¿En qué armero cabe un pensilvania?

Armas de avancarga: pura pólvora negra. Las grandes clásicas.
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¿En qué armero cabe un pensilvania?

Mensajepor nomansland » 21 Sep 2020 00:34

Hola
Si con la nueva reglamentación tuviese que guardar mi pensilvania de 145 cms en un armero clase I, ¿existe algun modelo donde quepa? He visto que casi todos son de 140 cms, excepto alguno de mas de 800€.

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Re: ¿En qué armero cabe un pensilvania?

Mensajepor Autoencendido » 21 Sep 2020 17:00

DEsmontado.

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Re: ¿En qué armero cabe un pensilvania?

Mensajepor MamasBoy » 22 Sep 2020 09:10

en los de 8 armas metido en diagonal, pero no es la solución...

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Re: ¿En qué armero cabe un pensilvania?

Mensajepor ggduncan » 22 Sep 2020 22:20

buenas noches

el armero lo llevas al taller cojes la radial haces un agujero sueldas un tubo tan grande como para meter y sacar el fusil.

pero esto son hierros que no necesitan armero, si sale esta ley asta las escobas las tendremos que guardar por es un arma de aporrear marujas.

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Re: ¿En qué armero cabe un pensilvania?

Mensajepor jestebanv » 23 Sep 2020 23:33

No nos pongamos nerviosos, el reglamento en ningún momento exige armero para las armas de avancarga... ni lo va a exigir
Las que están afectadas son las "armas antiguas" y alguien me puede decir, joder, mas antiguas que las de avancarga no hay
Efectivamente, el prenda que hizo la clasificación de las armas no estuvo realmente brillante, pero lo cierto es que el propio reglamento diferencia las armas de avancarga de las antiguas, nombrándolas expresamente
Las "antiguas" para que nos entendamos son las que habitualmente hemos llamado de "cartucho metálico", es decir, nuestros cattleman, sharps y otros parientes
A nadie se le puede escapar que si un revólver del .22 hay que guardarlo en un armero clase III por ser un arma deportiva si la tenemos guiada en F, pues un 44-40 o un 45LC no creo que se puedan tener en la mesilla de noche precisamente
Así que no mires de reojo la radial, que mira lo que me pasó a mí que casi me llevo el pulgar de la mano izquierda hace un mes y medio por andar con esa herramienta que a juzgar por la cantidad de accidentes que su MAL uso ha provocado, si que se debería guardar en un armero clase III
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Re: ¿En qué armero cabe un pensilvania?

Mensajepor nomansland » 25 Sep 2020 00:40

Autoencendido escribió:DEsmontado.

Vaya, cómo no se me habrá ocurrido.
¿Quizás porque no tiene pasadores faciles de retirar?
También le puedo poner una bisagra a la culata. Es otra opción.

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Re: ¿En qué armero cabe un pensilvania?

Mensajepor nomansland » 25 Sep 2020 00:45

jestebanv escribió:Las "antiguas" para que nos entendamos son las que habitualmente hemos llamado de "cartucho metálico", es decir, nuestros cattleman, sharps y otros parientes

El problema es que es susceptible de interpretación. ¿Se dice eso explicitamente en algún sitio?
Si es que no, como lo hayamos llamado habitualmente da lo mismo.

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Re: ¿En qué armero cabe un pensilvania?

Mensajepor monchi682 » 25 Sep 2020 01:45

nomansland escribió:Hola
Si con la nueva reglamentación tuviese que guardar mi pensilvania de 145 cms en un armero clase I, ¿existe algun modelo donde quepa? He visto que casi todos son de 140 cms, excepto alguno de mas de 800€.

Yo creo que si cabe, en el mio tengo metido un kentucky, que medirá de 1,26 a 1,30, segun la posicion que lo coloques, y sobra al menos 15 cms hasta llegar arriba, teniendo en cuenta que le metí un acolchado abajo de unos 5 cms, pues con el que traia se me deformaban las cantoneras de espuma de alta densidad de las escopetas de trap.
No se ve el final donde llega el techo del armero, pero luego pondré otra foto donde se vea mejor la distancia, desde el final del cañon del Kentucky, hasta el techo del armero.
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Hola
Si con la nueva reglamentación tuviese que guardar mi pensilvania de 145 cms en un armero clase I, 70
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Re: ¿En qué armero cabe un pensilvania?

Mensajepor Orion » 25 Sep 2020 10:51

Estos rifles de avancarga mas que guardados en un armero son para tener expuestos en una pared. Es mas fácil que un atracador o un terrorista utilicen un cuchillo antes que un Hawken o un Kentucky. No me imagino a un delincuente que después de atracar una gasolinera se ponga a cargar con pólvora, poner la bala y atacarla con la baqueta y luego ponga el pistón para tener un disparo con el que enfrentarse a la policía. De todas formas de las mentes pensantes que hacen nuestros reglamentos se podría esperar cualquier cosa.
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Re: ¿En qué armero cabe un pensilvania?

Mensajepor Autoencendido » 25 Sep 2020 13:01

En el reglamento nuevo no dice guardarse bajo llave??

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Re: ¿En qué armero cabe un pensilvania?

Mensajepor fierabras » 25 Sep 2020 14:34

Autoencendido escribió:En el reglamento nuevo no dice guardarse bajo llave??


El quid de la cuestión está en lo que se entiende por "arma antigua" o "reproducción de arma antigua".

El nuevo texto dice que las reproducciones de armas antiguas se deben guardar en cajas fuertes autorizadas. Y que un arma antigua se define como: "Arma antigua: Arma de fuego cuyo modelo o cuyo año de fabricación es anterior al 1 de enero de 1890."

Ahora, no es menos cierto que creo que a pesar de lo claro que es el texto, por arma antigua ellos quieren referirse a las de cartucho metálico.

Bueno, el texto dice esto literalmente:


Treinta y siete. Los apartados a) y e) del artículo 107 del Reglamento de Armas queda redactado del siguiente modo:

«a) No precisarán licencia las armas de avancarga ni las demás armas de fuego antiguas, históricas o artísticas que sean inscritas en los Libros-Registro a que se refiere el apartado siguiente y que sean conservadas en museos autorizados por la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior o en armeros de los que sean titulares los coleccionistas u organismos con finalidad cultural, histórica o artística en materia de armas, autorizados como tales por la Dirección General de la Guardia Civil. Las autorizaciones se efectuarán en procedimientos instruidos a solicitud de los interesados por la Dirección General de la Guardia Civil, previa aportación de los documentos e informes del artículo 97.1 y la acreditación de la adecuación de los inmuebles y armeros correspondientes para la guarda de las armas, y de la adopción de las medidas de seguridad necesarias para su custodia, que habrán de ser consideradas suficientes por dicha Dirección General. La correspondiente Intervención de Armas y Explosivos podrá comprobar en todo momento la presencia de las armas y la eficacia de las medidas de seguridad adoptadas.

La validez de estas autorizaciones está supeditada al mantenimiento de los requisitos exigidos para su otorgamiento de conformidad con el artículo 97.5, debiendo ser visadas cada cinco años por la Intervención de Armas y Explosivos, previa aportación por el interesado de un informe favorable de aptitudes psíquicas y físicas expedido por un centro de reconocimiento autorizado.»

«e) Las armas reguladas en los párrafos anteriores se guardarán en un lugar seguro bajo llave en el propio domicilio de su titular. En el caso de armas que se expongan en el interior del domicilio, éstas deberán poseer un sistema de anclaje adecuado al medio de exposición o una vitrina dotada con cerradura y cristal, autorizados por la Dirección General de la Guardia Civil.

Sin perjuicio de lo anterior, las reproducciones de armas de fuego largas antiguas o sus componentes esenciales se custodiarán en cajas fuertes autorizadas por la Dirección General de la Guardia Civil, y las reproducciones de armas de fuego cortas antiguas se guardarán completas en cajas fuertes autorizadas por dicha Dirección General.»


Y qué es una "reproducción de arma antigua". El propio texto define arma antigua como:

"Arma antigua: Arma de fuego cuyo modelo o cuyo año de fabricación es anterior al 1 de enero de 1890."

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Re: ¿En qué armero cabe un pensilvania?

Mensajepor tx94 » 25 Sep 2020 18:38

Orion escribió:Estos rifles de avancarga mas que guardados en un armero son para tener expuestos en una pared. Es mas fácil que un atracador o un terrorista utilicen un cuchillo antes que un Hawken o un Kentucky. No me imagino a un delincuente que después de atracar una gasolinera se ponga a cargar con pólvora, poner la bala y atacarla con la baqueta y luego ponga el pistón para tener un disparo con el que enfrentarse a la policía. De todas formas de las mentes pensantes que hacen nuestros reglamentos se podría esperar cualquier cosa.


¿Nunca te han asaltado la diligencia los bandoleros en la carretera de Linares? Pues has tenido suerte :band:

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Re: ¿En qué armero cabe un pensilvania?

Mensajepor Orion » 27 Sep 2020 15:22

tx94 escribió:
Orion escribió:


¿Nunca te han asaltado la diligencia los bandoleros en la carretera de Linares? Pues has tenido suerte :band:


:lol: :lol: :lol: :apla: :apla:
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Re: ¿En qué armero cabe un pensilvania?

Mensajepor jestebanv » 27 Sep 2020 22:19

tx94 escribió:
Orion escribió:Estos rifles de avancarga mas que guardados en un armero son para tener expuestos en una pared. Es mas fácil que un atracador o un terrorista utilicen un cuchillo antes que un Hawken o un Kentucky. No me imagino a un delincuente que después de atracar una gasolinera se ponga a cargar con pólvora, poner la bala y atacarla con la baqueta y luego ponga el pistón para tener un disparo con el que enfrentarse a la policía. De todas formas de las mentes pensantes que hacen nuestros reglamentos se podría esperar cualquier cosa.


¿Nunca te han asaltado la diligencia los bandoleros en la carretera de Linares? Pues has tenido suerte :band:


Pues con lo chungo que se está poniendo lo de conseguir pólvora negra, me temo que lo van a tener chungo hasta estos
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Re: ¿En qué armero cabe un pensilvania?

Mensajepor monchi682 » 28 Sep 2020 02:22

Autoencendido escribió:En el reglamento nuevo no dice guardarse bajo llave??

Yo lo guardo en el armero por tenerlo todo junto, ademas tengo 2 bloques anticorrosion dentro.
Pero guardarlo bajo llave, puede ser en un armario, en una habitacion, en un maletin donde quepa, siempre que tenga una cerradura, pero vamos que eso es muy relativo, no te pueden obligar a guardarlo en un armero, cuando no dan la altura para algunas armas de avancarga, sino los metes desarmados.
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Re: ¿En qué armero cabe un pensilvania?

Mensajepor cantabro1964 » 28 Sep 2020 18:37

Buenas tardes. ¿Vale si pongo el rifle encima de la mesa y encima una llave?Así estará bajo llave, ¿no?
Un poco de humor nunca viene mal.
Un saludo.

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Re: ¿En qué armero cabe un pensilvania?

Mensajepor monchi682 » 29 Sep 2020 00:54

cantabro1964 escribió:Buenas tardes. ¿Vale si pongo el rifle encima de la mesa y encima una llave?Así estará bajo llave, ¿no?
Un poco de humor nunca viene mal.
Un saludo.

:lol: :lol: :lol: vale si la mesa tiene cristal y está anclado con anclajes permitidos por la autoridad pertinente.
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Re: ¿En qué armero cabe un pensilvania?

Mensajepor monchi682 » 29 Sep 2020 01:16

fierabras escribió:
Autoencendido escribió:En el reglamento nuevo no dice guardarse bajo llave??


El quid de la cuestión está en lo que se entiende por "arma antigua" o "reproducción de arma antigua".

El nuevo texto dice que las reproducciones de armas antiguas se deben guardar en cajas fuertes autorizadas. Y que un arma antigua se define como: "Arma antigua: Arma de fuego cuyo modelo o cuyo año de fabricación es anterior al 1 de enero de 1890."

Ahora, no es menos cierto que creo que a pesar de lo claro que es el texto, por arma antigua ellos quieren referirse a las de cartucho metálico.

Bueno, el texto dice esto literalmente:


Treinta y siete. Los apartados a) y e) del artículo 107 del Reglamento de Armas queda redactado del siguiente modo:

«a) No precisarán licencia las armas de avancarga ni las demás armas de fuego antiguas, históricas o artísticas que sean inscritas en los Libros-Registro a que se refiere el apartado siguiente y que sean conservadas en museos autorizados por la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior o en armeros de los que sean titulares los coleccionistas u organismos con finalidad cultural, histórica o artística en materia de armas, autorizados como tales por la Dirección General de la Guardia Civil. Las autorizaciones se efectuarán en procedimientos instruidos a solicitud de los interesados por la Dirección General de la Guardia Civil, previa aportación de los documentos e informes del artículo 97.1 y la acreditación de la adecuación de los inmuebles y armeros correspondientes para la guarda de las armas, y de la adopción de las medidas de seguridad necesarias para su custodia, que habrán de ser consideradas suficientes por dicha Dirección General. La correspondiente Intervención de Armas y Explosivos podrá comprobar en todo momento la presencia de las armas y la eficacia de las medidas de seguridad adoptadas.

La validez de estas autorizaciones está supeditada al mantenimiento de los requisitos exigidos para su otorgamiento de conformidad con el artículo 97.5, debiendo ser visadas cada cinco años por la Intervención de Armas y Explosivos, previa aportación por el interesado de un informe favorable de aptitudes psíquicas y físicas expedido por un centro de reconocimiento autorizado.»

«e) Las armas reguladas en los párrafos anteriores se guardarán en un lugar seguro bajo llave en el propio domicilio de su titular. En el caso de armas que se expongan en el interior del domicilio, éstas deberán poseer un sistema de anclaje adecuado al medio de exposición o una vitrina dotada con cerradura y cristal, autorizados por la Dirección General de la Guardia Civil.

Sin perjuicio de lo anterior, las reproducciones de armas de fuego largas antiguas o sus componentes esenciales se custodiarán en cajas fuertes autorizadas por la Dirección General de la Guardia Civil, y las reproducciones de armas de fuego cortas antiguas se guardarán completas en cajas fuertes autorizadas por dicha Dirección General.»


Y qué es una "reproducción de arma antigua". El propio texto define arma antigua como:

"Arma antigua: Arma de fuego cuyo modelo o cuyo año de fabricación es anterior al 1 de enero de 1890."


Yo no entiendo mucho esta ley o real decreto o lo que sea, esto dice armas antiguas en libro -registro, para coleccion, o exposicion, no dice nada de su uso, y las que estan guiadas en AE para su uso recreativo o deportivo?.
Disculpadme por la pregunta, si os digo la verdad ni me he molestado en leer la nueva normativa, ni entiendo que pretenden sacar en claro con ella...saber quien tiene armas ilegales en casa, o jodernos a quien las tenemos legales y por seguridad las guardamos a buen recaudo.
Vamos a seguir teniendolas donde estaban, unas en las cajas fuertes o armeros, otras en los armarios y otras en la mesita, ya sea cargada o no...
No será mas facil cargar una escopeta normal, que un rifle, pistola o revolver de avancarga, otra cosa es las armas antiguas, originales o reproducciones, anteriores a 1890, de cartucho metalico, que son mas faciles y rapidas de cargar, aunque tampoco lo entiendo, que para guiar una de estas tengas que tener mas papeles, protocolos, y pasar de libro de coleccionista especial a AER, tener armero grado III, (lo del armero me lo han comentado, no lo se cierto) ,y hacer un curso como si de la F se tratase...Pufff.
Y que se molesten en venir a hacer una revision de armamento, que llevan tarea para rato... :mrgreen:
Un saludo
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