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Mensajepor nasgand » 28 Jun 2017 00:49

Hola a todos soy nuevo en el foro y en el tiro tambien jejjee, tengo una norica spider de 5,5 y me voy a pasar al pcp, concretamente estoy mirando y me voy a comprar la orion spr, mi pregunta o preguntas son, no quiero la carga manual, voy a comprar una botella de 3l y un latiguillo de carga, necesito algo mas? con la de 3 litros es suficiente? dura mucha o cuantos tiros podre hacer con esta botella ?
Gracias de antemano

Ricardo81
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Re: novato

Mensajepor Ricardo81 » 28 Jun 2017 11:33

Hay varios temas sobre esto, buscando un poco por el foro hubieras encontrado información.

El último tema https://www.armas.es/foros/ac-general/d ... 0536&hilit

En esta tienda https://www.gasbottlesdirect.com
encontrarás botellas de 7 Litros baratas y a buen precio (suma 25€ de envío)

Infórmate de donde por tu zona recargan a 300 bar y cuando te traigan la botella la llevas, ellos te colocan la válvula y te la llenan y simplemente necesitarás una estación de carga.

Un saludo
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Re: novato

Mensajepor nasgand » 01 Jul 2017 01:46

muchas gracias, y con la botella y esto tendria suficiente? https://www.censurado por spam/caza/armas_de ... o_de_carga

Ricardo81
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Re: novato

Mensajepor Ricardo81 » 01 Jul 2017 02:42

nasgand escribió:muchas gracias, y con la botella y esto tendria suficiente? https://www.censurado por spam/caza/armas_de ... o_de_carga


No, porque no tiene purgador para vaciarlo. Aparte tampoco tiene manómetro para que vayas comprobando presión al abrir poco a poco.
Si tienes mucha prisa en España las venden por 61€
https://www.milanuncios.com/escopetas/e ... 144902.htm

si no te importa esperar un poco (16 a 26 días) en Aliexpress por 22€ + 7 de envío (en color escoge la del medio, creo que es la largura de latiguillo más adecuada)
https://es.aliexpress.com/item/New-DIN- ... .22.2Fzl78

Un saludo
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Re: novato

Mensajepor gerbaro » 01 Jul 2017 06:34

nasgand escribió:Hola a todos soy nuevo en el foro y en el tiro tambien jejjee, tengo una norica spider de 5,5 y me voy a pasar al pcp, concretamente estoy mirando y me voy a comprar la orion spr, mi pregunta o preguntas son, no quiero la carga manual, voy a comprar una botella de 3l y un latiguillo de carga, necesito algo mas? con la de 3 litros es suficiente? dura mucha o cuantos tiros podre hacer con esta botella ?
Gracias de antemano


El nº de tiros disponibles ,con la scuba que adquieras, dependerá de su volumen y presión de llenado, del volumen y presiones inicial y final del depósito del arma, de su calibre, longitud de cañón, y energía de boca que le establezcas. Por lo que no es posible dar una cifra exacta de antemano sin conocer estos parámetros.

Pero de modo aproximado, la botella de 3l que comentas, cargada a 230 bares, te permitirá 4 recargas a 200 bares, si efectúas la recarga al llegar a los 100 bares. Con 60 disparos por recarga como media, calcula tú. Pero si la scuba fuera de 7l, la más usada habitualmente, el nº de recargas que tendrías, en iguales condiciones, sería de hasta 10 recargas. Tú mismo.

Hay además una serie de cuestiones que debes conocer antes de manejar estas scubas.

En evitación de averías/accidentes, no es recomendable cargar el depósito de un arma mas allá de los 220b, auque el fabricante autorice presiones superiores. Lo hace sencillamente por cuestión de marketing.

En segundo lugar, es muy difícil que en una estación de carga te rellenen la scuba mas allá de los 220-2230b; prohibido por ley, llevan instalada al efecto una válvula de tarado( sellada ) que salta automáticamente cuando se alcanza esa presión.

Por último, para ser admitida para recarga en una estación autorizada, la scuba debe pasar revisiones periódicas en un Centro de Inspección de Botellas autorizado por la Dirección General de Industria. Hay 2 tipos de revisión.

Anualmente precisa la llamada "Inspección Visual",que incluye examen interno y externo de botella y válvula, así como limpieza interior y cambio de junta. Su importe es de unos 35E+IVA. Y cada 3 años, la "Inspección Periódica", o "Retimbrado", igual que la anterior, más la prueba hidráulica de expansión volumétrica,con precio de 40E+IVA. Ah, y si en alguna de estas revisiones indicaran la necesidad de repintado, añade 50 euracos más. Las fechas de estas revisiones, junto con el plazo de validez, se marcan en una pegatina que debe acompañar a la botella,como esta (pincha si quieres verla completa):

Imagen

Si faltase esta etiqueta actualizada, no te aceptarán la recarga. Ténlo en cuenta.

Compañero,espero que algo de esto te haya sido de utilidad. Un cordial saludo.

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Re: novato

Mensajepor yarkyark » 01 Jul 2017 08:07

gerbaro escribió:

Pero de modo aproximado, la botella de 3l que comentas, cargada a 230 bares, te permitirá 4 recargas a 200 bares, si efectúas la recarga al llegar a los 100 bares. Con 60 disparos por recarga como media, calcula tú. Pero si la scuba fuera de 7l, la más usada habitualmente, el nº de recargas que tendrías, en iguales condiciones, sería de hasta 10 recargas. Tú mismo.

...

En segundo lugar, es muy difícil que en una estación de carga te rellenen la scuba mas allá de los 220-2230b; prohibido por ley, llevan instalada al efecto una válvula de tarado( sellada ) que salta automáticamente cuando se alcanza esa presión.

....

Anualmente precisa la llamada "Inspección Visual",que incluye examen interno y externo de botella y válvula, así como limpieza interior y cambio de junta. Su importe es de unos 35E+IVA. Y cada 3 años, la "Inspección Periódica", o "Retimbrado", igual que la anterior, más la prueba hidráulica de expansión volumétrica,con precio de 40E+IVA. Ah, y si en alguna de estas revisiones indicaran la necesidad de repintado, añade 50 euracos más. Las fechas de estas revisiones, junto con el plazo de validez, se marcan en una pegatina que debe acompañar a la botella,como esta (pincha si quieres verla completa):


Estas dando por supuesto que la botella es de 200-220 bares cuando lo recomendable es que la botella sea de 300 bar. Y por supuesto que hay centros donde cargan una botella de 300 bares pues... a 300 bar. Y no esta prohibido por ninguna ley.

Ademas, la inspección visual (como su mismo nombre indica), no abren la botella, ni cambian juntas, simplemente echan un vistazo por fuera de que no tenga golpes o se vea dañada. En el centro al que yo voy no cobran por esto. Lo hacen de la que la llevo a cargar.

Los precios que pones supongo que son en tu zona, porque desde luego donde yo voy solo cobran la inspección trienal y cobran 25 euros iva incluido.

Un saludo,

PD: Y lo de la etiqueta, pues supongo que sera en murcia. Donde yo voy troquelan la botella con el sello del centro de inspección con una serie de marcas reconocidas por el ministerio de industria.

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Re: novato

Mensajepor gerbaro » 01 Jul 2017 13:41

yarkyark escribió:
gerbaro escribió:

Pero de modo aproximado, la botella de 3l que comentas, cargada a 230 bares, te permitirá 4 recargas a 200 bares, si efectúas la recarga al llegar a los 100 bares. Con 60 disparos por recarga como media, calcula tú. Pero si la scuba fuera de 7l, la más usada habitualmente, el nº de recargas que tendrías, en iguales condiciones, sería de hasta 10 recargas. Tú mismo.

...

En segundo lugar, es muy difícil que en una estación de carga te rellenen la scuba mas allá de los 220-2230b; prohibido por ley, llevan instalada al efecto una válvula de tarado( sellada ) que salta automáticamente cuando se alcanza esa presión.

....

Anualmente precisa la llamada "Inspección Visual",que incluye examen interno y externo de botella y válvula, así como limpieza interior y cambio de junta. Su importe es de unos 35E+IVA. Y cada 3 años, la "Inspección Periódica", o "Retimbrado", igual que la anterior, más la prueba hidráulica de expansión volumétrica,con precio de 40E+IVA. Ah, y si en alguna de estas revisiones indicaran la necesidad de repintado, añade 50 euracos más. Las fechas de estas revisiones, junto con el plazo de validez, se marcan en una pegatina que debe acompañar a la botella,como esta (pincha si quieres verla completa):


Estas dando por supuesto que la botella es de 200-220 bares cuando lo recomendable es que la botella sea de 300 bar. Y por supuesto que hay centros donde cargan una botella de 300 bares pues... a 300 bar. Y no esta prohibido por ninguna ley.

Ademas, la inspección visual (como su mismo nombre indica), no abren la botella, ni cambian juntas, simplemente echan un vistazo por fuera de que no tenga golpes o se vea dañada. En el centro al que yo voy no cobran por esto. Lo hacen de la que la llevo a cargar.

Los precios que pones supongo que son en tu zona, porque desde luego donde yo voy solo cobran la inspección trienal y cobran 25 euros iva incluido.

Un saludo,

PD: Y lo de la etiqueta, pues supongo que sera en murcia. Donde yo voy troquelan la botella con el sello del centro de inspección con una serie de marcas reconocidas por el ministerio de industria.





Claro, y seguro que te la cargan sin estar sumergida,ni dentro de un cofre de hormigón de 20 cm de paredes y fondo, sin doble malla de 8c/5 cm, y sin tapa de reja de acero de 16mmc/10cm,¿verdad?. Y si el compresor de esa instalación es portátil ( léase "pirata"), tampoco estarás a más de 50m mientras se efectúa la recarga,¿ verdad que no?.
Mira, por si fuese de tu interés, te adjunto un extracto de la normativa nacional al respecto:



"Real Decreto 366/2005, de 8 de abril, por el que se aprueba la Instrucción técnica complementaria MIE AP-18 del Reglamento de aparatos a presión, referente a instalaciones de carga e inspección de botellas de equipos respiratorios autónomos para actividades subacuáticas y trabajos de superficie."


Artículo 2. Definiciones.
..........
c) Compresor fijo: máquina de compresión situada en un emplazamiento fijo y determinado, que se utiliza para la carga de botellas con un fluido respirable, en una empresa recargadora.
d) Compresor portátil: máquina de compresión fácilmente transportable que, incluyendo los elementos de tratamiento del aire, de control y de seguridad, sirve para la carga unitaria de botellas de aire comprimido para uso exclusivo de su propietario.
.........
f) Inspección periódica: conjunto de pruebas y verificaciones efectuadas para comprobar el estado de una botella o de una instalación, a fin de poder garantizar la continuidad de su funcionamiento en condiciones de seguridad.
g) Inspección visual: conjunto de verificaciones para comprobar el estado de conservación de la botella y su válvula, mediante la evaluación de la corrosión interna y el aspecto externo del recipiente.



Artículo 4. Empresas recargadoras de botellas.

"Cada uno de los establecimientos que pretendan realizar la actividad de recarga de botellas deberán obtener, con carácter previo al inicio de su actividad, el certificado de reconocimiento de empresa recargadora de botellas del órgano competente de la comunidad autónoma en que radique."


Artículo 5. Centros de inspección de botellas.

" Cada uno de los establecimientos de las empresas que pretendan realizar las pruebas e inspecciones periódicas y visuales de botellas deberán obtener, con carácter previo al inicio de su actividad, el certificado de reconocimiento como centro de inspección periódica o visual del órgano competente de la comunidad autónoma en que radique."



Artículo 13. Periodicidad de las pruebas periódicas.

"1. Atendiendo a las condiciones particulares de utilización que pueden concurrir en este tipo de botellas, éstas deberán someterse cada tres años a las inspecciones y pruebas periódicas previstas en el artículo 7.

2. A partir del año siguiente a la realización de la primera prueba de presión , las botellas deberán someterse a una inspección visual anual, de acuerdo con el artículo 9. "


Artículo 9. Inspección visual.

"1. Con la periodicidad indicada en el artículo 13.2, las botellas se someterán a una inspección visual con la realización, como mínimo, de las pruebas y controles que se indican a continuación, de acuerdo con los procedimientos de inspección visual previstos en las normas UNE-EN 1968, en su versión de enero de 2003, para las botellas de acero; UNE-EN 1802, en su versión de diciembre de 2002, para las botellas de aluminio, y UNE-EN ISO 11623, en su versión de octubre de 2002, para botellas de materiales compuestos:

a) Identificación de la botella y control de marcas, teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 25.
b) Inspección visual exterior.
c) Inspección visual interior.
d) Inspección del cuello de la botella y de la rosca interior.
e) Inspección de la válvula.
f) Sustitución de la junta tórica.
.......
4. La entidad que realice estas inspecciones dejará constancia de ella sobre la botella mediante una etiqueta adhesiva tal como se indica en el artículo 5.4. Igualmente, deberá dejar constancia en el libro de control de inspecciones visuales, que, previamente diligenciado por el órgano competente de la comunidad autónoma, llevará a efecto con las informaciones que se expresan en el artículo indicado."



Artículo 7. Inspección periódica de las botellas.

"1. Las botellas deberán someterse, con la periodicidad prevista en el artículo 13.1, a las pruebas y verificaciones de inspección periódica que se indican a continuación, de acuerdo con los procedimientos de inspección y ensayos previstos para botellas de acero sin soldadura en la norma UNE-EN 1968, en su versión de enero de 2003; para las botellas de aleación de aluminio, en la norma UNE-EN 1802, en su versión de diciembre de 2002, y para botellas fabricadas con materiales compuestos, en la norma UNE-EN ISO 11623, en su versión de octubre de 2002:
a) Identificación de la botella y control de marcas,teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 25.
b) Inspección visual exterior.
c) Inspección visual interior.
d) Inspección del cuello de la botella y de la rasca interior.
e) Prueba hidráulica por expansión volumétrica (la dilatación volumétrica permanente estará de acuerdo con los valores facilitados por el fabricante y, en su defecto, no será superior al cinco por ciento).
f) Inspección de la válvula.
g) Sustitución de la junta tórica.
............
3. Si el resultado de la inspección periódica es positivo, el centro de inspección de botellas dejará constancia de éste por medio de una etiqueta adhesiva e indeleble situada sobre la botella, en la que se indiquen los siguientes apartados:
a) La inscripción «Inspección periódica».
b) Nombre y dirección del Centro que realiza la inspección.
c) Número de inscripción en el Registro de establecimientos industriales.
d) Fecha en que se ha realizado la prueba.
e) Indicación de la fecha límite de validez de la prueba.

4. Una vez realizadas las pruebas y verificaciones de inspección periódica, el centro de inspección levantará la correspondiente certificación, identificará la botella y dejará constancia de haber superado cada una de las pruebas y controles a que ha sido sometida. De este documento se entregará una copia al titular de la botella y deberá guardarse una copia en el centro, como mínimo durante cinco años, contados desde la fecha de ejecución."



Artículo 12. Inspección periódica de las instalaciones de carga.

"1. Para garantizar las condiciones de seguridad y poder continuar ejerciendo la actividad, las instalaciones de las empresas recargadoras de botellas deberán someterse a una inspección periódica en la que se comprobará que se cumplen las condiciones reglamentarias de esta ITC y que no se han modificado las condiciones de emplazamiento. Se realizará una prueba hidrostática del circuito de presión a 1,5 veces la presión máxima admisible de la instalación, que deberá incluir filtros, decantadores, acumuladores de aire y rampa de carga.

Se desmontarán las válvulas de seguridad y se comprobará que sus distintos elementos no presentan anomalías y que su interior está limpio. Posteriormente, se probarán estas válvulas con la instalación en funcionamiento y se verificará su disparo, precintándolas a la presión de funcionamiento de la instalación. Se probarán todos los manómetros, se comprobará el buen funcionamiento de los sistemas reductores de presión si existen y se realizarán las pruebas y comprobaciones para asegurar el buen funcionamiento del presostato de la instalación. La inspección periódica será realizada por un organismo de control. De su resultado se emitirá un certificado en el que se indiquen, en su caso, las posibles deficiencias detectadas y se enviará, en cualquier caso, una copia al órgano competente de la comunidad autónoma."


Y para terminar,un par de vídeos sobre lo que puede pasar; este primero sobre un accidente provocado en situación controlada:
https://youtu.be/BIMriDUzxiw

Y este otro sobre un accidente real.
https://youtu.be/L6M981-9Z-g


Así que ve con cuidado,compañero. Y en este tema no hagas honor a tu nick.

Un saludo.
Última edición por gerbaro el 03 Jul 2017 13:28, editado 1 vez en total.

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Re: novato

Mensajepor Ricardo81 » 01 Jul 2017 14:15

Yo todavía sigo con la bomba, pero me informé para cuando me haga con la botella y por lo menos en Zaragoza la tienda de Buceo que recarga a 300 bar me indicó que el compresor no está en la tienda (prohibido por ley) sino en un Poligono Industrial con todas las medidas de seguridad y por eso tardan un día en hacer la recarga.
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Re: novato

Mensajepor gaviota » 01 Jul 2017 14:57

En el primer video sólo rompen el grifo y la botella sale disparada pero no explota y en el segundo video no se ve que es realmente lo que explota........y obvio no es una botella de buceo.
"Los ratos de ocio son el tiempo apto para hacer algo provechoso"
Jonathan Swift ( 1667-1745 )
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Re: novato

Mensajepor yarkyark » 01 Jul 2017 18:31

Gerbaro, No me hagas copia pega de lo que buscas por internet para justificar lo que has dicho.

Si quieres desmiente lo que he dicho y demuestra que hay una ley que prohíbe cargar a mas de 220 bar. Tal cual has dicho.

Pero no confundas a la gente. Aquí casi todo el mundo que tiene un sitio de carga cerca tiene botellas a 300 bar ya que se sacan (según la carabina) de 18 cargas en adelante (/para una botella de 7l a 300 bar) de hecho siempre se esta hablando de los 2 tipos de estación de carga,las de 230 y las de 300 bar dependiendo la botella que se use.

La empresa en la que cargo:

https://www.anuarioguia.com/empresa/asturtecnia


Centro Autorizado por el Ministerio de Industria y Energia para la recarga y botellas de aire respirable. - Inspección y recarga botellas aire respirable según EP-5. - Instalador equipos a presión según EIP-1. - Reparador equipos a presión ERP-1.

....

Botellas aire respirable 200 y 300 bar.


Un saludo
Última edición por yarkyark el 02 Jul 2017 08:33, editado 2 veces en total.

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Re: novato

Mensajepor gerbaro » 01 Jul 2017 19:39

Más manejo del "copia y pega".......:

"Donde cargar a 300 bares...
Mensaje por pedro esteban el Vie 27 Jul - 10:03:37

Hola a todos/as.Ante todo os pido disculpas si no estoy donde debo .
Bueno mi pregunta es:¿sabe alguien que me pueda cargar una bombona de 7 Litros a 300 Bares.Es una Breathling de buceo(como las de la guardia civil de rescate o algunos bomberos,espeologos...etc...)muy buena marca!comprada en "Ayala" adrede para PCP,pero el problema es que no me la cargan a mas de 200B en ningun sitio .Si alguien sabe algo que este cerca se lo agradecería mucho.La tienda me ha dado un poco de tiempo para buscar y si no, la cambio por una bomba de carga manual FX 4T.
Saludos y gracias de nuevo."


Re: Donde cargar a 300 bares...
Mensaje por pedro esteban el Sáb 28 Jul - 11:50:40

"Hola Biffu!creo que voy a pasar de todo porque lo tengo muy crudo para cargar esa bombona del diablo....Ja,ja,ja..Me voy a pedir una manual.Los clubs de buceo tienen una válvula que a 230 B salta(las leyes).Me lo ha enseñado un colega que tiene un club. Para eso gasto la vieja a 230.
Bueno,te agradezco la ayuda y gracias de nuevo.Saludos!"



Re: Donde cargar a 300 bares...
Mensaje por pedro esteban el Lun 30 Jul - 11:35:09

"Tiradores de las costas,hay un problema los clubs de buceo son muy pocos en invierno la mayoría cierra en temporada baja.Aquí en denia solo hay uno y no funciona al 100%.He encontrado uno en Oliva (34 km) pero mas de 230 nada.
Saludos a todos/as!"


Asunto: Re: llenado de botellas

"¿Y nadie ha pensado en que puede ser simplemente una cuestion economica por lo que no se cargan a mas de 200 bares?
si taramos por ejemplo el compresor a 230 bares,dicho compresor ha de estar mas tiempo en funcionamiento y con mayor carga de trabajo,esto se traduce en mayor gasto de luz,mas tiempo de trabajo = cambios de filtro y mantenimientos mas frecuentes.
un saludo,Pepe Juan"



Asunto: Re: llenado de botellas

"¿Y nadie ha pensado que es una simple cuestión de practicidad? Me explico, los compresores se taran a 230 más o menos para que cuando se enfríe la botella se quede en 200, como tarar el compresor no es una cosa que se haga abriendo o cerrando un grifo, al dueño del compresor poco le importa que tu botella sea de 232 bar o de 300bar, pues no va ha cambiar el tarado del compresor sólo para tu botella....."



Re: carga a 300 bares
Mensajepor kunis

"Tiradores y tiradoras de PCP no os compréis una bombona de 300 Bares sin sin saber a ciencia cierta si te la van a cargar.Los clubs de buceo lo tienen prohibido.Los bomberos y guardia civil no creo que se dediquen a esas cosas.Pero para ellos,tienen compresores muy potentes(incluso mas de 300B).Salvamento marítimo,incendios...etc... :cry:"



Re: carga a 300 bares
Mensajepor jumangi

Está prohibido cargar a más de 200 bares !!



Asunto: Re: llenado de botellas

"Por lo que yo se ,viene industria para tarar la presión max , cuando llega a 200 bares se tiene que abrir la purga de seguridad , luego le ponen el famoso precinto y ya esta .
si deseas mas carga debes esperar que se enfrié y darle el achuchon o esperar que el precinto se mueva por obra divina :mrgreen: "



Asunto: Re: llenado de botellas

"mlemat escribió:
La profesionalidad de "una estación de carga" es comprobar la presión de carga de las susodichas botellas. Y no esperar a que el compresor se apague "automáticamente" y "aparcar" la botella...
Yo siempre les pego un "chute" en frío y presión de carga perfecta.... 8) 8) 8)

Ramón escribió:
La profesionalidad de una estación de carga es tener tarado y autorizado el compresor para que no sea necesario pegar un "chute" en frío para que las botellas estén siempre a 200-210 bares. Ahora bien, en la "estación de carga" de un particular, generalmente, se hace lo que le da la gana al propietario de la misma, que a menudo se salta la normativa legal a la torera......"



Re:Recarga Aire Comprimido en Madrid

"Bueno pues después del chasco del club de Ribas he seguido mirando y he encontrado estos dos sitios en Madrid.
-Casco Antiguo C/ Bailén 20 - 28005 Madrid 91 365 41 39. Recargan a 200. Me indican que cuando empieza la temporada es probable que sea de un día para otro.
Zona de Inmersión Calle de Francisco Romero, 7 28025 Madrid 914 659 293 recargan a 220-230 6€/carga indicar que es para tiro para que se aplique ese precio. Además si no se va con prisa esperan a darles un último golpe de presión para que queden más llenas. Es conveniente llamar antes para que asegurarse que esta la persona que puede realizar las cargas y no tener que volver a por las botellas otro día.
Por cierto que no se si poniendo los datos de contacto de las empresas estoy haciendo algo incorrecto para el foro en caso de que así sea rogaría a algún administrador que me lo indique y lo corrija."



Y etc, etc, etc. ¿Necesitas aún más ?. Por mi parte, y ya como final, "tú mismo, compañero......".

Saludos.
Última edición por gerbaro el 02 Jul 2017 21:47, editado 1 vez en total.

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Re: novato

Mensajepor yarkyark » 01 Jul 2017 19:58

Gerbaro , lo único que pones son comentarios de gente que no tiene donde cargar cerca

Te repito la pregunta:

¿Donde dice que esta prohibido cargar a 300 bar tal cual tu has dicho?

PD: Y explícales a todos los usuarios del foro que cargan botellas a 300 bar, que están haciendo algo prohibido. :lol: :lol: :lol:

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Re: novato

Mensajepor alfredito » 02 Jul 2017 11:27

Entonces, Gerbaro, ¿todos los parques de bomberos del país, que tienen todos botellas de 300 bares, hacen algo ilegal?

Las grandes empresas que tienen equipos de respiración autónoma para casos de emergencia, y tienen botellas "Drager", por decir una marca, revisadas y llenadas por la propia empresa Drager, también hacen algo ilegal.

Los centros de buceo, donde venden, testean y cargan botellas de 300 bares, ¿también van ilegales?

Revísatelo bien, que algo no me cuadra.

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Re: novato

Mensajepor Ricardo81 » 03 Jul 2017 11:38

Creo que muchos compañeros han dejado claro que cargar a 300 bar es totalmente posible y legal.
Gracias a Melo6878 que con su reciente experiencia de hace menos de 3 meses explica y deja todo muy claro y las fotos demuestran que se recargan a 300 bar.
Ahora a nasgand solo le falta informarse donde le cargan cerca a 300 bar y hacerse con una botella y estación de carga donde le indiqué de manera más económica o en una armería (con el sobrecoste que supone) y si no encuentra nada cerca ya tendrá que pensarse si le vale la pena la bomba o hacer distancia una vez al año o más según el uso que le dé.
Un saludo y gracias a todos por las aportaciones.
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Re: novato

Mensajepor manolosolo » 03 Jul 2017 11:41

Bueno, en fin, alguno ya ha regresado de donde estaba (la mar de bien, por cierto), y ya se ha cubierto de gloria, nada mas llegar.
Parece ser, que ahora toca lo de ilustrarnos con tediosos reglamentos sobre las botellas de aire comprimido a 300 bar......pues si, sera raro, pero yo también cargo y retimbro, en un centro homologado por el Ministerio de Industria para carga y revisión de botellas de AC, ademas con acreditación NATO, pues su mayor carga de trabajo es con la Marina Española, suministrando botellas y equipos, y también cargan las botellas a 300 bar, evidentemente, las botellas homologadas para 300 bar, y lo de que esta prohibido, o es ilegal cargar botellas de 300 bar a esa presion, es la mayor bobada que se puede decir, dando idea de la clase de conocimientos que tiene quien lo dice.......de muy pocos, a ninguno......
Y lo de la panzada de andar a buscar post, en su mas que clásico estilo del corta-pega, para refutar los comentarios contrarios, y que todos estamos confusos o equivocados, y que en el fondo no tenemos NPI del tema, tela marinera........ :mrgreen:
Saludos.
:birra^:

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Re: novato

Mensajepor gerbaro » 03 Jul 2017 16:08

Lamento la pequeña polémica que se ha montado con el asuntillo este de la recarga a 300b. Y lo que en principio era una amable aportación a la duda de novato,ha derivado en un rifirrafe a varias bandas, en el que no veo ninguna conclusión clara. Claridad que intentaré aportar yo en este ( espero!!) último post.

Vaya por delante que practico inmersión con escafandra desde mi adolescencia; y aunque últimamente pesco en apnea, y dispongo tanto de compresor como de botella en mi club de tiro, anualmente reviso y recargo una de mis 2 scubas para tiro en mi casita durante el verano. Con lo que quiero indicar que estoy familiarizado, desde años ,tanto con el procedimiento de recarga como con la normativa al respecto.

Dicha normativa, cuyas características generales ya expuse en un post previo, son de aplicación transferida a las diferentes CCAA, que son a quienes compete el establecer los requisitos de seguridad a aplicar en cada caso, y que pueden variar de una autonomía a otra. Pero hay unas condiciones que son comunes a todas ellas.

1- No se puede recargar una botella a una presión diferente a la establecida en la rampa de carga. Si ésta tiene su válvula tarada a 200b, sólo se podrán recargar botellas a 200b. Una botella con presión máxima de carga de 150b no será admitida.Una de 300 sí.....,pero será cargada a 200b.

2-Si la estación de carga estuviese autorizada a trabajar a 300b, sólo se podrán recargar botellas que admitan esa presión de carga. Es absolutamente ilegal ( y muy peligroso) el conectar e esta estación botellas de 330b y de 200b, reduciendo en estas últimas la presión de carga mediante un manorreductor.

3-De donde se deduce que, si en un establecimiento de carga se efectúan legalmente recargas a 200b y a 300b, es porque disponen de dos rampas de carga distintas, en recintos diferentes, autorizada cada una de ellas para una presión de carga concreta, y no a varias.

O sea, que es perfectamente posible la recarga a 300b cumpliendo la ley....pero no es lo habitual. Un compresor de recarga profesional cuesta sobre 10.000E, a lo que hay que añadir válvulas, grifería, manguitos, cofre de hormigón y recinto; por lo que no es frecuente ( pero no imposible) que un establecimiento disponga legalmente de ambas opciones. La demanda de recarga a 300b es muy infrecuente, por lo que habitualmente no resulta rentable el disponer de esta segunda instalación. Sí disponen de ella los centros de retimbrado de botellas...., pero ignoro si ofrecen al público este servicio de recarga. Si hubiera alguna en tu zona, sería preguntar.

Mira, esta misma mañana planteé esta cuestión en el Centro donde yo habitualmente (anualmente) recargo, el más popular de mi zona. Y me indicaron que, en los últimos 10 años, yo soy la primera persona que les hace dicha solicitud. Como soy cliente habitual, y conocido desde años, se ofrecieron a efectuarme esa recarga fuera de las horas de trabajo, modificando ex-profeso la rampa de carga, manipulando el tarado de válvula y cambiando latiguillos. Ofrecimiento que amablemente rechacé, explicando que era tan sólo una consulta a título informativo. Se les vió aliviados.

Otro ejemplo, tampoco de "corta y pega". Justo al lado del hotel costero donde me alojo cuando voy de buceo, hay un pequeño centro de material acuático donde también recargan. Preguntada por los 300b, la chica rusa del mostrador me dice que sí es posible, pero con 48-72h de plazo de entrega, por efectuarse la recarga "con un compresor pequeño" que el jefe tiene "en otro local". Es decir, una recarga ilegal con un compresor portátil, prohibido para uso profesional, según vimos en el apartado 2-d) de la normativa.

Y lo mismo se puede decir de bomberos y Cuerpos de Rescate y de Seguridad. Para ellos la normativa es diferente, sus equipos no son como los nuestros, y, por si fuera poco, hacen lo que quieren. Por supuesto que si tienes allí un conocido, te hará la recarga como tú quieras y sin problemas; pero no son establecimientos abiertos al público, por lo que esa recarga, sea a la presión que sea, también es ilegal. Es decir, potencialmente peligrosa.

O sea, que se hace. Y aunque en teoría podría hacerse legalmente, en la práctica suele hacerse de modo ilegal, saltándose la normativa a la torera, con el riesgo que ello supone. Por éso el sabio consejo de aquél forero mío de "corta y pega", que sugería informarse sobre las posibilidades de recarga disponibles en cada zona, antes de comprar scuba y arma.

Y si realmente tuvieses más suerte que yo, y dispusieras en tu localidad de esa opción de recarga a 300b que comentas, con sumo gusto estaría dispuesto a recalcularte el nº de recargas disponibles para tu arma, si me indicas las especificaciones del arma y de la botella que finalmente compres.

Esperando que este tema quede, ahora sí, definitivamente aclarado, recibe un cordial saludo.
Última edición por gerbaro el 04 Jul 2017 11:21, editado 1 vez en total.

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Re: novato

Mensajepor nasgand » 03 Jul 2017 19:08

El arma que me voy a comprar es una cometa orion spr, la utilizo solo los domingos y la botella que me voy a comprar con su estacion de carga es esta: https://www.milanuncios.com/otros-depor ... 316793.htm
Lo siento por los rifirafes, de momento el de la tienda me dijo que me daria el telefono para cargar la botella en gandia
Saludos

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Re: novato

Mensajepor gerbaro » 04 Jul 2017 03:40

Hay un serio problema en tu planteamiento. El trasvasar aire de un recipiente de alta presión (300b) a otro de presión más baja (200b), simplemente con una llave de paso,con manómetro, latiguillo y conector, ( la "estación de carga"),se conoce como "Trasvase por laminación" , está contraindicado en todas las normativas de gases a presión,por el serio peligro que supone.... y terminantemente prohibido por el Ministerio de Industria.

¿ Cuál sería entonces el procedimiento correcto para efectuar esta recarga?. Pues intercalar en el circuíto un manorreductor, con un 2º manómetro y su correspondiente llave, que permita establecer con seguridad la presión de salida, o "de baja", a la que se desée recargar el depósito vacío. Manorreductor de 1 cuerpo, de 0-300b, cuyo precio ronda los 350 euracos. Y tendrás ahora un sistema de 2 etapas, la de "alta"
( los 300b de la botella ), controlada por la estación, y la de "baja" (200b con destino al arma ), regulada por el manorreductor. Y podrás ya recargar sin riesgo. Éso...,o recargar a partir de una scuba a la misma presión que se desée establecer en el arma, como ya hemos comentado; y la Cometa Orión está diseñada para no más de 200b. Otra opción, la que tú piensas, es jugarse el tipo.

Siento ser alarmista, de veras, pero te digo ésto por tu bien, pues te veo muy entusiasmado.... pero poco informado. Supongo que piensas que "abriendo poquito a poco" la válvula de la estación, vigilar atentamente el manómetro del arma,y "cerrar rápidamente" cuando el reloj marque 200b ,"es suficiente" ,¿verdad?. Mira, un submarinista de nuestra zona pensaba como tú...,y perdió 2 dedos de la mano derecha, ya sabes cómo.

Pero como desde aquí adivino tu escepticismo, por no decir tu hartazgo, así como el enfado de algunos foreros que malinterpretan estos comentarios míos como sugerencia de que no tienen "NPI" ( la expresión no es mía,¿eh? ) sobre estas cuestiones ( lo que, en algún caso concreto, parece ser rigurosamente cierto ), te dejo el link de esta empresa de hidráulica de Móstoles, que tiene también delegación en Valencia.
https://www.hidraulicacarrera.com/

Plantéales este tema, que te informarán sin compromiso; y postea aquí su respuesta, para conocimiento de otros foreros en la misma situación.

Y ya nos dirás a qué conclusión llegas. Sé prudente, compañero, es por tu bien.

Un cordial saludo.


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