por Buen_tirador » 08 Jun 2007 17:18
En deposito (que asi se denomina) como te han indicado anteriormente.
Una cosa es la que puedas comprar al año y otra cosa la que puedas tener en deposito.
Como acertadamente te han indicado:
De arma corta 150 cartuchos en deposito maximo.
De arma larga 200 cartuchos en deposito maximo.
De escopeta, cartucheria no metalica, 5000 cartuchos en deposito maximo.
Eso es lo que puedes tener tu, legalmente.
Lo que puede tener, quien se recarge su propia municion.
Lo que puede tener, quien compre legalmente municion de arma corta en armeria para el tiro olimpico y la tenga en deposito, hasta la tirada.
Bastante restrictivo.
Otra cosa es la que puedes comprar:
100 cartuchos por arma corta al año (en armerias).
1000 cartuchos por arma larga al año.
Un numero ilimitado de cartuchos de caza al año.
Un numero ilimitado de municion de arma corta al año (solo si se adquiere en la galeria de tiro o federacion y se consume en la galeria de tiro).
Hay que solicitar un permiso de la Intervencion de Armas, si se desea adquirir un numero superior de cartuchos (de arma corta y larga), supongo que explicando la necesidad de la adquisición.
Un saludo al foro.