Portar arma oculta en la vía pública

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Enaitz
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Portar arma oculta en la vía pública

Mensajepor Enaitz » 27 Mar 2015 21:24

Buenas noches.

No tengo nada claro si con una Licencia tipo A puedo portar un arma corta (con guía de pertenencia) por la calle, oculta en funda sobaquera o similar. El reglamento de armas parece indicar que es posible pero de forma muy excepcional y que queda al criterio de los agentes de policía y GC el apreciar la necesidad o no de portar el arma y consecuentemente denunciar o no tal práctica.

Con la F queda claro que no, que del campo de tiro a casa y viceversa, pero con las Licencias A y B a mi al menos me surge la duda de si podría o no llevarla por la calle, aunque sospecho que si dado que la B se concede para seguridad personal y la A es en principio... digamos superior a la B.

Conste que no tengo el menor interés en llevar ningún arma por la calle, pero vaya, que como decían antes, el saber no ocupa lugar.

robertml
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Re: Portar arma oculta en la vía pública

Mensajepor robertml » 27 Mar 2015 21:43

A mí me asusta bastante que alguien a quien le conceden la A no sepa estas cosas...
--
Saludos.

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Re: Portar arma oculta en la vía pública

Mensajepor Parrish112 » 28 Mar 2015 01:40

+1 robertml.
Novato hasta que un maestro diga lo contrario.

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Re: Portar arma oculta en la vía pública

Mensajepor JordiAMX » 29 Mar 2015 16:57

+2. :roll:
Cave canem.

colito
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Re: Portar arma oculta en la vía pública

Mensajepor colito » 29 Mar 2015 17:10

Que peligro.

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Re: Portar arma oculta en la vía pública

Mensajepor colito » 29 Mar 2015 17:12

Que peligro.

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Re: Portar arma oculta en la vía pública

Mensajepor Enaitz » 29 Mar 2015 17:41

+4

endtrans
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Re: Portar arma oculta en la vía pública

Mensajepor endtrans » 29 Mar 2015 18:09

Enaitz imagino que no serás tu el titular de una licencia A, verdad?

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Re: Portar arma oculta en la vía pública

Mensajepor ceyss » 29 Mar 2015 18:38

robertml a ti te da miedo, pero a mi me da PANICO.

al OP, ¿ usted que cree según sentido común? , hablamos de licencias tipo A, otorgadas a FyCSE, FFAA, SVA, normalmente esas armas particulares son para defensa ( o intervenciones fuera / en servicio ), teniendo en cuenta que es España y no Texas-EEUU, esas armas se llevarían ocultas, ¿no cree?.

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Re: Portar arma oculta en la vía pública

Mensajepor Enaitz » 29 Mar 2015 18:41

Pues efectivamente, soy Sargento Alumno del Ejército del Aire (a falta de tres meses para acabar mis tres años de academia) y como tal titular de una Licencia A, y aún así sigo sin conocer la respuesta a la duda planteada.

Sobre los actuales planes de estudios en las academias militares no voy a hacer ninguna valoración ni en positivo ni en negativo, dado que este es un medio público y no tengo el menor interés en conocer aún mejor el actual régimen disciplinario, pero para vuestra tranquilidad puedo aseguraros que los pantalones del uniforme los plancho de puta madre y me queda la raya perfecta.

Yo por mi parte me busco la vida como puedo, preguntando en foros y armándome de paciencia mientras espero que alguien me aclare las dudas, que el primer paso para aprender es reconocer la propia ignorancia (y el segundo ignorar a quienes se asustan de tu ignorancia pese a que probablemente ellos mismos tampoco tengan ni puta idea... o ganas de contestar a quién lanza una pregunta de buena fé, que no se que es peor).

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Re: Portar arma oculta en la vía pública

Mensajepor ceyss » 29 Mar 2015 18:56

Enaitz escribió:Pues efectivamente, soy Sargento Alumno del Ejército del Aire (a falta de tres meses para acabar mis tres años de academia) y como tal titular de una Licencia A, y aún así sigo sin conocer la respuesta a la duda planteada.

Sobre los actuales planes de estudios en las academias militares no voy a hacer ninguna valoración ni en positivo ni en negativo, dado que este es un medio público y no tengo el menor interés en conocer aún mejor el actual régimen disciplinario, pero para vuestra tranquilidad puedo aseguraros que los pantalones del uniforme los plancho de puta madre y me queda la raya perfecta.

Yo por mi parte me busco la vida como puedo, preguntando en foros y armándome de paciencia mientras espero que alguien me aclare las dudas, que el primer paso para aprender es reconocer la propia ignorancia (y el segundo ignorar a quienes se asustan de tu ignorancia pese a que probablemente ellos mismos tampoco tengan ni puta idea... o ganas de contestar a quién lanza una pregunta de buena fé, que no se que es peor).



Como alumno, sin haber jurado el cargo y sin haber sido antes militar con un cargo jurado, me parece y digo me parece que tu licencia tipo A , no es valedera para la adquisidor y posterior porte de un arma particular, y solamente lo es para el uso y porte de armas de dotación.

Si sigues sin tener respuesta es porque no te has querido enterar/informar ya que mas arriba te lo he contestado, algo que por sentido común deberías de conocer o en tu centro de enseñanza haberte enseñado.

Un saludo

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Re: Portar arma oculta en la vía pública

Mensajepor AlejandroFener » 29 Mar 2015 19:11

Creo que nos hemos pasado con Enaitz. Está en periodo de formación y es lógico que tenga dudas. Pero por si le puede servir de algo, le diré que si es poseedor de una licencia de tipo A, está legitimado para portar el arma en todo momento. Y creo que, en su caso, se aplica más al arma particular que a la de dotación, ya que al ser personal militar, si no tiene funciones de policía, (policía aérea, p.ej.) o el mando no le encomienda una misión que exija el uso de armas fuera de los acuartelamientos o recintos militares, las armas de dotación no deben salir de las unidades. Así que amigo Enaitz, si dispones de licencia A y tienes un arma particular amparada por ella, puedes llevarla por la vía pública, tanto de uniforme como de paisano. Y debe ir oculta, ya que no es de dotación ni estás cumpliendo servicio de armas en el exterior.

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Re: Portar arma oculta en la vía pública

Mensajepor ceyss » 29 Mar 2015 19:17

AlejandroFener escribió:Creo que nos hemos pasado con Enaitz. Está en periodo de formación y es lógico que tenga dudas. Pero por si le puede servir de algo, le diré que si es poseedor de una licencia de tipo A, está legitimado para portar el arma en todo momento. Y creo que, en su caso, se aplica más al arma particular que a la de dotación, ya que al ser personal militar, si no tiene funciones de policía, (policía aérea, p.ej.) o el mando no le encomienda una misión que exija el uso de armas fuera de los acuartelamientos o recintos militares, las armas de dotación no deben salir de las unidades. Así que amigo Enaitz, si dispones de licencia A y tienes un arma particular amparada por ella, puedes llevarla por la vía pública, tanto de uniforme como de paisano. Y debe ir oculta, ya que no es de dotación ni estás cumpliendo servicio de armas en el exterior.



Al no tener el cargo jurado, creo que esa licencia tipo A no se extrapola a la vida particular. hasta que no jure el cargo, no es militar de carrera, o en el caso de un policía, funcionario de carrera. Yo lo digo desde mi experiencia porque a mi me paso. Siempre y cuando no lo sea de antes y en este caso este en fase de ascenso a la categoría de sargento ( que no lo creo porque sino es muy raro que no sepa esto).

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Re: Portar arma oculta en la vía pública

Mensajepor Enaitz » 29 Mar 2015 19:20

Como alumno, sin haber jurado el cargo y sin haber sido antes militar con un cargo jurado, me parece y digo me parece que tu licencia tipo A , no es valedera para la adquisidor y posterior porte de un arma particular, y solamente lo es para el uso y porte de armas de dotación.


Lo que no es sino una muestra más de lo que decía antes, el que habla sin tener ni puñetera idea acerca de lo que habla pero quiere dárselas de entendido y de estar por encima del bien y del mal.

Primero que los militares no juramos cargos sino banderas, segundo que la jura de bandera se hace nada más entrar en la academia, tercero que el hecho de haber o no jurado bandera es totalmente intrascendente para el caso que nos ocupa porque la Licencia A viene amparada por un empleo militar documentado por una TIM, no por una jura de bandera (también juré bandera cuando entré de Soldado y no por ello me dieron licencia de armas), y, lo que si que tiene alguna relación con el particular, cuarto, La IG 90/22 de Normas sobre tenencia y uso de armas particulares amparadas por guías del Ejército del Aire, de 20 de septiembre de 2013, dice en su artículo tercero que Igualmente la TIM será considerada como licencia de armas A, en las mismas condiciones que el personal citado en segundo párrafo de este punto a los Alféreces Alumnos, y Sargentos Alumnos. Motivo por el cual puedo tener como tengo una Astra 3000 del 9 corto guiada a mi nombre en la caja fuerte de mi casa.

Si sigues sin tener respuesta es porque no te has querido enterar/informar ya que mas arriba te lo he contestado, algo que por sentido común deberías de conocer o en tu centro de enseñanza haberte enseñado.


Viendo su anterior respuesta...

al OP, ¿ usted que cree según sentido común? , hablamos de licencias tipo A, otorgadas a FyCSE, FFAA, SVA, normalmente esas armas particulares son para defensa ( o intervenciones fuera / en servicio ), teniendo en cuenta que es España y no Texas-EEUU, esas armas se llevarían ocultas, ¿no cree?.


...deduzco que si aún pretende aplicar el sentido común a la legislación española debe de ser usted o muy ingénuo o un gran desconocedor de esa legislación. Según su criterio supongo que el día que me pidan explicaciones en un juzgado podré ampararme en el "sentido común" con toda naturalidad, seguro que el anciano ese al que recientemente le entraron a robar en casa y le pusieron un cuchillo en la garganta, cuando le pego dos tiros al asaltante se quedó tranquílismo al saber que en lugar del Código Penal lo que le iban a aplicar era el "sentido común".

Yo por mi parte voy a seguir dándome por no contestado, en espera de una interpretación un poco más seria y con alguna fundamentación (aparte del sentido común) del reglamento de armas y normas accesorias.

Y si no puede ser una respuesta técnica basada en una cita directa de la normativa, al menos que sea una opinión basada en la experiencia expuesta con un mínimo de respeto y buenas maneras, como acaba de hacer el compañero AlejandroFener (vaya para el mi agradecimiento).

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Re: Portar arma oculta en la vía pública

Mensajepor AlejandroFener » 29 Mar 2015 19:21

Si es sargento, habrá jurado bandera, digo yo. Y sobre jurar el cargo, creo que los militares no lo hacen. En todo caso, si tiene un arma particular amparada por licencia A y con guía de pertenencia, da igual que sea sargento alumno que comandante. El reglamento no distingue entre distintos empleos.

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Re: Portar arma oculta en la vía pública

Mensajepor ceyss » 29 Mar 2015 19:30

Enaitz escribió:
Como alumno, sin haber jurado el cargo y sin haber sido antes militar con un cargo jurado, me parece y digo me parece que tu licencia tipo A , no es valedera para la adquisidor y posterior porte de un arma particular, y solamente lo es para el uso y porte de armas de dotación.


Lo que no es sino una muestra más de lo que decía antes, el que habla sin tener ni puñetera idea acerca de lo que habla pero quiere dárselas de entendido y de estar por encima del bien y del mal.

Primero que los militares no juramos cargos sino banderas, segundo que la jura de bandera se hace nada más entrar en la academia, tercero que el hecho de haber o no jurado bandera es totalmente intrascendente para el caso que nos ocupa porque la Licencia A viene amparada por un empleo militar documentado por una TIM, no por una jura de bandera (también juré bandera cuando entré de Soldado y no por ello me diero licencia de armas), y, lo que si que tiene alguna relación con el particular, cuarto, La IG 90/22 de Normas sobre tenencia y uso de armas particulares amparadas por guías del Ejército del Aire, de 20 de septiembre de 2013, dice en su artículo tercero que Igualmente la TIM será considerada como licencia de armas A, en las mismas condiciones que el personal citado en segundo párrafo de este punto a los Alféreces Alumnos, y Sargentos Alumnos. Motivo por el cual puedo tener como tengo una Astra 3000 del 9 corto guiada a mi nombre en la caja fuerte de mi casa.

Si sigues sin tener respuesta es porque no te has querido enterar/informar ya que mas arriba te lo he contestado, algo que por sentido común deberías de conocer o en tu centro de enseñanza haberte enseñado.


Viendo su anterior respuesta...

al OP, ¿ usted que cree según sentido común? , hablamos de licencias tipo A, otorgadas a FyCSE, FFAA, SVA, normalmente esas armas particulares son para defensa ( o intervenciones fuera / en servicio ), teniendo en cuenta que es España y no Texas-EEUU, esas armas se llevarían ocultas, ¿no cree?.


...deduzco que si aún pretende aplicar el sentido común a la legislación española debe de ser usted o muy ingénuo o un gran desconocedor de esa legislación. Según su criterio supongo que el día que me pidan explicaciones en un juzgado podré ampararme en el "sentido común" con toda naturalidad, seguro que el anciano ese al que recientemente le entraron a robar en casa y le pusieron un cuchillo en la garganta, cuando le pego dos tiros al asaltante se quedó tranquílismo al saber que en lugar del Código Penal lo que le iban a aplicar era el "sentido común".

Yo por mi parte voy a seguir dándome por no contestado, en espera de una interpretación un poco más seria y con alguna fundamentación (aparte del sentido común) del reglamento de armas y normas accesorias.

Y si no puede ser una respuesta técnica basada en una cita directa de la normativa, al menos que sea una opinión basada en la experiencia expuesta con un mínimo de respeto y buenas maneras, como acaba de hacer el compañero AlejandroFener (vaya para el mi agradecimiento).



mira compadre, paso de leer todo el tocho ese que escribes porque el único que no tiene ni puta idea aquí eres tu, porque es EVIDENTE que una persona con licencia tipo A puede portar su arma particular y debe de ir oculta, por lo que te han dicho antes, y si no lo sabes es porque eres un IGNORANTE.

lo segundo, me da lo mismo banderas, que cargos, a fin de cuentas es LO MISMO




LICENCIA DE ARMAS "A"

La licencia de armas "A" documentará las armas de las categorías 1ª, 2ª y 3ª de propiedad privada del personal de las Cuerpos Específicos de los Ejércitos, de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y del Servicio de Vigilancia Aduanera, siempre que se halle en activo o en las situaciones que determina el artículo 114.2 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.

¿TU estas en servicio ACTIVO o estas de practicas?. Estarás en ACTIVO cuando tengas TU DESTINO con tu "bandera" jurada, ¿o no?, no se como irá en vuestro caso. Pero leyendo que es un ascenso y tu destino ahora será la academia...ya me dirás. Yo si asciendo mi destino es la academia que corresponda.

4 segundos de búsqueda en google en una fuente oficial como el ministerio del interior.



Como veo que ya tienes un arma particular guiada para uso particular, en tu caja fuerte.....¿todavia abres este debate porque tienes dudas?

como dijo un forero antes.....miedo me da.
Última edición por ceyss el 29 Mar 2015 19:39, editado 2 veces en total.

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Re: Portar arma oculta en la vía pública

Mensajepor ceyss » 29 Mar 2015 19:32

AlejandroFener escribió:Si es sargento, habrá jurado bandera, digo yo. Y sobre jurar el cargo, creo que los militares no lo hacen. En todo caso, si tiene un arma particular amparada por licencia A y con guía de pertenencia, da igual que sea sargento alumno que comandante. El reglamento no distingue entre distintos empleos.



no tiene porque, ha podido acceder directamente a la escala de suboficiales.

https://www.reclutamiento.defensa.gob.es ... ciones.htm

Jurar el cargo ( fidelidad al rey y a constitución) , jurar bandera, mas de lo mismo, llevado a la practica es lo mismo.

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Re: Portar arma oculta en la vía pública

Mensajepor Enaitz » 29 Mar 2015 19:46

mira compadre, paso de leer todo el tocho ese que escribes porque el único que no tiene ni puta idea aquí eres tu


Bueno, pues aunque aquí acaba usted de definirse perfectamente, yo si que me voy a leer su texto porque vaya, no tengo empacho en reconocer (como ya he hecho en varias ocasiones en este mismo hilo) mi propia ignorancia y lo cierto es que se pueden aprender cosas hasta en los lugares más insospechados, aprender se puede hasta de los malos ejemplos.

Sobre lo de que jurar bandera es lo mismo que jurar un cargo, pues me da que pensar bastante esa opinión suya, pero bueno, supongo que es perdonable porque hoy en día como ya no hay servicio militar obligatorio el ciudadano medio (especialmente los nacidos con posterioridad a 1980, como supongo que será su caso) puede caer en ese tipo de errores.

¿TU estas en servicio ACTIVO o estas de practicas?. Estarás en ACTIVO cuando tengas TU DESTINO con tu "bandera" jurada, ¿o no?


Esa no es sino otra muestra más de su desconocimiento, pues en mi TIM dice exactamente "Sargento Alumno Activo".

En cualquier caso, le ruego que no se sienta obligado a contestar, si quiere puede enviarme un privado para acordar lugar y hora para batirnos en duelo o lo que más le plazca a vuesamerced, pero preferiría dejar que el foro cumpliese su función formativa e informativa y no reducirlo a una vulgar arena de circo.

No obstante, me voy a tomar la libertad de invitarle a que participe también en otros respetables foros, como Forocoches, los foros de debate acerca de Gran Hermano VIP y otros lugares análogos, que parecen más adecuados a un perfil como el que ha demostrado usted en este hilo.

En fin, como decía Azaña, "Si los españoles hablásemos sólo de lo que sabemos, se generaría un inmenso silencio, que podríamos aprovechar para el estudio."


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