enzo.408 escribió:antares308 escribió:enzo.408 escribió:
El ICAE lo interpreta como >30cm de cañón Y >60cm longitud total.
Nuestro reglamento define arma corta como........ " Aquella cuyo cañón no exceda de 30 centímetros
O cuya longitud total no exceda de 60 centímetros. "
Arma larga es según nuestro reglamento. ........ " Cualquier arma de fuego que no sea corta."
Es muy importante lo del Y/O .
Pd. Por tu Y una escopeta con cañon de 40cm de conjunto 50 cm seria arma corta .
Lo puedes interpretar como quieras, yo te digo cómo lo interpreta el ICAE, que al final es quien decide:
Si el arma no supera los 30cm de cañón o los 60cm en total (o ninguna de las dos) es arma corta.
Y siguiendo tu ejemplo, ¿un MP5 de 22cm de cañón y 68cm en total lo puedes guiar en D o en F?
Yo solo te digo lo que pone en nuestro reglamento, otra cosa es lo que haga la ICAE/CIPAE con las normas........que es pasarelas por el arco del triunfo.
Ese ejemplo viene al pelo........... con menos de 30 cm no es arma larga por eso los mp5 turcos para ser legales en España le pusieron esos palos de escobas de 32 cm para poderse vender legalmente en España.