la forma que más nos perjudica a los aficionados al AC.
Por otro lado, creo que se mitifica un poco los castigos de la guardia civil. ¿Hay alguien que lo hayan detenido por practicar con una carabina en el campo? ¿A quién le han retirado su carabina?
Lo dicho aplaudo este hilo y tu actitud de cuando menos discutir este asunto e intentar defender la práctica de nuestra afición que no es ni mucho menos más peligrosa que otras que no tienen tantas prohibiciones.
Por otro lado también considero más adecuado dejar este foro para compraventas, ya que tenemos el otro foro para estos temas
 Como aquellos inconscientes a los que nadie puso énfasis en decirles que su tarea era imposible, y los muy locos la llevaron a buen término Â Â 

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RE: Seguro que no podemos tirar en campo abierto?

Mensajepor m3082wp » 11 Dic 2008 22:08

El razonamiento es bueno. Pero al final estamos a expensas de lo que diga el guardia civil de turno. Luego reclama.
Pero sería bueno que regulasen/aclarasen el uso de armas neumáticas de poca potencia.

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RE: Seguro que no podemos tirar en campo abierto?

Mensajepor Tiobotas » 11 Dic 2008 22:45

[citando a: Jorgebilbao]
....El tránsito de ARMAS por territorio español deberá ser objeto de autorización previa y quedará sometido al condicionado que en la misma se fije.
El concepto "transito" no esta delimitado a ninguna distancia, asi que con que te vayas a tirar a 100 metros de tu casa y no hayas pedido la autorizacion pertinente ya te pueden requizar arma y denunciarte....
Saludosssssss


El "transito" de armas al que se refiere el Reglamento es cuando, por ejemplo, las armas viajan de un país a otro y pasan por España. Es decir que si Francia exporta armas a, por ejemplo, Marruecos pasando por aquí, durante el recorrido que hagan por España se considera que son armas en tránsito. Vamos, que no tiene nada que ver con que tú te lleves la carabina a Cuenca a pegar unos tiros en un cerro. :D
Un saludo.
"Luck, yo soy tu padre" (Constantino Romero)

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RE: Seguro que no podemos tirar en campo abierto?

Mensajepor Gebek » 11 Dic 2008 23:06

Evidentemente, muevo el hilo a aire comprimido.
Y respondo:
El reglamento de armas NO PROHIBE el uso de armas de aire comprimido en el campo.
El reglamento de armas NO PERMITE el uso de armas de aire comprimido en el campo.
El reglamento de armas DICE que "estas" deben usarse en poligonos de tiro, campo, cotos, y lugares idoneos para tal fin...
Conclusion: si tiramos en el campo, no estamos cometiendo ningun delito.
Pero, lo que pase si nos ven puede depender en gran medida del humor del agente, y de su interpretacion personal del reglamento, que al NO SER LEY, es interpretable, cuestionable y discutible, incluso modificable en diuferentes comunidades autonomas.
No mas normal es que si no estas cometiendo ninguna impridencia (tirar al lado del camino, hacia linea de casa, lugares de paso...), si no estas cazando, etc... y si demuestras unas medidas de seguridad y tu arma es legal y esta registrada... te dejen en paz. O te pidan que te marches. O que te quiten el arma y la tengas que recuperar en comisaria (sin sancion).
Creo que los casos de sancion son raros, y seguramente algo raro estaba pasando.
Espero haber aportado algo de luz.
Saludos.


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