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Multas de tráfico y licencia de armas.

Publicado: 23 Ago 2011 14:56
por loboseal
Hola.
Me he encontrado con esta noticia.

https://www.laopinioncoruna.es/galicia/2 ... 25629.html


Un saludo...

Re: Multas de tráfico y licencia de armas.

Publicado: 24 Ago 2011 13:05
por czzkm17hmr
Eso fue lo que me temi cuando se hizo la ley de trafico.Una simple multa y ya eres delincuente, ya consta y adios licencia de armas.Es una buena forma de quitar armas si tener que prohibirlas del todo.Lo dicho ; en este bendito pais todos delincuentes, los que lo son y los que no. :evil:

Re: Multas de tráfico y licencia de armas.

Publicado: 27 Ago 2011 22:01
por leone510
Dependera de el tipo de multa, me explico, yo me examine para la licencia E y D a finales de 2009, habia tenido anteriormente varias multas de aparcamiento puestas por la policia municipal y una por exceso de velocidad en la M-30, las tenia pagadas, quiza por eso no me negaron las licencias, o las multas no eran, digamos, graves.Saludos.

Re: Multas de tráfico y licencia de armas.

Publicado: 29 Ago 2011 09:22
por xatrac
Las multas no quitan licencias de armas. Los delitos contra la seguridad vial, sí.
Cuidadín con lo que escriben los periodistas.
Saludos.

Re: Multas de tráfico y licencia de armas.

Publicado: 29 Ago 2011 11:22
por leone510
Gracias, tienes razon, cosas como sobrepasar en 80 km horas la velocidad maxima en autovia o autopista o dar positivo en control de alcoholemia si pueden hacer que te quiten las licencias, aparcar en doble fila para comprar el pan, no.Saludos.

Re: Multas de tráfico y licencia de armas.

Publicado: 04 Sep 2011 12:06
por tornero
las leyes de circulacion no estan echas con el proposito que nos quieren hacer creer, ( para nuestra seguridad ) si de verdad estuvieran interesados en nuestra seguridad lo primero que harian seria prohibir que los coches salieran de fabrica con una velocidad superior a 120 KH, a ver si tienes coj... de prohibir a las empresas que se hagan coches con esas caracteristicas,

Re: Multas de tráfico y licencia de armas.

Publicado: 06 Sep 2011 19:40
por MKSniper
Que te retiren un arma por aparcar el doble fila... no lo veo muy claro. Ahora bien, si eres un cabeza loca que circula por la autovía a 180 sin permiso de conducir, seguro, ni ITV...

Re: Multas de tráfico y licencia de armas.

Publicado: 08 Sep 2011 11:51
por marchoso
MKSniper escribió:Que te retiren un arma por aparcar el doble fila... no lo veo muy claro. Ahora bien, si eres un cabeza loca que circula por la autovía a 180 sin permiso de conducir, seguro, ni ITV...

Saludos compañeros.
No hay que irse ni a un extremo ni a otro.
En Anarma estamos trabajando duro en este sector y condenamos rotundamente el delito cuando una persona conduce de modo negligente y temerario.
Como esta exposición del que circula drogado o en sentido contrario y sin seguro.
Lo que no condenamos es por ejemplo es que te retiren las armas por una multa de radar que tiene que ver la velocidad con las armas.
Creo que hay otras vías para hacerles recapacitar, la que más duele es la del bolsillo
Creo que eso no está relacionado con que esta persona sea consecutiva para retirarle las armas cuando con las armas no ha causado ninguna negligencia.
Si bien es cierto que El Art. 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece que:

"1. Las Administraciones públicas podrán revocar en cualquier momento sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, o sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico."

Esta modalidad de revocación de una licencia o Autorización de uso de armas encuentra su fundamento y cobertura legal en el art. 97.5 del Reglamento de Armas que establece que:
"La vigencia de las autorizaciones concedidas y de los reconocimientos de coleccionistas efectuados, estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigibles con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento para su otorgamiento, pudiendo los órganos competentes para su expedición comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y procediendo a revocarlas en caso contrario".
Por tanto, este precepto hay que ponerlo en relación con los artículos del Reglamento de Armas que regulan los requisitos exigibles para la concesión de las distintas licencias de armas, así, a tal efecto, el art. 97 apartado 2 dispone que:
"Los órganos encargados de la instrucción del procedimiento realizarán una información sobre la conducta y antecedentes del interesado, cuyo resultado elevarán a la autoridad competente para resolver…»… dicha información se referirá también a la dedicación real del interesado al ejercicio de la caza o de los deportes correspondientes".
Por otro lado el art. 98.1 preceptúa que:
"En ningún caso podrán tener ni usar armas, ni ser titulares de las licencias o autorizaciones correspondientes las personas cuyas condiciones psíquicas o físicas les impidan su utilización, y especialmente aquellas personas para las que la posesión y el uso de las armas representen un riesgo propio o ajeno".

Queda claro en consecuencia que cuando nuestra salud física o mental lo impida nos podrán revocar la licencia. También podrán hacerlo las autoridades en caso de que la posesión del arma represente un riesgo propio o ajeno. Así por ejemplo, cuando el solicitante del permiso de armas sea alguien probadamente violento, con delitos de sangre, con antecedentes por delitos graves contra las personas, es evidente que procederá la revocación del arma para evitar que en un futuro el condenado pueda usar el arma cuyo permiso solicita para delinquir. El problema es que, esto del «riesgo propio o ajeno», está sirviendo como cajón de sastre a la Guardia Civil para revocar o rechazar licencias en casos de lo más variopintos, que nada tienen que ver con la previsión del reglamento de armas.

En consecuencia, no procede —como sin embargo está haciendo en algunos casos la autoridad administrativa— revocar la licencia de armas cuando estemos ante personas con antecedentes policiales (que no es lo mismo que penales) a los que se haya abierto diligencia en los juzgados que posteriormente se han sobreseído o archivado y a quienes aún habiendo sido condenados por la justicia, lo han sido por delitos que nada tienen que ver con el uso de armas o la integridad de las personas. Por ejemplo, no puede ser que se revoque la licencia de armas a quién se condena por falsedad documental, por defraudación de fluido eléctrico o propiedad intelectual. ¿Qué tiene que ver vender CD's piratas en la calle con el uso de armas para la caza?

Pues aunque esto es tan claro, tan evidente, resulta que la Administración está revocando licencias de armas a aquellas personas denunciadas por sus parejas por maltrato cuyas denuncias finalmente han sido archivadas. Es inaceptable e ilegal.
Perdón por el tocho, pero se están cometiendo bastantes atropellos en este aspecto y creo que también es momento de decir vamos a mirar este tema.
Hay muchas personas que siente verdadera devoción con la caza y esto e causa un daño bastante importante en sus vidas que la administración no ha tenido en cuenta solo ha mirado quitar otras pocas armas de la circulación.
Un saludo

Re: Multas de tráfico y licencia de armas.

Publicado: 09 Sep 2011 14:15
por lewis
Por desgracia conozco dos casos en que uno por positivo en alcoholemia y el otro por imputación en una construcción ilegal,no demostrata ya que el que construia nada tenia que ver con las autorizaciones falsas previas, ha supuesto la RETIRADA CAUTELAR DE LAS ARMAS Y SUS LICENCIAS.

Entiendo que si alguien saca sus armas a la calle o amenaza a alguien con ellas, se le retiren las licencias y las armas, pero a alguien que comete o ni siquiera eso, sino que se supone que puede haber cometido un delito, no demostrado y que nada tiene que ver con las armas, NO SE LE DEBERÍAN DE RETIRAR.

En los dos casos que conozco se les ha causado gravísimos daños morales y traumas que no se pueden arreglar nunca.Nada devuelve los dos-tres o más años sin cazar y sin ir al tiro olímpico.
Y el sambenito al cuello para siempre.

Re: Multas de tráfico y licencia de armas.

Publicado: 09 Sep 2011 14:33
por marchoso
Saludos Lewis.
En Anarma hemos conseguido que se les devuelvan las armas hasta obtener sentencia Firme.
No basta una medida cautelar, para intervenir unas armas que no son objetos de pruebas periciales.
Un saludo.

Re: Multas de tráfico y licencia de armas.

Publicado: 09 Sep 2011 18:09
por lewis
Pues se lo comentaré a ambos en cuanto los vea, porque la verdad es que mandahuevos la cosa, se supone que eres culpable y PREVENTIVAMENTE, cautelarmente, te retiran las armas... no sea que hayas delinquido en la construcción de un chalet (?)

Re: Multas de tráfico y licencia de armas.

Publicado: 09 Sep 2011 18:39
por Norro
:birra^:
Hola a todos:

Sobre el tema se puede estar discutiendo mucho tiempo, lo que yo aprecio tras las leyes que ultimamente se estan imponiendo ( en varios aspectos ) es que los legisladores y politicos solo estan sacando leyes para joder, manipular y acojonar a la sociedad de ciudadanos mas o menos decentes, como dice tornero, yo creo que es una manera de manipular y retirar licencias de armas de forma encubierta, como tambien de forma encubierta han eliminado el plan de pensiones sociales de los españoles se lo han cargado totalmente, con la nueva ley no cobramos pension ninguno, todas las leyes que ultimamente se estan aprobando hay que mirarlas con lupa y analizarlas en profundidad, ya que estos politicos y legisladores son unos especialistas en enmarañar las cosas, ( en cambio son unos desastres en lograr una sociedad libre y protegida y sin ruina) lo que realmente es una pena es que estemos pagando un dineral en impuestos supuestamente para mantener una sociedad de bienestar y unos servicios al ciudadano de primera, pero se nos manipula sistematicamente, eso no quita que el que no este en sus cabales para tener un arma no la tenga, además que opinais del mercado de contrabando en armas cortas......

Re: Multas de tráfico y licencia de armas.

Publicado: 12 Sep 2011 00:15
por skiner
El código penal (que tiene un rango juridico "ligeramente" superior al del reglamento de armas) no puede ser más claro al indicar cuando un delito implica la perdida del derecho a la tenencia y porte de armas. Y salvo en esos casos los antecedentes no pueden implicar la retirada o denegación de la licencia.

Pero ojo cualquier infracción (no solo delitos) en materia de drogas o alcoholemia sí es motivo justificado para revisar una licencia de armas por incumplimiento de las condiciones psicofisicas (eso si con sus alegaciones, certificados medicos .........).

Saludos.

Re: Multas de tráfico y licencia de armas.

Publicado: 19 Sep 2011 15:56
por TitoDre
Vamos a diferenciar entre ilícitos penales e ilícitos administrativos y no nos haremos la picha un lío.

Cuando te detengan=ilícito penal
Cuando no te detengan y te propongan para sanción o sancionen (multa)=ilícito administrativo

:vacaciones^: Fácil, sencillo y para todos los foreros.