¿ Alguno sois Administradores de Sociedad Limitada?
Publicado: 16 Jun 2017 11:46
Si así es y os dísteís de alta a partir de febrero de 2013 no pudisteis disfrutar de la tarifa plana de 50 € durante los seis primeros meses de alta en el RETA y una reducción del 50% y del 30% en los siguientes 12 meses.
Pero recientes Sentencias están diciendo que si tenéis derecho a que la Seguridad Social os devuelva casi 3.600 € junto a los intereses legales ( 2% anual).
Las sentencias, dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (sentencia 52/2015) y el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (sentencias 327/2015 y 211/2015), vienen a decir que no hay ningún motivo en la norma para excluir a los autónomos societarios. Es más, las leyes de Seguridad Social y concretamente el Real Decreto Ley 4/2013 no loa excluye expresamente, por lo que la interpretación restrictiva que hace la Tesorería no es conforme a Derecho. Los Tribunales entienden que dicha exclusión tiene aún menos sentido, y no queda en modo alguno justificada, cuando se tiene en cuenta que la finalidad de la norma es reducir el desempleo a través del autoempleo y el emprendimiento.
Si os encontráis en esa situación, podéis reclamarlo y pedir que os devuelvan lo cobrado en exceso
Pero recientes Sentencias están diciendo que si tenéis derecho a que la Seguridad Social os devuelva casi 3.600 € junto a los intereses legales ( 2% anual).
Las sentencias, dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (sentencia 52/2015) y el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (sentencias 327/2015 y 211/2015), vienen a decir que no hay ningún motivo en la norma para excluir a los autónomos societarios. Es más, las leyes de Seguridad Social y concretamente el Real Decreto Ley 4/2013 no loa excluye expresamente, por lo que la interpretación restrictiva que hace la Tesorería no es conforme a Derecho. Los Tribunales entienden que dicha exclusión tiene aún menos sentido, y no queda en modo alguno justificada, cuando se tiene en cuenta que la finalidad de la norma es reducir el desempleo a través del autoempleo y el emprendimiento.
Si os encontráis en esa situación, podéis reclamarlo y pedir que os devuelvan lo cobrado en exceso