NUEVO REGLAMENTO LISTO

Todo sobre licencias de armas, reglamentos, normativa...
Avatar de Usuario
alvaro95
.300 Win Mag
.300 Win Mag
Mensajes: 1379
Registrado: 02 Ene 2013 18:25
Ubicación: madrid
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor alvaro95 » 05 Nov 2020 12:20

topp escribió:Ya ha entrado en vigor ya estan empezanfo a llamar a todos los que tienen armas del 222 o 307 para informarles de lo que hay y que depositen sus cargadores de alta capacidad durante los procimos tres meses, si no seran sancionados y desprovistos de sus licencias... :police-smiley: :lol: :lol:

Pues cero llamadas por el momento...
si vis pacem para bellum
Socio de ANARMA

Avatar de Usuario
Walter-p5
.30-06
.30-06
Mensajes: 863
Registrado: 20 Ene 2009 09:01
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor Walter-p5 » 05 Nov 2020 12:58

Para los mayores de setenta años el visado es de tres años. Algo bueno tenía que tener en nuevo reglamento, sin embargo quedan muchos puntos que pulir, pues no es ni medianamente perfecto. Comprendo que haya que haber algún control sobre las armas de fuego, pero no hasta la paranoia y sin llegar al oeste americano del siglo XIX.

Avatar de Usuario
Calatravo
.300 Win Mag
.300 Win Mag
Mensajes: 1729
Registrado: 23 Mar 2009 09:01
Ubicación: La Mancha
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor Calatravo » 05 Nov 2020 13:44

.
Última edición por Calatravo el 21 Oct 2022 22:37, editado 1 vez en total.
Manifestar:Querer a España,es de gente noble y sana.
Ni el lugar de nacimiento,ni la ideologia,ni la condicion social,
son impedimentos o excusas para:
RESPETAR A ESPAÑA.

Avatar de Usuario
antares308
.50 Bmg
.50 Bmg
Mensajes: 15584
Registrado: 07 Ene 2010 23:15
Ubicación: PORTUS MARIS ET TERRAE CUSTODIA
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor antares308 » 05 Nov 2020 15:26

Calatravo escribió:Entonces damos ya por hecho que el recurso, no ha conseguido paralizar nada aunque sea de forma cautelar o provisional.
También seria bueno conocer si existe alguna información sobre procedimientos reconocidos para limitar capacidad de los cargadores que evite en el caso que que alguien quiera conservarlos, que tenga que entregarlos.
Estaría bien que si hay alguna información al respecto se difundiera.
Saludos




. :saluting-soldier:


HOY HA ENTRADO EN VIGOR EL REGLAMENTO DE ARMAS. ESPERAMOS EL DICTAMEN DE MEDIDAS CAUTELARES DE FORMA INMINENTE.

Hoy ha entrado en vigor a todos los efectos la modificación publicada en el BOE el 5 de Agosto del 2020 por la que se modifica el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero de 1993, que es el Reglamento de Armas.

Esta modificación tiene desastrosas consecuencias para nuestra actividad y contiene varios artículos que podrían incurrir en violaciones constitucionales, a pesar de ello, este Reglamento a todos los efectos se encuentra plenamente en vigor y como cualquier otra norma o ley debe ser respetada.

ANARMA está esperando una resolución de forma inminente que la anule total o parcialmente, pero hasta que esto ocurra esta normativa debe ser respetada y cumplida.

Recordamos a los socios y simpatizantes que el plazo plazo para entregar los cargadores que incumplen la norma en las intervenciones de tres meses desde el día de hoy.

En ningún caso las intervenciones podrán llamar telefónicamente requiriendo su entrega o la entrega de ningún otro arma que quede fuera de la normativa, ya que no es un sistema de comunicación administrativo legal ni reconocido.

Desde hoy y hasta que haya resolución en contra las armas automáticas convertidas a semiautomáticas ya no podrán comprarse ni transferidas.

Esperamos que el Tribunal Supremo de España se pronuncie en breve y detenga este abuso por parte de la administración.
El valiente ha sido valiente hasta que el cobarde ha querido.


Corrige al sabio y lo harás más sabio, corrige al necio y lo harás tu enemigo.



Si no luchas por lo que amas, no llores por lo que pierdes.


Socio Anarma 1.222

Miguelito89
.44 Magnum
.44 Magnum
Mensajes: 405
Registrado: 17 Nov 2018 08:30
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor Miguelito89 » 06 Nov 2020 13:02

Hola, y si capamos el cargador, no podemos quedarnos con el? O tampoco es legal?
Un saludo.
Socio ANARMA 1946

Billcoe
.30-06
.30-06
Mensajes: 589
Registrado: 17 Dic 2012 20:29
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor Billcoe » 06 Nov 2020 15:23

.
Última edición por Billcoe el 07 Nov 2020 00:17, editado 1 vez en total.

Billcoe
.30-06
.30-06
Mensajes: 589
Registrado: 17 Dic 2012 20:29
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor Billcoe » 06 Nov 2020 15:32

.
Última edición por Billcoe el 07 Nov 2020 00:18, editado 1 vez en total.

Avatar de Usuario
antares308
.50 Bmg
.50 Bmg
Mensajes: 15584
Registrado: 07 Ene 2010 23:15
Ubicación: PORTUS MARIS ET TERRAE CUSTODIA
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor antares308 » 06 Nov 2020 17:08

. :saluting-soldier:


Nota de prensa de la Asociación Armera
Nuevo Reglamento de Armas

El sector de armeros y cazadores apoyan la interposición de un recurso contencioso administrativo contra el nuevo Reglamento de Armas publicado el pasado 5 de agosto en el BOE.

Con el apoyo institucional de la RFEC, la Asociación Armera y ACACE recurren el texto por entender que adolece de defectos de legalidad que procede ser enmendados.

Por otra parte, los recurrentes lamentan que años de conversaciones con el Mº del Interior en las que se han tratado extensamente los problemas que el Reglamento de Armas del 93 ocasionan al colectivo empresarial y al usuario final no hayan servido de nada. Por lo que, el reglamento se recurre más por las cuestiones que deja sin resolver que por las modificaciones que introduce, algunas de ellas por imperativo de la Directiva Comunitaria. No es admisible que tras más de 25 años de denuncia del Reglamento de Armas por parte de cazadores, tiradores, coleccionistas, industria y comercio, la deseada modificación no aborde ninguno de los problemas que podían haberse resuelto sin comprometer la seguridad ciudadana, principio fundamental que rige la materia.

El nuevo texto, por lo tanto, no da solución a ninguno de los problemas que afectan a los destinatarios del Reglamento y, sin embargo, ahonda en algunos de los ya existentes como es el ampliamente denunciado defecto de la inseguridad jurídica: la falta de definición y de concreción de muchos de sus preceptos y el amplio margen de interpretación que ostenta la Administración se acrecienta en esta nueva versión del Reglamento de Armas generando una mayor inseguridad jurídica para usuarios de armas deportivas y empresas: ¿Cuáles son las armas objeto de registro?, ¿qué es un arma asimilada?, ¿Cuál es su régimen de adquisición y tenencia?, ¿puedo viajar con mi carabina de aire comprimido a una localidad distinta a la de mi domicilio?, ¿qué significa guardar el arma en un lugar seguro bajo llave?, ¿necesito un armero de seguridad?, ¿tiene que estar homologado?, ¿y certificado?....
Entienden los recurrentes que es necesario un cambio de tendencia en los principios que ahora rigen la elaboración del Reglamento: mientras se siga legislando a espaldas del sector afectado, desoyendo sus necesidades, el resultado nunca será satisfactorio. El reglamento de Armas debe:

- estar al servicio de los ciudadanos obligados por el mismo, su contenido debe facilitar y no obstaculizar la práctica de las actividades y deportes que requieren la tenencia de armas
- facilitar el comercio y la circulación de mercancías dentro de España y del territorio común de la Unión Europea
- no obstaculizar el principio de libertad de industria imponiendo trabas innecesarias a la actividad
- tender a una homogeneización de las legislaciones a nivel comunitario como modo de facilitar la labor de las policías de los diferentes Estados Miembros
- ser claro, conciso y generar confianza y no incertidumbres
Todo ello, y como principio fundamental, filtrado por el principio de salvaguarda de la seguridad ciudadana.
Argumenta, sin embargo, la Administración que si las pretensiones del sector no han sido ni siquiera valoradas a la hora de redactarse el reglamento es porque no guardaban relación con la trasposición de la Directiva (UE) 2017/853. Efectivamente, durante la fase de elaboración de la norma, todas y cada una de las propuestas de los interesados fueron rechazadas bajo la fórmula “NO SE ACEPTA, no tiene relación con el proyecto de trasposición de la Directiva”.

Si esto es así no se comprende fácilmente que se hayan introducido modificaciones extrañas a tal finalidad, modificaciones que alejan aun más el reglamento español de la Directiva y por ende, de los estándares que rigen en otros Estados Miembros: nuevamente el Reglamento de Armas español se coloca a la cabeza en lo que a limitaciones y prohibiciones de la actividad se refiere. Es el reglamento más restrictivo de Europa.

Todas estas consideraciones generales y otras particulares que no se citan en esta nota por no hacerla excesivamente extensa, fueron alegadas ante el Consejo de Estado, órgano que actúa como Cuerpo Supremo Consultivo del Gobierno, el cual, en su informe sobre el proyecto del Reglamento de Armas, recomienda al Gobierno, con carácter esencial, la modificación de una serie de aspectos.

Pues bien, el Gobierno, desoyendo el informe del Consejo de Estado, publica el nuevo Reglamento y se ve obligado a hacerlo bajo la fórmula “oído el Consejo de Estado” (oído y no escuchado podría añadirse) ya que la fórmula “de acuerdo con el Consejo de Estado” se reserva para aquéllas normas que respetan los parámetros de legalidad que fija el Consejo de Estado.

Al final nos preguntamos si cazadores, tiradores e industria de las armas deportivas no nos merecemos una norma no ya a la medida de nuestras necesidades sino sólo un poco más benévola con nuestra actividad y respetuosa del ordenamiento jurídico español.
Aunque con poca fe de ver una reapertura del reglamento de armas en breve, la predisposición del sector es totalmente abierta al diálogo y a la negociación.
El valiente ha sido valiente hasta que el cobarde ha querido.


Corrige al sabio y lo harás más sabio, corrige al necio y lo harás tu enemigo.



Si no luchas por lo que amas, no llores por lo que pierdes.


Socio Anarma 1.222

Avatar de Usuario
Dexterclaymore
375 HH Magnum
375 HH Magnum
Mensajes: 5995
Registrado: 17 Nov 2008 11:01
Ubicación: La Rioja
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor Dexterclaymore » 07 Nov 2020 00:28

Aparte de ANARMA ¿ha presentado alguien más recurso?
Socio ANARMA 1142

Avatar de Usuario
kikeformad
375 HH Magnum
375 HH Magnum
Mensajes: 4167
Registrado: 13 Ago 2011 12:26
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor kikeformad » 07 Nov 2020 11:19

antares308 escribió:. :saluting-soldier:


Nota de prensa de la Asociación Armera
Nuevo Reglamento de Armas

El sector de armeros y cazadores apoyan la interposición de un recurso contencioso administrativo contra el nuevo Reglamento de Armas publicado el pasado 5 de agosto en el BOE.

Con el apoyo institucional de la RFEC, la Asociación Armera y ACACE recurren el texto por entender que adolece de defectos de legalidad que procede ser enmendados.

Por otra parte, los recurrentes lamentan que años de conversaciones con el Mº del Interior en las que se han tratado extensamente los problemas que el Reglamento de Armas del 93 ocasionan al colectivo empresarial y al usuario final no hayan servido de nada. Por lo que, el reglamento se recurre más por las cuestiones que deja sin resolver que por las modificaciones que introduce, algunas de ellas por imperativo de la Directiva Comunitaria. No es admisible que tras más de 25 años de denuncia del Reglamento de Armas por parte de cazadores, tiradores, coleccionistas, industria y comercio, la deseada modificación no aborde ninguno de los problemas que podían haberse resuelto sin comprometer la seguridad ciudadana, principio fundamental que rige la materia.

El nuevo texto, por lo tanto, no da solución a ninguno de los problemas que afectan a los destinatarios del Reglamento y, sin embargo, ahonda en algunos de los ya existentes como es el ampliamente denunciado defecto de la inseguridad jurídica: la falta de definición y de concreción de muchos de sus preceptos y el amplio margen de interpretación que ostenta la Administración se acrecienta en esta nueva versión del Reglamento de Armas generando una mayor inseguridad jurídica para usuarios de armas deportivas y empresas: ¿Cuáles son las armas objeto de registro?, ¿qué es un arma asimilada?, ¿Cuál es su régimen de adquisición y tenencia?, ¿puedo viajar con mi carabina de aire comprimido a una localidad distinta a la de mi domicilio?, ¿qué significa guardar el arma en un lugar seguro bajo llave?, ¿necesito un armero de seguridad?, ¿tiene que estar homologado?, ¿y certificado?....
Entienden los recurrentes que es necesario un cambio de tendencia en los principios que ahora rigen la elaboración del Reglamento: mientras se siga legislando a espaldas del sector afectado, desoyendo sus necesidades, el resultado nunca será satisfactorio. El reglamento de Armas debe:

- estar al servicio de los ciudadanos obligados por el mismo, su contenido debe facilitar y no obstaculizar la práctica de las actividades y deportes que requieren la tenencia de armas
- facilitar el comercio y la circulación de mercancías dentro de España y del territorio común de la Unión Europea
- no obstaculizar el principio de libertad de industria imponiendo trabas innecesarias a la actividad
- tender a una homogeneización de las legislaciones a nivel comunitario como modo de facilitar la labor de las policías de los diferentes Estados Miembros
- ser claro, conciso y generar confianza y no incertidumbres
Todo ello, y como principio fundamental, filtrado por el principio de salvaguarda de la seguridad ciudadana.
Argumenta, sin embargo, la Administración que si las pretensiones del sector no han sido ni siquiera valoradas a la hora de redactarse el reglamento es porque no guardaban relación con la trasposición de la Directiva (UE) 2017/853. Efectivamente, durante la fase de elaboración de la norma, todas y cada una de las propuestas de los interesados fueron rechazadas bajo la fórmula “NO SE ACEPTA, no tiene relación con el proyecto de trasposición de la Directiva”.

Si esto es así no se comprende fácilmente que se hayan introducido modificaciones extrañas a tal finalidad, modificaciones que alejan aun más el reglamento español de la Directiva y por ende, de los estándares que rigen en otros Estados Miembros: nuevamente el Reglamento de Armas español se coloca a la cabeza en lo que a limitaciones y prohibiciones de la actividad se refiere. Es el reglamento más restrictivo de Europa.

Todas estas consideraciones generales y otras particulares que no se citan en esta nota por no hacerla excesivamente extensa, fueron alegadas ante el Consejo de Estado, órgano que actúa como Cuerpo Supremo Consultivo del Gobierno, el cual, en su informe sobre el proyecto del Reglamento de Armas, recomienda al Gobierno, con carácter esencial, la modificación de una serie de aspectos.

Pues bien, el Gobierno, desoyendo el informe del Consejo de Estado, publica el nuevo Reglamento y se ve obligado a hacerlo bajo la fórmula “oído el Consejo de Estado” (oído y no escuchado podría añadirse) ya que la fórmula “de acuerdo con el Consejo de Estado” se reserva para aquéllas normas que respetan los parámetros de legalidad que fija el Consejo de Estado.

Al final nos preguntamos si cazadores, tiradores e industria de las armas deportivas no nos merecemos una norma no ya a la medida de nuestras necesidades sino sólo un poco más benévola con nuestra actividad y respetuosa del ordenamiento jurídico español.
Aunque con poca fe de ver una reapertura del reglamento de armas en breve, la predisposición del sector es totalmente abierta al diálogo y a la negociación.

¿Debemos entender que ellos también han recurrido el RA o que se han sumado al recurso de Anarma y van a apoyarlo y sostener también económicamente las futuras acciones derivadas de la interposición del recurso?
Socio 0208 Anarma

Avatar de Usuario
antares308
.50 Bmg
.50 Bmg
Mensajes: 15584
Registrado: 07 Ene 2010 23:15
Ubicación: PORTUS MARIS ET TERRAE CUSTODIA
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor antares308 » 07 Nov 2020 11:59

kikeformad escribió:
antares308 escribió:. :saluting-soldier:


Nota de prensa de la Asociación Armera
Nuevo Reglamento de Armas

El sector de armeros y cazadores apoyan la interposición de un recurso contencioso administrativo contra el nuevo Reglamento de Armas publicado el pasado 5 de agosto en el BOE.

Con el apoyo institucional de la RFEC, la Asociación Armera y ACACE recurren el texto por entender que adolece de defectos de legalidad que procede ser enmendados.

Por otra parte, los recurrentes lamentan que años de conversaciones con el Mº del Interior en las que se han tratado extensamente los problemas que el Reglamento de Armas del 93 ocasionan al colectivo empresarial y al usuario final no hayan servido de nada. Por lo que, el reglamento se recurre más por las cuestiones que deja sin resolver que por las modificaciones que introduce, algunas de ellas por imperativo de la Directiva Comunitaria. No es admisible que tras más de 25 años de denuncia del Reglamento de Armas por parte de cazadores, tiradores, coleccionistas, industria y comercio, la deseada modificación no aborde ninguno de los problemas que podían haberse resuelto sin comprometer la seguridad ciudadana, principio fundamental que rige la materia.

El nuevo texto, por lo tanto, no da solución a ninguno de los problemas que afectan a los destinatarios del Reglamento y, sin embargo, ahonda en algunos de los ya existentes como es el ampliamente denunciado defecto de la inseguridad jurídica: la falta de definición y de concreción de muchos de sus preceptos y el amplio margen de interpretación que ostenta la Administración se acrecienta en esta nueva versión del Reglamento de Armas generando una mayor inseguridad jurídica para usuarios de armas deportivas y empresas: ¿Cuáles son las armas objeto de registro?, ¿qué es un arma asimilada?, ¿Cuál es su régimen de adquisición y tenencia?, ¿puedo viajar con mi carabina de aire comprimido a una localidad distinta a la de mi domicilio?, ¿qué significa guardar el arma en un lugar seguro bajo llave?, ¿necesito un armero de seguridad?, ¿tiene que estar homologado?, ¿y certificado?....
Entienden los recurrentes que es necesario un cambio de tendencia en los principios que ahora rigen la elaboración del Reglamento: mientras se siga legislando a espaldas del sector afectado, desoyendo sus necesidades, el resultado nunca será satisfactorio. El reglamento de Armas debe:

- estar al servicio de los ciudadanos obligados por el mismo, su contenido debe facilitar y no obstaculizar la práctica de las actividades y deportes que requieren la tenencia de armas
- facilitar el comercio y la circulación de mercancías dentro de España y del territorio común de la Unión Europea
- no obstaculizar el principio de libertad de industria imponiendo trabas innecesarias a la actividad
- tender a una homogeneización de las legislaciones a nivel comunitario como modo de facilitar la labor de las policías de los diferentes Estados Miembros
- ser claro, conciso y generar confianza y no incertidumbres
Todo ello, y como principio fundamental, filtrado por el principio de salvaguarda de la seguridad ciudadana.
Argumenta, sin embargo, la Administración que si las pretensiones del sector no han sido ni siquiera valoradas a la hora de redactarse el reglamento es porque no guardaban relación con la trasposición de la Directiva (UE) 2017/853. Efectivamente, durante la fase de elaboración de la norma, todas y cada una de las propuestas de los interesados fueron rechazadas bajo la fórmula “NO SE ACEPTA, no tiene relación con el proyecto de trasposición de la Directiva”.

Si esto es así no se comprende fácilmente que se hayan introducido modificaciones extrañas a tal finalidad, modificaciones que alejan aun más el reglamento español de la Directiva y por ende, de los estándares que rigen en otros Estados Miembros: nuevamente el Reglamento de Armas español se coloca a la cabeza en lo que a limitaciones y prohibiciones de la actividad se refiere. Es el reglamento más restrictivo de Europa.

Todas estas consideraciones generales y otras particulares que no se citan en esta nota por no hacerla excesivamente extensa, fueron alegadas ante el Consejo de Estado, órgano que actúa como Cuerpo Supremo Consultivo del Gobierno, el cual, en su informe sobre el proyecto del Reglamento de Armas, recomienda al Gobierno, con carácter esencial, la modificación de una serie de aspectos.

Pues bien, el Gobierno, desoyendo el informe del Consejo de Estado, publica el nuevo Reglamento y se ve obligado a hacerlo bajo la fórmula “oído el Consejo de Estado” (oído y no escuchado podría añadirse) ya que la fórmula “de acuerdo con el Consejo de Estado” se reserva para aquéllas normas que respetan los parámetros de legalidad que fija el Consejo de Estado.

Al final nos preguntamos si cazadores, tiradores e industria de las armas deportivas no nos merecemos una norma no ya a la medida de nuestras necesidades sino sólo un poco más benévola con nuestra actividad y respetuosa del ordenamiento jurídico español.
Aunque con poca fe de ver una reapertura del reglamento de armas en breve, la predisposición del sector es totalmente abierta al diálogo y a la negociación.



¿Debemos entender que ellos también han recurrido el RA o que se han sumado al recurso de Anarma y van a apoyarlo y sostener también económicamente las futuras acciones derivadas de la interposición del recurso?




Creo que lo dicen bien claro en la nota........... El sector de armeros y cazadores apoyan la interposición de un recurso contencioso administrativo contra el nuevo Reglamento de Armas publicado el pasado 5 de agosto en el BOE.


Hasta donde llega el apoyo lo desconozco, a falta de más información, pero lo que tenemos que tener claro es que esto es labor y deber de tod@s los interesados, no solo de unos pocos........ que ya me veo yo al personal con lo de halo arreglaran otros ......de otros nada ....... TOD@S........ :saluting-soldier:
El valiente ha sido valiente hasta que el cobarde ha querido.


Corrige al sabio y lo harás más sabio, corrige al necio y lo harás tu enemigo.



Si no luchas por lo que amas, no llores por lo que pierdes.


Socio Anarma 1.222

Avatar de Usuario
Dexterclaymore
375 HH Magnum
375 HH Magnum
Mensajes: 5995
Registrado: 17 Nov 2008 11:01
Ubicación: La Rioja
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor Dexterclaymore » 07 Nov 2020 13:23

antares308 escribió:Hasta donde llega el apoyo lo desconozco, a falta de más información, pero lo que tenemos que tener claro es que esto es labor y deber de tod@s los interesados, no solo de unos pocos........ que ya me veo yo al personal con lo de halo arreglaran otros ......de otros nada ....... TOD@S........ :saluting-soldier:

No se Antares, tengo la sensación de que, aunque hay muchas partes e individuos interesados en esto, realmente involucrados estamos 4.
Socio ANARMA 1142

Avatar de Usuario
antares308
.50 Bmg
.50 Bmg
Mensajes: 15584
Registrado: 07 Ene 2010 23:15
Ubicación: PORTUS MARIS ET TERRAE CUSTODIA
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor antares308 » 07 Nov 2020 14:35

Dexterclaymore escribió:
antares308 escribió:Hasta donde llega el apoyo lo desconozco, a falta de más información, pero lo que tenemos que tener claro es que esto es labor y deber de tod@s los interesados, no solo de unos pocos........ que ya me veo yo al personal con lo de halo arreglaran otros ......de otros nada ....... TOD@S........ :saluting-soldier:

No se Antares, tengo la sensación de que, aunque hay muchas partes e individuos interesados en esto, realmente involucrados estamos 4.


Por eso mi comentario...... si el gran público empieza a escaquearse de sus deberes como individuos por estar otras entidades arrimando el hombro....... mal vamos. :saluting-soldier:
El valiente ha sido valiente hasta que el cobarde ha querido.


Corrige al sabio y lo harás más sabio, corrige al necio y lo harás tu enemigo.



Si no luchas por lo que amas, no llores por lo que pierdes.


Socio Anarma 1.222

Avatar de Usuario
xesus60
.30-06
.30-06
Mensajes: 681
Registrado: 11 Ago 2006 04:01
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor xesus60 » 07 Nov 2020 15:39

Es que en todo momento se habla de armeros y de cazadores, en ningún momento se cita la figura del Coleccionista. Cupos de armas, cargadores.., pero nadie habla de la supresión del Libro de Coleccionista cuando España es el único país de Europa donde se obliga a llevar un control de armas originales anteriores a 1890. También tenéis constancia que pedimos que las inutilizadas puedan ser heredarlas en las condiciones de inutilizacion en que sus padres las han conservado.

Puede que se hiciera, pero ni yo ni otros Coleccionistas con los que he tenido contacto tenemos constancia de que se nos tomaran en cuenta. Al menos en esos dos puntos vitales para nosotros. Luchemos contra los cupos, luchemos contra la retirada de cargadores de alta capacidad, pero hacer que los Coleccionistas también nos sintamos representados.

Un saludo

Avatar de Usuario
Parachut
375 HH Magnum
375 HH Magnum
Mensajes: 2881
Registrado: 10 Nov 2006 11:01
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor Parachut » 07 Nov 2020 15:58

xesus60 escribió:...pero hacer que los Coleccionistas también nos sintamos representados.

Un saludo

Y mi pregunta es: ¿Pero habéis movido ficha, tenéis una asociación que ha luchado por vosotros, habéis tomado cartas en el asunto a modo de reclamación, recogida de firmas, recogida de dinero para plantar una denuncia, etc?.

Un saludo.
Cuando enfermo,agotado o herido,sea un lastre para el cumplimiento de la misión,cooperaré hasta morir.

SOCIO ANARMA 813

Avatar de Usuario
xesus60
.30-06
.30-06
Mensajes: 681
Registrado: 11 Ago 2006 04:01
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor xesus60 » 07 Nov 2020 17:04

Por supuesto que tenemos una asociación. El hecho de que me preguntes si tenemos una organización que nos represente da una idea del poco reconocimiento que tenemos los Coleccionistas dentro del colectivo. Tan pequeña que por tu preguta tu mismo eras desconocedor de ello. Nuestra asociación es la misma que la de los cargadores, que la de los cupos, que la de las cajas de seguridad, nuestra asociación es ANARMA, que es buena conocedora de nuestras pretensiones: eliminación del Libro para las armas originales anteriores a 1890 y mantenimiento de las inutitilizaciones siempre que se destinen a herencia paterno filial.

Un saludo

Avatar de Usuario
jrdc1
375 HH Magnum
375 HH Magnum
Mensajes: 3347
Registrado: 04 May 2007 01:01
Ubicación: Barcelona
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor jrdc1 » 07 Nov 2020 22:15

Buenas!

Calatravo escribió:Entonces damos ya por hecho que el recurso, no ha conseguido paralizar nada aunque sea de forma cautelar o provisional.
También seria bueno conocer si existe alguna información sobre procedimientos reconocidos para limitar capacidad de los cargadores que evite en el caso que que alguien quiera conservarlos, que tenga que entregarlos.
Estaría bien que si hay alguna información al respecto se difundiera.
Saludos


En conversaciones informales con personal de mi IA, sólo aceptarán las modificaciones que impidan de manera absoluta la introducción de más de 10 o 20 cartuchos, según corresponda. Es decir, no aceptan limitadores, ni aunque estén soldados o remachados, ni rebajes en el cuerpo, aunque también vayan soldados o remachados.

Sólo aceptarán el corte transversal del cargador con eliminación de sección central, y recorte del muelle empujador, de tal manera que sólo entren los cartuchos autorizados. De hecho tengo un par de colegas que ya han puesto manos a la obra.

Pero, que yo sepa, no hay circular al respecto por parte de la ICAE.

Saludos

Avatar de Usuario
topp
375 HH Magnum
375 HH Magnum
Mensajes: 4891
Registrado: 01 Ago 2009 20:10
Ubicación: Madrid
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor topp » 07 Nov 2020 22:27

jrdc1 escribió:Buenas!

Calatravo escribió:Entonces damos ya por hecho que el recurso, no ha conseguido paralizar nada aunque sea de forma cautelar o provisional.
También seria bueno conocer si existe alguna información sobre procedimientos reconocidos para limitar capacidad de los cargadores que evite en el caso que que alguien quiera conservarlos, que tenga que entregarlos.
Estaría bien que si hay alguna información al respecto se difundiera.
Saludos


En conversaciones informales con personal de mi IA, sólo aceptarán las modificaciones que impidan de manera absoluta la introducción de más de 10 o 20 cartuchos, según corresponda. Es decir, no aceptan limitadores, ni aunque estén soldados o remachados, ni rebajes en el cuerpo, aunque también vayan soldados o remachados.

Sólo aceptarán el corte transversal del cargador con eliminación de sección central, y recorte del muelle empujador, de tal manera que sólo entren los cartuchos autorizados. De hecho tengo un par de colegas que ya han puesto manos a la obra.

Pero, que yo sepa, no hay circular al respecto por parte de la ICAE.

Saludos


:lol: :lol: :lol: cogete un cargador Magpull de 60 euracos y cortales por la mitad y bla bla lo que yo me imaginaba por parte de las IAs... Va a ver un mercado negro de cargadores que va a ser peor el remedio que la enfermedad.... :vacaciones^:
Sale mas barato comprar cargadores nuevos de diez o de cinco que las chapuzas.
Imagen


Volver a “Leyes y Normativa sobre armas”

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 96 invitados